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ECONOMIA

Dólares del colchón: por qué los expertos creen que el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal atraerá a más contribuyentes

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El nuevo proyecto de Inocencia Fiscal establece un plazo hasta el 31 de diciembre de 2027 para que los contribuyentes utilicen dólares no declarados sin que el fisco pueda perseguirlos. (Reuters)

El nuevo borrador del proyecto de Inocencia Fiscal que el Gobierno prepara para enviar al Congreso generó una recepción mayormente positiva entre contadores y economistas especializados en tributación.

Las modificaciones respecto de la normativa original apuntan, en particular, a corregir los puntos que generaban mayor resistencia entre los potenciales adherentes: la falta de claridad sobre qué constituye una discrepancia significativa y la posibilidad de que los contribuyentes perdieran los beneficios del régimen ante cualquier observación del fisco.

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Para los especialistas, los cambios van en la dirección correcta, aunque advierten que la efectividad del régimen dependerá, en última instancia, de la confianza que logre generar el marco institucional.

El elemento más valorado por los especialistas es la redefinición del concepto de discrepancia significativa y las garantías que el nuevo texto ofrece al contribuyente frente a eventuales ajustes del fisco. César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Abelovich, fue directo al momento de evaluar el borrador: “Estoy bastante conforme con el régimen. Ante una discrepancia significativa, el contribuyente tiene todas las posibilidades de discutirla en el ámbito administrativo. Además, se amplió a $5 millones el umbral de topes para considerar las discrepancias significativas”.

Para Litvin, además, el proyecto resuelve una de las trampas que tenía la ley original: “Fueron escuchadas las opiniones de los tributaristas”, señaló, en referencia a las reuniones que el equipo del ministerio de Economía mantuvo con especialistas del sector antes de elaborar el borrador.

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El contador Sebastián Domínguez también ponderó los avances. Destacó que una de las mejoras más relevantes es que “ya no se analice respecto a los casos de reducción de saldos a favor del contribuyente” al momento de evaluar si existe una discrepancia significativa. Además, valoró que se haya establecido un umbral concreto: si la diferencia entre lo declarado y lo que detecta el fisco no supera el 5% del monto objetivo de evasión simple —actualmente fijado en $100 millones, lo que implica un umbral de hasta $5 millones—, no habrá discrepancia.

Ganancias - ARCA
El borrador fija umbrales concretos para determinar cuándo existe una discrepancia significativa y establece que la carga de la prueba recae sobre Arca, no sobre el contribuyente. (ARCA)

“Si hay discrepancia, porque se superan esos parámetros, está la posibilidad de rectificar y pagar o regularizar el saldo con un plan de pagos, hasta 15 días después de la notificación de la determinación de oficio”, precisó Domínguez. A su criterio, eso representa un margen de maniobra relevante para el contribuyente: “Hay mucho tiempo posterior para llegar a rectificar, pagar y mantener los beneficios. Eso es importante”.

Otro de los puntos que los contadores identificaron como un avance significativo tiene que ver con las herramientas que el fisco podrá —y no podrá— utilizar para impugnar una declaración. Domínguez explicó que el borrador incorpora expresamente que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no podrá recurrir ni a la presunción de incremento patrimonial no justificado ni a la de depósitos bancarios. “Eso no estaba en la ley, se había querido poner por decreto”, aclaró.

Además, el nuevo proyecto establece de forma explícita que la carga de la prueba recae sobre el fisco: “Expresamente dice que es el fisco el que tiene la carga de la prueba para la discrepancia, y que tiene que demostrarlo el fisco. No se invierte la carga de la prueba. Ahora está expresamente contemplado, así que eso es importante”, indicó el contador.

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El economista José Vargas, director de la consultora Evaluecon, coincidió con esa lectura desde una perspectiva más amplia. Para Vargas, el principal incentivo que genera el nuevo proyecto es la reducción del riesgo fiscal: “La propuesta busca otorgar mayor garantía y seguridad jurídica a quienes decidan exteriorizar o utilizar fondos no declarados, limitando la posibilidad de cuestionamientos futuros por parte de la administración tributaria y permitiendo corregir inconsistencias sin perder automáticamente los beneficios del régimen”.

La presencia de embargos, hipotecas u otras cargas inscritas constituye otro elemento que puede bloquear una operación de venta o el acceso a financiamiento.
Los especialistas consultados coincidieron en que el nuevo proyecto ofrece mayores garantías jurídicas que la ley vigente, aunque advirtieron que su efectividad dependerá de la confianza que genere el marco institucional. (Contadores de red)

El aspecto más positivo, en su evaluación, es “el intento de darle previsibilidad tributaria. La posibilidad de subsanar errores y mantener los beneficios del régimen contribuye a reducir la incertidumbre y favorece la formalización de activos que hoy permanecen al margen del sistema”.

Una de las preguntas centrales que rodea al proyecto es si, efectivamente, logrará que los argentinos saquen los dólares del colchón —que el Fondo Monetario Internacional (FMI) estima en unos 170.000 millones de dólares— y que más personas se adhieran al régimen. La respuesta de los especialistas es afirmativa, aunque matizada.

Litvin fue el más optimista al respecto: “Va a haber más contribuyentes que se adhieran; esto tendrá que ver con la confianza. Si las señales que da el gobierno son de confianza, la gente se va a animar a usar los dólares no declarados. Es bueno adherirse para aquel que tiene dólares no declarados, para hacerlos trabajar y generar renta, en lugar de que se desvaloricen”. Y agregó otro incentivo de peso: “Algunos no van a pagar impuestos. Si invierten en títulos también, ya que la Ley de Impuesto a las Ganancias tiene exención para plazos fijos, títulos públicos y demás. Hay inversiones que no tienen costo fiscal”.

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El contador Alejandro Rosenfeld se mostró en la misma línea: “Es mucho mejor el proyecto que el original. Le da mucha más seguridad jurídica”, comentó. Sobre si el régimen efectivamente traerá más dólares, prefirió la cautela: “Si realmente trae que vengan más dólares, no lo sé. Habrá que esperar”.

Domínguez, por su parte, introdujo una advertencia que abre el análisis más allá del plano normativo: los incentivos para utilizar dólares no declarados no dependen exclusivamente de la ley. “La utilización del dólares en colchón no son solamente porque existe una ley que permite usarlos. Hay otras razones. La seguridad jurídica argentina, la expectativa de que no vaya a cambiar el gobierno, con otra postura de volver a aumentar impuestos, de volver a hacer cambios”, señaló. En ese marco, consideró que el proyecto “puede ayudar a que algunos que quieren hacer y no lo hacen porque tienen dudas en seguir declarándose, se animen a utilizar este régimen si se sanciona”.

Caja de seguridad con billetes de dólar dentro de un placard
El Fondo Monetario Internacional estima que los argentinos tienen unos 170.000 millones de dólares fuera del sistema financiero; el proyecto apunta a que una parte de ese ahorro ingrese al circuito formal. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Vargas, en sintonía, evaluó que la efectividad del proyecto “va a depender básicamente de la credibilidad que logre generar”. Desde su perspectiva económica, “si los agentes económicos consideran que el marco normativo será estable y que las condiciones no cambiarán en el tiempo, es lógico esperar una mayor utilización de los dólares actualmente atesorados fuera del sistema financiero”. Sin embargo, advirtió: “La experiencia argentina muestra que la confianza institucional es un factor clave. Por eso, el impacto final es probable que dependa más de las expectativas de los ahorristas que de los incentivos legales en sí mismos”.

Pese a la valoración positiva general, tanto Domínguez como Vargas señalaron aspectos que, a su juicio, podrían perfeccionarse. El contador consideró que debería haberse establecido directamente que no puede utilizarse ninguna presunción ni indicio de la Ley 11.683, y que sería conveniente “liberar completamente Bienes Personales” y también “impuestos internos y salidas no documentadas”. Además, propuso avanzar en acuerdos con provincias y la Ciudad de Buenos Aires para que no se reclame Ingresos Brutos ni tasas municipales sobre incrementos patrimoniales que pudieran detectarse.

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Vargas, en cambio, planteó la necesidad de fortalecer la estabilidad de largo plazo de las reglas de juego: “En Argentina, la principal barrera para la repatriación o utilización de ahorros no declarados no suele ser únicamente la carga tributaria, sino la falta de confianza en la permanencia de los marcos regulatorios. Por lo tanto, cuanto más sólidas y duraderas sean las garantías legales que se ofrecen, seguramente mayor será la probabilidad de que esos recursos ingresen efectivamente al circuito económico formal”.

Litvin, en tanto, rescató el carácter acotado del régimen como un elemento positivo: “Es oportuno poner un plazo como régimen especial de regularización. Desde este punto de vista, se da un tiempo prudencial”. El borrador, según lo que trascendió, establece que los contribuyentes tendrán tiempo de sacar los dólares del colchón hasta el 31 de diciembre de 2027.



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ECONOMIA

Qué es la “enfermedad holandesa”: Fausto Spotorno explicó cuál es el mal económico que puede aquejar a la Argentina

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El economista Fausto Spotorno planteó que Argentina necesita desarrollar un sistema financiero capaz de operar en dólares para canalizar el ahorro local hacia la inversión productiva.

A su entender, según dijo en diálogo con Infobae en Vivo, mientras no exista un esquema que permita ofrecer crédito en esa moneda, los ahorros de los argentinos continuarán fuera del sistema financiero doméstico o permanecerán inmovilizados.

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“El ahorro en Argentina está en dólares. Si los argentinos empiezan a ahorrar en dólares y no tenemos un sistema financiero que dé crédito en dólares, nunca vamos a tener ese ahorro invirtiéndose en Argentina”, sostuvo.

En ese sentido, recordó que tras la crisis de 2001 desapareció el crédito en dólares. Según explicó, desde entonces los depósitos en esa moneda permanecen prácticamente inmovilizados en los bancos, lo que limita su aporte al financiamiento de la economía. “Si vos no tenés el crédito en dólares, no tenés el ahorro de los argentinos para financiar al sector productivo”, sostuvo.

El economista Fausto Spotorno

Spotorno también analizó las causas del colapso de la convertibilidad. Señaló que el esquema original contemplaba un elevado nivel de reservas internacionales con una doble función: respaldar el valor de la moneda y asistir al sistema financiero frente a eventuales retiros masivos de depósitos. Sin embargo, aseguró que con el tiempo las reservas comenzaron a destinarse a múltiples objetivos y se fueron reduciendo.

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“Cuando llegó una crisis financiera importante, no había dólares suficientes para sostener al mismo tiempo la convertibilidad y al sistema financiero. No se podían defender las dos cosas y ahí se cayó todo”, explicó.

Frente a ese desafío, consideró que una alternativa intermedia podría ser profundizar el desarrollo del mercado de capitales en dólares. A diferencia del sistema bancario, indicó, ese mercado no genera un multiplicador monetario, por lo que presenta menores riesgos de descalce financiero.

Spotorno consideró que una alternativa intermedia podría ser profundizar el desarrollo del mercado de capitales en dólares
Spotorno consideró que una alternativa intermedia podría ser profundizar el desarrollo del mercado de capitales en dólares

No obstante, advirtió que ese proceso todavía se encuentra en una etapa inicial. Si bien destacó el crecimiento de las sociedades de bolsa y el desarrollo de aplicaciones que ya compiten con los bancos tradicionales, sostuvo que la transformación llevará tiempo.

“Hoy casi todas las grandes sociedades de bolsa tienen aplicaciones muy buenas que compiten con los bancos. Los propios bancos también están entrando en ese negocio. Creo que el futuro va por ahí, pero todavía estamos en pañales”, concluyó.

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¿Qué es la “enfermedad holandesa”?

Además, Spotorno se refirió al riesgo de la denominada “enfermedad holandesa”, un fenómeno económico que suele afectar a países que reciben un fuerte ingreso de divisas —por ejemplo, por exportaciones de recursos naturales— y que provoca una apreciación del tipo de cambio, restando competitividad a otros sectores de la economía.

Según explicó, una de las formas de mitigar ese problema es facilitar la circulación de capitales para evitar que los dólares queden inmovilizados dentro de la economía.

“Las soluciones que se entienden para un problema de enfermedad holandesa suelen ser habilitar lo mejor posible los flujos de capitales. Lo que querés es que esos dólares roten y no queden atrapados”, afirmó.

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En ese sentido, señaló que otra herramienta es permitir que las empresas realicen pagos al exterior de manera directa, sin que todas las divisas deban ingresar y luego volver a salir a través del Banco Central.

“Una petrolera, por ejemplo, cuando tiene permitido hacerlo, puede realizar un pago al exterior directamente, en lugar de hacer entrar los dólares, pasar por toda la regulación del Banco Central y después volver a sacarlos”, explicó.

Por último, indicó que una tercera alternativa consiste en que el Banco Central acumule reservas internacionales durante los períodos de mayor ingreso de divisas. A su juicio, esa estrategia permite moderar la apreciación del tipo de cambio.

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“Cuando el Banco Central compra dólares y acumula reservas, evita que el tipo de cambio se aprecie demasiado. Esa termina siendo una herramienta de defensa frente a ese fenómeno”, concluyó.

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ECONOMIA

Cuánto cobra un jubilado con 30 años de aportes en julio de 2026: ANSES oficializó los haberes

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó los nuevos haberes para jubilados y pensionados que regirán durante julio de 2026. A través de la Resolución 186/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo confirmó un aumento del 2,15%, correspondiente a la inflación de mayo medida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), en línea con el esquema de movilidad vigente.

Con la actualización, la jubilación mínima pasa de $403.318 en junio a $411.989 en julio. Quienes además perciban el bono extraordinario de $70.000 alcanzarán un ingreso bruto de $481.989, aunque el monto efectivo será menor debido al descuento correspondiente al PAMI.

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La actualización también alcanza a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), las Pensiones No Contributivas (PNC) y el resto de las prestaciones administradas por ANSES.

Cuánto cobra un jubilado con 30 años de aportes en julio de 2026

El monto de una jubilación no depende únicamente de los años trabajados. ANSES calcula el haber inicial considerando el promedio actualizado de los salarios registrados durante los últimos diez años de actividad y la cantidad de aportes realizados.

Sin embargo, quienes cumplen con los 30 años de aportes exigidos por la legislación y acceden a la jubilación mínima cobrarán durante julio:

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  • Jubilación mínima: $411.989
  • Bono extraordinario: $70.000
  • Total bruto: $481.989

Sobre ese importe se aplican los descuentos correspondientes, entre ellos el aporte destinado al PAMI, por lo que el monto efectivo a cobrar será de aproximadamente $469.629.

Por qué el aumento real es menor al 2,15%

Aunque el incremento oficial de julio es del 2,15%, el aumento efectivo para quienes perciben la jubilación mínima resulta inferior.

La explicación radica en que el bono extraordinario de $70.000 permanece congelado desde marzo de 2024. Como ese refuerzo no se actualiza por inflación, cada incremento mensual impacta únicamente sobre el haber previsional y no sobre el ingreso total.

En consecuencia, quienes cobran la jubilación mínima tendrán una mejora efectiva cercana al 1,83%, por debajo del porcentaje informado oficialmente por ANSES.

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Esta diferencia se fue ampliando con el paso de los meses debido a que el bono mantiene el mismo valor mientras los haberes previsionales continúan ajustándose por inflación.

Jubilaciones ANSES: cuánto cobran los beneficiarios en julio

La Resolución 186/2026 también actualizó el resto de los valores del sistema previsional.

Los principales montos para julio son los siguientes:

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  • Jubilación mínima: $411.989
  • Jubilación máxima: $2.772.298
  • Prestación Básica Universal (PBU): $188.466
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $329.591

En todos los casos, los importes corresponden a valores brutos antes de descuentos.

Bono de $70.000 para jubilados: quiénes lo cobran

El bono extraordinario de $70.000 continúa destinado a los beneficiarios de menores ingresos.

Lo perciben:

  • Jubilados que cobran el haber mínimo
  • Titulares de la PUAM
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas
  • Jubilados y pensionados cuyos haberes superan la mínima, pero no alcanzan el límite establecido por ANSES, quienes reciben un bono proporcional hasta completar el monto fijado por el organismo

El refuerzo permanece sin modificaciones desde hace más de dos años y continúa siendo una de las principales herramientas para complementar los ingresos de los sectores de menores recursos.

Cuánto cobra la PUAM en julio de 2026

La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) también recibió el incremento del 2,15%.

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Durante julio, el haber asciende a $329.591.

Los titulares que perciben el bono extraordinario de $70.000 alcanzan un ingreso bruto de $399.591, sujeto a los descuentos que correspondan en cada caso.

Pensiones No Contributivas: los nuevos montos

Las Pensiones No Contributivas (PNC) también fueron actualizadas por movilidad.

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Sus titulares continúan alcanzados por el bono extraordinario para los beneficiarios de menores ingresos, de acuerdo con las condiciones establecidas por ANSES.

Cómo calcula ANSES una jubilación con 30 años de aportes

Para determinar el haber inicial de un nuevo jubilado, ANSES no toma únicamente en cuenta los 30 años de aportes exigidos por la ley. El organismo realiza un cálculo que considera el promedio actualizado de las últimas 120 remuneraciones —equivalentes a los diez años previos al cese laboral— y la cantidad de años efectivamente aportados al sistema.

El procedimiento incluye la actualización de cada salario mediante índices oficiales para que las remuneraciones percibidas años atrás puedan compararse con valores actuales. De esa forma, se busca evitar que la inflación reduzca el peso de los ingresos históricos en el cálculo de la jubilación.

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Además de los salarios registrados, ANSES analiza los años de aportes acreditados y aplica la fórmula prevista en la legislación previsional para determinar el haber inicial que percibirá cada beneficiario.

Por ese motivo, dos trabajadores que cumplen con los mismos 30 años de aportes pueden obtener jubilaciones diferentes si tuvieron trayectorias salariales distintas durante su vida laboral.

Índice de actualización para nuevos jubilados: por qué es clave en el cálculo del haber

Uno de los factores más importantes para quienes se jubilan es el índice de actualización salarial utilizado por ANSES. Este mecanismo permite llevar los salarios históricos del trabajador a valores comparables con los actuales antes de calcular el promedio que servirá de base para determinar el haber inicial.

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Desde diciembre de 2025, el organismo aplica un índice combinado, que contempla tanto la evolución de los salarios formales como los incrementos otorgados por la movilidad jubilatoria. El objetivo es reflejar de manera más precisa la evolución de los ingresos de cada trabajador y reducir las diferencias entre quienes se jubilan en distintos momentos.

La actualización de las remuneraciones puede tener un impacto significativo sobre el monto final de la jubilación. Incluso pequeñas variaciones en los coeficientes aplicados pueden modificar el promedio salarial utilizado por ANSES y, en consecuencia, el haber inicial que corresponde al nuevo jubilado.

Por ese motivo, especialistas en derecho previsional suelen revisar cuidadosamente los índices empleados en cada expediente, especialmente cuando existen diferencias entre los salarios históricos registrados y los valores finalmente utilizados por el organismo para liquidar el beneficio.

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Las controversias vinculadas con la actualización de las remuneraciones también son uno de los motivos más frecuentes de los juicios de reajuste jubilatorio, ya que muchos reclamos se originan en desacuerdos sobre la forma en que ANSES aplicó los coeficientes para determinar el haber inicial.

Qué pasa si una persona tiene más de 30 años de aportes

La legislación previsional reconoce un beneficio adicional para quienes superan el mínimo de aportes requerido para jubilarse.

Por cada año adicional trabajado se incorpora un incremento sobre determinados componentes del haber inicial, con un máximo de 15 años computables.

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En consecuencia, quienes acreditan entre 31 y 45 años de aportes pueden acceder a una jubilación superior respecto de quienes reúnen únicamente el requisito mínimo.

Cómo consultar la fecha y el lugar de cobro

Los jubilados y pensionados pueden consultar el calendario de pagos y el lugar donde cobrarán su prestación directamente desde los canales oficiales de ANSES.

Para hacerlo deben ingresar al portal del organismo con su número de CUIL o de beneficio y completar la consulta correspondiente.

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El sistema informa la fecha asignada según la terminación del DNI y la entidad de pago donde estará disponible el haber.

Cómo iniciar el trámite para jubilarse

Las personas que cumplen con la edad y los años de aportes exigidos pueden iniciar el trámite previsional a través de Mi ANSES.

Antes de solicitar la jubilación, el organismo recomienda verificar que toda la historia laboral se encuentre correctamente registrada. En caso de detectar períodos faltantes, será necesario presentar la documentación que permita acreditar esos servicios.

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Luego se debe completar la solicitud de la prestación, reunir la documentación requerida y solicitar un turno para ser atendido en una oficina de ANSES.

Una vez iniciado el expediente, el organismo analiza el cumplimiento de los requisitos legales y emite la resolución correspondiente. El trámite suele demorar entre 30 y 90 días hábiles, aunque el plazo puede variar según la complejidad de cada caso.

Cómo se actualizan las jubilaciones

Desde la entrada en vigencia del Decreto 274/2024, las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares se actualizan todos los meses tomando como referencia la inflación publicada por el INDEC dos meses antes.

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En julio de 2026, el incremento del 2,15% surge de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada durante mayo.

Mientras el mecanismo de movilidad permite que los haberes se ajusten mensualmente, el bono extraordinario continúa congelado en $70.000, lo que reduce el impacto real de cada aumento para quienes perciben los ingresos más bajos del sistema previsional.

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ECONOMIA

Cuándo cobro Anses: el calendario de pagos para jubilados, beneficiarios de AUH y planes sociales en julio 2026

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El calendario de pagos de ANSES para julio divide fechas por terminación de documento y tipo de beneficio (Reuters)

El calendario de pagos de Anses para julio de 2026 ya está disponible y abarca jubilaciones, pensiones, asignaciones universales, familiares y otras prestaciones. El organismo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, dispuso un aumento de 2,15% para todos los haberes y asignaciones, en función del índice de inflación de mayo, según informó Infobae. Además, quienes cobran haberes mínimos reciben un bono extraordinario de 70.000 pesos, lo que modifica los importes totales en varias prestaciones.

A continuación, se detalla el cronograma de pagos y los montos correspondientes para cada beneficio, según la información publicada oficialmente

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  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio
  • DNI terminados en 2: 13 de julio
  • DNI terminados en 3: 14 de julio
  • DNI terminados en 4: 15 de julio
  • DNI terminados en 5: 16 de julio
  • DNI terminados en 6: 17 de julio
  • DNI terminados en 7: 20 de julio
  • DNI terminados en 8: 21 de julio
  • DNI terminados en 9: 22 de julio

Montos julio 2026:

El haber mínimo se paga en 411.989,32 pesos. Quienes perciben este haber reciben un bono de 70.000 pesos, por lo que el total asciende a 481.989,32 pesos.

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio

Montos julio 2026:

Quienes superan el haber mínimo cobran su importe habitual con el aumento de 2,15%. Reciben un bono proporcional hasta alcanzar los 481.989,32 pesos.

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  • DNI terminados en 0, 1, 2 y 3: 8 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 13 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 14 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 15 de julio

Montos julio 2026:

El monto total es de 358.392,53 pesos (288.392,53 pesos de haber con aumento más 70.000 pesos de bono extraordinario).

Genéricas de ANSES 1920
Las jubilaciones mínimas y la AUH reciben aumentos y bonos según lo dispuesto para este mes
  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio
  • DNI terminados en 2: 13 de julio
  • DNI terminados en 3: 14 de julio
  • DNI terminados en 4: 15 de julio
  • DNI terminados en 5: 16 de julio
  • DNI terminados en 6: 17 de julio
  • DNI terminados en 7: 20 de julio
  • DNI terminados en 8: 21 de julio
  • DNI terminados en 9: 22 de julio

Montos julio 2026:

La AUH se paga en 148.049 pesos por hijo.

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La AUH por hijo con discapacidad asciende a 482.062 pesos.

La Asignación Familiar por Hijo para el primer rango de ingresos es de 74.033 pesos.

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  • DNI terminados en 0: 13 de julio
  • DNI terminados en 1: 14 de julio
  • DNI terminados en 2: 15 de julio
  • DNI terminados en 3: 16 de julio
  • DNI terminados en 4: 17 de julio
  • DNI terminados en 5: 20 de julio
  • DNI terminados en 6: 21 de julio
  • DNI terminados en 7: 22 de julio
  • DNI terminados en 8: 23 de julio
  • DNI terminados en 9: 24 de julio

Montos julio 2026:

El monto total de la AUE es de 148.049 pesos.

El pago mensual en mano es el 80%: 118.380,45 pesos.

El 20% restante se cobra tras acreditar los controles sanitarios.

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  • DNI terminados en 0 y 1: 14 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 15 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 16 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 17 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 20 de julio

Montos julio 2026:

Ingreso hasta 1.146.199 pesos: 74.033 pesos

Entre 1.146.199 y 1.681.012 pesos: 49.940 pesos

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Entre 1.681.012 y 1.940.783 pesos: 30.206 pesos

Entre 1.940.783 y 6.069.688 pesos: 15.586 pesos

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  • Todas las terminaciones de documento: 14 de julio al 11 de agosto

Montos julio 2026:

El valor corresponde al salario mensual de la trabajadora en relación de dependencia, según su régimen.

anses-generica
Los importes de asignaciones y haberes reflejan la actualización automática vinculada al índice de inflación (Facebook)
  • Todas las terminaciones de documento: 13 de julio al 11 de agosto

Montos julio 2026:

Nacimiento: 86.295 pesos

Adopción: 515.930 pesos

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Matrimonio: 129.209 pesos

Todas las terminaciones de documento: 8 de julio al 11 de agosto

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Montos julio 2026:

Se aplican los mismos valores que para asignaciones familiares del resto de los beneficiarios, según situación y tipo de asignación.

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  • DNI terminados en 0 y 1: 22 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 23 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 24 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 27 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 28 de julio

Montos julio 2026:

El monto depende del salario promedio y los meses aportados, de acuerdo al régimen vigente. No se informaron cifras precisas para este mes.

El cronograma y los importes responden a la última actualización comunicada por Anses, que mantiene la modalidad de pago habitual y la organización según la terminación del DNI. El aumento de julio, basado en la inflación de mayo, se aplica automáticamente sobre todos los haberes y asignaciones, según la normativa y resoluciones oficiales.

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