POLITICA
El caso Hotesur-Los Sauces fue elevado a juicio hace cinco años, pero el tribunal todavía no fijó fecha para el inicio

La Justicia reforzó el equipo de contadores que está peritando las cuentas de las empresas Hotesur y Los Sauces para avanzar con más celeridad en ese estudio, pero el tribunal que debe juzgar por ese caso a Cristina Kirchner y a su hijo Máximo por lavado de dinero rechazó una vez más ponerle fecha al juicio oral y público hasta que no concluya ese análisis.
La decisión fue de los jueces José Michilini y Fernando Machado Pelloni que dijeron que no pueden poner fecha al juicio hasta que no concluya esta etapa de instrucción suplementaria.
No obstante, exhortaron al colegio de peritos que está analizando las cuentas de las empresas de los Kirchner a que estimen una fecha probable para concluir su tarea y así poder comenzar el juicio.
Vale recordar que el caso Hotesur y Los Sauces está elevado a juicio desde hace 5 años. El tribunal oral, con otra integración y los votos de Adrián Grunberg y Daniel Obligado, absolvió a todos los acusados sin juzgarlos.
Esa sentencia fue revertida por la Sala I de la Cámara de Casación (con los votos de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone), que excluyó del caso a Florencia Kirhcner.
La Corte Suprema de Justicia el 17 de diciembre de 2024 dejó firme el fallo e impulsó a que se haga el juicio oral. Fue de las últimos fallos que votó el juez Juan Carlos Maqueda antes de jubilarse. Firmaron allí Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Desde entonces la causa está en el tribunal oral, sin que se fije fecha con el argumento de que debe concluir el peritaje contable que debe determinar si el dinero de Lázaro Báez y el de Cristóbal López, ambos con negocios con el Estado durante el kirchnerismo, terminó en manos de las empresas Hotesur y Los Sauces.
El fiscal Diego Velasco, que mantuvo viva la causa con apelaciones ante su cierre, es el que viene insistiendo con que le pongan fecha de inicio al juicio oral y que exhorten a los peritos a que terminen su trabajo.
Pero Michilini y Machado Peloni rechazaron su pretensión.
Velasco recurrirá ahora ante la Cámara de Casación para que sea ese tribunal el que termine ordenando que se le ponga fecha al juicio.
La pretensión del fiscal de que el juicio arranque cuanto antes es acompañada por la defensa del contador de los Kirchner, Víctor Manzanares, y se oponen el resto de los acusados, incluida Cristina Kirchner. El argumento es que deben estar todas las pruebas concluidas antes de iniciarse el juicio.
Michilini escribió con acidez criticando al fiscal. Dijo que además el argumento de la trascendencia pública del juicio no es conducente. “No se advierte en el presente caso razón alguna que nos motive y permita adoptar una decisión que en contrario a lo establecido por el legislador”, le expresó. Y sostuvo que “la trascendencia pública” no debe trasladarse “al proceso de toma de decisiones” en “detrimento a las garantías procesales que rigen nuestra materia. Acceder a lo peticionado por el fiscal, resultaría violatorio de las normas procesales vigentes”, le dijo, como si su reclamo implicara un incumplimiento de la ley.
Hay antecedentes de otras causas en las que se le puso fecha de inicio al juicio mientras se estaban llevando adelante los peritajes. Y en última instancia puede reprogramarse el inicio del proceso, si falta terminar de elaborar algún estudio determinante.
“Se correría el riesgo de sacrificar garantías esenciales en aras de una pretendida celeridad o utilidad, invirtiendo indebidamente la lógica del sistema, cuyo eje no es otro que la tutela efectiva del derecho de defensa en juicio y la preservación de un proceso regular, válido y constitucionalmente adecuado”, dijo Michilini.
Machado Pelloni acompañó su postura y exhortó a que los peritos le pongan fecha de finalización al peritaje contable.
Para colmo, uno de los peritos oficiales pidió licencia hasta el 16 de junio y desde ese día se va a acoger a la jubilación. Se trata del contador Guillermo Abel Britos, de larga experiencia en el cuerpo.
Ahora la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado, que depende de la Corte, designó entonces a Mario Wolberg, con la intención de imprimir celeridad al caso.
El nuevo profesional ya se puso en contacto con el secretario del tribunal oral Emanuel Hachmanian para coordinar las tareas del cuerpo pericial.
Pareciera que solo resta relevar algunsas pocas informaciones para tener una fecha estimativa de las conclusiones de su estudio.
Asimismo, se dispuso colocar más asistentes a disposición del cuerpo pericial para que terminen el estudio lo antes posible y pueda arrancar el juicio oral.
La expresidenta, que ya fue condenada a seis años de prisión por corrupción en la causa Vialidad, deberá enfrentar entonces este nuevo juicio, que se suma al que tiene pendiente por la firma del memorándum con Irán y al que afronta por el caso de los cuadernos de las coimas.
La causa Hotesur y Los Sauces se inició en 2014 por denuncia de la diputada nacional del GEN Margarita Stolbizer.
El caso Hotesur-Los Sauces está conectado con la causa Vialidad. La hipótesis es que como contraprestación por haber recibido millonarios contratos de obra pública, Lázaro Báez transfirió al patrimonio de los Kirchner en Hotesur millones de pesos justificados como contratos de alquiler de habitaciones de sus hoteles de Calafate.
También forma parte de la causa Cristóbal López, que obtuvo otros beneficios del kirchnerismo y transfirió dinero a los Kirchner a Los Sauces como pago por el alquiler de departamentos.
Un peritaje parcial exhibido por la fiscalía en audiencias previas al juicio oral prueba que Báez cobró del Estado por sus obras, sumas similares por hasta 20 millones de dólares, en las mismas fechas en las que luego las transfirió a la sociedad de la familia presidencial Hotesur.
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POLITICA
Jones Huala presentó una millonaria demanda contra el Fisco de Chile por mantenerlo en prisión tras haber agotado una condena

El activista Facundo Jones Huala demandó al Fisco de Chile por más de 100 millones de pesos chilenos por haberlo mantenido en prisión más tiempo del que establecía la condena de seis años y un día que le impuso la Justicia de ese país, al encontrarlo responsable del incendio de un fundo y la portación de un arma casera en el año 2013.
El líder de la RAM, con el patrocinio de los abogados Samuel Alarcón Velásquez y María Rivera Iribarren, le exige al fisco del país vecino una indemnización por “daño moral”, luego de que se le negara la libertad a pesar de haber vencido el plazo previsto en la condena que le impuso la Justicia de ese país.
Ahora el líder mapuche está detenido en Argentina desde junio de 2025, en el marco de una causa que investiga la fiscalía federal por conducir una agrupación, la RAM, que durante varios años intentó imponer ideas o combatir las ajenas a través del ejercicio de violencia.
El 21 de diciembre de 2018 la Primera Sala del Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia condenó al “lonko” a seis años y un día de prisión por los delitos de incendio del fundo Pisu Pisué, en la comuna de Río Bueno, y la portación ilegal de un arma casera.
Estuvo detenido hasta mediados de enero de 2022 cuando obtuvo el permiso de libertad vigilada, aunque esa autorización fue revocada unos días más tarde. Sin embargo, mientras estuvo libre, escapó de Chile y cruzó a la Argentina a través de un paso fronterizo no habilitado.

Fue recapturado el 3 de enero de 2023, casi un año más tarde, en El Bolsón, momento en el que comenzó el proceso judicial para extraditarlo nuevamente a Chile para que agote la pena que le había impuesto la Justicia trasandina.
El 27 de febrero de 2023, la Oficina de Cooperación Internacional en Materia Penal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación comunicó que el gobierno de Chile solicitó la extradición del mapuche, debido a que aún no había agotado la condena que le impusieron en Valdivia.
El fiscal adjunto de Río Bueno, Sergio Fuentes Paredes, solicitó la extradición de Jones Huala para cumplir “un saldo de pena de 1 año, 4 meses y 17 días” en relación a los delitos por los cuales fue condenado.
El 4 de enero de 2024, el mapuche regresó a Chile, donde quedó detenido. De acuerdo al cómputo que realizó su defensa, Jones Huala debía quedar en libertad el 26 de junio de ese año, teniendo en cuenta el plazo que faltaba para agotar la condena.
Sin embargo, Gendarmería de Chile rechazó su libertad, esgrimiendo distintos argumentos, y lo mantuvo detenido hasta agosto.
La Corte ordenó la libertad del mapuche

La Corte Suprema de Chile revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco y ordenó la libertad inmediata de Jones Huala, al hacer lugar a un recurso de amparo presentado por su defensa. El máximo tribunal determinó que el líder mapuche había cumplido su condena el 14 de junio de 2024 y que permanecía privado de su libertad de manera ilegal desde esa fecha, producto de un error en el cómputo del saldo de condena que debía cumplir tras su extradición desde la Argentina.
Según constató la Corte, la información remitida en su momento por Gendarmería de Chile fue errónea: el saldo real de condena al momento de revocarse la libertad condicional no era de 503 días, sino de 887. Al descontar el tiempo que Jones Huala permaneció privado de libertad en la Argentina durante el trámite de extradición, la propia autoridad chilena recalculó un saldo final de 522 días.
En consecuencia, la Corte resolvió que Jones Huala se encontraba detenido de manera ilegal desde esa fecha y ordenó su libertad inmediata, invocando el artículo 21 de la Constitución chilena, que regula el recurso de amparo ante privaciones de libertad sin fundamento legal.
Ese cálculo erróneo fue considerado por los abogados que patrocinan ahora a Jones Huala en Chile, quienes demandaron al Fisco del país vecino por 100 millones de pesos chilenos, es decir algo más de USD 100 mil.
Cambio en su fisonomía
Desde hace pocos días Jones Huala permanece detenido en la unidad penitenciaria de Esquel, tras una disposición judicial que autorizó su derivación desde la cárcel federal de Rawson, donde estuvo detenido desde junio de 2025.
En las últimas audiencias de las que participó, sorprendió un cambio de imagen rotundo del líder mapuche, quien dejó de lado la vestimenta mapuche y luce el rostro rasurado.
Sin embargo, desde su entorno explicaron que “parte de esos cambios no fueron por decisión personal, sino por una exigencia de la unidad penitenciaria donde estuvo detenido hasta hace pocos días”.
POLITICA
La absolución a un grupo mapuche reabrió un debate por las usurpaciones en otras causas judiciales

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- Una reciente sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal –que absolvió a integrantes de la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu que habían sido condenados por usurpación– plantea desafíos para diversas causas abiertas que involucran a comunidades mapuche.
Los magistrados Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci dictaron la absolución de seis personas vinculadas a la ocupación de predios en Villa Mascardi, revirtiendo así la sentencia dictada en primera instancia por el juez federal Alejandro Silva. Los jueces consideraron que la sentencia anterior presentaba vicios de arbitrariedad y que no se logró demostrar con certeza que los acusados fueran los autores materiales de los despojos.
En mayo de 2025, el juez Silva había impuesto penas de prisión en suspenso, que ahora quedan sin efecto. Matías Daniel Santana y Yéssica Fernanda Bonnefoi habían sido condenados a dos años y seis meses de prisión en suspenso; Martha Luciana Jaramillo y Romina Rosas fueron condenadas a dos años y cuatro meses de prisión en suspenso; Betiana Ayelén Colhuan (machi de la comunidad) fue condenada a dos años y dos meses de prisión en suspenso, y María Celeste Ardaiz Guenumil fue condenada a un año de prisión en suspenso por un hecho de usurpación.
La Cámara consideró que hubo un error en la calificación del delito: según la sentencia, el tribunal de origen incurrió en un error jurídico al tratar la usurpación por despojo como un “delito permanente”. La doctrina y la jurisprudencia establecen que la usurpación es un delito instantáneo de efectos permanentes. Eso significa que el delito se agota en el momento preciso de la privación de la posesión (el despojo).
Los jueces recordaron que la permanencia posterior en el inmueble es un efecto del delito ya consumado, no una renovación de la acción típica. Según indicaron, al confundir estos conceptos, el tribunal de grado pretendió extender la responsabilidad penal de los acusados por el simple hecho de estar en el lugar años después del despojo inicial.
Asimismo, el camarista Slokar destacó que el conflicto no debía tratarse como una usurpación convencional, sino como un conflicto territorial indígena complejo que exige considerar el reconocimiento constitucional de los pueblos originarios y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
“La sentencia despertó mucho interés, porque trae cosas novedosas y sienta un precedente importante. De todos modos, es la línea de interpretación de una sala. Y hay que ver qué hace la Corte Suprema. Creo que no puede revertir este fallo, sobre todo por una cuestión técnica, en relación con la prueba del despojo: no se puede condenar a alguien porque estaba en el lugar. Pero creo que la sentencia no compromete a los jueces que están por debajo de Casación, que no están obligados a seguir esa jurisprudencia”, indicó a el abogado Gustavo Franquet.
El abogado, que representa a distintas comunidades mapuches, agregó que la Sala II de Casación modificó también esta semana la condena por usurpación contra miembros de la lof Paillako que ocuparon una seccional de Parques Nacionales en Los Alerces. “Entendieron, por mayoría, que no hay pruebas concretas. En ese caso, como en todos los casos, hay un problema técnico. La usurpación es el delito de despojo. Lo que tiene que probarse es que el acusado fue el que despojó. Que esté en un lugar no significa que despojó”, señaló Franquet.
Al referirse al reciente fallo que absuelve a los seis miembros de Lafken Winkul Mapu, John Grehan, dueño de una de las propiedades vandalizadas en Villa Mascardi, aseguró: “No importa que en un expediente con años de proceso en el Juzgado de Instrucción y luego un largo juicio oral (7 años en total) dejen claro lo que toda la Argentina sabe, incluso que en el mismo fallo Casación reconozca la ocupación como ilegítima. Los jueces descaradamente dicen que no está probado que no sabían que eso no se podía hacer, que no se sabe quiénes fueron los que saltaron el alambre (usurparon) y que aunque la ocupación fue ilegítima, no se los puede condenar por usurpación. Es lo que pasa cuando la política y la ideología se meten en la Justicia: los ciudadanos somos víctimas no sólo de los delincuentes sino también de los malos funcionarios”.
Estado de las causas
Por los diversos hechos ocurridos en Villa Mascardi entre 2017 y 2022 hay dos causas, la 26511/2017 (que se denomina “causa madre”) y la 16149/2022, vinculada con el desalojo de la comunidad Lafken Winkul Mapu. El juicio por la primera derivó en condenas para todos, salvo Betiana Colhuan (la machi de la comunidad), que era en ese entonces menor de edad. Actualmente, esa causa está en la Corte Suprema de Justicia de la Nación con los recursos que presentaron las defensas. En tanto, las condenas dictadas por el juez Silva en la causa 16149 fueron revocadas ahora por Casación.
A su vez, en una causa colateral, Silva condenó este año a Juan Pablo Colhuan, también miembro de Lafken Winkul Mapu, a dos años y seis meses de prisión en suspenso por usurpación. Los abogados presentaron un recurso en Casación, que aún está en trámite.
En Villa La Angostura, el último juicio penal contra miembros de la comunidad Paichil Antriao derivó en 2025 en la absolución de todos los acusados por el presunto delito de usurpación de tierras. Asimismo, continúa la disputa territorial entre el municipio y esa comunidad mapuche por el camping Correntoso. Esa causa también se encuentra actualmente en la Corte Suprema de Justicia.
“También existe un conflicto entre la comunidad Kinxikew (Quintriqueo) y la familia Broers por un territorio que le fue reconocido como Territorio Tradicional y Ancestral por una Resolución del INAI que salió después de que la Justicia de Villa La Angostura ordenara el desalojo. Actualmente, la comunidad ha demandado a Broers mediante una acción declarativa de certeza sobre las tierras que lleva el juez Francisco Astoul Bonorino. Se pidió una medida cautelar para que se suspenda el desalojo hasta que se resuelva el fondo en esta causa ordinaria, pero el juez aún no concede la medida. En este caso, también los privados apuestan a desalojar antes de que se resuelva el fondo de la cuestión en torno a los derechos territoriales en pugna”, afirmó el abogado Luis Virgilio Sánchez.
El defensor también representa a la comunidad Curruhuinca de San Martín de los Andes. La causa tiene sentencia del Juzgado de Junín de los Andes, que hizo lugar a la acción reivindicatoria y ordenó el desalojo de la comunidad. El fallo fue apelado y actualmente está en la Cámara Civil de San Martín de los Andes.
Finalmente, la lof Pillan Mahuiza mantiene un conflicto territorial con la provincia de Chubut. Tras diversos allanamientos a todas las comunidades de la zona, resultó imputada una mujer que es miembro de la comunidad mapuche. La causa luego se cerró por falta de mérito. En esa provincia también hay varias causas abiertas contra miembros de la comunidad Nahuel Pan.
que absolvió a integrantes de la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu que habían sido condenados por usurpación,miembros de la lof Paillako que ocuparon una seccional de Parques Nacionales en Los Alerces,Paz García Pastormerlo,Conflicto mapuche,Conforme a,Conflicto mapuche,,Líder mapuche. Jones Huala fue trasladado a una cárcel de Esquel por orden judicial,,Líder mapuche. Extienden la prisión preventiva de Jones Huala y rechazan su traslado a Esquel,,Huelga de hambre. Jones Huala inició un reclamo por “un juicio justo” y condiciones carcelarias “dignas”
POLITICA
El oficialismo no reúne los votos para eliminar las PASO y los aliados se alejan de las colectoras

El Gobierno por ahora no encuentra solución a su intención de modificar la ley electoral. No cuenta con los votos necesarios en el Senado de la Nación ni con el apoyo interno suficiente para defender con ahínco los cambios propuestos.
El eje principal de la discusión es la continuidad o no de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). El Ejecutivo las quiere eliminar con el argumento del costo, pero en la oposición miran de reojo y esperan. En el marco de las negociaciones, a un sector de quienes habitan en Balcarce 50 se les ocurrió que una moneda de cambio para los gobernadores sería la posibilidad de habilitar una lista colectora por distrito, algo que históricamente fue criticado por los mismos sectores que hoy la impulsan.
El otro conflicto que enfrenta el oficialismo es que algunos de los propios tampoco creen que sea una solución. La propia Patricia Bullrich reconoció que las colectoras eran “un retroceso” y que no le “gustan”. Unas horas más tarde revisó esas afirmaciones y las matizó al señalar que, aunque no le gusten, “no encontramos un sistema mejor”.
“Hay diferentes opciones sobre la mesa, que van desde eliminar las PASO, que no sean obligatorias ni tampoco cerradas para los afiliados de los partidos y que cuenten con un financiamiento del Estado que se vaya diluyendo con el tiempo, y las colectoras”, reconoció esta semana a la salida de la reunión de Labor Parlamentaria para la sesión prevista para el 16 de julio.

El problema con el que se encuentra La Libertad Avanza es que, descontado que no contaba con el apoyo del peronismo, sus aliados de la UCR y el PRO, así como los partidos provinciales, tampoco se muestran muy interesados.
“Van a poner a jugar candidatos en todas las provincias y quieren que los gobernadores les solucionen los problemas”, dijo un senador de la oposición. “Parece poco probable que puedan tener una resolución en el corto plazo”, agregó.
Ese es el clima que reina en el Senado de la Nación, donde la prioridad del Ejecutivo es avanzar con la aprobación de zonas frías. Por eso, todo lo que el oficialismo tiene para llevar a la mesa de negociación lo está poniendo en ese proyecto, que es del cual tiene pensado sacar los 300.000 millones de pesos para financiar la ley de presupuestos universitarios.
A ese conflicto se suman gobernadores que ya avisan que no prestarán sus votos para la habilitación de colectoras. Esta semana, en el marco de los actos por el Día de la Independencia, el gobernador de Tucumán Osvaldo Jaldo le hizo saber al jefe de Gabinete, Diego Santilli, que no está de acuerdo con esa figura electoral. La negativa se suma a la de otros mandatarios como Hugo Passalacqua (Misiones) e Ignacio Torres (Chubut).
En los despachos de los aliados en el Senado el tema pierde preeminencia. Lo que ayer era un eje central de la discusión hoy cedió relevancia. Muchos le recuerdan al oficialismo que el acuerdo inicial establecía que todo cambio referido al modelo electoral debía cerrarse antes de que terminara el primer semestre. Ahora, advierten, el Gobierno deberá esperar hasta el último trimestre del año para una decisión al respecto. Lo que los bloques aliados les comunican a los emisarios del oficialismo implica que es poco probable que para finales de noviembre, en pleno debate del Presupuesto 2027, se encuentre una resolución. El punto a considerar es que la ley que envíe el Ejecutivo el próximo 15 de septiembre deberá incluir el gasto para llevar adelante las elecciones de 2027.
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