ECONOMIA
Esquirlas del default de deuda de 2001: el gobierno enviará al Congreso un acuerdo para pagar a fondos extranjeros

El gobierno enviará la semana próxima un proyecto para que el Congreso apruebe el pago de una sentencia “definitiva a inapelable” por deuda en default.
“Son los casos presentados por un grupo de bonistas liderados por Attestor Máster y otro por Bainbridge Fund. Se desconocen los detalles del acuerdo que representa el primero del Presidente @JMilei”, posteó en su cuenta en la red social X Sebastián Maril, que sigue muy de cerca los litigios contra la Argentina a raíz del default y la ruptura de contratos emergentes de la explosión y salida del régimen de convertibilidad.
Luego de la resonante victoria jurídica y política que obtuvo la Argentina en el juicio por la expropiación, en 2012, de la mayoría accionaria de Repsol en YPF, el gobierno buscará así cerrar las que probablemente sean las últimas esquirlas o los rescoldos de la deflagración económica y financiera de 2001/2002.
En su posteo, Maril exhibió partes de un documento que el estudio que representa a la Argentina envió a la jueza Loretta Preska en la que informa a la magistrada que el 1 de abril pasado la Argentina alcanzó un acuerdo con los fondos demandantes, que ya tenían a su favor una sentencia a favor en ese mismo juzgado, en línea con compromisos provisorios alcanzados el 11 de marzo pasado, sobre los que en ese mismo día informó este medio

De hecho, el 11 de marzo pasado Infobae reportó que las partes del juicio habían solicitado “respetuosamente que el tribunal suspenda este proceso, incluyendo dejar en suspenso la moción presentada por Bainbridge el 17 de octubre de 2025, mediante la cual solicita la entrega de la participación de la República en el Banco de la Nación Argentina y Aerolíneas Argentinas hasta que se finalice el acuerdo de conciliación”, según señalaba un documento que concluía que las partes anunciarían oportunamente al tribunal sobre “el estado del acuerdo y cualquier necesidad de continuar con el proceso”.
Ese anuncio de acuerdo sería el señalado ahora a la jueza Preska y para el cual el gobierno de Milei pretende aprobación legislativa, de modo de cerrar, tal vez de modo definitivo, el largo capítulo del default, que ocurrió hace más de 25 años pero sigue teniendo capítulos abiertos a pesar de haber realizado sucesivamente 3 canjes voluntarios de deuda.
En la presentación de marzo, las partes habían solicitado suspender el litigio en curso y dejar en suspenso el pedido de Bainbridge del 17 de octubre del año pasado, por el cual reclamaba la entrega de la participación del país en el Banco Nación y Aerolíneas Argentinas mientras se concreta la conciliación.
Duro de litigar
El abogado Dennis Hranitzky, representante de ambos demandantes, había confirmado entonces el entendimiento alcanzado: “Tras muchos años de litigio, nuestros clientes han llegado a un principio de acuerdo con la República Argentina para resolver las reclamaciones de deuda pendientes. Las partes han acordado suspender los procedimientos pendientes mientras se avanza hacia el cierre del acuerdo. Nuestros clientes mantienen su compromiso de lograr una resolución justa y definitiva en este asunto”.

En el caso Bainbridge Fund, la Justicia norteamericana ya había fallado a su favor, reconociéndole una suma de USD 95 millones más intereses.
La demanda más importante, por volumen de fondos, era la de los fondos representados por Attestor Máster, por cerca de USD 500 millones.
De todos modos, como señaló Maril, se desconoce la suma por la cual la Argentina y los dos demandantes llegaron al acuerdo que Milei pondrá a consideración del Congreso.
Hranitzky es un duro litigante y participó en otros juicios contra la Argentina, como el del fondo NML, de Elliott Capital Management, por el que a fines de 2011 logró una orden judicial por el que la Fragata Libertad, la nave insignia de la Armada Argentina, fue retenida durante 77 días en el puerto de Tema, Ghana, hasta ser liberada por orden de un fallo del Tribunal del Mar, con sede en Alemania.

Héctor Grondona, hijo del difundo Julio Grondona, expresidente de la AFA y miembro de la FIFA, dijo en un reportaje radial que la liberación de la Fragata se debió a gestiones de su padre, entonces vicepresidente y Tesorero de la FIFA, que a cambio logró que el organismo rector del fútbol mundial levante una suspensión sobre la Selección Nacional de Fútbol de Ghana, que no podía participar en la Copa de África debido a una sanción por la participación de mayores de edad en la edición de una Copa de fútbol juvenil.
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ECONOMIA
La nueva deuda de los repartidores: piden créditos para trabajar y hacen más viajes para pagarlos

El endeudamiento de trabajadores jóvenes en aplicaciones de reparto y transporte se consolidó como un fenómeno central en la economía argentina durante 2024 y 2025. Miles de personas menores de 40 años solicitan créditos a través de plataformas digitales para sostener su actividad laboral o cubrir necesidades básicas, en un contexto de dificultades para acceder a préstamos en bancos y billeteras virtuales. Este fenómeno afecta la movilidad social, el consumo y las relaciones personales de quienes se endeudan.
Según el sociólogo y antropólogo Pablo Semán, se observa “la economización absoluta de la vida cotidiana, que es todo está al servicio de rescatar unos pesos”. Semán sostuvo en Infobae en Vivo que la toma de deuda ya no responde a proyectos de crecimiento ni a la voluntad de consumir, sino a la necesidad urgente de “caer lo menos rápido posible”.
En sus palabras: “Ya no es para sustituir, con deuda, lo que vos antes tenías en efectivo en tu cálculo del presente, sino para empezar a pagar consumos pasados”. El especialista describió que muchas personas jóvenes deben multiplicar sus esfuerzos económicos, solo para cubrir gastos ya realizados o mantener su nivel de vida.
Semán explicó que este proceso de endeudamiento se agudizó en los últimos 24 meses y se profundizó tras la última elección presidencial. Advirtió que la movilidad social descendente afecta de manera directa a quienes trabajan en aplicaciones: “Estamos viviendo en general un proceso de movilidad social descendente, donde cada uno se cae del escalón en donde estaba».
En este sentido indicó que las personas se ven atrapadas entre la suba de precios de servicios y transporte y la presión de las deudas, tanto con aplicaciones como dentro del círculo familiar.
El endeudamiento deja de ser un recurso para mejorar el presente o financiar proyectos. Según Semán, ahora se utiliza para evitar una caída abrupta en la calidad de vida. La deuda se convierte en una herramienta para cubrir necesidades inmediatas, no para invertir ni consumir.
El sociólogo mencionó que la deuda a tasas altísimas obliga a los jóvenes a extender sus jornadas laborales. “El precio del dinero, sobre todo obtenido de esa forma, con ese tipo de créditos, es carísimo y por lo tanto, la variable de ajuste, que es más trabajo para pagar un crédito cada vez más caro que me sirve simplemente para cubrir un hueco”, afirmó Semán.
Los trabajadores recurren a préstamos para reparar herramientas, comprar insumos o llegar a fin de mes, pero deben realizar jornadas de hasta 14 horas para pagar la deuda.
Semán relató que, en su trabajo de campo, entrevistó a jóvenes que calculan su deuda en cantidad de viajes necesarios para saldarla: “El otro día estábamos entrevistando unos chicos y uno decía: ‘Debo 27 viajes’. Entonces, estaba pensando que a la semana siguiente iba a pagar lo que debía agregándole 27 viajes a una jornada de trabajo que todos ya sabemos que se ha extendido muchísimo”.

El endeudamiento generalizado impacta en los vínculos sociales y en la vida comunitaria. Semán advirtió: “Lo peor que está trayendo este proceso de endeudamiento es la atomización y la fragmentación, que vos lo ves en cosas que parecen insignificantes, pero son importantes”.
El especialista señaló que los jóvenes alternan entre deudas con amigos, familiares y aplicaciones, lo que genera un ciclo constante de pagos cruzados y aislamiento. La dinámica rompe los círculos de solidaridad y profundiza el aislamiento social.
El fenómeno no solo afecta a quienes trabajan en aplicaciones. Semán remarcó que la pérdida de vínculos sociales se extiende a distintos sectores y que el endeudamiento generalizado horada la confianza en el futuro. “Hay una conexión que todavía hay que explorar, pero que es entre el desánimo de la población y estos procesos de endeudamiento generalizado”, sostuvo el sociólogo.

El 70% de los deudores de aplicaciones tiene menos de 40 años, lo que coincide con las tasas más altas de desempleo juvenil. Semán analizó la relación entre este fenómeno y el desánimo político: “La política perdió la capacidad de promesa”. Sostuvo que muchos jóvenes no encuentran alternativas en la oferta política actual y que el endeudamiento refuerza la sensación de orfandad.
Al mismo tiempo el especialista destacó que, aunque el voto a Javier Milei se mantiene en una parte de los jóvenes de sectores populares, crece el número de quienes optan por el voto en blanco o se alejan de la participación electoral.
“El no voto es la expresión de un juicio político o de una evaluación política, no de una inconsciencia política”, afirmó. La falta de expectativas se vincula con la incapacidad de la política para proponer caminos claros y creíbles.
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ECONOMIA
Expertos de la City identificaron los bonos que pueden verse impulsados los próximos días

El ministro Luis Caputo volcó alrededor de u$s4.500 millones en el mercado financiero. La operación corresponde a un nuevo pago por vencimientos de capital e intereses a los tenedores de títulos de deuda soberana en dólares. El monto aporta liquidez a la plaza bursátil y, en un mercado tan chico como el nuestro, se siente el efecto. En tanto, muchos en el mercado se preguntan si las condiciones actuales sugieren reinvertir los pagos en el mismo segmento en dólares o rotar hacia otras alternativas de inversión que proyecten mejores retornos a corto, mediano o largo plazo.
El vencimiento fue el jueves pasado, 9 de julio y buena parte del monto ya está aplicado en las cuentas de inversión. Las primeras transferencias impactaron el viernes, correspondientes a los bonos Globales, y desde este lunes, tras los feriados nacionales, empezaron a ingresars los de los Bonares. Algunos agentes, menos ágiles, acreditarán el pago durante los próximos días.
La reinversión de una parte del vencimiento en los mismos instrumentos está asegurada, teniendo en cuenta las tendencias de bonos por parte del sector público, lo que provocaría una mejora en los precios de la renta fija en dólares, dependiendo de la magnitud. Los inversores privados, en tanto, se dividirán entre los que optarán por alocar los montos sobre el mismo segmento y los que buscarán otras alternativas, teniendo en cuenta que los precios de estos títulos se encuentran relativamente altos luego del rally tras la mejora en la calificación de la deuda argentina.
Qué harán los bonistas con los dólares del vencimiento
Pablo Lazzati, CEO de Insider Finance, asegura que desde el arranque del año muchos bonistas privados han estado renovando posiciones en la deuda argentina en dólares, por lo que espera que se mantenga la estrategia y buena parte de los u$s4.500 millones termine reinvertido en el mismo segmento. Probablemente, estima, los perfiles más conservadores se inclinarán por bonos de menor duration, como el AL30 y el AL29. En cambio, aquellos con mayor tolerancia al riesgo podrían buscar valor en la parte larga de la curva de vencimientos, en títulos como el AL41 o el GD46.
Thiago Marino, analista de estrategias de inversión de IOL, no descarta que una porción importante de los inversores se incline por diversificar el monto recibido en otros activos en moneda dura, en lugar de reinvertirlo de manera integral en el segmento de deuda soberana en dólares. A esto último le asigna menor probabilidad porque, como se mencionó anteriormente, tras los últimos avances, los precios de los bonos en dólares no exhiben un margen alcista muy amplio a corto ni a mediano plazo.
Lisandro Meroi, analista de research de TSA Bursátil, también se muestra escéptico respecto a un alto grado de reinversión en el mismo segmento, teniendo en cuenta que el margen adicional de compresión de rendimientos parece cada vez más acotado. Estima que los perfiles más conservadores apuntarán al AO27 y bonos corporativos de primera línea, mientras los que tengan una expectativa positiva sobre la economía local e internacional mantendrían parte del posicionamiento en títulos largos para buscar captar un potencial upside tras eventuales mejoras en la calificación crediticia.
Alternativas de inversión para cada perfil de riesgo
El equipo de research de PPI afirma que los perfiles conservadores tendrán como prioridad conservar el capital, por lo que una alternativa sería canalizar la renta hacia fondos comunes de inversión en dólares: está pensado para aquellos que buscan mantenerse invertidos en moneda dura, pero con diversificación y liquidez. Para perfiles arriesgados, con buena expectativa sobre la deuda argentina y horizonte de mediano y largo plazo, ve valor en el GD41, que rinde 8,3% y tendría el mayor potencial alcista en su segmento en caso de compresiones adicionales del riesgo país.
Para perfiles moderados, considera que una rotación balanceada hacia bonos provinciales en dólares de alta calidad crediticia representa un punto intermedio «interesante». Esta alternativa, sostiene, permite tomar ganancias y reducir la exposición soberana sin resignar un potencial upside ante un eventual escenario de normalización y convergencia, al tiempo que ofrece mayor protección frente a un evento de estrés.
En ese sentido, el bróker de bolsa destaca dos títulos de deuda provincial que exhiben ratios «robustos» de cobertura de pagos dentro del universo subsoberano, lo que respalda la solidez de los compromisos:
- CO35: Bono en dólares de Córdoba que opera con TIR de 8,2%
- SFD34: Bono en dólares de Santa Fe que opera con TIR de 7,4%
En tanto, Marino ve potencial en dos instrumentos dentro del segmento de renta fija soberana en dólares, dependiendo del objetivo y tolerancia al riesgo en cada inversor:
- Bonar 2027 (AO27): Para inversores que buscan capturar valor dentro de la curva soberana, es una alternativa «interesante» en el tramo corto y medio de la curva de vencimientos, con pagos de interés mensual a una TNA del 6%
- Global 2035 (GD35): Para los que buscan maximizar el potencial de apreciación de capital, apostando a la continuidad del proceso de consolidación macroeconómica, considera que este título se posiciona como el más eficiente del tramo largo de la curva de vencimientos, ideal para capturar una compresión adicional del riesgo país
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ECONOMIA
ARCA lanzó un plan de pagos para regularizar deudas: quiénes pueden acceder y cuáles son las principales claves

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida quedó establecida mediante la Resolución General 5875/2026 y busca permitir la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, además de multas e intereses.
El régimen alcanza exclusivamente a determinados contribuyentes y establece condiciones específicas para acceder, como la obligación de realizar un pago a cuenta, una cantidad máxima de cuotas según el tipo de deuda y un plazo determinado para adherirse. También define qué obligaciones pueden incluirse, cuáles quedan excluidas y en qué casos el plan caduca automáticamente.
De acuerdo con el análisis elaborado por el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, la iniciativa responde a la necesidad de ofrecer una herramienta para que muchas MiPyMEs regularicen deudas fiscales acumuladas como consecuencia de las dificultades económicas de los últimos años y eviten procesos de ejecución fiscal y embargos. Sin embargo, advirtió que algunas condiciones del esquema pueden limitar el acceso para determinados contribuyentes, entre ellas el pago a cuenta exigido, la cantidad de cuotas disponibles y la tasa de financiación.
La resolución definió tres grupos de beneficiarios.
- En primer lugar, podrán incorporarse las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas —Tramos 1 y 2— que cuenten con Certificado MiPyME vigente al momento del acogimiento y tengan la caracterización correspondiente en el Sistema Registral de ARCA.
- También podrán acceder los pequeños contribuyentes, es decir, personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas en el Sistema Registral con el código 547 – Pequeño Contribuyente, conforme a la Resolución General 5321.
- El tercer grupo comprende a las entidades sin fines de lucro registradas ante ARCA bajo alguna de las formas jurídicas previstas por la norma. Entre ellas, figuran asociaciones, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, cooperadoras, iglesias y otras entidades civiles.
La resolución también enumeró quiénes no podrán adherir. Entre los excluidos aparecen personas condenadas por determinados delitos tributarios, aduaneros o vinculados con incumplimientos fiscales, personas jurídicas cuyos directivos registren ese tipo de condenas, responsables solidarios respecto de las obligaciones comprendidas y garantes de obligaciones impositivas y aduaneras contempladas por el régimen de garantía. La exclusión rige cuando existe sentencia firme y la condena permanece vigente.
El plan comprende un universo amplio de obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026.
Entre ellas, figuran las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, junto con sus accesorios; las retenciones y percepciones impositivas, también con sus accesorios; y las obligaciones aduaneras correspondientes a tributos sobre importaciones o exportaciones, además de los intereses previstos en el Código Aduanero. La resolución también incorporó las multas aplicadas hasta esa fecha.

No obstante, el régimen aclaró que la regularización no implica una reducción de intereses resarcitorios o punitorios ni la liberación de sanciones. Según explicó Domínguez, el beneficio consiste exclusivamente en la posibilidad de financiar la deuda mediante cuotas y no supone una quita del monto adeudado.
La resolución también estableció una lista de conceptos que no podrán incorporarse al régimen.
Entre ellos aparecen las retenciones y percepciones previsionales, salvo los aportes personales correspondientes a trabajadores en relación de dependencia; los anticipos y pagos a cuenta; el IVA correspondiente a determinados servicios digitales y prestaciones efectuadas desde el exterior; los aportes y contribuciones destinados a obras sociales, con excepción de los correspondientes a monotributistas; las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes; las cuotas destinadas a las ART y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio; además de otros conceptos detallados en la resolución.
También quedaron fuera determinadas obligaciones vinculadas con el Régimen Simplificado sobre Ingresos Brutos, tributos específicos, algunas multas aduaneras e intereses asociados a conceptos excluidos.
Uno de los aspectos centrales del régimen corresponde a las condiciones de financiación.
Para las Micro y Pequeñas Empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro, el esquema prevé hasta 18 cuotas para obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social y hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones impositivas.
En ambos casos deberán realizar un pago a cuenta del 5% sobre la deuda consolidada y la tasa de financiación será del 2,75% mensual, equivalente a la tasa de interés resarcitorio vigente establecida por la Resolución 3/24 del Ministerio de Economía.

En el caso de las Medianas Empresas Tramos 1 y 2, el régimen contempla hasta 15 cuotas para obligaciones generales y hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones, con un anticipo del 10% y la misma tasa mensual del 2,75%.
La resolución además fijó un monto mínimo de $50.000 tanto para el pago a cuenta como para cada cuota. Los pagos serán mensuales, iguales y consecutivos, mientras que el pago inicial se calculará sobre el total de la deuda consolidada.
Domínguez señaló que el pago a cuenta, la cantidad de cuotas y la tasa de financiación pueden dificultar la adhesión de algunos contribuyentes. También sostuvo que la eliminación del anticipo habría facilitado el ingreso al régimen para quienes enfrentan mayores restricciones financieras.
El acogimiento deberá realizarse exclusivamente mediante el servicio web “Mis Facilidades”, dentro de la opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30/06/2026”. La resolución fijó como fecha límite para adherirse el 30 de octubre de 2026.
La deuda se consolidará cuando el contribuyente efectúe el pago a cuenta. En ese momento el sistema presentará automáticamente el plan y comunicará esa presentación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico. Además, la norma indicó que no existirá un límite respecto de la cantidad de planes que un mismo contribuyente podrá presentar.
Cuándo caduca el beneficio
La resolución también precisó las situaciones en las que el plan perderá vigencia.
La caducidad operará automáticamente cuando el contribuyente deje de pagar dos cuotas, consecutivas o alternadas, y transcurran 60 días corridos desde el vencimiento de la segunda de ellas. También caducará cuando no se pague la última cuota y pasen 60 días corridos desde su vencimiento.
Una vez declarada la caducidad, ARCA quedará habilitada para iniciar acciones judiciales destinadas al cobro de la totalidad de la deuda pendiente. En esos casos, el organismo notificará la situación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico y el contribuyente deberá cancelar el saldo pendiente mediante transferencia electrónica, con los intereses correspondientes. Si el plan incluyó deuda aduanera, el Sistema Informático MALVINA actuará conforme a lo previsto por el Código Aduanero.
Otro de los aspectos destacados por el análisis de Domínguez corresponde a una consecuencia jurídica prevista por la resolución.
La adhesión al régimen implica la renuncia a la acción y al derecho de repetición contemplados en la Ley 11.683 y en el Código Aduanero respecto de los períodos y montos incluidos en el plan. En la práctica, eso significa que el contribuyente no podrá reclamar posteriormente la devolución de los importes incorporados al régimen.
El especialista también indicó que conviene analizar caso por caso las obligaciones que resultará conveniente incorporar, verificar la vigencia del Certificado MiPyME cuando corresponda y evaluar la capacidad de cumplir con el pago de las cuotas para evitar la caducidad del plan. Además, recordó que las deudas que no se incorporen al régimen continuarán expuestas al inicio de acciones de cobro por parte de ARCA.
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