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Un intendente pidió licencia para viajar al Mundial con sus amigos: “Cada cuatro años nos olvidamos de todo”

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El Mundial 2026 despierta pasiones de todo tipo, pero en el ámbito político santafesino ya generó la primera gran polémica. Roly Santacroce, el intendente de la ciudad de Funes, solicitó una licencia oficial ante el Concejo Deliberante con un objetivo muy claro: viajar a vivir el torneo junto a su grupo de amigos.

El jefe comunal no ocultó los motivos de su viaje y dejó una frase que encendió el debate en medio de la crisis económica: «Tengo un grupo de amigos que cada cuatro años nos olvidamos de todo y nos vamos 15 o 20 días”, indicó.

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Santacroce, un apasionado confeso de la Selección Argentina, reveló además que este viaje no es una excepción en su vida. Según sus propias palabras, será la séptima vez que asiste a una Copa del Mundo, una tradición que mantiene desde hace décadas junto a sus allegados más cercanos.

“Fui a seis mundiales: 1998, 2006, 2010, 2014, 2018 y 2022. A este también voy, como todos los mundiales”, dijo en diálogo con Cadena 3.

El intendente de Funes junto a Lionel Messi (Foto: Instagram @santacroceroly).

El pedido de licencia lo hizo ante el Concejo Deliberante, dado que la ausencia superará los cinco días previstos. Carlos Olmedo, titular del Concejo, será quien lo reemplace durante su viaje.

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Quién es Roly Santacroce

Identificado originalmente con el peronismo y con un pasado reciente dentro del Frente de Todos, Santacroce, de 58 años, supo recalcular su posición política en el último tiempo. Actualmente, el intendente de Funes se encuentra alineado con Provincias Unidas, el espacio que nuclea a distintos gobernadores del interior y que integra de forma activa el mandatario santafesino, Maximiliano Pullaro.

Aunque el pedido de licencia administrativa es un derecho contemplado para los funcionarios, la oportunidad del viaje y el contexto del país no tardaron en despertar fuertes críticas por parte de la oposición local, que cuestiona el alejamiento de la gestión en un momento complejo para los municipios.

La solicitud de licencia se produce en un contexto local que incluye otras cuestiones. Hace pocas semanas, Vialidad Nacional le solicitó a un hotelero de la zona que desarmara mejoras que había realizado por su cuenta en la colectora de la autopista Rosario-Córdoba

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Mundial 2026, Funes, Santa Fe

POLITICA

Aprobaron la interpelación del intendente de Morón por el caso de su funcionaria prófuga por narcotráfico

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El Concejo Deliberante de Morón aprobó, este jueves, la interpelación del intendente, Lucas Ghi, por “la gravísima situación institucional, administrativa y patrimonial” que generó el caso de la funcionaria municipal Luna Suyai Ortigoza, prófuga de la Justicia tras un allanamiento en su casa en el que se secuestró casi medio kilo de cocaína.

El pedido de interpelación a Ghi (alineado con Axel Kicillof en la interna de Fuerza Patria) avanzó sobre tablas, para lo que se necesitaban dos tercios de los votos en el Concejo Deliberante moronense. El proyecto de interpelación, impulsado por los bloques de la oposición local, obtuvo 16 votos a favor y tuvo ocho en contra.

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Entre los votos positivos que se sumaron para aprobar el pedido de interpelación estuvieron los de cinco concejales alineados con el exintendente de Morón y referente del partido Nuevo Encuentro, Martín Sabbatella, quien mantiene un duro enfrentamiento con su exaliado Ghi.

Luna Suyai Ortigoza, la funcionaria de Morón prófuga

Votaron a favor de la interpelación del intendente los concejales de Fuerza Patria que responden a Sabbatella (Diego Spina, Mariano Spina, María Sol Steinberg, Florencia De Luca, Marcelo Notario); los de La Libertad Avanza (Analía Zappulla, María Cecilia Solía, Pablo Tozzi, Cristian Morales, Pablo Miño y María Mobilia); los de Pro (Bernardo Magistocchi y Claudio Faro), y los que se desempeñan en monobloques (Daniela Cáceres, Alejandra Liquitay, y Ariel Aguilera).

En contra de la interpelación de Ghi se expresaron los ediles que aún le responden en el bloque de Fuerza Patria: Agustín Ramponelli, Vanina Moro, Alfonso Martínez, Claudio Román, José María Ghi y Adrián Colonna. Y sumaron sus votos negativos Sibila Beatriz Botti y Lorena Acevedo, ambas del Frente Renovador.

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El proyecto de interpelación que se aprobó en el Concejo moronense solicita “al intendente municipal que, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, informe con carácter de urgencia, ante este Honorable Cuerpo, de conformidad con el artículo 108 inciso 7 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sobre la gravísima situación institucional, administrativa y patrimonial derivada de la orden de captura de la exdirectora Luna Suyai Ortigoza, al frente del Centro Territorial Integral de Políticas de Género y Diversidad del Municipio de Morón”.

El artículo de la Ley Orgánica de las Municipalidades citado en el pedido de interpelación permite al intendente “concurrir personalmente, o por intermedio del secretario o secretarios de la intendencia” al Concejo. En caso de no hacerlo, se lo considerará “falta grave”.

Ortigoza se desempeñaba como directora del Centro Territorial Integral de Políticas de Género. Es una militante de Nuevo Encuentro que, al desatarse la interna entre Sabbatella y Ghi, se quedó junto al intendente, mientras que el resto de su familia se mantuvo en las filas del extitular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca). El 16 de junio del año pasado, accedió al cargo de directora en un área en la que fueron desplazados funcionarios alineados con Sabbatella, como Cinthia Frías, que era secretaria de Géneros, Mujeres y Diversidad. La funcionaria prófuga es del barrio San Juan, en Castelar Sur.

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La Policía Federal intenta encontrar a Ortigoza desde el viernes, cuando un allanamiento en su casa derivó en el hallazgo de medio kilo de cocaína. Ghi la separó del cargo ese día. El procedimiento se realizó en el marco de una investigación en inmuebles de Morón y Merlo.




la Justicia,Javier Fuego Simondet,Morón,narcotráfico en el conurbano,Provincia de Buenos Aires,Conforme a,,Coimas. El Consejo de la Magistratura dejó a un paso del juicio político al juez Gastón Salmain,,Fútbol y política. El Gobierno quiere evitar que los ministros viajen al Mundial,,En modo electoral. Milei defendió la gestión, atacó a la prensa y ya proyecta 2027: «Se nos va la última oportunidad»,Morón,,Está prófuga. Allanaron la casa de una funcionaria de Morón y descubrieron medio kilo de cocaína,,Narcotráfico en Morón. Quién es Luna Ortigoza, la funcionaria prófuga que militó en Nuevo Encuentro,,Crisis en Morón. La intendencia suma dos casos policiales de alto impacto y piden interpelar a Lucas Ghi

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El Gobierno apeló la sentencia que lo obligaba a pagar las deudas con PAMI y otros prestadores de salud

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El Gobierno apeló la medida cautelar dictada por el juez federal de Córdoba Miguel Hugo Vaca Narvaja, que ordenaba regularizar en un máximo de 72 horas los pagos adeudados por el PAMI y el programa Incluir Salud a prestadores de servicios para personas con discapacidad.

Según el fallo, la apelación fue concedida con efecto devolutivo, lo que implica que la cautelar mantiene su vigencia hasta que la Cámara Federal se pronuncie.

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La resolución judicial surgió de un amparo colectivo y el juez Vaca Narvaja dispuso que el Estado nacional pague las deudas en un plazo máximo de 72 horas y fijó una vigencia de seis meses para la cautelar, o hasta el dictado de una sentencia firme.

El ministro de Salud, Mario Lugones, reconoció la crisis en PAMI, pero aseguró que los pagos a prestadores se están ejecutando. (Foto: Tesone Juano/AFS).

El fallo busca garantizar la continuidad de tratamientos, medicamentos y prestaciones esenciales para beneficiarios de pensiones no contributivas y titulares del Certificado Único de Discapacidad (CUD), ante el riesgo de interrupción de servicios.

En sus fundamentos, el magistrado señaló que el Estado nacional se encuentra “en mora” en el cumplimiento de sus obligaciones y advirtió sobre las “demoras crónicas” en los pagos a prestadores, así como el “riesgo inminente” para las personas con discapacidad.

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La apelación presentada por las autoridades nacionales no suspende los efectos de la cautelar. De esta manera, PAMI e Incluir Salud deben continuar con el proceso de regularización de pagos mientras se tramita el recurso ante la Cámara Federal.

El caso

La medida fue impulsada por el colectivo Defendamos Córdoba, junto a otras instituciones como Apadim, el Pequeño Cottolengo Don Orione y centros terapéuticos locales.

La denuncia de los demandantes sostiene que los prestadores no cobran lo que debe pagar el Estado, por lo que las terapias de niños, adultos mayores y personas con discapacidad se ven interrumpidas y los medicamentos dejan de entregarse.

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En ese contexto, Vaca Narvaja instó al Pami y al Ministerio de Salud a cumplir con los pagos, “evitando dilaciones, suspensiones e interrupciones, debiendo a tal fin arbitrar todas las medidas que resulten necesarias para su cumplimiento, bajo apercibimiento”.

Leé también: De “financian estructuras políticas” a “quieren arancelarla”: los cruces por la situación de las universidades

Al dictar la sentencia, el juez citó un informe del programa Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Nación respecto a las demoras en los pagos a prestadores. Allí, la cartera que conduce Mario Lugones argumentó que la falta de pagos responden a «un proceso de reordenamiento estructural del área orientado a corregir desvíos acumulados y garantizar su sostenibilidad, como consecuencia de los resultados de la intervención del organismo».

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En ese sentido, el reporte sostiene que “la transferencia del Programa al ámbito del Ministerio de Salud de la Nación implicó la incorporación a los estándares de gestión propios de la Administración Pública Nacional centralizada, generando demoras en la etapa inicial de tramitación de los pagos».

PAMI, Gobierno, salud

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Revés para Cristina Kirchner y sus hijos: la Cámara de Casación confirmó el decomiso de sus bienes

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La Cámara Federal de Casación confirmó definitivamente la ejecución de bienes de la expresidenta Cristina Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia en la causa en la que la exmandataria está presa cumpliendo una condena de seis años de prisión por corrupción.

Esto es así porque la Casación rechazó su recurso extraordinario para que la Corte Suprema de Justicia revise la decisión de decomisar sus bienes. Con el recurso rechazado, el fallo de decomiso queda en condiciones de ser ejecutado de inmediato.

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Sin embargo, Cristina Kirchner puede aún recurrir a la Corte Suprema de Justicia mediante un recurso directo, de queja, aunque difícilmente prospere. La presentación del recurso de queja no suspende la ejecución de sus bienes.

Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, integrantes de la Cámara de CasaciónNicolás Suárez

La decisión de rechazar el recurso extraordinario es de los jueces de la Sala IV de la Cámara de Casación y dejó firme la decisión de avanzar con la ejecución de los bienes.

Los magistrados Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron por mayoría los recursos presentados por las defensas de Cristina Kirchner, Lázaro Báez y por el apoderado de Máximo Kirchner y Florencia Kirchner contra la sentencia que había confirmado la ejecución de bienes para hacer efectivo el decomiso en la causa Vialidad.

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En el caso del recurso extraordinario presentado por Cristina Kirchner, los tres integrantes de la Sala coincidieron en declararlo inadmisible.

En su voto, Hornos sostuvo que los recursos no demostraban la existencia de una cuestión federal suficiente que habilitara la intervención de la Corte Suprema.

Señaló que los agravios planteados por las defensas remitían principalmente a cuestiones de derecho común vinculadas con la interpretación del art. 23 del Código Penal y con las reglas aplicables al decomiso, materias que, como regla, no habilitan la instancia extraordinaria.

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Cristina Kirchner, junto a su hijo Máximo Kirchnerrodrigo-nespolo-10977

También afirmó que la sentencia cuestionada había dado una respuesta “extensa, fundada y razonada” a los planteos formulados por las defensas y que las impugnaciones solo reflejaban discrepancias con el criterio adoptado sobre el alcance del decomiso y el estándar probatorio aplicable.

Hornos reiteró además el fundamento general del decomiso en casos de corrupción, al señalar que “el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida” y que el instituto busca impedir que el ilícito produzca beneficios económicos permanentes.

Por su parte, el juez Diego Barroetaveña adhirió al voto de Hornos. Consideró que los agravios de las defensas se limitaban a expresar desacuerdos con lo decidido y que no planteaban una controversia federal concreta sobre el alcance de normas constitucionales. También entendió que no se verificaban supuestos de arbitrariedad que justificaran la apertura de la instancia extraordinaria ante la Corte Suprema.

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El juez Mariano Borinsky coincidió en declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por Cristina Kirchner. Sin embargo, mantuvo una posición parcialmente distinta respecto de los recursos presentados por Lázaro Báez y por el apoderado de Máximo y Florencia Kirchner.

Borinsky consideró que debía concederse parcialmente la instancia extraordinaria respecto de determinados bienes alcanzados por el decomiso.

En particular, sostuvo que existían cuestiones federales suficientes en relación con algunos inmuebles de sociedades vinculadas a Báez y respecto de los departamentos ubicados en Mitre 535 y los lotes correspondientes al complejo Los Sauces, vinculados a Máximo y Florencia Kirchner.

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Según explicó, esos bienes habrían sido adquiridos antes del 23 de abril de 2004, que fue la fecha tomada por el tribunal como referencia temporal para evaluar bienes susceptibles de decomiso.

Además, dijo que la sentencia de mayoría no habría tratado de manera suficiente el impacto que esa circunstancia podía tener sobre la procedencia de la medida.

Borinsky entendió que, en esos puntos específicos, los planteos vinculados con el principio de legalidad y el derecho de propiedad justificaban habilitar parcialmente la revisión extraordinaria ante la Corte Suprema.

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Hernán Cappiello,Conforme a

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