POLITICA
A un año de que la Corte dejó firme la condena, la Justicia no pudo decomisarle ni un peso a Cristina Kirchner

A un año de que la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a seis años de prisión contra Cristina Kirchner por corrupción, la Justicia no pudo decomisarle ni un centavo, a pesar de que ordenó recuperar unos 685.000 millones de pesos.
Hoy esa parte del caso volvió a la Corte Suprema, que debe resolver si rechaza el último recurso de Cristina Kirchner y avanza con el remate de sus bienes mediante una plataforma digital por internet.
La expresidenta evitó que sus bienes sean alcanzados por el decomiso porque presentó una catarata de recursos judiciales en el Tribunal Oral Federal 2 que la condenó, en la Cámara Federal de Casación Penal y ahora -otra vez- en la propia Corte.
La última batalla es por 111 bienes que identificaron el fiscal Diego Luciani y su colega Sergio Mola para que sean tasados y rematados, de modo de cubrir esa suma de dinero, aunque sea en parte. Resta otro grupo de bienes identificados por la fiscalía que están siendo objeto de un trámite en el tribunal oral.
El rechazo del recurso extraordinario por parte de la Cámara Federal de Casación confirma definitivamente la ejecución de los bienes de Cristina Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia.
Con el recurso rechazado, el fallo del posible decomiso queda en condiciones de ser ejecutado de inmediato. Sin embargo, Cristina Kirchner fue a la Corte Suprema de Justicia mediante un recurso directo, que difícilmente prospere.
Además de seis años de prisión, la condena a Cristina Kirchner por la causa Vialidad implica el decomiso de bienes por unos 685.000 millones de pesos, por los que deben responder solidariamente todos los condenados.
Pero, entre ellos, los únicos que tienen bienes cuantiosos son Cristina Kirchner y sus hijos, pues los activos de Lázaro Báez fueron rematados en la quiebra de Austral Construcciones y en la otra condena que tiene por lavado de dinero, en la causa de la Ruta del Dinero K.
La decisión de rechazar el recurso extraordinario fue de los jueces de la Sala IV de la Cámara de Casación y dejó firme la decisión de avanzar con la ejecución de los bienes. La defensa de Cristina Kirchner argumenta que muchos de ellos fueron adquiridos antes de los hechos que motivaron la condena.
Los magistrados Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron por mayoría los recursos presentados por las defensas de Cristina Kirchner, Lázaro Báez y por el apoderado de Máximo Kirchner y Florencia Kirchner contra la sentencia que había confirmado la ejecución de bienes para hacer efectivo el decomiso en la causa Vialidad.
En el caso del recurso extraordinario presentado por Cristina Kirchner, los tres integrantes de la Sala coincidieron en declararlo inadmisible. En su voto, Hornos sostuvo que los recursos no demostraban la existencia de una cuestión federal suficiente que habilitara la intervención de la Corte. El juez reiteró el fundamento general del decomiso en casos de corrupción, al señalar que “el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida” y que el instituto busca impedir que el ilícito produzca beneficios económicos permanentes.
Por su parte, el juez Diego Barroetaveña adhirió al voto de Hornos. Consideró que los agravios de las defensas se limitaban a expresar desacuerdos con lo decidido y que no planteaban una controversia federal concreta sobre el alcance de normas constitucionales. También entendió que no se verificaban supuestos de arbitrariedad que justificaran la apertura de la instancia extraordinaria ante la Corte.
El juez Mariano Borinsky coincidió en declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por Cristina Kirchner. Sin embargo, mantuvo una posición parcialmente distinta respecto de los recursos presentados por Lázaro Báez y por el apoderado de Máximo y Florencia Kirchner.
Luego de que la Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la sentencia que ordena concretar el recupero de los 685.000 millones de pesos, el tribunal oral que impuso las condenas le mandó un oficio a la Corte Suprema para avanzar con el asunto. Quiere saber si, en función de las normas vigentes, alguno de los 111 inmuebles a ejecutar es de interés de la propia Corte para su utilidad o del Consejo de la Magistratura.
El juez Rodrigo Giménez Uriburu —que condenó a la expresidenta y está a cargo de ejecutar la sentencia— pidió a la Corte que se resuelva si algún bien “será afectado y asignado, por razones de un mejor servicio de justicia, para su propio uso [por la Corte] o para el del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación”.
La tobillera
En tanto, la expresidenta reclamó a un año de su condena, que es el tiempo que lleva cumpliendo arresto domiciliario en su casa de San José 1111, que le saquen la tobillera electrónica, amplíen su régimen de visitas y la dejen salir a la terraza.
Pero el fiscal Luciani se opuso y la semana pasada fracasó el último intento cuando el juez Rodrigo Giménez Uriburu ratificó la vigencia de todas las condiciones de arresto.
Sobre el régimen de visitas, el tribunal autorizó el ingreso libre exclusivamente para familiares, médicos, custodios y abogados. El resto de las personas deben requerir sin excepción la autorización judicial.
En cuanto al permiso de subir a la terraza del edificio, el tribunal autorizó su uso dos horas al día entre las 6 y las 20. En su última resolución, consideró que Cristina Kirchner “conserva la posibilidad de acceder diariamente a un espacio abierto apto para el desarrollo de actividades físicas y recreativas”.
contra Cristina Kirchner,el recupero,Hernán Cappiello,Cristina Kirchner,Conforme a,Cristina Kirchner,,A un año de la condena. El drama político que Cristina Kirchner irradia al peronismo,,La desdicha del oficialismo. El día en que Milei chocó con la pared,,“Siempre fui un luchador”. El productor que convirtió la defensa del campo en una causa personal y atravesó décadas de batallas
POLITICA
“Llevo 308 días sin consumir”: el intendente de Saavedra relevó su lucha contra las adicciones

Como parte de la apertura de una charla sobre consumos problemáticos y prevención realizada para la comunidad de Pigüé, el intendente de Saavedra, Matías Nebot, sorprendió al compartir públicamente su experiencia con las adicciones. “Llevo 308 días sin consumir”, celebró.
Durante el encuentro, que contó con la presencia del bahiense Adrián di Renzo, un referente en prevención de adicciones, Nebot confesó: “Para mí es bastante difícil saber por dónde empezar, pero voy a arrancar por donde me salga del corazón. Yo llevo 308 días sin consumir”.
La experiencia del jefe comunal, de 37 años, se dio a conocer debido a un video difundido por la cuenta de Instagram de De la ciudad FM de Pigüé. En ese fragmento, se lo vio reconocer que “la lucha contra la adicción es todos los días, un día a la vez”.
“La causa nunca es la sustancia, la causa es otra cosa, la sustancia es la consecuencia”, explicó Nebot al hacer alusión a los factores subyacentes que suelen acompañar este tipo de consumos. De acuerdo con información recabada por La Nueva, el intendente consumió cocaína durante aproximadamente dos años y está cerca de cumplir un año alejado de la droga.
Según fuentes del distrito, sus problemas de consumo se habrían agravado tras la decisión de recortar salarios municipales a comienzos del año pasado, medida que lo enfrentó a una fuerte presión derivada de la crisis económica. Además, durante el proceso de recuperación, el jefe comunal afrontó la muerte de su padre, quien tuvo un rol clave para que comenzara el tratamiento y lograra alcanzar avances.
Pese a su confesión, Nebot indicó que por el momento no dará entrevistas. En este sentido, explicó que espera el cierre de una nueva etapa de su tratamiento, prevista para la próxima semana, tras lo cual se mostró dispuesto a brindar más detalles sobre su historia personal.
Como anticipo, el intendente aseguró que se propone fortalecer los programas de salud mental en el municipio, con el objetivo de ampliar la prevención y el abordaje integral de los consumos problemáticos, para ayudar a los vecinos de su comunidad que pudieran atravesar situaciones similares.
Quién es Matías Nebot, el actual intendente vecinalista de Saavedra
Nacido el 15 de marzo de 1989 en la localidad de Goyena, en el partido de Saavedra, Matías Nebot es docente y técnico en Producción Agropecuaria, egresado de la Escuela de Educación Secundaria Agraria N°1. Su primer cargo público fue como concejal electo en 2017 por la alianza 1 País.
En 2019, tuvo su primer intento de llegar a la intendencia, luego de haberse postulado como precandidato a jefe comunal por el partido vecinalista que fundó bajo el nombre Todos por Saavedra, aunque no resultó electo. Dos años más tarde, en las elecciones de 2021, fue reelecto concejal, pero en esa oportunidad representó a su espacio político.

De acuerdo con la información recopilada por el medio La Noticia 1, durante las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO) celebradas el 13 de agosto de 2023, Nebot volvió a presentarse como precandidato con lista única por TxS (Todos por Saavedra) y logró consolidarse como el espacio más votado en el distrito.
En la elección general del 22 de octubre logró imponerse con el 37,58% de los votos frente a Diego Demaría, de Juntos por el Cambio, quien obtuvo el 32%. En tercer puesto había quedado el representante de Unión por la Patria, Óscar Alberto Gómez, con el 15,53%, seguido del candidato de La Libertad Avanza (LLA), Raúl Aníbal Zentner, que reunió el 15,16% restante.
“Quiero agradecer a todos los vecinos del distrito que apostaron a una forma distinta de hacer política”, celebró el intendente durante el discurso que ofreció desde el búnker de TxS. Tras destacar que “fue una campaña muy agresiva para nosotros, pero no nos pudieron vencer”, agradeció a los demás candidatos por las felicitaciones que le hicieron llegar.
POLITICA
Elecciones 2023: cuáles son las consecuencias de no ir a votar y cuánto debo pagar de multa

Los argentinos que están obligados a votar pero no lo hacen deben pagar una multa o, en caso contrario, pueden recibir sanciones como la imposibilidad de tramitar el pasaporte
6‘minutos de lectura
Todos los argentinos nativos o por opción (es decir, cuando una persona es hija de padres argentinos y elige esta nacionalidad) desde los 16 y hasta los 70 años están obligados a votar en las elecciones de 2023. En el caso de las personas naturalizadas (extranjeros que obtuvieron la ciudadanía del país), el deber rige desde los 18 años.
En caso de no votar, estos electores deben afrontar el pago de una multa o pueden recibir sanciones, salvo que se encuentren dentro de los grupos de exceptuados y justifiquen su ausencia en los comicios, de acuerdo con el Código Electoral Nacional.
En esta nota, te contamos quiénes están obligados a votar, qué pasa si una persona no vota y cómo justificar la no concurrencia a votar.
¿Quiénes están obligados a votar?
El voto es considerado un derecho pero también una obligación, que -en caso de no ser cumplida- puede ocasionar multas y sanciones. No obstante, es importante aclarar que el Código Electoral Nacional no establece ninguna penalidad para los votantes de 16 y 17 años.
¿Qué pasa si una persona no vota en las elecciones de 2023?
Luego de cada votación nacional, la Cámara Nacional Electoral elabora un listado por distrito, con nombre y apellido de los electores mayores de 18 años y menores de 70 años de quienes no se tiene constancia de emisión del voto. Esta información queda a disposición del Poder Ejecutivo y de los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires. Acá podés consultar si aparecés en el registro de infractores al deber de votar.
Las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa de entre $ 50 y $ 500. El monto a pagar depende de la cantidad de infracciones previas, de acuerdo con lo que establece la Acordada 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral.
En caso de no hacerlo, el Código Electoral Nacional dispone en su artículo 125 que el infractor no podrá desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años. Tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante 1 año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.
Alejandro Tullio, profesor de Derecho y Administración Electoral en la Universidad Nacional de San Martín y director de la Dirección Nacional Electoral entre 2001 y 2015, explicó a Chequeado que “el Código Electoral establece sanciones para quienes no voten, como la imposibilidad de renovar el pasaporte o realizar otros trámites; sin embargo, es suficiente con el pago de la multa para quedar nuevamente habilitado”.
El especialista planteó que “la extensión real de la imposibilidad de generar trámites debería ser un poco más amplia: por ejemplo, para acceder a un cargo público de cualquier naturaleza tendría que estar regularizada esta situación, es decir, no ser infractor, pero en la realidad no se verifica”.
Consultado sobre la efectiva aplicación de multas y sanciones, Tullio aseguró que “existe la idea de que no hay consecuencias por no cumplir con la obligación de votar” y planteó que esto está asociado con “la simplicidad para realizar el pago de la multa ya que se puede realizar en forma electrónica, y con el monto excesivamente bajo de la misma”.

Ana Natalucci, investigadora y directora del Observatorio de Protesta Social en el Conicet, consideró que “la aplicación de sanciones y multas no tiene efecto sobre las personas, en términos de que se sientan obligados a votar”. Y agregó: “Tampoco creo que esa sea una herramienta válida. Es importante que exista un compromiso ciudadano ya que el voto es una manifestación explícita para reafirmar un modelo económico y político, u optar por otro”.
¿Quiénes no están obligados a votar en las elecciones 2023?
El Código Electoral Nacional dispone que algunos votantes no están obligados a sufragar. Se trata de los jueces y auxiliares que deban cumplir funciones durante los comicios; y las personas que se encuentran a más 500 kilómetros del lugar de votación y que justifiquen que el alejamiento se debe a motivos razonables. En este último caso, deben presentarse ante la comisaría más próxima, en la cual se le otorgará un certificado por escrito.

También están exceptuados los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, que les impida asistir al acto y que cuenten con certificado médico; y el personal de organismos o empresas de servicios públicos que deba realizar tareas que le impida asistir al comicio.
En este caso, el empleador deberá comunicar al Ministerio del Interior y Transporte el listado de afectados a tareas el día de los comicios con 10 días de anticipación.
Para el resto de los trabajadores, el Código Electoral establece que “tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores con el objetivo de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni posterior recargo de horario”.
¿Cómo justificar la no concurrencia a votar?
En caso de que no se pueda justificar la ausencia, se debe pagar la multa electoral (ver acá el paso a paso sobre cómo realizar el trámite).
Edición 1: Matías Di Santi
Esta nota es parte de Reverso, el proyecto periodístico colaborativo coordinado por Chequeado y AFP que une a medios y empresas de tecnología para intensificar la lucha contra la desinformación durante la campaña electoral.
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POLITICA
Rechazaron el pedido de juicio político contra la vicegobernadora de Mendoza por sus dichos contra Francia durante el Mundial

La Cámara de Diputados de Mendoza rechazó este miércoles el pedido de juicio político contra la vicegobernadora Hebe Casado por sus dichos contra la selección francesa de fútbol, a la que calificó como un “equipo africano flojo de modales” durante el partido ante Paraguay por los octavos de final del Mundial.
Los impulsores de la medida sostuvieron que los dichos de Casado configuraban “conducta impropia” y “mal desempeño” de sus funciones, en los términos del artículo 109 de la Carta Magna mendocina.
Sin embargo, el oficialismo que responde al gobernador Alfredo Cornejo no acompañó la iniciativa y logró su rechazo en la Cámara Baja.
La polémica se originó tras la publicación de Casado en la red X, donde escribió: “Muy bien Paraguay. El equipo africano flojo de modales. No lo aguanto a Mbappé”. El mensaje generó una fuerte reacción en redes sociales y derivó en la declaración de la vicegobernadora como “persona no grata” por parte del embajador de Francia en Argentina, Romain Nadal.
En respuesta, el gobernador Cornejo envió una carta al diplomático en la que dejó en claro que las expresiones de Casado “no reflejan el sentir de la comunidad mendocina ni la política de integración de este territorio, ni mucho menos del Gobierno que me toca conducir”.
Durante el debate en Diputados, el oficialismo argumentó que el pedido no reunía los requisitos constitucionales para avanzar hacia un juicio político y que las expresiones cuestionadas tenían carácter personal. Los impulsores, en cambio, sostuvieron que los dichos afectaban la imagen institucional de la provincia y podían perjudicar las relaciones con Francia y la Unión Europea.
La defensa de Hebe Casado tras la polémica
Luego de las críticas, la vicegobernadora mendocina defendió sus dichos y aseguró que su comentario se enmarcaba en el “folklore futbolero”.
“El que no lo entiende de esa forma es porque debe tener algún problema no resuelto”, sostuvo en declaraciones a medios mendocinos.
Casado también reclamó que le expliquen “dónde hubo discriminación” en su mensaje y cuestionó que se interpretara la referencia a África como un insulto.
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“No le veo la parte racista al comentario. Si alguien lo toma como racista es porque considera a los africanos algo inferior. Yo no lo considero inferior”, afirmó durante una entrevista radial.
La dirigente agregó que, a su entender, quienes consideran ofensiva la expresión son quienes tienen una mirada discriminatoria sobre África.
Mendoza, mundial, selección francia
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