POLITICA
El Hospital Garrahan le reclama al IOMA, la obra social de la provincia de Buenos Aires, una deuda de $8.278 millones

El Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” le envió el martes 8 de junio una carta formal a la directora provincial de Prestaciones del Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), Nadia Daciuk, en la que desmiente punto por punto los argumentos de la obra social bonaerense para no pagar una deuda que asciende a $8.278.254.990,97 en concepto de capital, sin incluir los intereses devengados desde la mora.
La misiva, firmada por la presidenta del Consejo de Administración del hospital, Mariel Sánchez, responde a una comunicación de IOMA en la que la Provincia de Buenos Aires informó que se niega a cancelar el saldo restante.
Esta mañana, desde el hospital nacional de pediatría emitieron un comunicado en tono similar: “El gobernador Axel Kicillof miente, la deuda con el Hospital Garrahan es de más de $8.278 millones”, afirma y recuerda que las acreencias crecen “día a día con cada paciente que atendemos en el hospital” y que “los pagos que menciona el gobierno de Kicillof son pagos parciales a cuenta de deuda vencida, que además se imputarán primero a cancelar intereses”.
las autoridades nacionales también recordaron que “814 niños esperan prótesis de la Provincia de Buenos Aires para poder ser operados” en ese hospital.
La carta del Garrahan
La carta llega en el marco de un conflicto que se arrastra desde 2017 y que, en las últimas semanas, se agudizó tras los dichos del ministro de Salud bonaerense, Nicolás Kreplak, quien aseguró públicamente que IOMA había saldado su deuda con el Garrahan con el pago de más de $1.230 millones, y afirmó que no mantiene obligaciones impagas con la institución pediátrica. La obra social provincial también planteó la necesidad de revisar el esquema de relación prestacional. Una auditoría interna de la obra social bonaerense puso en cuestión buena parte de los reclamos. Según advierten, el 85 por ciento de los montos exigidos carecía de respaldo documental, técnico o normativo, e incluso en muchos casos no estaba facturado formalmente.
El hospital nacional rechaza esa versión de manera categórica.

La posición del IOMA
En diálogo con Infobae, Homero Giles, el presidente de IOMA expresó: “Nosotros tenemos toda la documentación, los invitamos a auditar en conjunto con nosotros, a ver la documentación de todos esos débitos que hicimos, que está todo muy bien estudiado, armamos un equipo ad hoc para eso. Hay que armar un equipo para eso. Estuvimos meses auditando y estudiando toda la documentación y ese resultado llegamos”. Giles se refiere a los 1.200 millones de pesos saldados por la obra social al Garrahan y amplió: “Nuestra única finalidad es firmar un convenio nuevo con el Garrahan, ordenar la situación y si hay que corregir algún débito, desde ya que se corregirá. Para eso hay que armar una auditoría en conjunto. En la carta del Garrahan no contestan si quieren firmar convenio con nosotros o no. No contesta si van a venir a auditar en conjunto con nosotros, como lo invitamos en la nota nuestra”, y adelantó: “Nos vamos a comunicar nuevamente con el Garrahan a decir que simplemente queremos sentarnos a trabajar con ellos y firmar un convenio nuevo. Para nosotros la deuda está saldada. Pero si para ellos no, hay que sentarse a trabajar con nosotros y dejar la discusión política de lado que impone el gobierno nacional porque eso no tiene sentido con nosotros”.
La deuda según Nación
Fue la Gerencia de Finanzas y Contabilidad del Garrahan quien intimó a IOMA a saldar lo que se le adeuda. El documento -al que accedió Infobae- distingue dos tramos del pasivo. La deuda corriente, aún no judicializada, según las autoridades del hospital de pediatría, asciende a un capital actualizado de $7.732.955.812,05 más intereses por mora, y corresponde a las facturas N.º 158619, del 5 de febrero de 2025, hasta la N.º 165679, del 30 de abril de 2026, todas vencidas y plenamente exigibles.
El segundo tramo es la deuda judicializada: $545.299.178,92 más intereses, radicada en el Expediente N.º 9793-2025 ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 8, secretaría 16. Ese tramo incluye facturas que se remontan al 11 de septiembre de 2017 —factura N.º 112776— hasta la N.º 158275, del 10 de enero de 2025.
El total de ambos tramos supera los $8.278 millones y cubre servicios asistenciales prestados a 44.447 afiliados de IOMA desde 2017 hasta la fecha. “Dichos pacientes resultan plenamente identificables”, advierte el texto de la carta. También se informa que toda la documentación clínica y administrativa fue remitida al Instituto en tiempo y forma, con constancias de presentación y recepción. Al no haber existido rechazo formal alguno dentro de los plazos de auditoría y observación, las facturas “quedaron firmes, consentidas y exigibles”, señala el escrito.

Las “falsedades” que el Garrahan le atribuye a IOMA
La carta es explícita. El hospital califica de “FALSOS” —así, en mayúsculas— tres argumentos centrales de IOMA. Primero, que la obra social provincial tenga voluntad real de llegar a un acuerdo. Segundo, que la deuda no esté documentada o acreditada. Tercero, y el más directo, que IOMA la hubiera saldado.
“Son FALSOS la voluntad y los supuestos esfuerzos que usted manifiesta para tratar de acordar con nuestro Hospital un convenio ‘sobre bases razonables’ que otorgue ‘sustentabilidad a las prestaciones’”, reza el texto. Las reuniones y los intentos de llegar a un convenio resultaron, según el Garrahan, “infructuosos”, porque la Provincia de Buenos Aires “pretende condiciones de privilegio que perjudican a nuestro hospital”, a diferencia de lo que hacen los demás acreedores.
Sobre los pagos que IOMA sí realizó, el hospital es tajante: se trató de “pagos parciales, a cuenta de la deuda vencida acumulada”, que serán imputados a la cancelación de intereses devengados de las facturas vencidas, no al capital. “Lo único que ha hecho esporádicamente son pagos parciales”, afirma la misiva.

IOMA también cuestionó que el Garrahan factura valores “no contemplados en la codificación HPGF (Hospital Pediátrico de Gestión Descentralizada)” y que fueron “fijados unilateralmente”. El hospital rechaza ese argumento: se trata de prestaciones de altísima complejidad que no estaban registradas en esa codificación, y los aranceles aplicados “responden a los costos reales de atención de un hospital pediátrico de alta complejidad”. La carta agrega que resulta “improcedente” comparar esos valores con efectores de menor complejidad o con establecimientos destinados a la atención de población adulta.
Sobre los medicamentos
Uno de los puntos de disputa es el precio de los fármacos. IOMA sostuvo que los medicamentos facturados por el Garrahan superan los precios de plaza. El hospital lo niega en los mismos términos que usa para los otros cuestionamientos: “Es FALSO que los medicamentos superen los precios de plaza. Los mismos fueron facturados conforme los valores institucionales vigentes”.
Frente a ese conflicto recurrente, el Garrahan propone una solución concreta: que IOMA envíe “en TIEMPO Y FORMA la medicación de alto costo y prótesis que sus afiliados necesitan”, en lugar de cuestionar los valores una vez que el hospital ya los proveyó.
Sobre el día acompañante
Otro ítem que IOMA se niega a pagar es el denominado “Día Acompañante”. La respuesta del hospital apunta a la naturaleza misma de la institución: “Parece que desconoce que se trata de un hospital donde los pacientes son bebés, niños y adolescentes”. La carta precisa que el acompañante “es una prestación inherente a la atención pediátrica” y, por lo tanto, no puede ser objetada como si se tratara de un gasto accesorio o discrecional.

Sobre las prótesis, el Garrahan rechaza “por improcedente” el cuestionamiento de IOMA respecto de la supuesta falta de autorización previa para la provisión de prótesis e insumos críticos requeridos en intervenciones quirúrgicas. El hospital aclara que, en todos los casos en que una cirugía programada requiere una prótesis a cargo de la obra social, la institución comunica esa necesidad a través de los canales habilitados.
El problema, según la carta, es que la Provincia de Buenos Aires “nunca nos brindó respuesta” pese a las reiteradas gestiones. El texto califica esa conducta de “omisiva” e “incompatible con la urgencia que demandan las patologías tratadas en nuestros pacientes”. Ante esa falta de respuesta, el hospital se ve obligado a garantizar la continuidad asistencial por su cuenta, y por eso “ratificamos íntegramente la procedencia de los cargos efectuados por tales conceptos”.
El traslado de obligaciones al Estado nacional
La carta cierra con una acusación de fondo: IOMA pretende que el Garrahan le acepte condiciones de privilegio “a costa del financiamiento público nacional que recibe el Garrahan y, lo que es peor aún, en perjuicio de las personas sin cobertura”. “Con su accionar, usted intenta trasladar al Estado Nacional obligaciones propias”, afirma el documento.
El Garrahan es financiado en un 80% por el Estado nacional y en un 20% por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y atiende a más de 600.000 pacientes por año, en su mayoría de bajos recursos. La carta concluye que la deuda de IOMA “constituye una obligación cierta, líquida y exigible, cuyo pago es indispensable para garantizar la sustentabilidad financiera y operativa del principal hospital pediátrico de alta complejidad de la República Argentina”.
Hospital Garrahan,IOMA
POLITICA
La Corte Suprema dejó firme el monto del decomiso en la causa contra Cristina Kirchner

La Corte Suprema de Justicia dejó firme el monto de casi 685.000 millones de pesos para ejecutar el decomiso sobre los bienes de la expresidenta Cristina Kirchner, el empresario Lázaro Báez y otros exfuncionarios en la causa en la que fueron condenados por corrupción.
Así lo resolvieron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, que rechazaron un recurso de la expresidenta.
Aún restan resolver varios recursos más relacionados con el decomiso de los bienes, que no se ejecuta hasta tanto se pronuncie el máximo tribunal. Entre ellos, debe decidirse aún si pueden decomisarse los bienes de Florencia y Máximo Kirchner, por tratarse de la herencia de su padre.
En el fallo al que accedió , la Corte dispuso rechazar por “inadmisible” el recurso y aludió al artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación, que la exime de dar mayores explicaciones ante la decisión.
El fallo fue ante el planteo de la defensa de la expresidenta, que cuestionaba la forma de actualización de los casi 85.000 millones de pesos, fijados en concepto de decomiso en la sentencia del tribunal oral federal 2, que ya está firme.
También rechazó los argumentos de la defensa de Lázaro Báez, que cuestionaba la competencia del Tribunal Oral Federal 2 para llevar adelante el decomiso.
El 6 de diciembre de 2022, después de tres años de debate oral y público, ese tribunal condenó a Cristina Kirchner a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
Entendió que favoreció a Lázaro Báez en 51 licitaciones en Santa Cruz y la absolvió por la acusación de asociación ilícita que había impulsado la fiscalía.
También fueron condenados el empresario Lázaro Báez, el exsecretario de Obras Públicas José López, el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y cinco exfuncionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión.
Cristina Kirchner fue inhabilitada a perpetuidad para ejercer cargos públicos. En tanto, fueron absueltos el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, los exfuncionarios de esa cartera Abel Fatala y Carlos Kirchner -primo del expresidente Néstor Kirchner- y el exfuncionario de Santa Cruz Héctor Garro.
En esa misma sentencia, el tribunal también instó al decomiso de 84.835.227.378,04 de pesos por el perjuicio ocasionado por el monto de sobreprecios, la cifra calculada por cartelización en el proceso licitatorio de cada una de las obras, los daños ocasionados por su abandono y lo abonado en concepto de modificaciones de obras y redeterminaciones de precios en la totalidad de los casos.
También dispuso que esa suma, por la que deben responder solidariamente todos los condenados, fuera “ajustada” según los criterios fijados por organismos técnicos, cuando la sentencia adquiera firmeza.
El 13 de noviembre de 2024, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el fallo del tribunal oral. Las defensas recurrieron ante la Corte Suprema de Justicia. La fiscalía también porque quería que se agravaran las condenas por el delito de asociación ilícita.
El 10 de junio de 2025, la Corte Suprema desestimó el pedido del fiscal y rechazó por falta de fundamentos los planteos de la defensa de Cristina Kirchner y el resto de los acusados. El punto del decomiso no había sido cuestionado entre esas observaciones.
Tras la decisión de la Corte, el tribunal ordenó la detención de la expresidenta y los otros condenados y dispuso la actualización del monto de $84.835.227.378,04 del decomiso.
En ese trámite intervino el Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema de Justicia, junto a peritos de las defensas y del Ministerio Público.
La cifra actualizada fue fijada en $684.990.350.139,86, en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC a mayo del 2025 y a noviembre de 2022 (previos a la condena y su firmeza).
La defensa de Cristina Kirchner, a la que se sumaron otras defensas, apeló esa resolución; el tribunal oral la rechazó y llevaron sus cuestionamientos a la Cámara Federal de Casación Penal. Los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroeteveña y Gustavo Hornos rechazaron los planteos y confirmaron la cifra fijada.
La defensa de la expresidenta llegó con un recurso de queja a la Corte Suprema. Los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy insistieron en que el monto fijado por el tribunal oral inicialmente era provisorio y cuestionaron la elección del IPC para su actualización.
Por su parte, la abogada de Lázaro Báez, Yanina Nicoletti, cuestionó además la competencia del TOF 2 para llevar adelante el decomiso porque, a su criterio, en su caso, debía ser el TOF 4, que ya lo condenó en la causa conocida como “la ruta del dinero K”. Los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti desestimaron los recursos por inadmisibles.
Hoy el índice de actualización usado quedó firme y, respecto del monto del decomiso, restan aún resolverse otro cúmulo de recursos planteados por las defensas.
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POLITICA
Un diputado opositor propuso declarar de interés público al documental “Amor trava”

El legislador nacional Esteban Paulón presentó un proyecto en la Cámara de Diputados para declarar de interés público el documental “Amor trava”, dirigido por la realizadora rosarina Lucrecia Mastrángelo.
En los fundamentos de la iniciativa, el diputado del Partido Socialista sostuvo que la producción constituye un aporte para la visibilización de las identidades travestis y trans, la promoción de los derechos de la comunidad LGBTIQ+ y la difusión de la cultura ballroom como espacio de inclusión, expresión artística y construcción comunitaria.
El documental sigue la historia de Aurora, una joven trans de 19 años que transita su proceso de afirmación de identidad mientras enfrenta distintos desafíos personales y familiares. A través de su recorrido, la película retrata las experiencias de las juventudes trans en la Argentina.
La producción también explora el desarrollo de la cultura ballroom en Rosario. Ese movimiento, surgido en los salones de baile de Harlem, en Nueva York, entre las décadas de 1960 y 1980, nació como un ámbito de contención y resistencia para personas trans, afrodescendientes y latinas que sufrían discriminación y exclusión social. De ese espacio cultural surgió además el voguing, un estilo de danza que luego alcanzó proyección internacional.
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A través de testimonios de referentes de la escena local, la película muestra cómo esa expresión artística se consolidó en Rosario como un espacio de pertenencia, identidad y reivindicación para la diversidad.
El film obtuvo reconocimiento en distintos festivales internacionales. Fue distinguida como Mejor Película LGBT en el Palermo International Film Festival 2025, recibió el premio a Mejor Documental LGBT en el Orlando Independent Film Festival 2026 y ganó el galardón a Mejor Película Documental en el Anubhav International Film Festival 2026.
En cuanto a la directora de “Amor trava”, Mastrángelo es licenciada en Comunicación Audiovisual, docente y realizadora audiovisual. A lo largo de su carrera dirigió los documentales Sexo, Dignidad y Muerte (2010), Nosotros detrás del muro (2013) y El laberinto de las lunas (2019), además de desempeñarse como jurado y evaluadora en distintos espacios vinculados al cine nacional y al INCAA.
Esteban Paulón, Diputados, LGTBQ
POLITICA
Fondos de campaña sin rendir: el responsable financiero del partido de Guillermo Moreno acordó ser inhabilitado por un año

Uno de los responsables del partido político por el que Guillermo Moreno compitió en las PASO de 2023 llegó a un acuerdo con el fiscal electoral Ramiro González para aceptar una inhabilitación de un año por la falta de rendición de cuentas de los fondos de campaña.
Se trata de Alexis Sebastián Leguizamón, responsable económico-financiero de Principios y Valores, que llevó a Moreno como candidato a presidente. Leguizamón se exponía a una pena electoral más dura, pero aceptó con el fiscal encarrillar el caso a través de un juicio abreviado, lo que implica reconocer responsabilidades por no haber acreditado debidamente el origen y el destino de los fondos recibidos por la alianza.
Sin embargo, ese entendimiento deberá ser homologado por la jueza federal con competencia electoral María Servini.
El expediente tramita en el ámbito del fuero electoral y, por ahora, no es una causa penal: apunta a sancionar la falta de rendición de cuentas de campaña.
Pero el fiscal González pidió además que se investigue si hubo una defraudación al Estado por el destino de los fondos públicos entregados a la alianza de Moreno para aquellas primarias, en las que el exsecretario de Comercio no alcanzó el piso del 1,5%.
La imputación contra Leguizamón se apoya en la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, que prevé sanciones para los responsables partidarios y de campaña cuando no puedan acreditar el origen o el destino de los fondos recibidos. La escala legal va de seis meses a diez años de inhabilitación.
Los votos que obtuvo Moreno en las PASO de 2023 −cerca de 200.000− no fueron suficientes para superar el piso legal y competir en las generales, pero sí alcanzan para marcar un dato político: si se sumaran a la cosecha de Unión por la Patria en aquella primaria, el peronismo habría peleado con Juntos por el Cambio palmo a palmo por el segundo puesto, detrás de La Libertad Avanza.
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