POLITICA
Revés para uno de los investigados en el caso de Oil Combustibles

Fabián de Sousa, exsocio del empresario Cristóbal López en el Grupo Indalo, intentó sin éxito cerrar el caso Oil Combustibles, en el que aún está siendo investigado. Su pedido de prescripción por el paso del tiempo fue rechazado por el tribunal oral que lo juzgó.
De Sousa y Cristóbal López están absueltos en esta causa en la que se investiga la retención del impuesto a los combustibles de la petrolera, pero ese fallo fue recurrido a la Corte Suprema, que pidió a la Cámara de Casación dictar una nueva sentencia. Es decir, tienen su absolución en revisión.
La Casación insistió con la absolución y el caso volvió a la Corte, que otra vez debe ahora fallar. Si mantiene su criterio de revocar la absolución, el asunto se dirimirá en Casación.
En tanto, Ricardo Echegaray fue condenado a 4 años y 8 meses de prisión. Ese fallo sí quedó firme. Se lo encontró culpable de haber favorecido a Oil Combustibles, que retuvo 8000 millones de pesos en impuestos a los combustibles. Los jueces de la Sala I, Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Javier Carbajo, rechazaron por unanimidad el recurso de la defensa.
Echegaray fue exonerado de su cargo en la ARCA tras quedar firme la posibilidad de ejecutar la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.
López y De Sousa resultaron absueltos en este mismo expediente porque la Casación interpretó que Echegaray cometió delito al dar un plan de pagos especiales, pero los empresarios que los solicitaron no lo cometieron.
Ahora, De Sousa, mientras se definen estas cuestiones, fue ante el tribunal oral que lo absolvió para pedir la prescripción del caso por el paso del tiempo. Esto implicaría que la causa se cierre a su respecto.
Pero los jueces del Tribunal Oral Federal 3 rechazaron su pedido por unanimidad, aunque cada uno con sus argumentos.
El Tribunal Oral Federal 3 resolvió que la acción penal contra Fabián de Sousa sigue vigente porque Ricardo Echegaray continuaba -en el momento en que se formuló el pedido- revistando en ARCA, cargo que ocupó hasta el mes pasado.
Dos de los tres jueces avalaron el argumento de fondo; el tercero directamente dijo que no puede declararse el caso prescripto cuando el asunto está en manos de la Corte y la absolución “no es cosa juzgada”.
La defensa de Sousa dijo que desde la citación a juicio del 28 de junio de 2018 —último acto que interrumpe el plazo- pasaron más de seis años, el máximo previsto para el delito de defraudación contra la administración pública.
Pero el Código Penal dice que la prescripción se suspende mientras cualquiera de los imputados por el mismo hecho continúe en ejercicio de un cargo público. Y Ricardo Echegaray, extitular de la AFIP, seguía en su cargo hasta hace un mes atrás, cuando fue exonerado tras quedar firme su condena a cuatro años y ocho meses de prisión.
La defensa dijo que debe analizarse el cargo del funcionario y si puede entorpecer la causa, pero los jueces rechazaron este argumento, pues dijeron que la ley solo menciona que la suspensión de la prescripción se da por el carácter de funcionario, no por la naturaleza de su función.
El juez Fernando Machado Pelloni sostuvo que ninguna interpretación puede habilitar la prescripción cuando hay de por medio un funcionario, porque eso forma parte de una “verdad jurídica objetiva” ligada a la reserva de ley y al artículo 36 de la Constitución, que sanciona los delitos contra el Estado.
Machado Pelloni también desmontó uno de los argumentos centrales de la defensa: la idea de que la absolución original de De Sousa se basó en una mera interpretación teórica del tipo penal y que, por lo tanto, el proceso ya estaba, en los hechos, agotado.
El juez Andrés Fabián Basso dijo que De Sousa ya fue absuelto dos veces en este expediente —la primera vez confirmada por Casación y luego revocada por la Corte Suprema, que ordenó un nuevo fallo que también resultó absolutorio por mayoría—, y que esa absolución sigue vigente como “situación jurídica actual del imputado”, aunque no esté firme.
El tercer voto, del juez Javier Feliciano Ríos, señaló que la primera fuente de interpretación de la ley es su letra y esta dice que el carácter de funcionario interrumpe la prescripción.
Ríos citó además un antecedente muy reciente y de peso: el voto del juez Gustavo Hornos en la causa Ruckauf, resuelta por la Sala IV de Casación apenas un mes antes, el 14 de mayo de 2026, donde se sostuvo que la norma busca imponer “un trato penal más riguroso” a quienes ejercen función pública, como contracara de la confianza que la sociedad deposita en ellos.
Así, el planteo de De Sousa fue rechazado y la última palabra aún la tienen la Corte y la Cámara de Casación.
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POLITICA
Ordenan analizar si corresponde enviar a Lázaro Báez a su casa con prisión domiciliaria

El empresario Lázaro Báez, condenado a 14 años de prisión por lavado de dinero y fraude, está más cerca de cumplir su condena en su casa en arresto domiciliario.
Tiene 70 años y una dolencia pulmonar. El tribunal oral federal que lo condenó rechazó la solicitud planteada por su defensa para que deje la cárcel, pero la Cámara Federal de Casación Penal revisó esa decisión y le devolvió el expediente al tribunal para que dicte un nuevo fallo.
La Sala IV de la Casación, con los votos de los jueces Javier Carbajo y Mariano Borinsky, resolvió enviar la causa al Tribunal Oral Federal N° 4 para que revea su decisión. El juez Gustavo Hornos votó en disidencia, por rechazar la prisión domiciliaria.
Báez está cumpliendo una condena por su participación en el caso por corrupción conocido como Vialidad, por el que fue condenada Cristina Kirchner. Se trata de delitos vinculados al direccionamiento irregular de obra pública en la provincia de Santa Cruz.
El empresario, que fue amigo cercano de Néstor Kirchner, había pedido que se le concediera la prisión domiciliaria porque tiene 70 años y problemas de salud, y porque su grupo familiar atraviesa una situación delicada.
El pedido había sido rechazado por el juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4, Néstor Costabel. Contra esa decisión, la defensa interpuso el recurso de casación que ahora fue resuelto.
El juez Carbajo, cuyo voto encabezó el acuerdo, señaló que, tras el rechazo de Costabel, se produjeron una serie de novedades vinculadas con el estado de salud de Báez y con la atención recibida en su lugar de detención.
Entre ellos, que cambió la disposición de turnos médicos especializados y la posibilidad de garantizar los controles glucémicos diarios; también, el acceso a turnos con el servicio de gastroenterología.
Por ello, consideró que la situación que motivó el rechazo de la prisión domiciliaria se había modificado y que correspondía devolver la causa al tribunal para que hiciera una audiencia y analizara nuevamente el asunto.
Borinsky, por su parte, sostuvo que directamente correspondía hacer lugar al recurso y conceder la prisión domiciliaria a Báez. Recordó que el condenado, de 70 años, padece hipertensión arterial, diabetes tipo II, EPOC, dislipemia y antecedentes de insuficiencia cardíaca.
Dijo además que en noviembre de 2025 le retiraron, mediante una endoscopía, un pólipo de colon cuyo estudio anatomopatológico reveló un adenoma tubulovelloso con displasia de alto grado —una lesión premaligna que, según los médicos, exige vigilancia endoscópica y controles trimestrales durante el primer año posoperatorio-.
Pero dijo que este seguimiento no se concretó pese a que en los días previos Báez había tenido episodios de sangrado que podrían estar vinculados con esa patología.
Señaló además que desde su traslado al pabellón común identificado con la letra K no recibió los controles glucémicos en la forma indicada por los médicos y que no tiene pilas para medirse la glucemia con su dispositivo.
En cuanto a la situación familiar, destacó que la pareja de Báez, Claudia Insaurralde, atraviesa un proceso oncológico que requiere tratamientos y controles periódicos, y que la persona que colaboraba con el cuidado de los dos hijos menores de la pareja debió regresar a Buenos Aires, con lo que los hijos adolescentes quedaron a cargo exclusivo de su madre enferma.
Todo esto, dijo Borinsky, se da en un contexto en el que los ingresos por alquiler que sostenían al grupo familiar fueron afectados a una cuenta judicial.
Recordó que las autoridades que velan por la salud de los menores se habían pronunciado a favor de la prisión domiciliaria en resguardo del interés superior de los niños.
Citó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos según la cual la falta de atención médica adecuada a una persona privada de su libertad puede resultar violatoria de su derecho a un trato digno.
Tras conocer la posición de sus colegas y para formar mayoría, adhirió a la solución propuesta por el juez Carbajo.
El voto en disidencia
En cambio, el juez Hornos, en disidencia, votó por rechazar el recurso de casación y confirmar la resolución impugnada, al considerar que las afecciones del condenado pueden ser atendidas adecuadamente en el establecimiento penitenciario donde se encuentra alojado.
Sostuvo que el cumplimiento de una pena privativa de libertad bajo prisión domiciliaria es excepcional y que su aplicación es de carácter restrictivo. Hornos destacó que su análisis debe basarse en circunstancias objetivas y particulares de cada persona condenada, como razones de salud, edad avanzada, situaciones de especial vulnerabilidad o riesgos acreditados que tornen inadecuada la permanencia en una unidad penitenciaria.
Destacó que el panorama de salud de Báez parece encontrarse en plena evolución; sin embargo, por el momento, sus afecciones pueden ser atendidas debida y suficientemente en el establecimiento penitenciario donde se encuentra alojado.
Consideró “que las circunstancias invocadas por la defensa, aun cuando revelan la existencia de patologías crónicas y la necesidad de sostener controles médicos periódicos, no logran demostrar que el estado de salud de Lázaro Antonio Báez resulte incompatible con su permanencia en el establecimiento penitenciario donde actualmente se encuentra alojado”.
El pasado fin de semana, en atención a los reclamos de la defensa de Báez, el juez Costabel visitó la cárcel, vio al condenado y constató sus condiciones de detención. No advirtió que su salud corra peligro ni que esté en una situación de desprotección que requiera un cambio en su lugar de alojamiento.
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La orden que se impartió puertas adentro del Gobierno para dar vuelta la página con el caso Adorni

El Gobierno tiene desde hace varios meses dos realidades distintas. En el plano económico consiguió concatenar semanas con buenas noticias, tanto con la baja de la dinámica de la inflación como con el nivel del Riesgo País. Sin embargo, por el lado político, la Casa Rosada no logra disuadir los ruidos producto de la interna y del caso que atormenta al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, desde hace más de tres meses.
Funcionarios del Poder Ejecutivo consideran que se trata de una administración que funciona a dos velocidades distintas. Lo que sucede con el ministro coordinador es que su situación mediática y judicial afectó la dinámica gubernamental. Esto mismo fue reconocido por él cuando el periodista José Del Río le consultó sobre si esta situación opacó su gestión. “Y bueno, puede ser. Sí, claramente. No se hablaba de mi gestión, sino de cosas como que me había puesto una inmobiliaria”, ejemplificó.
Al día siguiente del reportaje, un funcionario afirmaba que en las últimas semanas había comenzado a tomar fuerza un pedido desde la cúpula del Poder Ejecutivo: incrementar el esquema de anuncios y mostrar mayor dinamismo en la gestión.
“Hace semanas que muchas áreas están en semi-parálisis”, opina una fuente de la Casa Rosada. Esto es compartido por otro funcionario de uno de los ministerios más activos que tiene hoy el Gobierno: “Salvo tres o cuatro ministerios, en el resto hay poco o nada para comunicar”. La cuestión no sólo refiere a hechos de gestión en sí, sino a asuntos que puedan llegar a ser de impacto en la agenda pública.

La Secretaría de Transporte de la Nación aceleró hacia el final de esta semana un anuncio que buscó ser capitalizado por Adorni en su cuenta de X.
“A partir del próximo viernes 19 de junio, las personas con discapacidad podrán viajar con 100% de descuento en colectivos y trenes utilizando directamente su tarjeta SUBE, sin necesidad de presentar el Certificado Único de Discapacidad (CUD). El trámite de vinculación podrá realizarse a través de la web de SUBE”, posteó el jefe de Gabinete.
Resulta un anuncio positivo y que es beneficioso para el sector de discapacitados, con el que el Gobierno tuvo controversias públicas en el último año a partir de la disputa por la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad.
Se trata del segundo posteo del jefe de Gabinete después de la entrevista en la que buscó dar sus aclaraciones patrimoniales. En la primera había anunciado que adelantaría a julio su presentación del Informe de Gestión ante el Senado: tuvo 11.000 likes, pero 9.000 comentarios que en su mayoría fueron negativos. Como dicen en el mundo de las redes: un ratio significativo.
No fue casual que, por el alto costo que está pagando, no haya querido publicar la foto de la Mesa Política realizada ayer, algo que habitualmente hacía. Quien tomó la batuta fue la mismísima Karina Milei, quien además le deseó un feliz cumpleaños a Patricia Bullrich. “La están matando. Subir una foto de festejo un día como este siempre es una mala idea. Genera odio”, opinaba una influyente figura del esquema comunicacional de la Casa Rosada.

En ese contexto es que se encuadra la decisión oficial de salir a dar buenas noticias que no solamente estén ligadas al Ministerio de Economía.
Mientras tanto, los funcionarios libertarios ligados al área económica han salido a manifestar sus quejas por la amplificación que tuvo el caso de Adorni en contraposición con la difusión que tuvieron los datos económicos recientes. Ayer hubo una doble nelson de noticias favorables: la inflación mensual de mayo fue de 2,1% (0,4 puntos menos que el mes anterior y con una inflación núcleo de 1,9%), mientras que el Riesgo País tuvo marcas menores a 450 puntos básicos, una noticia positiva que convalida los fundamentals que promueve el equipo económico.
Uno de sus integrantes que se esgrimió al respecto de este contexto fue el director del Banco Nación, Felipe Núñez, que está en la mesa chica del ministro de Economía, Luis Caputo. “Los apóstoles del Apocalipsis están desahuciados”, le respondió el economista al CEO de Cocos Capital, Ariel Sbdar, quien le comentó en un posteo suyo sobre la baja del riesgo país: “Qué raro Feli, yo solo veo en Twitter que todo es un desastre”.
La consultora Ad Hoc publicó este viernes un informe sobre el alcance de la conversación digital alrededor del caso Adorni. Pese a que el escándalo emergió hace más de tres meses, ayer fue el pico de conversación histórico de todo este episodio con más de 319.000 menciones en redes, superando al pico del 12 de marzo, cuando el funcionario utilizó el término “deslomarse” para justificar la estadía que tenía junto a su mujer en Nueva York, Estados Unidos. Según consignan, el jefe de Gabinete fue 2.3 veces más mencionado que el Presidente a lo largo de toda la jornada.

La particularidad del caso que involucra al ministro coordinador ya no solo es su mediatización sino su prolongación en el tiempo. Los picos más vigorosos se dieron al comienzo del escándalo, cuando utilizó el término “deslomarse”, la casa en el country, las repercusiones de las conferencias de prensa y el préstamo de las jubiladas. El caso volvió a renacer a finales de abril y comienzos de mayo con las ollas populares frente a su departamento de Caballito, el Informe de Gestión en Diputados y las declaraciones del contratista en la Justicia.
“Vemos un fenómeno que pese a una baja de menciones de finales de mayo y principios de junio, nunca terminó de perder centralidad mediática. Lo que observamos en las últimas 48 horas es que incluso las menciones a Manuel Adorni estuvieron por encima de las del propio presidente (la figura política por lejos con mayor volumen de conversacion digital en la actualidad)”, agregó a Infobae el politólogo y consultor de AdHoc, Sebastián Raffo.
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La Justicia le dio 5 días al empresario Lascurain para que se presente y comience a cumplir su pena

El Tribunal Oral Federal 7 les dio un plazo de cinco días hábiles al expresidente de la Unión Industrial Argentina (UIA) Juan Carlos Lascurain y al exasesor Juan Marcelo Vargas para que se presenten en su sede y comiencen a cumplir las condenas de cuatro años de prisión que recibieron por el desvío de fondos públicos destinados a una obra en la provincia de Santa Cruz.
“Hágase saber a Atanacio Pérez Osuna, Juan Marcelo Vargas y Juan Carlos Lascurain que, en el término de 5 (cinco) días hábiles, deberán presentarse en la sede de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 (sito en la calle Talcahuano 550, 6º piso, oficina 6118) a los fines de cumplir la pena de prisión que le fuera impuesta», dice la resolución del Tribunal.
El exintendente de Río Turbio Pérez Osuna ya estaba detenido porque su condena había quedado firme en 2021, por falencias en la presentación formal.
Ayer, en tanto, la Corte dejó firme la condena Lascurain y Vargas por el desvío de fondos destinados a construir una ruta de acceso a Yacimientos Carboníferos, en la localidad de Río Turbio, a fines del 2015.
Tras el fallo, que desestimó una serie de recursos presentados por las defensas, la fiscal del juicio Fabiana León sostuvo que “cesó el único obstáculo procesal” que impedía ejecutar la condena y solicitó la detención inmediata de los tres condenados, el cómputo de las penas y la puesta en práctica de las inhabilitaciones absolutas perpetuas, además de la recuperación del dinero desviado.
El TOF le solicitó a la fiscal que especificara la tasa de interés aplicable a la liquidación solicitada. León contestó que ya había fijado postura al respecto en una presentación de hacía más de dos años.
“Para evitar más dilaciones, me remito a todo lo plasmado en la presentación del 6/3/24 y solicitando que la liquidación instada ayer se practique aplicando la tasa activa del BNA para créditos de libre disponibilidad”, contestó León.
La Justicia determinó que entre el 30 de noviembre y el 9 de diciembre de 2015, YCRT entregó a la firma FAINSER S.A., de la que Lascurain era titular, tres cheques por un total de $50 millones, presentados como un adelanto para la “Readecuación de la Avenida YCF” de Río Turbio.
Según la sentencia, no existía ninguna causa válida para ese desembolso y los fondos ingresaron en las cuentas y en el giro comercial de la empresa.
La sociedad estaba presidida por Romina Mercado, sobrina de la expresidenta Cristina Kirchner e hija de la luego gobernadora Alicia Kirchner.
Este fue el primer juicio oral por irregularidades en Río Turbio. Además, está pendiente otro debate por el presunto desvío de al menos $264 millones destinados a obras en la mina de carbón, en el que está acusado un grupo de exfuncionarios encabezado por el exministro de Planificación Julio De Vido.
condenas de cuatro años de prisión,Conforme a
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