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El Gobierno les quitó los subsidios a la luz a 2,1 millones de hogares y al gas a casi 900.000

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Actualmente, hay 2,1 millones de hogares menos beneficiados por los subsidios a la electricidad en la Argentina y casi 900.000 menos en el caso del gas natural por redes respecto del inicio de la gestión de Javier Milei, según datos oficiales a los que accedió . En ese período, la proporción de usuarios que pagan el costo pleno de la boleta creció y ya representa cerca de la mitad del universo total, dependiendo del servicio público que se considere.

La dinámica refleja un cambio de lógica en la política energética del país y un giro en una de las partidas más sensibles entre las cuales el Gobierno libertario aplicó la “motosierra” para bajar el gasto público. El recorte se apoyó también en fuertes incrementos de tarifas y en una mejora de la producción local por Vaca Muerta, que permitió reducir costos del sistema.

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El resultado fue que en los últimos dos años y medio la reducción total de los subsidios fue equivalente a más de US$5600 millones. En términos del PBI, esas erogaciones cayeron desde niveles cercanos a 1,4% del PBI a alrededor de 0,6%, con el objetivo oficial de 0,5% en 2026.

Parte de ese ajuste se explicó también por una depuración del padrón. En ese proceso, la Secretaría de Energía identificó 15.518 hogares en countries y barrios cerrados que recibían subsidios, 370.000 registros a nombre de personas fallecidas y 1,59 millones de hogares que reunían las condiciones para acceder a la asistencia, pero nunca la habían solicitado. También se retiró la asistencia a comercios e industrias, una decisión que en las últimas semanas encendió alertas en el sector ante el impacto que puede la guerra en Medio Oriente en los costos.

El Gobierno recortó el gasto en subsidios a las tarifas de electridiad y de gasShutterstock – Shutterstock

“Estamos terminando con que hogares con alta capacidad de pago recibían subsidios financiados por todos los argentinos, mientras otros vulnerables no siempre estaban correctamente protegidos”, explicaron desde Energía.

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El sistema alcanza a un universo amplio: 16,5 millones de usuarios residenciales en electricidad y más de 9,6 millones en gas por redes, según registros oficiales. Sobre esa base, que no varió significativamente en los últimos años, el recorte implicó una reducción sostenida de los hogares alcanzados por subsidios y un crecimiento del número de quienes pagan el costo pleno de la energía.

En electricidad, los hogares con subsidios pasaron de 10,8 millones en diciembre de 2023 (67,1%) a casi 9,23 millones al cierre de 2025 (55,8%). Con la implementación del esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), el universo que recibe asistencia cayó a 8,73 millones (53%), un ajuste adicional de 500.000 hogares.

En gas por redes, la dinámica fue similar: los beneficiarios bajaron de 5,64 millones (59,8%) a 5,12 millones (53,4%) y, luego, a 4,78 millones (49,8%) tras la aplicación del SEF, lo que consolidó el quiebre del escenario previo hacia uno con mayoría de usuarios sin subsidios.

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Más que un recorte puntual, los datos muestran un cambio en la estructura del sistema: cada vez más usuarios pasan a pagar el costo pleno de la energía.

Evolución del gasto en subsidios energéticos y su peso sobre el PBI entre 2011 y 2025. Tras los picos de 2014 y 2021, el gasto cayó con fuerza hasta representar alrededor de 0,6% del PBI en 2025. En total, el Estado destinó más de US$146.000 millones en el período

El cambio se da sobre un esquema que ya había comenzado a modificarse. En 2022 se implementó la segmentación por ingresos, que dividía a los usuarios en tres niveles: N1 (ingresos altos), que pagaban la tarifa plena; N2 (ingresos bajos), que recibían la mayor parte de los subsidios; y N3 (ingresos medios), que accedían a una asistencia parcial. Ese sistema buscaba bajar el peso del gasto sin eliminarlo, pero mantenía una cobertura amplia.

A partir de este año, el Gobierno avanzó con un modelo más simple, con la implementación del SEF: hogares con subsidio y hogares sin subsidio, definidos a partir de cruces de datos de ingresos, patrimonio y consumo.

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En ese esquema, la asistencia se concentra exclusivamente en los usuarios residenciales y se aplica sobre un bloque básico de consumo que varía según la estacionalidad. Por encima de ese umbral, la energía se paga a precio pleno, lo que implicó una disminución tanto de la cantidad de beneficiarios como del nivel de subsidio por usuario.

La subvención se aplica sobre el costo de la energía, uno de los componentes de la tarifa, que también incluye transporte, distribución e impuestos. En los hogares subsidiados, el Estado bonifica una parte de ese componente, mientras que el resto —y los otros cargos del sistema— se paga sin asistencia.

El recorte impactó especialmente en los usuarios de ingresos medios, que bajo el esquema anterior accedían a subsidios parciales y que, en muchos casos, quedaron fuera del beneficio.

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Tarifa media de gas natural para usuarios residenciales con y sin subsidios (valores constantes). Los precios recuperaron terreno desde 2024 tras varios años de congelamiento, con una brecha sostenida entre quienes reciben asistencia estatal y quienes pagan el costo pleno.

El reordenamiento tarifario también estuvo acompañado por una mejora en la cobrabilidad. Según datos oficiales y de las empresas distribuidoras, la tasa de pago pasó de alrededor del 48% al inicio de la gestión a niveles cercanos al 97%, lo que implica una morosidad en torno al 3%.

Ese ajuste también se reflejó en las tarifas. Según estimaciones de la consultora Economía y Energía, para un consumo residencial típico de gas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) —unos 711 metros cúbicos anuales—, en marzo de 2026 se pagó $33.987 con subsidios y $39.309 sin subsidio, a precios actuales. Esas mismas boletas durante la gestión de Alberto Fernández costaban $20.991, mientras que en 2018 y en términos reales, durante la gestión de Mauricio Macri, ascendían a $43.719.

En el caso de la electricidad, una factura promedio para un consumo de 250 kWh fue de $21.069 con subsidio y $46.488 sin subsidio, también por encima de los valores de la gestión Fernández pero por debajo de los picos registrados en 2018 y 2019.

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Tarifa media de electricidad para usuarios residenciales con y sin subsidios (valores constantes). Tras el atraso entre 2019 y 2023, las facturas muestran una fuerte recomposición desde 2024, aunque en el caso de usuarios sin subsidio aún se ubican por debajo de los máximos de 2018-2019 en términos reales.

Los subsidios energéticos pasaron de representar cerca de 1,5% del PBI en 2023 a 1% en 2024 y 0,5% en 2025. En términos nominales, el gasto se ubicó en torno al equivalente a US$14.200 millones en 2022, descendió a cerca de US$9600 millones en 2023 y continuó a la baja hasta aproximadamente US$4000 millones en 2025, según la consultora Economía y Energía. Solo durante la gestión Milei, el recorte acumulado equivale a unos US$5684 millones.

En paralelo, también mejoró la cobertura del sistema. Los usuarios pasaron de cubrir niveles cercanos al 30% del costo de la energía al inicio de la gestión Milei, a cubrir alrededor del 70% en la actualidad. Es decir, una mayor proporción del costo dejó de ser financiada por el Estado y pasó a trasladarse a las facturas que pagan los hogares.

En términos históricos, el peso de los subsidios energéticos fue una constante en la economía argentina durante las últimas dos décadas. Según estimó el economista Alejandro Einstoss, entre 2003 y 2023 el Estado destinó más de US$150.000 millones a sostener tarifas por debajo de los costos. El especialista definió ese período como dos décadas de “populismo energético”. La mayor disponibilidad de energía local, impulsada en parte por el desarrollo de Vaca Muerta, comenzó a modificar ese escenario.

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Sin embargo, el Gobierno reconoce que el cambio de precios relativos impactó en el poder de compra de los hogares. El fuerte aumento de los servicios públicos —gastos fijos como luz, gas, agua y transporte— avanzó por encima de la inflación y redujo la porción del ingreso disponible para otros consumos.

Este fenómeno también se refleja en encuestas de opinión, donde crece la proporción de hogares que señala que sus ingresos alcanzan para menos gastos discrecionales.

El impacto es, además, observable en la dinámica inflacionaria reciente. En el primer trimestre de este año, las tarifas de electricidad y gas fueron el rubro de mayor incidencia en el aumento del costo de vida, con subas cercanas al 20%, más del doble de la inflación general del período. En conjunto, explicaron alrededor de dos puntos porcentuales del 9,1% de inflación acumulada en el AMBA, según estimaciones de Economía y Energía. “Si se estabiliza el valor de los hidrocarburos y se ralentiza el incremento tarifario, la inflación en los próximos meses podría registrar una desaceleración”, señaló la consultora.

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Ex secretarios de Energía coinciden en que el proceso en marcha implica un cambio de régimen más que un ajuste puntual. Emilio Apud señaló: “Durante mucho tiempo el sistema funcionó con precios desacoplados de los costos, financiados con emisión y subsidios”. Y agregó: “Lo que cambió es quién paga la energía y en qué proporción”.

Daniel Montamat sostuvo que “se pasó de un modelo de subsidios amplios a uno más focalizado”, aunque advirtió: “Siempre hay una zona gris entre quienes deberían recibir subsidios y quienes no, sobre todo en contextos de ingresos inestables”.

Las tarifas de energía fueron históricamente un tema sensible en el país, atravesado por aumentos, apagones y disputas políticas. Tras más de una década de atrasos en los valores, Mauricio Macri avanzó con un proceso de recomposición que no completó la convergencia a costos, Alberto Fernández enfrentó una interna feroz con el kirchnerismo cuando intentó avanzar en recortes, mientras que el FMI reclamó de manera recurrente en los últimos tres programas una mayor “focalización” de ese gasto. El desafío hacia adelante será sostener este esquema sin que el mayor peso de las facturas en el ingreso de los hogares vuelva a generar tensiones.

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Agustín Maza,Actualidad económica,Quita de subsidios,subsidios,Conforme a,Actualidad económica,,¿Pasa en algún país? El crecimiento equilibrado solo existe en algunos modelos,,Cavallo volvió a la carga. Pidió liberar completamente el mercado cambiario para bajar el riesgo país y atraer inversiones,,»Volví a empezar». Produce un café que se había abandonado, el primero “verdadero” argentino, y ya lo vende en dos locales

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Una jueza federal de Río Grande ordenó frenar la explotación petrolera de Sea Lion en Malvinas

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La jueza federal de Río Grande, en Tierra del Fuego, Mariel Borruto, ordenó frenar la explotación petrolera del proyecto Sea Lion en torno a las islas Malvinas. Notificó a las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited que cesen las perforaciones y las emplazó a que en 10 días informen el grado de avance del proyecto.

De este modo, la magistrada hizo lugar a la medida cautelar solicitada por las asociaciones de Abogados, Abogados/as y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que litiga en este caso.

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El financiamiento principal (un 65%) del proyecto proviene de la empresa israelí Navitas Petroleum y el resto de la británica Rockhopper Exploration.

La magistrada, en una resolución de 17 carillas a la que accedió , dispuso además que Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum se abstengan de iniciar, continuar o ejecutar acción del proyecto Sea Lion, que en el fallo es mencionado como León Marino, en castellano.

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Además, prohibió eventuales ampliaciones y tareas en los pozos o instalaciones integrados al emprendimiento.

La prohibición alcanza a la perforación del lecho o subsuelo marino, la instalación permanente de infraestructura submarina para extracción o producción, la colocación de conductos, líneas de flujo y estructuras de fondeo.

Además, prohíbe la puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento o descarga, el inicio de cualquier extracción comercial y también las obras terrestres y portuarias.

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La medida regirá hasta que se sustancie ante la autoridad ambiental nacional el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en la Ley 25.675, o hasta que el propio juzgado disponga lo contrario.

En paralelo, la jueza intimó a las dos empresas a que, dentro de los diez días hábiles judiciales, informen bajo declaración jurada y con documentación respaldatoria el estado actual del proyecto: el cronograma de construcción y perforación, la cantidad y ubicación de los pozos proyectados, las unidades flotantes y de perforación contratadas.

Quiere saber la justicia, además, la nómina de contratistas y subcontratistas, la estructura societaria utilizada, las entidades financieras y aseguradoras involucradas, los desembolsos realizados y pendientes, los estudios ambientales y de riesgo de derrames ya realizados.

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También les ordenó preservar íntegramente, sin destruir, modificar u ocultar, toda la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa vinculada al proyecto.

Noticia en desarrollo




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Los fundamentos del fallo que ordenó suspender el avance del proyecto petrolero Sea Lion en las Islas Malvinas

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La jueza federal Mariel Borruto, del Juzgado Federal de Río Grande, ordenó suspender el avance del proyecto hidrocarburífero Sea Lion, ubicado a unos 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas, en una medida cautelar dictada en el expediente FCR 13706/2026 a pedido del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).

En su disposición, la jueza apuntó contra Rockhopper Exploration PLC y Navitas Petroleum Development and Production Limited. La resolución, además de frenar las obras, desarrolla en detalle los argumentos jurídicos que la sustentan, y está basada en distintos fundamentos.

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Eje ambiental

El primer fundamento es ambiental. La jueza tuvo por acreditado que ninguna autoridad argentina había iniciado un procedimiento de evaluación de impacto ambiental sobre el proyecto: un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Jefatura de Gabinete, de febrero de este año, confirmó que no existía aviso de proyecto ni trámite iniciado con las empresas mencionadas.

La Ley General del Ambiente (25.675) exige esa evaluación previa para toda actividad capaz de degradar significativamente el ambiente y la Ley 26.659 prohíbe desarrollar actividades hidrocarburíferas en la plataforma continental argentina sin autorización nacional. Para el juzgado, esa omisión configura por sí misma la conducta antijurídica que permite actuar preventivamente: quien debía evaluar el riesgo ambiental no lo hizo y, aun así, avanzó con la ejecución de la obra.

El mapa de las empresas petroleras que explotan crudo en las Islas Malvinas (Foto: Rockhopper)

Ese razonamiento se apoya en el principio precautorio, según el cual la falta de certeza científica sobre el impacto de una actividad no puede usarse como excusa para postergar medidas de protección cuando existe riesgo de daño grave.

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La resolución citó también la jurisprudencia de la Corte Suprema en los fallos “Mendoza” —sobre la contaminación del Riachuelo— y “Halabi”, que reconocen al ambiente como un bien colectivo, indivisible y no apropiable individualmente, y la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en su Opinión Consultiva OC-23/17 estableció que el derecho a un ambiente sano protege ecosistemas como el mar aun sin que exista una persona individualmente afectada. Sobre esa base, el juzgado concluyó que la función judicial ambiental no está limitada a intervenir una vez consumado el daño.

Eje en la soberanía

El segundo fundamento es la soberanía. Al analizar la legitimación de los demandantes, la jueza reconoció que la causa promovida por el CECIM “no se agota en una controversia técnico-ambiental”, porque involucra además la defensa de la soberanía nacional sobre Malvinas, a la que calificó como “bien colectivo indivisible” y “interés federal por antonomasia”.

Ese argumento le permitió sostener la competencia del juzgado sobre dos sociedades constituidas en el extranjero, en base al artículo 2603 del Código Civil y Comercial, que habilita a los jueces argentinos a dictar medidas cautelares aunque los bienes o las personas involucradas no se encuentren en el país. La resolución sostuvo que la Ley General del Ambiente y la Ley 26.659 son normas de aplicación inmediata que se imponen por sobre cualquier autorización o título extranjero que las empresas pudieran invocar.

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Una plataforma de la empresa Rockhopper, ahora apuntada por la justicia federal. (Foto TN)
Una plataforma de la empresa Rockhopper, ahora apuntada por la justicia federal. (Foto TN)

Peligro de demora

El tercer eje es el de la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, los dos requisitos clásicos de toda cautelar. La jueza consideró acreditada la verosimilitud a partir de la existencia y localización del proyecto, la magnitud de las obras previstas —23 pozos, una unidad flotante de producción y una ampliación portuaria en Puerto Argentino— y los antecedentes de las empresas: según documentación oficial incorporada al expediente, Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum LP ya habían sido alcanzadas por resoluciones de 2012, 2013 y 2022 que declararon “ilegales y clandestinas” sus actividades en la plataforma continental y dispusieron su inhabilitación para operar en el país por veinte años.

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El peligro en la demora, por su parte, surgió de que el proyecto ya había superado la etapa conceptual: las empresas habían adoptado la decisión final de inversión en diciembre de 2025 —rechazada formalmente por la Cancillería argentina el 11 de ese mes— y habían comenzado obras de adaptación de infraestructura, según la propia documentación de Rockhopper.

Alcance del fallo

La resolución aplicó, además, un criterio de proporcionalidad al definir el alcance de la medida. La jueza rechazó la fórmula que habían propuesto originalmente las organizaciones demandantes, que era mantener la suspensión hasta que las empresas obtuvieran un Certificado de Aptitud Ambiental: dado que Rockhopper ya tiene una inhabilitación de veinte años, esa condición habría convertido, en los hechos, una medida provisoria en una prohibición definitiva.

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Por eso, la suspensión regirá hasta que se sustancie ante la autoridad ambiental argentina el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, o hasta que el juzgado disponga lo contrario. Por el mismo criterio, difirió el pedido de bloquear de manera general nuevos contratos de financiación, pagos o transferencias de las empresas, al considerar que en esta etapa esa prohibición podría alcanzar a terceros no identificados, como bancos o aseguradoras, sin haber sido oídos.

La medida es provisoria y quedará sujeta a revisión una vez que Rockhopper y Navitas —intimadas a presentar en diez días hábiles información detallada sobre el estado del proyecto, sus contratistas, su estructura societaria y financiera— sean notificadas y puedan ejercer su defensa. Por tratarse de empresas domiciliadas en el exterior, esa notificación deberá tramitarse por la vía del Convenio de La Haya de 1965.

Islas Malvinas, Petróleo, justicia federal

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Cortocircuito y quiebre entre la Casa Rosada y sus diputados por la ley de discapacidad

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“Se incendió todo”, lamentaron desde el bloque de La Libertad Avanza (LLA) en Diputados luego de que se conociera que el proyecto de ley presupuesto 2027 enviado ayer a última hora por el Poder Ejecutivo elimina artículos clave de la ley de emergencia en discapacidad.

El asombro de los legisladores oficialistas quedó expuesto este mediodía en la comisión informativa, donde la oposición y los principales representantes de asociaciones y cámaras de prestadores expresaron su rechazo por las múltiples modificaciones y, sobre todo, por la quita de la actualización del nomenclador. Un punto central en la negociación con los aliados que desató malestar en el Pro y vuelve a foja cero las conversaciones.

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“Es lo contrario de lo que veníamos hablando”, se quejaron desde Pro, después de haberse reunido a primera hora de la mañana con representantes de LLA, entre ellos, la diputada Laura Rodríguez Machado -responsable de gestionar el diálogo con los aliados- en busca de alguna explicación sobre el giro repentino en la estrategia.

Sin embargo, fueron los mismos libertarios los que dejaron en claro su asombro ante la maniobra del Poder Ejecutivo. “Ahora vamos a volver a juntarnos. Tenemos que hablar de cero”, admitieron, en un intento de desmarcarse de la Casa Rosada. El episodio dejó al descubierto el cortocircuito y el quiebre que hubo entre el Poder Ejecutivo y sus representantes en la Cámara de Diputados.

El opositor Esteban Paulon, hoy, en la comisión informativa en DiputadosSoledad Aznarez –

Es que hasta última hora de ayer, LLA apostaba a que el Ministerio de Economía incluyera algún guiño a las demandas de los aliados en el presupuesto, que finalmente avanzó en sentido contrario.

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La distancia con la Casa Rosada también se hizo evidente cuando la exmacrista Silvana Giudici tomó la palabra durante la comisión y, en un intento por poner paños fríos al conflicto, remarcó la importancia de conseguir un dictamen el próximo 23 e hizo alusión a la división de poderes. “Creemos que este Congreso tiene un tiempo largo para luego tratar el presupuesto y debatir cuáles son las mejores condiciones, no solo las cláusulas mencionadas [por las eliminadas]”, apuntó, sin precisar cómo el oficialismo piensa avanzar en un proyecto de ley “superadora”.

Los cambios del presupuesto

Entre los cambios más resonantes que incluyó la Casa Rosada en el presupuesto propone eliminar el artículo 7 bis de la ley de emergencia, que hasta ahora establecía la actualización obligatoria, automática y mensual de los pagos a prestadores según el índice de IPC.

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El Poder Ejecutivo plantea que “el Nomenclador de prestaciones básicas no incluirá valores universales” y habilita a que cada obra social o prepaga fije sus propios valores en la negociación, sobre la base de un mínimo contemplado.

La jugada del Gobierno generó podría tener un costo político alto. “Cambia completamente la discusión”, resumieron cerca de la bancada de Cristian Ritondo.

No es la única modificación que introduce. El proyecto propone volver al esquema de pensión por invalidez, por el cual quienes cuenten con un Certificado Único de Discapacidad (CUD) no podrán percibir ningún tipo de compensación si registran un empleo. Además, deroga los artículos 5º, 8º, 9º y 14 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad Nº 27.793.

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