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La mujer que denunció a Fernando Espinoza por abuso sexual pidió que se reabra la causa

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Melody Jacqueline Rakauskas presentó ante la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional un escrito en el que solicita la nulidad de la resolución que la apartó del rol de querellante y el sobreseimiento de Tomás Fernando Espinoza, intendente de La Matanza, por abuso sexual.

La ex secretaria privada del jefe comunal ratificó en el documento el recurso de casación previamente concedido contra la decisión dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 16 el 18 de febrero de 2026.

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El pedido, acompañado del nuevo patrocinio letrado de Ignacio Barrios, se fundamenta en el derecho de la víctima a participar activamente en el proceso penal y en la denuncia de irregularidades en la interpretación y aplicación de las normas procesales.

“La presente pieza no introduce un objeto recursivo diverso ni pretende modificar la plataforma impugnativa ya habilitada. Por el contrario, ordena, precisa y profundiza los agravios oportunamente planteados, en particular aquellos vinculados con la arbitrariedad de la resolución recurrida, la errónea aplicación de la ley procesal, la valoración fragmentaria de constancias decisivas, la afectación del derecho de acceso a justicia de la víctima y la invalidez del sobreseimiento dictado como consecuencia directa del apartamiento ilegítimo de la querella”, remarca el escrito al que tuvo acceso Infobae.

Dicha resolución dispuso su separación como querellante, declaró la falta de acción y sobreseyó a Espinoza respecto de los hechos calificados como abuso sexual y desobediencia. La presentación enfatiza que la resolución impugnada partió de una premisa errónea: considerar que la falta transitoria de abogado equivalía al abandono de la querella.

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Melody Rakauskas

Sin embargo, el escrito detalla que la víctima mantuvo en todo momento su voluntad de continuar en el proceso, solicitando expresamente plazo razonable para regularizar su representación legal tras la renuncia de su abogado anterior.

Sucede que, luego de quedarse sin patrocinio, el Tribunal Oral intimó a Rakauskas para que, en el término de 72 horas, aportara nuevo representante legal, bajo apercibimiento de tenerla por separada del rol de querellante.

Frente a este escenario, el 2 de enero de 2026, Rakauskas informó al tribunal su situación de vulnerabilidad y la necesidad de fijar fecha de juicio, rechazando cualquier interpretación de desinterés o renuncia a la acción penal.

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Al mismo tiempo, el Ministerio Público Fiscal no sostuvo acusación y se pronunció a favor del sobreseimiento. “En razón de ello, el proceso quedó impulsado en solitario por la acusación privada, extremo que incrementaba el deber jurisdiccional de preservar, con especial prudencia, la intervención de la querella legalmente constituida”, subrayó Barrios en la presentación.

Para el nuevo abogado, la presentación sostiene que la resolución recurrida incurrió en una valoración fragmentaria de la prueba y en una errónea aplicación del artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación, al asimilar un defecto formal subsanable con la extinción definitiva de la legitimación de la querella. “La falta transitoria de patrocinio letrado no puede interpretarse como desistimiento expreso o tácito, especialmente cuando la víctima compareció, reclamó garantías y pidió continuar el proceso”, se argumenta en el escrito presentado ante la Sala III.

También advierte que la decisión judicial afectó los derechos de la víctima reconocidos en la Ley 27.372, la Convención de Belém do Pará y la Constitución Nacional, al excluir a la querella y cerrar el proceso sin agotar alternativas menos lesivas. Entre las medidas que se podrían haber adoptado menciona la concesión de un plazo adicional, la notificación no policial o la intervención institucional para garantizar asistencia técnica.

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“La acusación existía. La voluntad persecutoria había sido exteriorizada. El requerimiento de juicio estaba vigente. No hubo desistimiento expreso. No hubo abandono inequívoco. Lo que existió, en todo caso, fue una dificultad sobreviniente de asistencia técnica, derivada de la renuncia del patrocinio anterior. Esa situación era subsanable. No podía ser tratada como una causal de extinción práctica de la acción penal”, remarcó.

De esta manera, Rakauskas solicitó a la Cámara que revoque el sobreseimiento de Espinoza, permitiendo así la continuidad del trámite hacia el debate oral y público. Subsidiariamente, pidió la adopción de la medida procesal menos restrictiva para regularizar cualquier aspecto formal pendiente, sin clausurar la causa.

La presentación ratifica la voluntad de la víctima de informar oralmente en audiencia, es decir, en juicio, y si la Cámara lo considera pertinente, y mantiene la reserva del caso federal para eventuales instancias superiores.

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La jueza María Fabiana Galletti ordenó en mayo de 2024 el procesamiento del dirigente peronista por los delitos de “abuso sexual simple” y “desobediencia”,

No obstante, el 11 de febrero de 2025, Mónica Cuñarro, titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correcional N°8, pidió el sobreseimiento, una medida que fue convalidada por el fiscal de segunda instancia Mauricio Viera. Los fiscales consideraron que no había “elementos o indicios suficientes que añadan fortaleza al testimonio de la damnificada

El dictamen de dio por cerrada la acusación tras analizar unas conversaciones entre la denunciante y distintos allegados del acusado.

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La denuncia

La causa contra Espinoza se inició por la denuncia que Rakauskas hizo en persona en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a principios de junio de 2021. Relató que Gustavo Cilia, su entonces pareja y amigo de Espinoza, la llevó a trabajar en la secretaría privada del intendente. Contó que el 10 de mayo de ese año Espinoza le dijo que iba a ir a cenar a su casa. Y que allí ocurrió el abuso.

En la denuncia contó que durante la cena Espinoza le dijo que estaba contracturado y le pidió masajes. Ella le dijo que no y lo mandó a descansar, pero la respuesta fue: “No tengas miedo, dale”. De manera intimidante se desabrochó la camisa, afirma la denuncia. Le dijo que no tuviera miedo porque “las mujeres de sus amigos tenían bigote”.

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Condenaron a 17 años de prisión a un gendarme por el asesinato de un joven motociclista de 22 años en La Quiaca

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El Tribunal Oral Federal de Jujuy condenó este miércoles al gendarme Walter Álvarez a 17 años de prisión por el homicidio de Ivo Torres, un estudiante de turismo de 22 años que murió en La Quiaca tras recibir un disparo por la espalda durante una persecución en la frontera con Bolivia, ocurrida el 6 de febrero de 2025.

El tribunal, integrado por los jueces Domingo Batule, Diego Matteucci y Alejandra Cataldi, ya había declarado al acusado penalmente responsable del delito de homicidio con dolo eventual el pasado 8 de junio. La audiencia de esta semana se destinó exclusivamente a la determinación del monto de la pena.

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El Ministerio Público Fiscal (MPF) había requerido 18 años de prisión, la querella de la familia de la víctima solicitó 22 años, y la defensa pidió el mínimo de la escala penal: 8 años.

La persecución contra Ivo Torres se extendió por más de 3 kilómetros y duró cerca de 6 minutos en la zona de la ladrillera

El caso se remonta a aquel jueves de verano en la zona conocida como “Ladrillera”. Torres, integrante de la comunidad indígena Juan de Quillaques, cruzó la frontera en motocicleta por un paso no habilitado con 30 kilos de hojas de coca en su mochila.

Una patrulla del Escuadrón 21 de Gendarmería Nacional, en la que viajaba Álvarez, lo divisó y comenzó una persecución que se extendió por poco más de 3 kilómetros durante aproximadamente 6 minutos.

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En el transcurso de esa persecución, el acusado realizó tres disparos que la fiscalía calificó como disuasivos, tras los cuales su superior le ordenó cesar el fuego. Álvarez desobedeció esa orden y efectuó seis tiros más. Dos de ellos impactaron en el cuerpo de Torres: uno en el tobillo y otro que atravesó la mochila, los paquetes de hojas de coca, ingresó por la espalda, perforó la región pulmonar y salió por el pecho.

Ese disparo fue mortal. A pesar de la llamada al servicio de emergencias y el esfuerzo de los médicos, Torres falleció a las 10.51 producto de la hemorragia que provocó la herida.

El fiscal federal Federico Zurueta, a cargo del Área de Casos Complejos, y la auxiliar fiscal Marina Cura llevaron adelante la acusación. En su alegato, Zurueta sostuvo que la secuencia de los hechos se dividía en dos momentos diferenciados. El primero, cuando el gendarme realizó los tres tiros iniciales y recibió la orden de no disparar. El segundo, cuando desobedeció esa instrucción y volvió a abrir fuego en dirección a la motocicleta y a Torres.

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Según los peritos, los disparos que dieron en la moto y los que impactaron en la víctima se efectuaron a corta distancia, probablemente cuando Álvarez descendió de la camioneta para continuar la persecución a pie, mientras Torres bajaba hacia el cauce de un río.

El Ministerio Público Fiscal afirmó que Ivo Torres no estaba armado y que solo llevaba hojas de coca, chocolates y turrones

“Estamos en presencia de un homicidio lamentable, pero acreditado en cuanto a cómo ocurrieron los hechos”, afirmó Zurueta durante su exposición. El representante del MPF subrayó que el acusado tenía 18 años de trayectoria en la fuerza, con todos los exámenes cumplidos en materia de uso de armas. “Era un experto en el manejo de armas, no fue un disparo impulsivo ni un error gigante como afirmó”, agregó.

Resaltó también la coincidencia entre los tres gendarmes del móvil al declarar que Álvarez fue el único que sacó el arma reglamentaria e hizo disparos, y ponderó el valor probatorio de las imágenes de cámaras y la inspección ocular realizada por el tribunal en el lugar del hecho.

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Para la fiscalía, el accionar de Álvarez fue doloso porque fue advertido de no disparar y desobedeció esa orden, conocía los protocolos de uso de armas y era consciente de que podía causar la muerte. “Tenía sobrados motivos para repensar su conducta, pero hubo una instancia en seguir”, afirmó Zurueta, quien rechazó de plano la hipótesis de un arrebato impulsivo.

El fiscal también remarcó que Torres no representaba una amenaza para nadie: la persecución se desarrolló en una zona inhóspita y el joven no portaba armas. “Ivo solo miraba hacia atrás, no hubo indicio de que estaba armado, solo llevaba hojas de coca, unos chocolates y unos turrones”, señaló.

Durante el juicio que se inició el 5 de mayo, las partes sostuvieron calificaciones penales muy distintas. La fiscalía había pedido en los alegatos de responsabilidad que se declarara a Álvarez culpable de homicidio agravado por el abuso de sus funciones y el uso de arma de fuego, figura que habría habilitado la posibilidad de una pena de prisión perpetua.

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La querella, por su parte, solicitó que se aplicara el agravante de alevosía. La defensa, en el extremo opuesto, planteó la calificación de homicidio con exceso en el cumplimiento del deber o, en su defecto, homicidio culposo, cuya escala penal va de 1 a 5 años de prisión.

El tribunal resolvió con los votos de Batule y Matteucci declarar al acusado responsable de homicidio simple, mientras que la jueza Cataldi, en minoría, se inclinó por la calificación de homicidio agravado por abuso de funciones. Esa diferencia de criterio se trasladó también a la instancia de determinación de la pena.

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Si ves una araña de pared en tu casa, te contamos qué significa y por qué es una buena señal

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Al ver una araña de pared en casa, muchas personas pueden asustarse, ya que temen picaduras o una posible plaga. Sin embargo, lejos de ser algo por lo que preocuparse, esta presencia tiene una explicación biológica y está vinculada con aspectos positivos del entorno.

Qué significa ver una araña de pared en casa

Estos arácnidos buscan lugares tranquilos y con poca circulación, como paredes o techos. Sin embargo, no es una señal de falta de limpieza, sino que significa que encontraron un sitio cómodo y seguro para instalarse.

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Como si fuera poco, su presencia es una buena señal para el ambiente, ya que ayudan a controlar pequeñas plagas, como mosquitos, polillas u otros insectos que entran al hogar desde el exterior.

Por eso, las arañas de pared tienen un rol esencial adentro del hogar y colaboran en el equilibrio natural del ambiente.

Las arañas de pared son pequeñas e inofensivas. (Imagen ilustrativa generada con IA)

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Por qué tener una araña de pared puede ser una buena señal

Las ventajas de que aparezcan arañas de pared en casa son las siguientes:

  • Ayudan a controlar mosquitos y otros insectos pequeños.
  • Suelen instalarse en ambientes tranquilos y con poco movimiento.
  • No suelen representar un peligro para las personas.
  • No dañan muebles, ropa ni alimentos.
  • Cumplen una función natural dentro del hogar.
  • Contribuyen al equilibrio del ambiente de manera silenciosa.

De todas maneras, aunque su presencia tiene distintos beneficios, muchas personas se sienten incómodas al verlas y prefieren mantenerlas lejos. En esas situaciones, es recomendable no aplastarlas, sino retirarlas con cuidado hacia un espacio exterior.

Aunque son inofensivas, es posible retirarlas de manera sencilla. (Imagen ilustrativa generada con IA)
Aunque son inofensivas, es posible retirarlas de manera sencilla. (Imagen ilustrativa generada con IA)

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Cómo retirarlas sin hacerles daño

Para retirarlas sin dañarlas, se pueden seguir estos pasos:

  1. Evitar tocarlas directamente con las manos.
  2. Usar un papel, cartón o recipiente pequeño.
  3. Moverlas con cuidado, sin aplastarlas.
  4. Llevarlas hacia un patio, balcón o jardín.
  5. Limpiar rincones y telarañas viejas para evitar que vuelvan a instalarse.

araña, hogar, TNS

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Abrirán una sede del Centro Único de Discapacidad en el Consejo de la Magistratura porteño

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El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendrá próximamente una nueva sede del Centro Único de Discapacidad en su edificio de la avenida Presidente Julio A. Roca 534/536.

La apertura responde a un convenio de colaboración firmado el miércoles 17 de junio entre la presidenta del organismo judicial, Karina Leguizamón, y la vicejefa del Gobierno de la CiudadClara Muzzio, junto a representantes de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). El acuerdo, con una vigencia de dos años, apunta a ampliar el acceso a trámites y servicios vinculados a la discapacidad, entre ellos la obtención del Certificado Único de Discapacidad (CUD).

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El acto de firma tuvo lugar en el Salón Eva Perón de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y reunió a funcionarios de distintas áreas del gobierno porteño y del Consejo. La secretaria de Administración General y Presupuesto del organismo, Genoveva Ferrero, la directora general de Responsabilidad Social del Gobierno de la Ciudad, Sofía Torroba, y el consejero Marcelo Meis estuvieron presentes. La iniciativa se enmarca en una política de descentralización de los servicios vinculados a la discapacidad, con foco en acercar la atención a vecinos que, según advirtieron los propios funcionarios, muchas veces desconocen los derechos que les corresponden.

Leguizamón subrayó durante el acto que “la temática de la discapacidad es una de las prioridades que impulsa el Consejo” y calificó el acuerdo como “un paso muy importante para seguir construyendo herramientas más accesibles y amigables para las personas con discapacidad y sus familias”. La funcionaria también señaló que el objetivo del organismo es “colaborar y aprender de quienes tienen una amplia experiencia en la materia para fortalecer el trabajo conjunto y acercar soluciones concretas a la ciudadanía”.

Muzzio, por su parte, destacó que el proyecto “es el resultado del trabajo conjunto de muchos equipos y de una decisión clara de poner la discapacidad en agenda”. Uno de los ejes centrales que mencionó es reducir los tiempos de espera para la obtención del CUD y optimizar la atención a las familias. “Contar con el acompañamiento del Consejo de la Magistratura es muy significativo para acercar este derecho a más vecinos y vecinas”, afirmó la vicejefa de Gobierno, y agregó: “Queremos estar cerca de las personas con discapacidad y sus familias, acompañarlas y garantizar que puedan ejercer plenamente sus derechos”.

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El convenio de colaboración fue firmado por la presidenta de Consejo de la Magistratura porteño, Karina Leguizamón, y la vicejefa de Gobierno, Clara Muzzio, junto a representantes de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS)

Según establece el convenio, el Consejo, a través de la Dirección General de Políticas Vinculadas a Poblaciones Vulnerables, a cargo de Juan Manuel Valdés, tendrá a su cargo la gestión administrativa y operativa de la sede. COPIDIS, en tanto, será responsable de la administración del sistema de turnos. El acuerdo busca garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y los estándares de calidad aplicables a este tipo de prestaciones.

Ferrero destacó la relevancia del acuerdo para el trabajo institucional del Consejo. “Este es uno de los proyectos más importantes que estamos impulsando y nos genera una enorme ilusión poder concretarlo”, subrayó la secretaria, y añadió que detrás de la iniciativa hay “un gran trabajo de equipo y el compromiso de seguir ampliando las políticas vinculadas a discapacidad”. También advirtió sobre una dimensión territorial del problema: “Buscamos fortalecer la presencia en los barrios y acercarnos a aquellas personas que muchas veces desconocen los derechos que les corresponden, porque todavía existe una gran necesidad de acompañamiento e información”.

En esa misma línea, Torroba señaló que el objetivo del trabajo articulado apunta a que las personas “tengan una experiencia más ágil y eficiente al momento de acceder al Certificado Único de Discapacidad y a los derechos vinculados al mismo”. La funcionaria también puso el acento en la zona sur de la Ciudad como área de alta demanda: “La necesidad es muy grande, especialmente en esa zona, por eso resulta fundamental acercar estos servicios y brindar respuestas integrales que permitan resolver distintas necesidades en un mismo espacio”.

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Valdés cerró el acto con una reflexión sobre el recorrido institucional y los desafíos pendientes. “En los últimos años logramos darle centralidad a la temática de discapacidad y ampliar las herramientas destinadas a garantizar derechos para este sector de la población”, afirmó el director general. No obstante, reconoció que “todavía muchas personas desconocen los derechos que tienen y allí es donde debemos redoblar los esfuerzos”.

Para Valdés, la nueva sede representa una oportunidad concreta de acercar “información, acompañamiento y oportunidades para mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad”.

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