Connect with us

POLITICA

La Corte reafirma su autoridad ante los desplantes de la justicia del trabajo

Published

on



Hubo un mensaje y varios destinatarios. El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, abogó por la mañana, ante empresarios, por el “acatamiento obligatorio” de los fallos del máximo tribunal. La exhortación apuntó a quienes hicieron “oidos sordos” ante decisiones de los supremos y que eligieron desafiarlas con medidas que ignoraban lo dispuesto por la Corte.

Los fallos de la Corte Suprema son de cumplimiento obligatorio para las partes del proceso y los tribunales deben ejecutarlos sin apartarse de lo decidido.

Advertisement

A diferencia de lo que ocurre en el sistema anglosajón del common law, donde existe una obligatoriedad estricta de los precedentes judiciales, en la Argentina el sistema contempla excepciones.

Sin embargo, para que un juez inferior se aparte de un precedente de la Corte Suprema debe tener una justificación muy sólida, pero los casos se repitieron en este año.

El objetivo, como lo señaló Rosatti, es preservar el principio de seguridad jurídica y de la función de la Corte Suprema como intérprete final de la Constitución.

Advertisement

Todo esto, que es de perogrullo en la Facultad de Derecho, no ocurrió en la Argentina de los últimos meses, lo que obligó a la Corte Suprema a insistir con conceptos básicos para no dejar pasar este abierto desafío a su autoridad.

Tal era la dispersión de fallos y dichos que los legisladores aprobaron hace un mes la reforma laboral y en su artículo 89 recordaron que los jueces deben ajustar sus decisiones a la interpretación de la Constitución y las leyes que realice la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Los jueces que resuelvan causas de índole laboral deberán, de forma obligatoria, adecuar sus decisiones a los precedentes establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia. El apartamiento infundado de los magistrados respecto de dichos criterios configurará una causal de mal desempeño en sus funciones”, dice la reforma laboral.

Advertisement

El objetivo era terminar con los librepensadores en materia de justicia laboral como una manera de dar certeza a las decisiones para el futuro.

Pero la nueva ley laboral fue suspendida en su aplicación por un magistrado, lo que hizo que la Corte Suprema tuviera nuevamente que reclamar lo básico: que se cumplan sus decisiones y respeten sus precedentes.

Es que los últimos desafíos provinieron de la justicia laboral. La Corte tuvo que fallar no una, sino tres veces para que la Cámara del Trabajo adecuara las tasas que se debían aplicar en los casos de ajuste de las indemnizaciones por despidos y accidentes laborales.

Advertisement

La Cámara laboral, controlada en algunas salas por el kirchnerismo, la desafió y dictó sentencias en contrario. La Corte las revocó.

Los fallos de la Corte donde debió poner un límite a las decisiones de la Cámara del Trabajo en la aplicación de intereses desmedidos son tres: Oliva, Lacuadra y Domínguez.

En una de las sentencias se anuló la aplicación de una multa de 53 sueldos impuesta a una empresa.

Advertisement

En la sentencia Oliva, la Corte estableció la prohibición de aplicar intereses sobre intereses en contra de una acordada de la Cámara del Trabajo que contemplaba esa posibilidad, elevando los montos de las indemnizaciones hasta cifras inverosímiles.

En la causa Lacuadra, la Corte dejó sin efecto una sentencia de la cámara laboral que ordenaba el pago de más de 137 millones de pesos de indemnización por despido y elevaba en casi un 20.000% el monto de condena de primera instancia.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, descalificó el caso Oliva “por arbitrario” al cuestionar intereses que arrojaban “un resultado económico desproporcionado”.

Advertisement

En Oliva, la Corte había dejado sin efecto una sentencia que ordenaba la capitalización sucesiva de intereses. Luego de Oliva, con el fin de reemplazar aquel criterio de cálculo de los intereses, la cámara laboral dictó una nueva acta en la que contempló el reajuste de “los créditos laborales sin tasa legal de acuerdo a la tasa CER más una tasa pura del 6% anual”.

Al respecto, la Corte entendió que “este nuevo criterio de reajuste, aplicado al caso en examen, tampoco se fundamenta en el Código Civil y Comercial, y dijo que “arroja resultados igualmente irrazonables”.

Con el mismo criterio, la Corte revocó en la causa Domínguez una sentencia laboral que ordenaba el pago de una multa por retención de aportes que equivalía a 53 salarios mensuales, en un vínculo laboral que había durado un año y ocho meses.

Advertisement

La Corte habló de falta de proporcionalidad y reclamó “prudencia judicial, labor que ha de ser llevada a cabo por los jueces de la causa”.

Hoy todas estas dispersiones se acabaron porque ya hay un criterio fijado por el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad para aplicar un ajuste equivalente al índice de precios al consumidor más el 3% para las inmunizaciones, lo que quedó ratificado en la nueva ley de modernización laboral.

La Corte Suprema luego dictó el fallo Levinas, que obliga a que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad intervenga como tribunal de apelación de todas las causas de la justicia nacional, ya sea en el fuero laboral, civil, comercial o penal.

Advertisement

Hubo resistencia de los jueces nacionales y objeciones, pero finalmente la aplicación del precedente se impuso y hoy el TSJ de la Ciudad resuelve esos casos semanalmente. Fijó estándares respetados por los jueces.

No solo fueron fallos laborales. La primera desobediencia abierta de la época actual ocurrió tras la destitución del procurador de Santa Cruz Eduardo Sosa, en 1995, cuando Néstor Kirchner gobernaba la provincia.

La Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre el caso en 1998, en 2000, 2001 y también lo hizo en 2009 y 2010. Nunca fue oída y Sosa nunca fue repuesto en su cargo.

Advertisement

El actual gobernador de Santa Cruz, Claudio Vidal, estaba dispuesto a cumplir esa sentencia ahora, 30 años después de la remoción, pero el kirchnerismo reformó una ley, amplió el número de jueces del Tribunal Superior de Justicia provincial y le copó el tribunal.

Hoy Santa Cruz vive una parálisis institucional porque cada medida del Ejecutivo es impugnada en la Justicia local con fallos a favor del kirchnerismo y el TSJ local no puede funcionar pues está cuestionada su integración.

El caso fue llevado por Vidal a la Corte Suprema de Justicia que ahora trabaja en un fallo donde tiene la oportunidad de devolverle la gobernabilidad a Santa Cruz, destrabar el conflicto y de paso hacer cumplir el viejo fallo Sosa, removido hace treinta años y nunca repuesto en el cargo.

Advertisement

La Corte no olvida esos desaires que dinamitan la seguridad jurídica y desafían el acatamiento obligatorio de las decisiones del máximo tribunal.

En ese contexto, Rosatti aseguró que esa obligatoriedad es lo que permite “darle previsibilidad a una inversión”. Tras señalar que “el acatamiento obligatorio de las decisiones de la Corte no está prohibido en la Constitución de ninguna manera”, el presidente del máximo tribunal aseveró que la doctrina del máximo tribunal es clave para las inversiones.

Por eso, la Corte condena que tribunales inferiores se aparten de los precedentes del máximo tribunal generando incertidumbre institucional.

Advertisement

Hernán Cappiello,Justicia Federal,Conforme a,Justicia Federal,,¿Cobrará jubilación?. Renunció el juez federal acusado de proferir mensajes antisemitas,,No había sido citada. La escribana de Adorni volvió a Comodoro Py para ampliar su declaración y la fiscalía prepara nuevas medidas,,»Pregúntenle a él». La escribana de Adorni dijo que no sabe el origen del dinero con el que se compraron las propiedades

Advertisement

POLITICA

Tres desarrolladores crearon un videojuego en Formosa donde el gobernador Gildo Insfrán pelea contra un león con una motosierra

Published

on


Tres desarrolladores crearon en Formosa un sorprendente videojuego basado en el gobernador Gildo Insfrán, donde el personaje principal construye obra pública y lucha contra un león con una motosierra, en clara referencia al presidente Javier Milei.

“Gildus” fue presentado por el profesor de música Bruno Sánchez, el estudiante de contabilidad y programador Rodrigo Sánchez y Rodrigo Abogado en la Game Jam 2026 que se llevó a cabo en Formosa del 25 al 28 de septiembre.

Advertisement

“No podía haber una Game Jam en Formosa y que no haya un videojuego sobre uno de los superhéroes favoritos de la provincia”, dijo Bruno Sánchez al comenzar su exposición.

Y agregó: “Para los que viven afuera, llaman la atención todas las obras públicas [en Formosa] hechas por el gobierno provincial que tienen techos azules”.

Gildus y el león con la motosierraCaptura

La Game Jam forma parte del programa “Desarrolladoras: Brechas, trabajo y formación en el mundo de los videojuegos”, impulsado por el Consejo Federal de Inversiones (CFI), UNESCO Montevideo y el Gobierno de Formosa, junto a Women in Games Argentina.

Advertisement

El juego

En el primer nivel, “Gildus” debe recolectar monedas y comprar cajas que, en su interior, tienen tejas azules. El objetivo en ese nivel es que el personaje, idéntico al gobernador, consiga suficientes cajas para construir los edificios correspondientes.

“Va juntando cajas con tejas azules para construir escuelas, hospitales, teatros, polos científicos, estaciones de bomberos…”, ejemplificó el desarrollador.

Advertisement

Luego, en el segundo nivel, aparece un personaje decididamente inspirado en Milei: un león con una motosierra, emblemas característicos de la campaña y gestión del Presidente.

“En el segundo nivel hay un invasor, que es un león con una motosierra, y Gildus tiene que defender a Formosa y todo lo construido”, continuó Sánchez.

El gobernador de Formosa Gildo Insfrán llega al Hospital de la Madre y la Mujer para su inauguración y cierre de campaña en junio de 2025Mauro V. Rizzi

Oriundo de Chaco, el desarrollador sostuvo que al trasladarse a Formosa le llamó la atención “la cantidad de edificios con techos azules”. “No solo la cantidad, sino la calidad”, sumó. “Con Rodri estábamos sorprendidos. Nos encantó y lo pusimos de videojuego en la Jam”.

Advertisement

Contó que el primer prototipo, realizado en otro software que no era compatible con el del evento, había incluido varios animales: “Carpinchos, yabirú, yarará, yacaré. Y teníamos un mosquito que cuando te quedabas quieto te picaba”, detalló.

Tres desarrolladores crearon un videojuego en Formosa donde Gildo Insfrán pelea contra un león con una motosierra

Sánchez comentó más sobre el rol del invasor y cómo vencerlo. “El león con la motosierra quiere avanzar e ir destruyendo, pero se encuentra con el quebracho, que es duro y firme como el formoseño. Entonces la motosierra se queda atascada y Gildus aprovecha para expulsar al invasor. Formosa entonces sigue en pie y logra defender todo lo construido”, señaló.

Cuando el juego finaliza, aparece un cartel que reza “El pueblo sigue en pie. Hospital y escuela: dos techos azules. La motosierra no pudo contra el quebracho. Gildus defendió lo que el pueblo construyó. Gracias por jugar”.

Advertisement

Para finalizar, Bruno Sánchez hizo referencia directa a Insfrán. “Esto es un prototipo y, como dice nuestro gobernador, todavía queda mucho por hacer”, cerró.



el gobernador Gildo Insfrán,Formosa,en Milei,Carpinchos,Gildo Insfrán,Formosa,Javier Milei,Videojuegos,Conforme a

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

El oficialismo aceptó restituir las restricciones de la venta de tierras a extranjeros para garantizar la aprobación del proyecto sobre propiedad privada

Published

on


El oficialismo alcanzó un acuerdo con sus aliados en la Cámara de Diputados para restablecer los límites a la venta de tierras a extranjeros. Además, consiguió dictamen para la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que se debatirá en el recinto el próximo 21 de octubre

La decisión se conoció luego de que la Corte Suprema restituyera de manera provisoria la vigencia de la Ley de Tierras mediante una medida cautelar interina. La norma había sido derogada por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei al inicio de su gestión.

Advertisement

El plenario de las comisiones de Legislación General y Asuntos Constitucionales se realizó un día antes de la sesión convocada por la oposición para tratar la derogación del mega DNU desregulador.

La UCR impulsó cambios que fueron tomados por el oficialismo en el dictamen de la Ley de inviolabilidad de la propiedad privada. (Foto: Diputados)

Con el acuerdo, La Libertad Avanza busca acercar posiciones con los bloques aliados que rechazan la eliminación de los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros, pero que no quieren avanzar con la derogación total del decreto, que introdujo cambios en distintos sectores de la economía.

Advertisement
Continue Reading

POLITICA

Alejandro López, el juez que absolvió a los gremialistas, llegó al puesto gracias a un acuerdo de la Legislatura y es calificado de “garantista”

Published

on



“Judicializar la huelga fue un despropósito”, escribió el juez Alejandro Gabriel López, que absolvió a los sindicalistas de Camioneros que bloquearon los accesos a San Nicolás, a pesar de que la fiscalía había pedido 10 años de prisión por los delitos de turbación de la posesión, coacción, extorsión y amenazas.

El sorpresivo fallo del juez López argumentó que el bloqueo contra la empresa Rey Distribución SRL (una firma de distribución de alimentos y bebidas, con 34 empleados), que alteró a gran parte de San Nicolás, fue parte del derecho a protestar.

Advertisement

López llegó al Tribunal Oral N° 2 de San Nicolás en 2019, durante la gestión de María Eugenia Vidal. El Senado bonaerense lo aprobó por unanimidad, a través de un acuerdo entre el peronismo y Juntos por el Cambio.

En aquella sesión se aprobaron otros 16 pliegos, como por ejemplo María Laura Iglesia para el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de San Isidro y Juan Carlos Tufari para el mismo cargo pero en Bahía Blanca.

En un veredicto de 120 páginas, López sostuvo que los bloqueos a la distribuidora Rey fueron ejercicio del derecho de huelga y que contra Maximiliano Cabaleyro no hubo “un solo testigo” que lo viera recibir o exigir dinero.

Advertisement

El juez no tuvo en cuenta que la denominada Ley Bases (27.742) aprobada durante el gobierno de Javier Milei, se establece que participar de bloqueos totales o parciales a empresas que afecten el ingreso de personas o de cosas será motivo de despido con justa causa. Sobre ese punto en particular –uno de los más resistidos por dirigentes sindicales-, los funcionarios decidieron no especificar nada en la reglamentación, con lo cual lo dispuesto por el Congreso no se moderó, ni se endureció.

En el sorpresivo giro contra el pedido de prisión, López firmó un veredicto que cuestionó con dureza a la fiscalía y a la querella.

La entonces gobernadora Vidal designó a López por el decreto 1178/19, tras la aprobación del pliego.

Advertisement

El tribunal era nuevo, creado por la ley 14.612, y la Suprema Corte bonaerense fijó su inicio de actividades para el 11 de noviembre de 2019.

El fallo fue descalificado por el diputado bonaerense Manuel Pasaglia, intendente de San Nicolás al momento de la agresión, quien calificó a López de “garantista”.

“Una muestra más de un juez garantista; bloquearon una empresa, bloquearon una ciudad; y no pasa nada”, tuiteó Passaglia en X.

Advertisement

Passaglia proviene del peronismo, luego integró el PRO y después, Juntos por el Cambio. Hoy critica al Gobierno nacional de Javier Milei.

“Todos los vecinos de San Nicolás recordamos cuando estos mafiosos de la mano de los Moyano quisieron hacer colapsar nuestra ciudad: bloquearon los accesos e impidieron la entrega de comida y la recolección de basura”, agregó en su mensaje. Y completó: “Fueron los nicoleños los que aguantaron y resistieron. Y al final les torcimos el brazo. Por eso, decisiones como la de este juez son un retroceso. Porque vuelven a darle poder a los que bloquean, aprietan y extorsionan, y perjudican a los que trabajan, producen y cumplen la ley”.

El juez dio por probados los dos bloqueos a la empresa de transporte Rey Distribución, en San Pedro: el del 15 de enero de 2021 y el del 22 al 25 de febrero de ese año.

Advertisement

Pero dijo que no constituyen un delito penal, sino parte del ejercicio del derecho de huelga. Dijo que el Código Penal “excluye la responsabilidad de quien obra ‘en el legítimo ejercicio de un derecho’”.

Con ese argumento absolvió a Cabaleyro y a otros seis acusados: Maximiliano Pérez, Carlos y Enzo Ojeda, Matías y Lucas Torrez y Edgardo Di Mayo.

López rechazó que el derecho de propiedad y el de huelga deban ponderarse como equivalentes. “Esta línea de argumentación sólo permitiría llegar a la conclusión de que ninguna huelga es legítima. No hay modo en que el derecho de huelga se ejerza sin afectar otros derechos”, escribió.

Advertisement

El bloqueo de la planta provocó el aislamiento temporal de la ciudad y generó gran indignación entre los vecinos.

El veredicto también cuestionó el uso de escuchas telefónicas, que según el juez fue “desproporcionado” para un “magro resultado”.

La fiscalía, a cargo de María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio, había pedido diez años de prisión. La querella de la familia Rey, patrocinada por la senadora Florencia Arietto (LLA), reclamaba 15. Las fiscales anticiparon que apelarán.

Advertisement

El abogado Fernando Soto, asesor de la senadora Patricia Bullrich, también cuestionó el fallo. “Los empresarios se cansaron de pagarle coimas a Maximiliano Cabaleyro, del Sindicato de Camioneros de San Nicolás. Para que les paguen, Cabaleyro les bloqueó la empresa. Lo denunciaron. Estuvo cuatro años preso. Pero la Justicia lo absolvió: dijeron que fue un ‘legítimo reclamo sindical’”.

“El juez justificó el delito”, se lamentó, a su vez, el empresario Ariel Rey, propietario de la compañía que sufrió el bloqueo sindical.

A su vez, el diario Norte, de San Nicolás, recordó que López había sido protagonista de otro fallo polémico cuando dispuso que el abusador Pablo Javier Gordillo cumpliera cinco años de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario.

Advertisement

Gordillo había sido encontrado culpable por un jurado popular del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado.



pic.twitter.com/8G5qLllN9w,October 14, 2026,Conforme a

Advertisement
Continue Reading

Tendencias