POLITICA
Cuáles son los cinco gobernadores que la Casa Rosada consideró “claves” para aprobar la Ley de Glaciares

Con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó este miércoles la reforma de la Ley de Glaciares, luego de casi 12 horas de debate. Minutos después, el presidente Javier Milei difundió un comunicado oficial en el que celebró la sanción del proyecto y agradeció de manera explícita a cinco mandatarios provinciales, a quienes ubicó entre los actores centrales del proceso.
“El Presidente Javier G. Milei agradece a los diputados y senadores que acompañaron esta reforma, y expresa un especial reconocimiento a los gobernadores Marcelo Orrego (San Juan), Raúl Jalil (Catamarca), Carlos Sadir (Jujuy), Gustavo Sáenz (Salta) y Alfredo Cornejo (Mendoza)”, señaló el texto de la Oficina del Presidente.
El mensaje oficial sostuvo que la modificación de la norma apunta a “garantizar seguridad jurídica y darle poder a las provincias para la utilización de sus recursos”. En ese marco, el Gobierno defendió la reforma como un cambio orientado a dar mayor margen de acción a las administraciones provinciales en territorios vinculados con la actividad minera.
“Esta reforma histórica aclara con precisión científica que se debe continuar protegiendo los glaciares y las geoformas del ambiente periglacial que cumplen funciones hídricas, permitiendo, en función de evaluaciones técnico-científicas provinciales, la explotación de los minerales en los terrenos que estaban mal catalogados como glaciares y no formaban parte del objeto protegido de la ley”, expresó el comunicado.
La Casa Rosada también sostuvo que el texto original de la ley sancionada en 2010 generaba restricciones excesivas. “La redacción original era confusa y generaba interpretaciones absurdas que prohibían actividades mineras en general, incluso donde no había nada que proteger. Eso llevaba a conclusiones contrarias al artículo 41 de la Constitución y al dominio originario de las provincias”, afirmó.
En otro tramo del documento, el Gobierno vinculó el respaldo de los mandatarios provinciales con un reclamo histórico de las provincias mineras. “Estos cambios comprenden un reclamo histórico de las provincias integrantes de la Mesa del Litio (Catamarca, Jujuy y Salta) y de la Mesa del Cobre (las mencionadas, Mendoza y San Juan). La reforma aprobada les devuelve a las provincias la competencia que les corresponde como legítimas titulares del dominio originario de sus recursos”, indicó.
El oficialismo remarcó que el proceso de elaboración de la iniciativa se extendió durante un año y destacó la participación de distintos funcionarios nacionales. Milei también agradeció a la secretaria Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy; al secretario Coordinador de Minería y Energía, Daniel González; y al secretario de Minería, Luis Lucero.
“Este esfuerzo coordinado permitió alcanzar un marco normativo claro, federal y técnicamente sólido”, sostuvo la Oficina del Presidente.
La reforma de la Ley de Glaciares formó parte de una de las discusiones más extensas de la jornada en Diputados. El proyecto recibió el respaldo de los bloques aliados al oficialismo, mientras que Unión por la Patria y el Frente de Izquierda rechazaron la iniciativa y advirtieron sobre el posible avance de proyectos extractivos en zonas sensibles.
En su mensaje posterior a la votación, el Gobierno también apuntó contra organizaciones ambientalistas. “Los intentos de interferencia de organizaciones extranjeras fracasaron y los ecologistas empeñados en impedir el progreso de la República Argentina volvieron a perder. Las agendas que buscan impedir el progreso de los argentinos encontraron en este Gobierno su mayor enemigo”, afirmó el comunicado.
La Ley de Glaciares, sancionada en 2010, estableció un régimen de protección para glaciares y ambiente periglacial, considerados reservas estratégicas de agua dulce. La norma prohibió actividades extractivas de alto impacto en esas áreas y dispuso la realización de un inventario nacional a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). La reforma aprobada este miércoles modificó ese esquema y habilitó un nuevo marco de evaluaciones provinciales para el uso de esos territorios.
POLITICA
Fraude, facturas falsas y empresas que se enriquecen: los argumentos de la nueva acusación a Tapia y Toviggino

El pedido de detención de Pablo Toviggino y Claudio “Chiqui” Tapia es el final de un extenso dictamen, de casi 200 páginas, plagado de informes bancarios y de decenas de documentos elaborados por organismos estatales encabezados por la agencia de recaudación ARCA. Los jerarcas de la AFA están acusados de haber liderado una asociación ilícita y de un lavado de dinero millonario que comenzó en 2018.
Según la acusación del fiscal federal de Santiago del Estero Pedro Simón, el dinero ilícito provenía de tres fuentes: una defraudación en perjuicio de la Asociación del Fútbol Argentino; la omisión de ingresar los impuestos que correspondían a ARCA al engañar al Fisco Nacional sobre el verdadero tributo debido, lo que se obtuvo mediante la emisión de facturas que se presumen falsas, y la omisión de liquidar divisas y compra de moneda extranjera en el mercado informal.
Según el dictamen, a la cabeza de la organización estaban Tapia y Toviggino, pero en total hay 26 personas imputadas. En el listado aparecen dos hijos del tesorero de la AFA; su hermano, Darío Fabián; su pareja, María Florencia Sartirana; el abogado Juan Pablo Beacon (su exmano derecha); Carlos Bruno Seguel (un ladero de Beacon); y quienes aparecen en los papeles como los dueños de la mansión de Pilar: Luciano Pantano y su madre jubilada, Ana Lucía Conte.
También están incluidas varias personas con domicilio en la provincia de Santiago del Estero que habrían sido utilizadas como “prestanombres” en el armado de las sociedades.
En la investigación se mencionan, en total, 16 empresas. Se destacan Malte SRL, utilizada para comprarle la quinta de Villa Rosa a Carlos Tévez en junio 2023, SOMA SRL, WICCA SAS y Real Central SRL.
También aparecen DCT SRL, Bori SRL, HT SRL, Norte Argentino SRL, Lindor SRL, Barwa SRL, Maroma SA, Segon SRL, Carbello SRL, Servicios Neurus SA, Servicios Lindor SA, y Vandap SAS.
La primera etapa de la maniobra, siempre según la investigación, era insertar el dinero que provenía de las maniobras ilícitas en el sistema financiero a través de estas sociedades.
Muchas de las empresas emitían facturas a favor de la AFA para justificar las transferencias.
La segunda etapa consistía en “la estratificación del dinero”. “Una vez que las empresas recibían las transferencias de parte de la AFA, se emitían facturas a favor de ellas mismas (facturas inter-bloque) para dificultar el rastreo del dinero”, destacó el fiscal Simón, que pidió una larga lista de medidas de prueba.
El siguiente paso fue la compra de bienes. La Justicia analizó decenas de operaciones inmobiliarias, compra de vehículos, viajes al exterior, y hasta la instalación de la bodega “La Vigilia”, ubicada en la provincia de Mendoza, y el centro de belleza “La Fleur de Sartí” (a nombre de las empresas de la mujer de Toviggino). Solo de vehículos, son casi 20 páginas.
A eso se suma la constitución de plazos fijos, inversiones en acciones y la compra de dólar MEP de parte de las empresas para lograr rendimientos en el circuito formal.
¿Cuál era el rol de Tapia? “Habría convalidado y permitido la sustracción de fondos de la AFA al autorizar las transferencias a favor de las empresas de Toviggino, con presunto conocimiento del motivo real por el que se giraba el dinero”, dijo el fiscal al pedir las detenciones.
La causa que derivó en el pedido de detención de Tapia y Toviggino y otras 22 personas (solo quedaron afuera los dos hijos del tesorero) comenzó en diciembre del año pasado, a partir de una denuncia de Aldo Sergio Parodi. La investigación estuvo a cargo de Simón y del fiscal auxiliar Pedro Basbus Turk.
En casi cuatro meses se obtuvieron informes de la Anses, del Renaper, de la Dirección de Migraciones, de los Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor, y de ARCA, entre otros organismos. Solo en la provincia de Santiago del Estero se individualizaron 35 inmuebles.
“La inserción de los bienes en el mercado se realizó de manera progresiva, en etapas, y en el marco de una organización criminal asentada y coordinada que operó, al menos, desde el año 2018 hasta el 2026″, destacó el fiscal.
La investigación patrimonial de las sociedades arrojó algunas sorpresas. La empresa HT SRL, dedicada a la venta de combustible, y con apenas un empleado registrado, fue creada en 2016 y comenzó con un patrimonio neto de $17.390. En 2024, finalizó con un patrimonio neto de $2.026.874.657, lo que significa que se multiplicó aproximadamente 116.552 veces.
Otro ejemplo. La empresa Segon, controlada por SOMA, arrancó en 2022 y al año siguiente ya facturaba $1.223.836.010, lo que implica un crecimiento de aproximadamente 2587%, (más de 25 veces la facturación original). En 2024 facturó $3.483.552.687,13 (crecimiento del 184,6%) y 2025 un total de $5.822.716.162.
La empresa Carbello SRL se destaca por la compra de bienes por mas de dos millones de dólares.
El fiscal enumera siete bienes: El Deán, Lote B, adquisición por $12000000; El Deán, Lote C, adquisición por $28000000; Lote 3A, adquisición por US$235.950; Lote 3B, adquisición por US$627.900; Lote X, adquisición por US$315.900; inmueble en calle pública, zona rural, por US$200.000; inmueble en calle pública, zona rural, por US$420250.
Otro caso especial es del SOMA SRL, donde aparece la pareja de Toviggino. Se encontraron a su nombre una docena de vehículos, varios de lujo, un avión privado matrícula LV-FUT, pero lo que más llamó la atención de los investigadores fue el nivel de facturación a partir de 2021. “Registra acreditaciones bancarias en el año 2022 por $1.831.176.994, en el 2023 $7.048.180.804, en el 2024 por $32.634.470.137 y en el 2025 por $5.043.601.193“, resume la causa.
Los informes bancarios revelaron el nivel de facturación cruzada con la AFA. Uno de los bancos reveló que desde la entidad de Tapia y Toviggino se transfirieron $3.633.013.825,80 a las cuentas de Soma, Malte, Segón, Servicios Lindor, y Servicios Neurus en el Banco Coinag.
Otro informe destacó que la AFA le transfirió a la cuenta de Segon SRL del Banco de Santiago del Estero $1.328.266.369,20. En total suman $4.961.280.195 entre 2022 y 2025. Y la cuenta es provisoria porque todavía faltan algunos informes. Además del monto de los movimientos, lo que llamó la atención de los investigadores es que apenas se recibían los fondos pasaban a otras cuentas en menos de 48 horas.
Para justificar semejantes transferencias, se emitieron decenas de facturas. Según el fiscal Simon, el jefe de esa organización era Toviggino.
También se investigaron los domicilios declarados por cada una de las sociedades y sus integrantes. Ese análisis reveló que la mayoría de las empresas estaban entrelazadas y que respondían a las mismas personas. “Este entrecruzamiento prueba que existe una unidad de dirección y administración, lo que sugiere que la voluntad social de todas estas firmas es manejada por un mismo equipo contable o directivo, facilitando la creación de gastos ficticios y el movimiento circular de dinero”, destacó el fiscal.
¿Por qué se piden detenciones?
El fiscal Simón sostuvo que se trata de una organización criminal “que posee vínculos tanto nacionales como internacionales, en la que los imputados gozan de una solvencia económica de tal cuantía que, de tomar conocimiento de la existencia de esta causa, podrían salir del país y, de esta manera, frustrar su comparecencia al proceso”. Además, argumentó que la lista de imputados podría ampliarse en las próximas semanas. La detención sería una manera de preservarlos.
Además de la prisión preventiva, el fiscal solicitó decenas de allanamientos y la inhibición general de bienes de todas las personas físicas y de las sociedades. En cuanto a la defraudación, planteó que debe ser investigada por la justicia federal de la Capital Federal ya que “el domicilio donde operaba la AFA hasta febrero del año 2026 fue en calle Viamonte 1366”.
Según fuentes judiciales consultadas por este medio, las medidas ahora deben ser resueltas por el juez federal de Catamarca, Guillermo Díaz Martínez, pero la causa podría terminar en manos del juez de Santiago del Estero, Santiago Argibay, que ya fue recusado por la Fiscalía porque se detectó que su hija le vendió una propiedad al hermano de Toviggino en julio del 2024.
pedido de detención,Nicolás Pizzi,Conforme a
POLITICA
Defensores del pueblo provinciales y municipales pidieron que se cubra la vacante de ese cargo a nivel nacional

La necesidad de designar un Defensor del Pueblo de la Nación fue el centro de un reclamo conjunto realizado por defensores del pueblo provinciales y municipales en ejercicio, durante un encuentro organizado por la Fundación Éforo en el Centro Creativo El Obrador, en la Ciudad de Buenos Aires. El cargo nacional, vacante desde hace 17 años por falta de acuerdo político en el Congreso, fue señalado como un déficit institucional que afecta la protección de derechos y la calidad del sistema democrático argentino.
La jornada, titulada “Defensores: la democracia completa”, reunió a figuras como María Rosa Muiños (Ciudad de Buenos Aires), Dalmacio Mera (Catamarca), Arístides Lasarte (Santa Fe), Walter Martello (adjunto provincia de Buenos Aires) y Facundo Mancebo (Lanús), quienes expusieron sobre el trabajo de las defensorías y el rol de la Asociación de Defensorías del Pueblo de la República Argentina (ADPRA). El evento tuvo como objetivo destacar el valor del sistema de protección administrativa de derechos y visibilizar la necesidad de fortalecerlo a nivel nacional. Entre los asistentes se encontraron también diputados nacionales, trabajadores de organismos de control y representantes de organizaciones sociales.
Durante el encuentro, los expositores subrayaron el problema crónico de la falta de acuerdos en el Congreso, que impide alcanzar la mayoría de dos tercios de ambas Cámaras necesaria para la designación del Ombudsman nacional. La vicepresidenta de la Fundación Éforo, Carla Pitiot, enfatizó: “En un momento en el que la ciudadanía reclama mayor transparencia y rendición de cuentas, la figura del defensor del pueblo se vuelve cada vez más relevante. Por eso queremos poner en agenda la necesidad de nombrar al Defensor del Pueblo de la Nación y, al mismo tiempo, destacar el trabajo articulado y comprometido de las defensorías provinciales y municipales”.

El Defensor del Pueblo es un órgano independiente, instituido por el Congreso de la Nación, cuya misión es defender, proteger y promover los derechos humanos individuales y colectivos frente a los poderes del Estado o las empresas de servicios públicos. La prolongada vacancia del cargo a nivel nacional fue señalada como una anomalía institucional que impacta en la tutela de derechos fundamentales y en la capacidad de respuesta ante reclamos ciudadanos.
Los defensores presentes coincidieron en que la ausencia de una figura nacional limita la articulación federal y debilita la representación colectiva frente a situaciones de vulneración de derechos, especialmente en un contexto de demandas crecientes por parte de la sociedad en temas como acceso a servicios públicos, políticas sociales, transparencia y control del Estado. Se planteó la necesidad de un acuerdo político amplio que permita superar la parálisis y avanzar en la designación del Ombudsman nacional.
POLITICA
El Gobierno recurrió a la Corte para evitar el cumplimiento de la ley de financiamiento universitario

El Gobierno nacional decidió llevar a la Corte Suprema de Justicia su reclamo para no cumplir con la ley de financiamiento universitario que lo obliga a aplicar inmediatamente la norma y actualizar los salarios docentes y los programas de becas.
Además, pidió que los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti se excusen de votar en este caso, pues son docentes universitarios en funciones o en uso de licencia, lo que los hace decidir en causa propia.
La ley de medidas cautelares contra el Estado, aprobada por iniciativa de Cristina Kirchner, cuando los jueces jaqueaban sus medidas de gobierno, señala que la sola apelación de una cautelar mediante un recurso extraordinario suspende la medida, con lo que en el Gobierno señalan que, con la sola presentación de este escrito, no les corresponde pagar.
El Poder Ejecutivo dijo que hay riesgo de parálisis del Estado si debiera cumplir con la ley de financiamiento educativo aprobada por el Congreso. Fue luego de que un juez de primera instancia y una Cámara le ordenaron acatar una medida cautelar y actualizar los salarios.
Contra esos fallos, el Estado presentó un recurso extraordinario federal, que fue firmado por representantes del Ministerio de Capital Humano y el Procurador del Tesoro, Sebastián Amerio.
Allí el Poder Ejecutivo le solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revoque de forma urgente la medida cautelar que lo obliga a aplicar los aumentos salariales y presupuestarios dispuestos por la Ley 27.795.
En un escrito donde el Gobierno hace advertencias extremas sobre el impacto económico de esta medida y cuestiona a los jueces que le fallaron en contra, el oficialismo dijo que no puede cumplir con la ley.
Se basó en “el colapso financiero del Estado”, la “violación del orden presupuestario”, la “intromisión en la división de poderes” y la supuesta “parcialidad de los jueces” que decidieron hasta ahora en el caso.
El Ministerio de Capital Humano argumentó que cumplir con la medida judicial requeriría reasignar el 90,30% de la totalidad de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado al financiamiento exclusivo de las universidades.
Según el Ejecutivo, desviar esos recursos desataría consecuencias catastróficas, ya que implicaría “una parálisis significativa del funcionamiento de los tres Poderes del Estado, como, por ejemplo, la suspensión del patrullaje de las fuerzas federales en las calles de la Ciudad de Rosario, la suspensión en la provisión de alimentos en las cárceles federales, o el cierre de todos los juzgados federales, la Corte Suprema de Justicia, y el cierre de ambas cámaras legislativas”.
El Poder Ejecutivo sostuvo que el Decreto 759/25 -que firmó el presidente Javier Milei para suspender la aplicación de la ley educativa porque dice que no tiene presupuesto- no desconoció un deber jurídico, sino que cumplió con el ordenamiento administrativo vigente, el cual impide ejecutar gastos sin un respaldo claro de ingresos.
Para defender esta postura, el escrito cita el mandato de la ley de presupuesto: “Toda ley que autorice o disponga gastos deberá prever en forma expresa el financiamiento de los mismos. En caso contrario quedará suspendida su ejecución hasta tanto se incluyan las partidas correspondientes en el presupuesto nacional”.
Además, el Ejecutivo advirtió que los fallos previos ignoraron la reciente Ley de Presupuesto 2026, que impone expresamente que el Estado “deberá presentar una ejecución con resultado financiero equilibrado o superavitario”.
Para los abogados del Estado, la decisión de los tribunales inferiores interfiere inconstitucionalmente en las facultades reservadas al Presidente y al Congreso.
Argumentaron que obligarlos a actualizar partidas de gasto sin prever cómo aumentar los ingresos pone en peligro toda la macroeconomía y la asistencia a los sectores vulnerables.
Por ello, consideraron que el fallo representa “una gravísima violación del principio de división de poderes y una ilegítima intromisión en la esfera de competencias del Congreso y del Poder Ejecutivo”.
El Gobierno, además, denunció que los magistrados intervinientes actuaron guiados por intereses personales, ya que muchos de ellos dictan clases en instituciones públicas.
A su vez, la administración de Milei solicitó que Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti se excusen de votar en este expediente por tener cargos docentes vigentes o en licencia.
El Gobierno les exige apartarse y que los que decidan sean conjueces para “garantizar la imparcialidad”.
El proceso judicial que derivó en esta presentación extrema ante la Corte Suprema comenzó a fines del año pasado y estuvo marcado por fallos adversos para el Gobierno en las instancias inferiores.
El derrotero judicial de la ley se inició el 29 de octubre de 2025, cuando el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y rectores de diversas universidades nacionales interpusieron una acción de amparo contra el Estado Nacional.
Su pretensión principal era declarar inconstitucional el Decreto 759/2025, una norma con la que el Poder Ejecutivo había frenado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795) hasta que se determinaran las fuentes para financiarla dentro del presupuesto general.
Como mecanismo de urgencia, los rectores solicitaron una medida cautelar para obligar al Gobierno a aplicar la actualización de salarios docentes y de los programas de becas.
El 23 de diciembre de 2025, el juez de primera instancia Martín Cormick hizo lugar a la medida cautelar innovativa: ordenó no aplicar el decreto presidencial y dictó el inmediato cumplimiento de las actualizaciones salariales de la ley universitaria.
El 29 de diciembre de 2025, el Estado apeló la medida. En su argumentación, planteó que la cautelar equivalía a una “sentencia anticipada” irreversible y advirtió el gravísimo impacto que tendría sobre la estabilidad macroeconómica.
El 31 de marzo de 2026, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal con la firma Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán confirmó el fallo de primera instancia y ratificó la medida cautelar a favor de las universidades.
La Cámara desestimó los argumentos oficiales bajo dos posturas contundentes. En materia jurídica, consideró que la insistencia del Congreso en aprobar la ley educativa la dotaba de verosimilitud e implicaba que el Gobierno no podía suspenderla amparándose en leyes de responsabilidad financiera anteriores.
La discusión parlamentaria se dio en medio de marchas estudiantiles y de los gremios en defensa del financiamiento universitario con una gran movilización juvenil que encendió la alarma en el Gobierno, dado que parte de esos manifestantes integraban la base electoral de Milei.
Ante esta orden de ejecución inmediata impartida por la Cámara, que según los cálculos del Ministerio de Economía obligaría al Estado a destinar el 90,30% de todo el crédito de gastos primarios disponible exclusivamente a la educación superior, el Gobierno decidió frenar la medida interponiendo el recurso extraordinario para que los jueces de la Corte revoquen la medida cautelar.
Hernán Cappiello,Conforme a
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