ECONOMIA
Dólares del colchón: uno por uno, los cambios clave del nuevo proyecto de Inocencia Fiscal que presentó el Gobierno

El Gobierno nacional avanza con una reforma profunda del Régimen de Inocencia Fiscal, la herramienta que apunta a facilitar el ingreso de fondos no declarados al circuito formal de la economía o en otras palabras: los “dólares bajo el colchón”. El ministro de Economía, Luis Caputo, presentó los principales lineamientos del proyecto que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso, con cambios que alcanzan tanto a los requisitos de acceso como a las reglas de fiscalización y a los mecanismos de defensa de los contribuyentes.
La iniciativa surge luego de que el esquema vigente mostrara un nivel de adhesión menor al esperado y de que especialistas tributarios plantearan observaciones sobre distintos aspectos de la ley original. A partir de ese diagnóstico, el equipo económico trabajó en una serie de modificaciones que buscan ampliar el universo de beneficiarios y, al mismo tiempo, otorgar mayores garantías a quienes decidan regularizar su situación patrimonial.
En conferencia de prensa, Caputo repasó los cuatro ejes centrales de la reforma, que abarcan desde la definición de quiénes pueden adherir al régimen hasta los plazos y condiciones bajo los cuales la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podrá cuestionar las declaraciones presentadas. El funcionario detalló cada uno de estos puntos, que en conjunto redefinen el funcionamiento del esquema respecto de su versión original.
Uno de los cambios centrales del proyecto es la eliminación de los límites patrimoniales y de ingresos que hasta ahora condicionaban el acceso al régimen. Con esta modificación, el esquema queda abierto a la totalidad de las personas humanas y las sucesiones indivisas, sin las restricciones cuantitativas que regían anteriormente y que dejaban afuera a un segmento importante de contribuyentes.

En paralelo, Caputo explicó que se incorpora un tratamiento específico para los grandes contribuyentes registrados ante ARCA. Este segmento podrá optar por una modalidad simplificada, mediante la cual el organismo recaudador pre-liquida el impuesto correspondiente y el contribuyente simplemente efectúa el pago.
Sin embargo, el Gobierno precisó que quienes elijan esta vía no accederán a las presunciones a favor del contribuyente ni al efecto liberatorio, ni tampoco al resto de los beneficios centrales previstos por la ley para el resto de los adherentes. De esta manera, el proyecto distingue dos niveles de participación en el régimen: uno de carácter general, con todos los resguardos previstos por la norma, y otro más acotado, pensado para los contribuyentes de mayor envergadura fiscal.
Otro cambio que tendrá el Régimen de Inocencia Fiscal es la modificación del artículo 40 de la ley, que regula qué se entiende por una discrepancia significativa entre lo declarado por el contribuyente y lo detectado por ARCA. Según explicó Caputo, se mantiene como criterio general que existirá discrepancia significativa cuando el organismo detecte un incremento en el impuesto determinado, o bien una reducción de los quebrantos impositivos, de al menos un 15 por ciento. El ministro señaló que esta definición porcentual representa una mejora técnica respecto de la redacción anterior, al fijar un parámetro más preciso para evaluar cuándo corresponde activar un cuestionamiento.

A ese criterio se suma un umbral mínimo que actúa como resguardo adicional para el contribuyente. Aunque la diferencia detectada supere el 15%, el ministro precisó que no habrá exclusión del régimen si el monto nominal reclamado no alcanza el 5% del monto de evasión que define el artículo 1º de la Ley Penal Tributaria, que en la actualidad equivale a $5.000.000. Con este umbral, el proyecto busca evitar que diferencias de escasa relevancia económica deriven en la pérdida de los beneficios del régimen.
El nuevo proyecto introduce cambios en la carga de la prueba y agrega una vía de salvataje para el contribuyente que enfrente un cuestionamiento del organismo recaudador. Caputo explicó que, a partir de las incorporaciones al artículo 40, la carga probatoria pasa a recaer sobre ARCA. Esto implica que, para sostener la existencia de una discrepancia significativa, el organismo no podrá recurrir a presunciones, sino que deberá basarse exclusivamente en la información que el propio contribuyente declaró, en los datos que surgen de sus sistemas internos o en información aportada por terceros.
El Gobierno también detalló la incorporación de un mecanismo de salvataje por rectificativa y pago, que ofrece al contribuyente una oportunidad concreta para conservar los beneficios del régimen. Según precisó Caputo, no se considerará configurada la discrepancia si, dentro de un plazo no mayor a 15 días hábiles desde que fue notificado de la liquidación administrativa por ingresos directos o de la determinación de oficio, el contribuyente presenta una declaración jurada rectificativa y cancela o regulariza la diferencia detectada, con sus intereses correspondientes.

El funcionario remarcó que en el texto vigente esta posibilidad estaba limitada exclusivamente a los casos vinculados con el uso de facturas apócrifas, por lo que la ampliación de este mecanismo a otros supuestos constituye una de las modificaciones más relevantes del proyecto en materia de garantías para el contribuyente.
El nuevo proyecto del Régimen de Inocencia Fiscal incluye un nuevo artículo, el 42 bis, que regula qué sucede cuando un contribuyente paga un ajuste para no perder el régimen y, con posterioridad, la impugnación de ARCA es revocada. En ese escenario, Nación explicó que se restablece plenamente la presunción de exactitud sobre la declaración original del contribuyente, como si el cuestionamiento nunca se hubiera producido.
En esos casos, ARCA queda obligada a reintegrar los importes que el contribuyente haya pagado, con más los intereses de repetición correspondientes, dentro de un plazo que no podrá exceder los 45 días hábiles contados desde la notificación de la resolución firme que revoca la impugnación. Con este mecanismo, el proyecto busca equilibrar las obligaciones del contribuyente frente a un reclamo del organismo recaudador con una respuesta ágil por parte del Estado en caso de que ese reclamo resulte infundado.
El proyecto fija un plazo determinado para que los contribuyentes puedan exteriorizar fondos no declarados: el 31 de diciembre de 2027. Hasta esa fecha será posible ingresar dinero al sistema formal por períodos anteriores sin costo adicional y sin que esa regularización pueda utilizarse posteriormente como elemento en contra del contribuyente. De esta manera, el régimen deja de tener el carácter permanente que tenía en su versión original y pasa a contar con una ventana temporal definida para la adhesión.

Ese límite temporal se combina con el mecanismo conocido como “tapón fiscal”, que establece que ARCA no podrá utilizar las variaciones patrimoniales previas del contribuyente para cuestionar el origen de los fondos exteriorizados, en la medida en que se cumplan las condiciones de adhesión previstas por la ley. El organismo conserva la posibilidad de fiscalizar cuando detecta una discrepancia significativa, pero fuera de ese supuesto queda impedido de revisar el pasado patrimonial de quien adhirió al régimen.
El proyecto incorpora una definición específica para el mercado inmobiliario, un sector donde una parte relevante de las operaciones continúa concretándose en efectivo. La nueva redacción establece que los pagos en efectivo realizados en el marco de escrituras públicas resultan compatibles con los beneficios del régimen, siempre que esas operaciones queden debidamente documentadas ante escribano.
Esta precisión responde a un reclamo planteado por escribanos, desarrolladores inmobiliarios y contribuyentes, que advertían que la falta de una definición clara podía derivar en la pérdida automática de los beneficios del régimen para quienes operaran con efectivo en este tipo de transacciones.
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ECONOMIA
Creció el consumo en supermercados y mayoristas en mayo, pero siguió debajo del mismo mes de 2025

Los datos de consumo en supermercados y mayoristas que difundió el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) para mayo dejaron un panorama ambiguo. Por un lado, el mes mostró una recuperación respecto de abril. Por el otro, la comparación contra igual período del año pasado y el arrastre acumulado siguen en terreno negativo. Esa combinación muestra un panorama de
En los supermercados, el índice de ventas a precios constantes —es decir, descontado el efecto de la inflación— subió 0,9% en la serie desestacionalizada respecto de abril. Pero al medirlo contra mayo de 2025, la variación fue negativa: cayó 0,7 por ciento. El acumulado de los primeros cinco meses del año también quedó por debajo del mismo período de 2025, con una baja de 2,8 por ciento. En los autoservicios mayoristas el patrón fue similar, aunque más marcado en ambas direcciones: la suba desestacionalizada frente a abril fue de 2,3%, mientras que la comparación interanual arrojó una caída de 2,3% y el acumulado enero-mayo retrocedió 3,0 por ciento.
A precios corrientes, sin descontar inflación, las ventas totales de los supermercados sumaron $2.502.789,7 millones en mayo, con un incremento de 25,9% frente a igual mes de 2025. En los autoservicios mayoristas, la facturación llegó a $388.237,1 millones, con una suba de 23,7% interanual. Estas cifras no equivalen a la evolución real de las cantidades vendidas, sino que combinan el efecto de los precios y de los volúmenes.
Dentro de ese universo, y siempre en términos nominales, es decir sin descontar la inflación, los rubros que más crecieron en los supermercados fueron electrónicos y artículos para el hogar, con 49,1%, seguido por carnes, con 40,6%; la categoría “otros”, con 40,0%; y alimentos preparados y rotisería, con 24,8 por ciento. En el extremo opuesto, bebidas fue el grupo con la suba más moderada, de sólo 12,4%, frente a una suba de precios implícita de 26,7 por ciento.

En los autoservicios mayoristas el orden fue distinto: carnes lideró con un crecimiento de ventas de 32,8%, seguido por almacén, con 27,5%; lácteos, con 26,5%; y verdulería y frutería, con 23,9 por ciento. Ahí también apareció el único grupo con una variación nominal negativa en todo el relevamiento: indumentaria, calzado y textiles para el hogar, que cayó 2,7% interanual frente a mayo de 2025.
De esta manera, carnes fue uno de los rubros de mayor dinamismo en ambos canales, aunque se debe recordar que ese rubro en particular acumula subas por encima de la inflación general. De hecho, el ítem “carnes y derivados” relevado en el informe de inflación de mayo, registró una suba interanual de 45,8%, contra un IPC anual de 33,2 por ciento.
Analizando los resultados por jurisdicción, se observa que las mayores subas nominales en los supermercados se dieron en Neuquén, con 36,5%; Río Negro, con 32,8%; San Luis, con 31,9%; el resto de la provincia de Buenos Aires, con 29,7%; y La Pampa, con 29,4%. Corrientes fue la única jurisdicción con una caída, de 2,0 por ciento.
En los autoservicios mayoristas, en cambio, el relevamiento se agrupa en tres grandes regiones: la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que creció apenas 9,9%, muy por debajo del promedio; los 24 partidos del Gran Buenos Aires, con 24,5%; y el resto del país, con 24,2 por ciento.

La brecha entre la Capital y el resto del territorio en el canal mayorista resulta significativa y contrasta con el comportamiento más parejo que mostraron los supermercados a lo largo de las distintas provincias.
El personal ocupado también aporta una pieza relevante para entender la coyuntura del sector. En los supermercados, la dotación llegó a 96.240 personas, con una baja de 3,3% respecto de mayo de 2025. En los autoservicios mayoristas la caída fue más pronunciada: el personal ocupado se ubicó en 12.956 trabajadores, un 8,2% menos que un año atrás. En ambos casos, los salarios brutos promedio subieron por debajo de la inflación general: 29,9% en los supermercados y 28,3% en los mayoristas, siempre en pesos corrientes (el IPC anual fue de 33,2%).
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ECONOMIA
Caputo visitó La Rural y desactivó un posible anuncio sobre otra baja en las retenciones

El ministro de Economía, Luis Caputo, visitó este jueves la Exposición Rural de Palermo y bajó las expectativas del sector sobre un anuncio en la baja de las retenciones por parte del presidente Javier Milei, quien estará presente en el acto inaugural del próximo domingo.
El funcionario visitó la muestra del sector agropecuario y mantuvo un almuerzo con las autoridades de la Sociedad Rural Argentina (SRA). Consultado por la prensa, Caputo fue moderado y descartó un anuncio sobre los Derechos de Exportación (DEX).
Luis Caputo desactivo una posible baja de retenciones
«Los anuncios ya se hicieron en su momento, así que no hay que esperar ningún anuncio en particular. En la medida que el superávit económico dé más margen, podremos seguir bajando», sostuvo.
El titular del Palacio de Hacienda destacó el rol que mantiene el campo como uno de los grandes generadores de divisas, y afirmó que es «uno de los motores principales de la economía». En la misma línea, señaló que «por suerte, ahora hay otros motores más», haciendo referencia a los sectores de la minería y la energía.
Luis Caputo dialogó con referentes del campo en La Rural; las retenciones, entre las claves
La última rebaja en las retenciones fue realizada por Milei durante su discurso en la Bolsa de Cereales de Buenos Aires, donde luego se realizó una presentación en el Ministerio de Economía y se conocieron mayores detalles sobre el esquema de reducciones.
- Trigo y cebada: pasará de 7,5% a 5,5%.
- Soja, maíz, girasol y sorgo: entre 0,25% y 0,5% mensual a partir de enero de 2027 y por dos años.
- Soja: 0,25% mensual durante todo 2027 (pasará de 24% a 21%). A partir de 2028 será de 0,5% y pasará de 21% a 15%.
- Maíz y sorgo: serán bajas trimestrales por una «cuestión numérica». A partir de febrero de 2027 pasará a 8,25%, a 8% en mayo, a 7,75% en agosto y a 7,5% en noviembre. A partir de febrero de 2028 pasará a 7%, a 6,5% en mayo, a 6% en agosto y a 5,5% en noviembre.
- Girasol: en 2027 pasará a 4,25% en marzo y 4% en septiembre. A partir de marzo de 2028 pasará a 3,5% y 3% en septiembre.
Caputo también habló sobre la mejora en la calificación crediticia otorgada por Moody’s, que se suma a la de Fitch y S&P, y precisó que «muestran que hay un cambio estructural en el país y eso es lo que están viendo todos«.
«Cuando le sacamos la estacionalidad y nos concentramos en la tendencia ciclo, la economía está creciendo desde hace 26 meses consecutivos, cosa que no pasaba hace más de 15 años. Todos los motivos para estar optimistas«, concluyó.
Oficializan reducción a las retenciones al agro: cómo es el cronograma de baja
El Gobierno redujo los derechos de exportación que gravan a productos de las cadenas de soja, maíz, trigo, cebada, sorgo y girasol, y estableció un esquema de disminución gradual de alícuotas que se extenderá hasta diciembre de 2028. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 423/2026, publicado en el Boletín Oficial.
El decreto diferencia entre cultivos de invierno y cultivos de verano. Según explicó el Poder Ejecutivo en los fundamentos de la medida, las reducciones inmediatas responden a la proximidad de las decisiones de siembra de los cultivos invernales, mientras que para los estivales se diseñó un cronograma gradual que permitirá que las rebajas se encuentren vigentes al momento de la comercialización de la producción.
En el caso del trigo y la cebada, el decreto instrumentó la reducción anunciada en mayo por el presidente Javier Milei y fijó una alícuota -de aplicación inmediata- de 5,5% para los granos, frente al 7,5% que regía previamente. La norma también estableció nuevos derechos de exportación para distintos productos derivados de ambas cadenas, incluidos harinas, sémolas, almidones, malta y otros subproductos industriales, con tasas que van desde 1% hasta 3,5%, según la mercadería.
Para la soja, el Gobierno dispuso uno de los principales cambios incorporados por la norma. El poroto de soja pasará de una alícuota de 24% durante 2026 a 21% desde diciembre de 2027 y a 15% a partir de diciembre de 2028. El cronograma también alcanza a aceites, harinas, pellets y otros derivados industriales, que registrarán reducciones escalonadas durante los próximos dos años.
Entre los productos alcanzados figuran aceites de soja con alícuotas que descenderán desde niveles de entre 18% y 22% hasta valores de entre 11% y 13,5% hacia fines de 2028, según la posición arancelaria correspondiente. Los pellets y otros subproductos de la molienda también quedarán sujetos a un sendero de reducción gradual hasta alcanzar tasas de 14% desde diciembre de ese año.
El maíz y el sorgo también quedaron incorporados al esquema de disminución progresiva de retenciones. Según el producto involucrado, algunas posiciones arancelarias quedarán exentas del tributo, mientras que otras reducirán sus alícuotas de manera escalonada durante 2027 y 2028. En determinados casos, las tasas pasarán de 8,5% en 2026 a 7,5% a fines de 2027 y a 5,5% desde diciembre de 2028.
Para la cadena del girasol, el decreto fijó reducciones escalonadas para semillas, aceites y otros derivados. Mientras algunas variedades específicas quedarán exentas del tributo, determinadas posiciones de aceite de girasol pasarán de alícuotas de entre 2,5% y 4,5% en 2026 a niveles de entre 1% y 3% hacia fines de 2028, según el producto alcanzado por la medida.
La medida también incorpora modificaciones para determinados biocombustibles. En particular, fija una alícuota de derecho de exportación de 0% para biodiéseles obtenidos a partir de aceites de colza, cártamo, Brassica Carinata y Camelina Sativa, además de otros biodiéseles que no contengan aceite de soja.
Para los restantes biodiéseles comprendidos dentro de la misma posición arancelaria, el decreto prevé una reducción gradual de las alícuotas. En esos casos, el derecho de exportación descenderá desde 21% en 2026 hasta 18% desde diciembre de 2027 y continuará reduciéndose hasta 13% a partir de diciembre de 2028.
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ECONOMIA
YPF recibió cinco ofertas para vender Metrogas: quiénes son los empresarios que pujan por la mayor distribuidora de gas del país

Cinco grupos empresarios presentaron este jueves sus propuestas económicas para quedarse con el 70% de Metrogas, hoy en manos de YPF. Según pudo confirmar Infobae, el plazo venció hoy y la petrolera estatal, asesorada por el banco Citi, ingresa a la etapa más delicada del proceso: no solo revisará cuál es la oferta más alta, sino cuál tiene detrás una estructura de financiamiento que pueda sostenerse hasta el cierre de la operación.
El paquete en juego podría valer USD 560 millones, dentro de una valuación total de la distribuidora cercana a los 800 millones de dólares. Quien se quede con ese bloque accionario deberá además lanzar una oferta pública de adquisición (OPA) por el resto de las acciones, repartidas entre la Anses (8%), el capital que cotiza en la Bolsa porteña (13%) y la porción que ya tiene el empresario José Luis Manzano (9,23%) a través de su vehículo de inversión Integra Capital.
Los cinco finalistas son:
- Central Puerto—la principal generadora eléctrica del país, controlada por los empresarios Guillermo Reca, la familia Miguens-Bemberg y Eduardo Escassany— en sociedad con Ecogas, distribuidora de gas cuyo grupo de control comparten esos mismos accionistas junto a Ronaldo Strazzolini y Gonzalo Pérès Moore.
- Andina, el vehículo de Manzano, que ya tiene presencia en Metrogas a través de Integra Gas Distribution.
- MSU Energy, del empresario Manuel Santos Uribelarrea.
- Grupo Pierri, del empresario y exdiputado justicialista Alberto Pierri, dueño de Telecentro.
- Litoral Gas, distribuidora del centro y norte de la provincia de Buenos Aires cuyo capital comparten Grupo Sofía y Tecpetrol, la petrolera del Grupo Techint.
La lista tuvo un movimiento de último momento. Neuss Capital, el consorcio que lideraba Germán Neuss junto a Mubadala Capital —el brazo inversor del fondo soberano de Abu Dabi— y la española SIA Capital, no llegó a esta instancia con una propuesta económica. En su lugar se sumó Litoral Gas, que no figuraba entre los cinco que habían avanzado a la etapa de auditoría.

El proceso arrancó en abril con 13 compañías interesadas que presentaron ofertas no vinculantes. Ese universo se redujo a nueve tras una primera selección y luego a cinco en la etapa de due diligence, cuando los candidatos accedieron a la información financiera más sensible de la compañía y mantuvieron entrevistas con gerentes y técnicos de Metrogas.
Dos de los grupos que llegaron a la definición tienen actividad en generación eléctrica y apuntan a combinar ese negocio con la distribución de gas. Central Puerto y Ecogas conforman el consorcio más experimentado del sector: la primera es la mayor generadora privada del país, mientras que Ecogas ya opera redes de distribución en varias provincias.
MSU Energy, por su parte, opera siete centrales térmicas y tiene negocios en parques solares y almacenamiento con baterías. Este año amplió su presencia en el sector eléctrico con la adquisición de las hidroeléctricas Chocón-Arroyito. Su cabeza visible, Santos Uribelarrea, proviene de una familia con raíces en el agro pampeano.
Andina, el vehículo de Manzano, llega a esta instancia con una ventaja particular: ya es accionista de Metrogas con el 9,23% del capital a través de Integra Gas Distribution. El exministro del Interior acumula posiciones en varios segmentos del sector energético: es uno de los dueños de Edenor, la distribuidora eléctrica más grande del país, y en junio participó de la compra de las 894 estaciones de servicio Shell en Argentina, una operación valuada en USD 1.420 millones liderada por el fondo suizo Mercuria Energy Group, socio de su grupo inversor Integra Capital en la petrolera Phoenix Global Resources.
Grupo Pierri suma a la lista a uno de los empresarios más discretos del mundo de los negocios argentinos. Pierri, exdiputado nacional y expresidente de la Cámara de Diputados durante una década en los años ’90, construyó su holding a partir de tres plantas papeleras y luego diversificó hacia las telecomunicaciones con la fundación de Telecentro, operador de internet y cable con presencia en Capital Federal y el Gran Buenos Aires. El grupo también tiene participación en el canal de noticias Canal 26.
Según pudo saber Infobae, la decisión no recaerá únicamente sobre la cifra que cada grupo depositó sobre la mesa. La estructura de pagos y el respaldo financiero detrás de cada propuesta tendrán tanto peso como el monto ofrecido. El objetivo es evitar ofertas infladas que después no puedan concretarse.
En las próximas semanas se analizará si las propuestas cumplen con los requisitos fijados en el proceso. Solo las que superen ese filtro entrarán en la comparación final. La expectativa es tener un panorama claro hacia mediados de agosto.
El atractivo de Metrogas para los compradores no es solo estratégico. La distribuidora, que abastece a más de 2,4 millones de clientes en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 11 partidos del sur y sudoeste del Gran Buenos Aires, repartió en julio dividendos por $100.000 millones —unos USD 66 millones al tipo de cambio oficial—. Fue la primera distribución de utilidades desde noviembre de 2001, cuando la crisis económica interrumpió esa práctica por más de dos décadas.
A la variable financiera se suma una definición regulatoria que todavía no llegó. La licencia de Metrogas, vigente desde hace 35 años, vence en diciembre de 2027. El Enargas ya elevó al Poder Ejecutivo su recomendación para extenderla por 20 años, hasta 2047, como habilita la Ley Bases, pero la resolución sigue pendiente. Para los oferentes, esa definición condiciona la previsibilidad de ingresos del negocio que están dispuestos a comprar.
La venta de Metrogas se inscribe en el Plan 4×4 de YPF, la hoja de ruta del presidente de la compañía, Horacio Marín, que apunta a la focalización en shale —con Vaca Muerta como eje central— y a la salida de activos considerados no estratégicos. Bajo esa misma lógica, YPF completó en diciembre de 2025 la venta de Profertil, la principal productora de urea del país, en una operación valuada en USD 1.200 millones que terminó en manos de Adecoagro y la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA).
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