POLITICA
El Gobierno quiere reemplazar la ley de Etiquetado Frontal: los cambios que propone

El Gobierno quiere derogar la Ley de Etiquetado Frontal, sancionada por el Congreso en 2021 con el objetivo de advertir a los consumidores sobre el contenido nutricional de los alimentos. Bloques oficialistas y aliados ya presentaron un proyecto para eliminar la norma, mientras que el Poder Ejecutivo trabaja en una nueva iniciativa para adecuar el sistema argentino a estándares del Mercosur.
La ley vigente obliga a las empresas alimenticias a incluir octógonos negros en los envases para advertir sobre excesos de grasas, sodio, azúcares y calorías. El oficialismo busca reemplazarla por un nuevo esquema, aunque primero intentará derogar la normativa actual, orientada a promover una alimentación más saludable.
El objetivo es que la Argentina adopte un reglamento técnico regional unificado para armonizar el etiquetado nutricional frontal entre los países del Mercosur.
El proyecto lleva la firma de los diputados Daiana Fernández Molero (PRO), bloque aliado al oficialismo, y Alejandro Bongiovanni (La Libertad Avanza), aunque forma parte del paquete de medidas que prepara el Ministerio de Desregulación, encabezado por Federico Sturzenegger.
Según sostienen los legisladores, la actual Ley de Etiquetado Frontal no cumplió sus objetivos. “A más de cuatro años de su implementación, ninguno de esos propósitos fue alcanzado de manera satisfactoria. Las razones no son circunstanciales, sino estructurales: responden a un diseño técnico deficiente que genera confusión en el consumidor, desincentiva la reformulación y obstaculiza el comercio y la inversión”, señalaron.
También cuestionaron el perfil nutricional adoptado al sancionarse la norma. Explicaron que la ley utiliza parámetros de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), que no evalúan la cantidad absoluta de nutrientes —como gramos de azúcar, sodio o grasa por cada 100 gramos de producto—, sino su proporción sobre el total de calorías del alimento.
“A estos se los denomina umbrales móviles, y son el origen de las principales distorsiones de la ley”, argumentaron.
La industria alimenticia resistió desde un comienzo la sanción de la Ley de Etiquetado Frontal. En los fundamentos del proyecto, Fernández Molero y Bongiovanni sostuvieron que la norma “constituye un obstáculo al comercio y a la inversión”.
Los diputados remarcaron que, aunque cada país del Mercosur tiene actualmente su propio sistema de etiquetado frontal, el bloque trabaja para unificar estándares. Según argumentan, esto evitaría que las empresas deban desarrollar líneas de producción diferenciadas para exportar, con mayores costos operativos que finalmente impactan en el precio para el consumidor.
“La coexistencia de cuatro sistemas de etiquetado distintos obliga a adaptar envases, fórmulas y líneas de producción para cada mercado, con costos que recaen especialmente sobre las pymes exportadoras y, en última instancia, sobre los consumidores”, señalaron.
Y agregaron: “Los productores, exportadores y consumidores requieren un marco normativo estable. La derogación legislativa es el único instrumento que ofrece esa certeza”.
Comparación con otros países
El oficialismo destaca que Brasil, Chile y Uruguay utilizan perfiles nutricionales basados en umbrales fijos para el etiquetado frontal, definidos por cantidades absolutas de nutrientes por cada 100 gramos de producto. Según sostienen, ese sistema resulta más claro para el consumidor porque se basa en valores concretos y no en su relación con las calorías totales.
En cambio, argumentan que el esquema argentino utiliza umbrales móviles, lo que limitaría tanto la capacidad de las empresas para reformular productos más saludables como la posibilidad de los consumidores de elegir mejores opciones.
Como ejemplo mencionan el caso de los edulcorantes: cualquier producto que los contenga y cumpla función endulzante debe llevar la advertencia “contiene edulcorantes”, independientemente de la cantidad presente. “Esto significa que un producto con 1 gramo recibe el mismo tratamiento que otro con 20 gramos”, sostienen.
Qué establece la actual Ley de Promoción de la Alimentación Saludable
La norma, sancionada en 2021, obliga a incluir octógonos negros de advertencia en alimentos procesados y ultraprocesados cuando superan límites establecidos para azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.
Además, exige leyendas precautorias para productos con edulcorantes o cafeína, indicando que no son recomendables para niños.
La ley también impone restricciones al marketing y la publicidad: los productos con al menos un sello no pueden incluir personajes infantiles, mascotas, animaciones ni avales de sociedades científicas o celebridades en sus envases. Tampoco pueden ser publicitados para niños ni ofrecerse en entornos escolares.
Etiquetado frontal, Ley, Diputados
POLITICA
El mensaje de Karina Milei tras las críticas de Patricia Bullrich a Manuel Adorni por su declaración jurada

Tras los últimos gestos de independencia política de Patricia Bullrich, que este jueves volvió a cuestionar públicamente a Manuel Adorni, Karina Milei publicó un mensaje de cumpleaños dirigido a la senadora para disipar tensiones en el Gobierno.
“Debatimos la agenda legislativa que tenemos por delante en una nueva reunión de la mesa política. Y no pasó desapercibido el cumpleaños de Patricia. ”¡FELIZ CUMPLE PATO!“, escribió la secretaria General de la Presidencia en sus redes acompañado de una foto del encuentro que se celebró este jueves en la Casa Rosada.
En ella se ve a Bullrich junto a una torta, soplando una vela. Junto a ella, toda la mesa política integrada por el asesor Santiago Caputo; el armador Eduardo Menem; el ministro del Interior, Diego Santilli; Karina Milei; el titular de la Cámara de Diputados, Martín Menem; el secretario de Asuntos Estratégicos, Ignacio Devitt; y al jefe de Gabinete, Manuel Adorni.
El único ausente fue el ministro de Economía, Luis Caputo, que avisó que tenía un viaje por asuntos personales.
Las recientes diferenciaciones públicas de Bullrich y el intento del Gobierno de desescalar el conflicto
El mensaje de Karina Milei llegó horas después de que la senadora porteña volviera a cruzar al jefe de Gabinete por sus explicaciones sobre su patrimonio.
“Esto es más que un error, esto es una omisión ética. Y nuestro gobierno tiene la moral como política de Estado”, afirmó a La Nación luego de que Adorni admitiera no haber declarado US$500 mil en sus declaraciones juradas. “Ahora, será la Justicia la que tendrá que determinar”, agregó.
En ese contexto, el Gobierno se reunió este jueves bajo un paraguas de tensión, aunque fuentes oficiales buscaron disipar esa imagen para sacar el foco de la situación del jefe de Gabinete y retomar la agenda oficialista en el Congreso. “Salió todo bárbaro”, habían asegurado a TN tras el encuentro.
Pese a esa descripción, en el entorno de la senadora insistieron en los cuestionamientos hacia el ministro coordinador. Los roces internos de Bullrich con el Gobierno comenzaron un mes atrás, cuando en medio de la investigación patrimonial contra Adorni le exigió que presente cuanto antes su declaración jurada para poner fin al desgaste político.
Leé también: Mesa política: tras otro roce con Bullrich, Adorni buscó bajar tensiones y poner foco en la agenda legislativa
Semanas después, mientras el funcionariodemoraba su presentación ante la Oficina Anticorrupción, Bullrich decidió adelantar la suya en una maniobra que fue leída como un acto de presión.
Las diferenciaciones se profundizaron aún más cuando la jefa de la bancada oficialista comunicó que no acompañaría la decisión del Presidente de retirar un pliego de una aspirante a jueza por su parentesco con un periodista. Sin embargo, Karina Milei evitó escalar públicamente el conflicto en cada una de esas oportunidades.
En el Gobierno, la decisión es pasar de página lo antes posible para poder enfocarse en aprobar las reformas oficialistas en el Congreso. Sin embargo, en el horizonte aparece una nueva prueba para Manuel Adorni, quien este jueves anunció que asistirá al Senado en julio para brindar su segundo informe de gestión.
Karina Milei, Patricia Bullrich, Manuel Adorni
POLITICA
Ratifican que la Cámara en lo Penal Económico debe definir quién investigará a los presuntos testaferros de la AFA

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico debe resolver quién investigará a los dueños de la quinta de Pilar que se atribuye a la AFA: si los jueces porteños o el juez federal de Campana, Adrián González Charbay.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación, integrada por Ángela Ledesma, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Luciano Pantano y Ana Lucía Conte, que aparecen como dueños de la quinta de Pilar que se adjudica a la AFA.
Como la Cámara de Casación había decidido que sea la Cámara en lo Penal Económico la que decida qué juez es competente, los imputados plantearon contra ese fallo un recurso extraordinario para llevar la discusión a la Corte Suprema de Justicia.
Ahora la Casación rechazó ese recurso extraordinario. A los imputados Pantano y su madre Costa les queda un recurso de queja para llevar su reclamo a la Corte.
Aquí se trata de resolver el conflicto de competencia entre el Juzgado en lo Penal Económico N° 10 y el Juzgado Federal de Campana para continuar con la investigación por lavado de dinero sobre la quinta de Pilar.
La denuncia fue de Elisa Carrió, del legislador Facundo Del Gaiso y Matías Yofe. La presentaron el 1 de diciembre del año pasado por el delito de lavado de activos, relacionado con la quinta ubicada en la dirección Misiones 4097, en Villa Rosa, localidad de Pilar.
Hace seis meses que se discute qué juez debe investigar a los dueños de esa quinta donde se hallaron medio centenar de vehículos de alta gama, caballos árabes y otros bienes que se vinculan con dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino, entre ellos el tesorero de la AFA, Pablo Toviggino.
El juez federal Daniel Rafecas avanzó hasta que se declaró incompetente y siguió su colega Marcelo Aguinsky en el fuero penal económico, hasta que la AFA logró llevar el caso al juzgado de Campana y ahora pareciera que regresa la causa al juzgado penal económico.
Quien quede a cargo de la pesquisa sobre el caso de la quinta probablemente investigue todas las causas de la AFA. En este expediente ya se apartaron dos jueces de la Cámara de Casación. Se trata de Carlos Mahiques, luego de que se denunció que festejó en esa quinta cercana a la AFA su cumpleaños, y de Daniel Petrone, que tuvo una relación social con uno de los imputados.
Inicialmente, y luego de un planteo de inhibitoria, se trabó una contienda de competencia entre la justicia en lo Penal Económico y el juez federal de Campana, que fue elevada por este último a la Cámara Federal de San Martín.
El juez federal Alberto Lugones ordenó que la causa sea investigada por el juez federal de Campana González Charby, por ser el magistrado con competencia territorial en el predio donde se ubicaba la mansión de Pilar.
Posteriormente, la causa llegó a la Cámara Federal de Casación Penal por el recurso del fiscal Carlos Cearras que mantuvo su colega Mario Villar de la Casación.
La Sala anuló el envío de la causa a San Martín y decidió que sea la Cámara Nacional en lo Penal Económico la que decida dónde queda el expediente.
Contra esa decisión, la defensa de los imputados interpuso el recurso extraordinario, que ahora fue declarado inadmisible por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal.
Los jueces sostuvieron que no resultaba una sentencia definitiva ni equiparable y, por ende, no era admisible desde lo formal.
De esta manera quedó definido que será la Cámara en lo Penal Económico el órgano judicial que debe expedirse sobre el juez competente para continuar con las investigaciones.
Hernán Cappiello,Conforme a
POLITICA
Millonario fraude al PAMI: lo detectaron nuevas auditorías en prestaciones de médicos de cabecera en todo el país

Nuevas auditorías ordenadas por el titular del PAMI, Esteban Leguízamo, revelaron graves inconsistencias en las prestaciones de médicos de cabecera en varias jurisdicciones del país que derivarían en un fraude millonario contra la obra social de los jubilados. Infobae tuvo acceso a los expedientes del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), que documentan facturas que superan la capacidad horaria posible de atención y órdenes médicas emitidas a nombre de afiliados fallecidos, entre otras irregularidades. Como consecuencia de ello, la mayor obra social de América Latina realizó denuncias penales y, en algunos expedientes, se resolvió la retención preventiva de liquidaciones a los profesionales mientras continúan las investigaciones.
Los principales casos se registraron en Buenos Aires, Santa Fe y Chaco. Hay al menos siete profesionales de distintas jurisdicciones comprometidos, entre ellos un cardiólogo que prestaba servicio en Rosario y que ayer fue allanado por la Justicia.
El patrón detectado es sistemático: en todos los expedientes analizados, las prestaciones facturadas exceden con amplitud la cantidad máxima de consultas que cada profesional podría realizar según las horas de atención que él mismo declaró en el sistema institucional del organismo. Cuando esa brecha resulta significativa, el INSSJP dispone débitos o retenciones preventivas de pagos, y en los casos más graves, rescisiones de contrato y denuncias penales.
Allanamientos y fraude
Uno de los casos más extremo involucra a un cardiólogo de la localidad santafesina de Acebal, que el jueves fue allanado por la Policía Federal Argentina (PFA).
La maniobra que se investiga radica en la intervención del especialista M. G. A. El mismo afirmó haber atendido a más de 5000 afiliados de PAMI y haberles realizado más de 50.000 estudios y prácticas médicas entre los años 2023 y 2025, resultando llamativo que la mayor parte de esos afiliados residen en otras provincias.
El total de la defraudación rondaría los $700.000.000 de los cuales, aproximadamente, $580.000.000 fueron efectivamente abonados por PAMI al cardiólogo.
La investigación judicial determinó que el especialista “registraba en el sistema de la obra social múltiples atenciones a decenas de pacientes día a día, que incluían tanto la consulta inicial como una serie de estudios (electrocardiogramas, holter, etc.)”.
Los allanamientos —que alcanzaron los consultorios y el domicilio particular del médico— fueron autorizados por el juez de garantías Carlos Vera Barros a pedido de los fiscales Andrés Montefeltro y Virginia Sosa. La Oficina de Criminalidad Económica, a cargo del fiscal general interino Javier Arzubi Calvo, conduce la causa junto a los fiscales coadyuvantes Soledad García, Montefeltro y Sosa, todos de la Unidad Fiscal Rosario. La investigación tuvo su origen en una actuación preliminar de la Unidad Fiscal de Investigaciones para Delitos Cometidos en el ámbito de Actuación del INSSJP (UFI-PAMI) del Ministerio Público Fiscal de la Nación, luego de que se detectara un grupo de afiliados que desconocían las consultas y prácticas que supuestamente les había realizado el médico.

Los casos detectados por las auditorías
En todos los expedientes analizados, las auditorías aplicaron el mismo criterio: calcular la cantidad máxima de consultas que un profesional podría realizar según las horas de atención que él mismo declaró en el sistema institucional, y contrastar ese número con las prestaciones efectivamente facturadas.
Lo que sigue son los expedientes relevados por este medio:
- Caso 1 M.G.A. UGL Rosario
La primera auditoría sobre este cardiólogo de Acebal se realizó en enero de 2025. El contrato fue dado de baja el 24 de julio de 2025. La revisión verificó que 10 afiliados con órdenes médicas electrónicas (OME) emitidas a su nombre desconocieron haber sido atendidos por el profesional.
Un informe adicional documentó prácticas supuestamente realizadas y facturadas durante julio de 2024 a afiliados que captaban en otras jurisdicciones. Entre las irregularidades más graves figura la emisión de órdenes médicas electrónicas a nombre de afiliados fallecidos.
- Caso 2, M.A.C. UGL III Córdoba
Se registraron órdenes médicas electrónicas realizadas y aceptadas el 14 de noviembre de 2024, pese a que había sido dado de baja por fallecimiento el 8 de ese mismo mes.
- Caso 3, J.R.C.
La auditoría detectó desvíos en las prestaciones del período mayo de 2025. La observación surge de la comparación entre las consultas facturadas y la capacidad máxima de atención calculada a partir de las horas que el propio prestador declaró en el sistema oficial. Como resultado, se dispuso un débito sobre las liquidaciones del período auditado.
- Caso 4 M.A.D.C.
Las auditorías determinaron inconsistencias que derivaron en un débito sobre las prestaciones del período analizado. La validación tomó como referencia las horas de atención informadas por el profesional y la cantidad máxima de consultas compatibles con esa disponibilidad.
- Caso 5 G.M.M.
Las verificaciones sobre la facturación del período auditado derivaron en la instrucción de aplicar un débito. La medida forma parte del proceso de revisión que contrasta las consultas registradas con la capacidad operativa declarada por cada médico de cabecera.
- Caso 6 A.R.S.
Las auditorías detectaron desvíos en las prestaciones presentadas por la profesional. Se ordenó un débito correspondiente a la liquidación del período analizado, tras el cruce entre las horas de atención declaradas y el volumen de consultas efectivamente facturadas.
- Caso 7 L.B.S.
A diferencia de los casos anteriores, el organismo dispuso una retención preventiva de pagos sin avanzar con la liquidación correspondiente mientras se desarrolla el proceso de auditoría.
La medida abarca prestaciones en tres agencias: Lanús, San Justo y Quilmes y los pagos quedaron suspendidos hasta la finalización de las revisiones.

Cada uno de los ejemplos anteriores se inscriben en un proceso de control más amplio que el PAMI lleva adelante desde que Esteban Leguízamo asumió la conducción del organismo.
En mayo de 2026, el INSSJP informó la baja de más de 1.500 prestadores en todo el país por cobros indebidos, facturación de prestaciones inexistentes y establecimientos con condiciones que no cumplían los protocolos de higiene y seguridad. Según aclararon desde la obra social de los jubilados, el organismo “garantizó que esas medidas no interrumpirían los tratamientos de los afiliados”.
En noviembre de 2025, el INSSJP había denunciado ante la Justicia federal una estafa de miles de millones de pesos articulada a través de órdenes médicas electrónicas falsas, facturaciones sin respaldo y uso indebido de datos personales de afiliados, lo que dio lugar a al menos seis causas penales activas en distintas jurisdicciones.
En febrero pasado, auditorías en cardiología y gastroenterología revelaron volúmenes de prestaciones imposibles de justificar: uno de los casos documentados mostró a un prestador que declaró 283 prácticas en 95 pacientes en apenas cinco horas; otro registró 689 órdenes médicas electrónicas en un solo día asociadas a 326 pacientes distintos, lo que hubiera requerido entre 81,5 y 108,7 horas de trabajo continuo.
“Auditar no significa perseguir”, aclararon desde el Instituto ante una consulta de Infobae, al tiempo que garantizaron que las bajas aplicadas no interrumpirán los tratamientos de los afiliados, ya que el organismo trabaja para mantener la continuidad de las prestaciones a través de la red de atención disponible en todo el territorio nacional.
El caso Tucumán
Dentro de ese proceso de fiscalización se ubica el caso de Sanarte S.R.L., un poli consultorio con múltiples especialidades y prácticas ambulatorias con sede en San Miguel de Tucumán. La auditoría integral detectó un conjunto de faltas que van desde problemas administrativos hasta incumplimientos de la normativa vigente en materia de derechos del paciente.

Entre las observaciones más graves figuran la falta de habilitación municipal actualizada y legajos profesionales incompletos, con ausencia de matrículas e inscripciones de los médicos que atendían a los afiliados.
La auditoría también detectó demoras de hasta 21 días para obtener un turno en especialidades como cardiología, gastroenterología y traumatología, lo que afectó directamente la accesibilidad de los jubilados al sistema.
Uno de los hallazgos más llamativos fue la modalidad de atención: el establecimiento asignaba turnos cada un minuto bajo un sistema “por orden de llegada”, una práctica que los auditores consideraron incompatible con una atención médica adecuada.
El caso Chaco: rescisión de contrato y denuncia penal
El segundo caso se tramitó bajo el Expediente EX-2025-32083683-INSSJP-GPM#INSSJP e involucra al médico J. C, prestador perteneciente a la UGL XIII – Chaco del PAMI.
Las actuaciones se originaron a partir de auditorías y controles realizados por las áreas técnicas del Instituto, que detectaron deficiencias en la documentación clínica obligatoria, incumplimientos contractuales e inconsistencias administrativas y médicas en las prestaciones facturadas.
El profesional investigado no logró revertir las observaciones en la instancia de descargo. Según surge del expediente, los descargos presentados fueron considerados insuficientes por el organismo, que además señaló que las conductas detectadas afectaban los mecanismos de control y auditoría del PAMI. Ante ese cuadro, el Instituto resolvió aplicar sanciones administrativas y avanzar con la rescisión del contrato prestacional.
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