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Lilia Lemoine fue citada a indagatoria en una causa correccional por sus agresiones a Ian Moche

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La diputada nacional Lilia Lemoine (La Libertad Avanza) fue citada a prestar declaración indagatoria en una causa correccional en la que se investigan sus agresiones al activista Ian Moche, un chico de 12 años padece un trastorno del espectro autista y criticó los recortes del Gobierno en el área de discapacidad.

Lemoine, una persona de confianza de Milei, deberá comparecer el próximo 28 de mayo, según dispuso el fiscal porteño de primera instancia Hernán Biglino. El caso se abrió a partir de una denuncia presentada por la diputada nacional Marcela Pagano, exintegrante de La Libertad Avanza.

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La excosplayer y titular de la comisión permanente de Juicio Político en la Cámara baja podrá asistir a la audiencia acompañada por su abogado.

En este expediente se intenta determinar si Lemoine cometió una contravención cuando sostuvo que a Ian Moche lo hacían “actuar de autista”. Y apuntó contra su madre, Marlene Spesso.

“Estamos en una sociedad hipócrita en la que una señora puede lucrar con un hijo menor de edad y llevarlo a los medios haciéndolo actuar de autista. Hablo de la mamá de Ian Moche, una señora que no está bien de la cabeza”, había dicho Lemoine en La Nación +.

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Pagano pidió investigar esos dichos y las expresiones que vertió la diputada de LLA en un posteo que publicó en su red social de “X”, cuando dijo que Marlene Spesso usaba a su “hijito para figurar” y “ganar plata”. Además, la tildó de “cobarde”.

Lilia Lemoine y IAN MOCHE

En este expediente se investiga si la diputada de LLA cometió la infracción de “maltratar” prevista en el artículo 55° del Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires. Ese apartado apunta a “quien ejerce violencia, maltrata físicamente o psíquicamente a otro mediante humillaciones, vejaciones, malos tratos verbales o físicos o cualquier otra forma de ataque a la dignidad, siempre que el hecho no constituya delito”.

En el supuesto de una condena, es una infracción que prevé como posible sanción de dos a diez días de trabajo de utilidad pública, una multa o hasta cinco días de arresto. La pena de la detención no aplicaría para el caso de Lemoine, ya que cuenta con fueros legislativos. Sí podría caberle un agravante, previsto en el artículo 56° del código contravencional, ya que Ian Moche es menor de edad.

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El joven activista e influencer ya había sido blanco de las críticas de Milei. En junio de 2025, el Presidente replicó una publicación de un troll libertario en redes sociales, en la que se acusaba a Moche y a su madre de ser kirchneristas y “operar en contra del Gobierno”.

Tiempo antes, Ian y su madre habían quedado envueltos en una controversia con Diego Spagnuolo, entonces titular de la Agencia Nacional de Discapacidad. “¿Por qué yo tengo que pagar peaje y ustedes no?”, les respondió Spagnuolo a Moche y su madre, durante un encuentro en marzo de 2024. El exfuncionario -que fue eyectado por la denuncia sobre el supuesto pago de coimas en su área- lo negó.

Durante un debate en La Nación +, Lemoine reiteró más de una vez que Moche era “supuestamente autista” y sostuvo que su madre no estaba “bien de la cabeza”.

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Luego de que un grupo de diputados impulsara un proyecto de resolución para expresar un repudio sobre las expresiones de la libertaria, la libertaria ratificó su postura. “Yo jamás dije nada de Ian Moche, solo que la madre lo está utilizando para actuar de autista”, se defendió.

En ese momento, el abogado constitucionalista y defensor de Moche y su madre, Andrés Gil Domínguez, brindó datos sobre el Certificado Único de Discapacidad (CUD) obtenido por el activista en 2020. “La Andis le otorgó el CUD mediante el cual se acredita su pertenencia al espectro autista nivel 1 con apoyo nivel 1. El CUD vence el 13 de febrero de 2030″, señaló.

A través de Gil Domínguez, Moche denunció a Lemoine por “inhabilidad moral” con el fin de que la Cámara de Diputados aplique una sanción disciplinaria o la expulse del cuerpo.

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se investigan sus agresiones,February 4, 2026,había sido blanco,Conforme a

POLITICA

Las 12 claves de la ley de Defensa de la Soberanía por Malvinas: régimen de derribo, multas y penas de hasta 20 años

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La Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que el Gobierno envió al Congreso nació bajo el impacto de la disputa por las Islas Malvinas y el avance de la explotación petrolera en el Atlántico Sur, pero el texto definitivo terminó convertido en una reforma mucho más amplia del sistema de seguridad y defensa argentino.

El proyecto establece penas de hasta 20 años de prisión para determinadas actividades vinculadas con la explotación ilegal de recursos naturales; crea un Consejo de Seguridad Nacional con facultades para intervenir sobre cuestiones económicas, diplomáticas, militares y de inteligencia; incorpora un régimen de derribo; regula el empleo de la fuerza sobre embarcaciones; crea un sistema nacional para la protección de infraestructura crítica; redefine el concepto de Defensa Nacional y suma restricciones y delitos vinculados con la influencia de Estados y organizaciones extranjeras.

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El origen político de la iniciativa está en la cadena nacional que Javier Milei dio el 3 de septiembre, cuando anunció un cambio de estrategia frente a Malvinas. Allí adelantó que enviaría con carácter urgente una Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, que endurecería el esquema vigente contra las empresas que participaran en operaciones no autorizadas, crearía un Consejo de Seguridad Nacional y establecería nuevos marcos para la infraestructura crítica y la protección aeroespacial y marítima.

Según pudo saber Infobae, en la elaboración del articulado estuvieron el asesor presidencial Santiago Caputo, la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzábal, y el canciller Pablo Quirno. El ministro de Defensa, Carlos Presti, hizo aportes específicos sobre los capítulos vinculados con las Fuerzas Armadas y las capacidades militares. El proyecto que finalmente ingresó al Congreso fue firmado por Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, Quirno, Presti y el ministro de Economía, Luis Caputo.

La fundamentación oficial explica el cambio de enfoque con una definición que atraviesa buena parte del proyecto. El Gobierno sostiene que la Seguridad Nacional no puede ser administrada mediante organismos que actúen de manera aislada y afirma que existen “herramientas diseñadas para un mundo que ya no existe”. A partir de esa premisa, propone integrar política exterior, economía, defensa, inteligencia, ciberseguridad y protección de infraestructura estratégica en una conducción común.

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Estas son las 12 claves del proyecto

Fotografía de archivo del cartel de bienvenida a las Islas Malvinas en el muelle en Stanley (Islas Malvinas). EFE/Felipe Trueba/Archivo

El proyecto amplía las sanciones por Malvinas y refuerza las facultades del Consejo de Seguridad Nacional

1. Malvinas y un régimen mucho más amplio para proteger los recursos naturales

El primer título de la ley está dedicado a Malvinas y a los recursos naturales. El proyecto reafirma el reclamo argentino sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y establece que cualquier actividad destinada al aprovechamiento de recursos renovables o no renovables en esos territorios, sus espacios marítimos circundantes o la Plataforma Continental Argentina requiere autorización de las autoridades argentinas.

El cambio es importante respecto de la Ley 26.659, que será derogada si se aprueba el proyecto. El régimen actual está concentrado fundamentalmente en actividades hidrocarburíferas. El nuevo texto extiende las prohibiciones a todos los recursos naturales, incluidos los renovables, con impacto directo sobre la pesca.

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Además, la responsabilidad deja de limitarse a la empresa que desarrolla directamente la actividad. También quedan alcanzadas las operaciones económicas, financieras, logísticas, técnicas o de consultoría que resulten esenciales para el proyecto, así como socios, accionistas, participantes directos y controlantes de las compañías involucradas.

La lógica es abarcar la cadena completa que hace posible una explotación no autorizada: desde quien extrae petróleo o pesca hasta quienes financian, controlan o prestan servicios indispensables para la operación.

2. Multas en barriles de petróleo, inhabilitaciones y penas de hasta 20 años

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El régimen administrativo contempla multas equivalentes a entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo, suspensión o cancelación de habilitaciones y la posibilidad de inhabilitar al infractor por un período de entre cinco y 20 años.

La inhabilitación implica mucho más que impedir una actividad puntual. Puede derivar en la prohibición de desarrollar actividades económicas en la Argentina, la revocación de permisos, el cese de exenciones o facilidades fiscales y previsionales y la rescisión de contratos que se ejecuten total o parcialmente en territorio argentino.

También se impide que organismos públicos nacionales, provincias, municipios y empresas o personas establecidas en el país contraten con quienes hayan sido incorporados al registro de sancionados.

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El capítulo penal prevé penas de entre cinco y siete años de prisión para la prestación consciente de bienes o servicios indispensables para esas operaciones; de entre 12 y 15 años para la prospección o exploración hidrocarburífera sin autorización; y de entre 12 y 20 años para la exploración o explotación de recursos naturales no renovables. La extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos puede ser castigada con 15 a 20 años de cárcel.

Para las personas jurídicas se contemplan, entre otras consecuencias, suspensiones para contratar con el Estado o desarrollar actividades por hasta 30 años, revocaciones de permisos y, en determinadas condiciones extremas, la disolución de la sociedad.

El proyecto incluye además la posibilidad de aplicar el juicio en ausencia a esos delitos.

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3. Un Consejo de Seguridad Nacional con amplias facultades

Uno de los cambios institucionales centrales es la creación del Consejo de Seguridad Nacional, órgano rector de un nuevo Sistema de Seguridad Nacional.

Será presidido por el Presidente de la Nación. Como miembros permanentes estarán también el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la secretaria de Legal y Técnica. El Presidente podrá convocar a otros funcionarios o especialistas cuando la cuestión analizada lo requiera.

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El organismo elaborará la Política de Seguridad Nacional y coordinará su ejecución. Defensa deberá presentar su Política de Defensa Nacional; Economía, una Política Económica de Seguridad Nacional; Cancillería, una Política Diplomática de Seguridad Nacional; y la SIDE, la Política de Inteligencia Nacional. Todos esos documentos quedarán sometidos a los lineamientos definidos por el Consejo.

También tendrá amplias facultades para exigir información y asistencia a cualquier organismo del Sector Público Nacional y podrá requerir cooperación a provincias, municipios y la Ciudad de Buenos Aires.

El proyecto busca que decisiones que actualmente pueden estar distribuidas entre distintos ministerios pasen a formar parte de una estrategia común dirigida desde la Presidencia.

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4. Bloqueo de activos y aranceles de hasta 75% frente a amenazas externas

El Consejo tendrá además herramientas económicas concretas. Cuando considere acreditada la existencia de un riesgo o amenaza grave e inminente para la Seguridad Nacional, podrá adoptar medidas incluso antes de iniciar formalmente un procedimiento administrativo sancionatorio.

Entre ellas aparecen la restricción temporal de operaciones cambiarias, transferencias y pagos bancarios; limitaciones a importaciones o exportaciones; suspensión de permisos, concesiones y contrataciones; restricciones para acceder a créditos, subsidios y beneficios fiscales; e inmovilización o bloqueo de fondos y otros activos bajo jurisdicción argentina.

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El instrumento más novedoso permite aumentar temporalmente los derechos de importación y exportación aplicables al Estado extranjero involucrado, con un techo del 75%.

La herramienta introduce en el sistema argentino una lógica que tiene puntos de contacto con mecanismos utilizados por Donald Trump en Estados Unidos: emplear la política comercial y los aranceles como instrumentos vinculados con objetivos de seguridad nacional. La legislación norteamericana habilita, bajo la Sección 232, medidas sobre importaciones consideradas capaces de afectar la seguridad nacional, y Trump utilizó esa herramienta para imponer o modificar aranceles en sectores estratégicos.

En el proyecto argentino, sin embargo, el diseño es propio: las medidas aparecen asociadas a una amenaza concreta contra la Seguridad Nacional y serán administradas por el Consejo.

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5. El regreso del régimen de derribo

El proyecto establece un procedimiento secuencial para intervenir frente a aeronaves irregulares u hostiles.

Primero deberá identificarse el avión o vector. Luego podrá ser declarado Tránsito Aéreo Irregular y recibir advertencias y órdenes. Si persiste en una conducta considerada hostil, el comandante operacional podrá declararlo Tránsito Aéreo Hostil.

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El escalón siguiente permite una demostración de fuerza mediante medios militares, que incluso podrá incorporar fuego no dirigido contra la aeronave con una finalidad exclusivamente intimidatoria.

Finalmente aparece el uso de la fuerza como “acción de último recurso”. Para aplicar medidas coercitivas destinadas a impedir la continuación del vuelo será necesaria una orden expresa e inequívoca del Presidente, aunque el jefe del Estado podrá delegar esa facultad en el ministro de Defensa. El Consejo de Seguridad Nacional deberá asesorar a quien adopte la decisión.

La Argentina ya tuvo una normativa permanente de derribo. Mauricio Macri aprobó en 2016 las Reglas de Protección Aeroespacial, cuya RPA 004 autorizaba expresamente el uso de la fuerza para el derribo o destrucción de vectores declarados hostiles.

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En marzo de 2023, Alberto Fernández derogó esa regla. Su decreto señaló que el régimen había adquirido carácter permanente después del G20 de 2018 y consideró innecesario y “excesivamente punitivo” conservar determinadas disposiciones.

Milei busca ahora restablecer esa capacidad mediante una ley del Congreso, con una cadena de intervención definida y autorización política para el último escalón del uso de la fuerza.

6. Nuevos límites a la influencia extranjera en elecciones y decisiones políticas

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Otro capítulo apunta a la influencia extranjera.

El proyecto modifica la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos para impedir que extranjeros que no tengan residencia permanente y personas jurídicas extranjeras financien, organicen, dirijan o ejecuten actividades de campaña electoral o propaganda.

Además, crea nuevas figuras penales. Una de ellas establece entre cinco y 12 años de prisión para quien, actuando por cuenta, orden o con financiamiento total o parcial de un Estado, organización o agente extranjero, desarrolle actividades destinadas a alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva.

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La pena aumenta a entre ocho y 15 años cuando intervengan amenazas, sobornos, coerción o estructuras criminales.

También se incorporan delitos vinculados con operaciones clandestinas de inteligencia extranjera y con la transmisión de secretos a Estados o servicios de inteligencia extranjeros. En este último caso, las penas pueden alcanzar 20 años cuando la conducta se produzca durante un conflicto armado o una agresión extranjera.

La iniciativa redefine la Defensa Nacional

7. Una nueva definición de Seguridad Nacional

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El proyecto crea formalmente un Sistema de Seguridad Nacional que integra funciones diplomáticas, económicas, cibernéticas, de defensa, jurídicas y de inteligencia, junto con la protección de infraestructura crítica y de la soberanía.

El alcance territorial y funcional también es amplio. La seguridad nacional comprende el territorio argentino, pero también ciudadanos y representaciones diplomáticas en el exterior, bienes e intereses nacionales ubicados en terceros países, alta mar, el espacio ultraterrestre, el ciberespacio y el espacio electromagnético.

La conducción política quedará en manos del Presidente.

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El proyecto incorpora principios como anticipación estratégica, proporcionalidad, legalidad, transparencia, rendición de cuentas, coordinación y capacidad de recuperación.

La definición muestra que el Ejecutivo busca correr la discusión de seguridad nacional del plano exclusivamente militar. La economía, la tecnología, las redes digitales, la infraestructura y las decisiones diplomáticas pasan a integrar expresamente el mismo sistema.

8. Cambia el concepto de Defensa y el papel de las Fuerzas Armadas

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La iniciativa modifica la Ley 23.554 de Defensa Nacional.

El nuevo artículo 2 define la Defensa Nacional como la función destinada a proteger soberanía, independencia, integridad territorial, capacidad de autodeterminación y los intereses nacionales frente a amenazas externas provenientes de actores estatales o no estatales, tanto cinéticas como no cinéticas.

El cambio tiene efectos sobre la preparación de las Fuerzas Armadas. El proyecto establece que deberán estar organizadas, adiestradas y equipadas frente a riesgos y amenazas externas y preparadas para operaciones militares convencionales y no convencionales, así como para otras operaciones militares distintas de la guerra.

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También podrán ser empleadas, cuando corresponda, en la protección de infraestructura crítica identificada por el Consejo de Seguridad Nacional.

La reforma incorpora así fenómenos como ataques cibernéticos, sabotajes externos y agresiones contra redes o infraestructura estratégica dentro del análisis de Defensa Nacional, siempre que se trate de riesgos o amenazas de origen externo.

9. Protección de infraestructura crítica, energía, comunicaciones y centros de datos

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Otro capítulo crea un régimen nacional específico para los bienes e instalaciones considerados indispensables para el funcionamiento del país.

El texto define como Infraestructuras Críticas a estructuras físicas, redes o sistemas públicos o privados esenciales para servicios básicos, salud, seguridad, defensa, economía y funcionamiento efectivo del Estado, cuya destrucción o afectación pueda producir un impacto significativo.

El Consejo deberá elaborar una Estrategia Nacional de Seguridad de Infraestructuras Críticas y un Plan Nacional que determine pautas de protección. Ambos deberán actualizarse cada cinco años o antes cuando lo justifiquen cambios tecnológicos o circunstancias excepcionales.

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Las provincias y la Ciudad deberán identificar las infraestructuras de sus jurisdicciones. Sus propietarios u operadores tendrán que elaborar planes particulares de seguridad, que deberán ser evaluados periódicamente.

El Consejo podrá determinar cuáles son de interés nacional y ordenar la intervención de los organismos necesarios para protegerlas. La ley menciona especialmente centros de datos e infraestructura de tecnologías de la información.

La información sobre ubicación, propietarios, características y medidas de seguridad podrá quedar clasificada.

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10. Un nuevo procedimiento para controlar buques y proteger el mar y los ríos

El proyecto también regula el procedimiento de actuación sobre embarcaciones.

Crea la categoría de “Buque de Interés” para aquellos que, por su recorrido, bandera, actividad, antecedentes, falta de reportes, simulación de identidad o comportamiento anómalo requieran seguimiento. Pero aclara expresamente que esa clasificación no significa que exista una infracción ni habilita por sí sola medidas coercitivas.

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También establece que la evasión o desobediencia de un buque no alcanza por sí sola para considerarlo hostil. Para eso debe existir un acto material de fuerza o una amenaza de agresión externa suficientemente concreta.

El procedimiento comienza con identificación y orden de detención. Si el barco no obedece, podrá iniciarse una persecución dentro de las condiciones del derecho internacional. Luego podrán realizarse visitas e inspecciones, maniobras de interposición y disparos de advertencia.

Agotadas las medidas menos lesivas, podrán efectuarse disparos destinados a inutilizar el buque, procurando afectar sistemas de propulsión o gobierno y evitando muertes, contaminación o hundimiento.

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El hundimiento queda reservado como una medida militar extrema contra un buque hostil. El texto prohíbe expresamente hundir un barco civil como sanción, herramienta policial o mecanismo para impedir una fuga. Cualquier hundimiento requerirá autorización previa y expresa del Presidente, facultad que podrá delegar en el ministro de Defensa.

11. Una puerta de salida para quienes abandonen las actividades cuestionadas

La dureza de las sanciones convive con un mecanismo destinado a incentivar que las empresas abandonen actividades realizadas sin autorización argentina.

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El Régimen de Desistimiento y Regularización permite que un sujeto involucrado solicite su incorporación incluso después de haber recibido una sanción administrativa.

Debe demostrar que cesó la actividad, comprometerse a no reincidir y elegir entre pagar una multa específica o reconvertir las inversiones hacia actividades legales que se desarrollen en territorio argentino.

Si cumple las condiciones, se suspenden los procedimientos administrativos y las acciones penales. Cumplido el pago o realizada la inversión comprometida, se archivan las actuaciones y puede extinguirse la acción penal.

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El beneficio no estará disponible para quienes tengan una sentencia firme por los delitos de la ley ni para reincidentes, y solo podrá utilizarse una vez.

El mecanismo muestra una segunda finalidad de la norma: además de castigar la explotación considerada ilegal, busca generar incentivos económicos para que empresas internacionales abandonen esos proyectos y trasladen inversiones hacia actividades autorizadas por la Argentina.

12. El RePET pasa a tener rango legal y se endurece el régimen contra el terrorismo

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El último gran bloque eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), que funcionará dentro de la Unidad de Información Financiera.

El registro incluirá información sobre personas y entidades vinculadas con terrorismo, financiamiento terrorista y proliferación de armas de destrucción masiva. La incorporación no requerirá necesariamente que exista previamente una causa penal: el proyecto exige que haya motivos razonables para sospechar una vinculación con esas actividades o una designación del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

Los sujetos obligados por las normas antilavado deberán inmovilizar inmediatamente fondos y activos vinculados con personas o entidades inscriptas y comunicar la situación a la UIF.

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La propia UIF podrá disponer la inmovilización y deberá comunicarla al Ministerio Público Fiscal y a un juez federal para que la ratifique, rectifique o revoque.

El proyecto crea además un delito específico con penas de cinco a 15 años para quien proporcione deliberadamente apoyo material a una organización o persona vinculada con actividades terroristas o con proliferación de armas de destrucción masiva.

La Ley de Defensa de la Soberanía Nacional llega así al Congreso como una iniciativa considerablemente más extensa que el paquete originalmente asociado al conflicto por Malvinas.

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La disputa por los recursos del Atlántico Sur fue el punto de partida y continúa ocupando el primer capítulo del proyecto. La explotación petrolera de Sea Lion y la decisión del Gobierno de aumentar los costos para empresas, accionistas, proveedores y operadores vinculados con actividades no autorizadas actuaron como detonante de la nueva legislación. Pero, durante el proceso de elaboración, el texto avanzó hacia una redefinición más profunda de las herramientas que podrá utilizar el Estado frente a amenazas externas.

El resultado es un proyecto que reúne bajo la misma estructura Malvinas, Defensa, política exterior, inteligencia, economía, ciberseguridad, infraestructura crítica, control del espacio aéreo y marítimo, influencia extranjera y terrorismo.

La iniciativa propone pasar de una legislación concentrada en determinadas infracciones vinculadas con los recursos naturales a un esquema permanente de Seguridad Nacional, dirigido políticamente por el Presidente y con un Consejo facultado para coordinar desde la respuesta militar hasta medidas financieras, comerciales y diplomáticas.

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Senado: el oficialismo buscará aprobar la ley de Inocencia Fiscal y postergó el tratamiento de la reforma del Banco Central

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La reunión del miércoles de Labor Parlamentaria resolvió sesionar este jueves a las 11 de la mañana. Los sectores aliados al oficialismo solicitaron tratar el proyecto de Biocombustibles y se postergó el tratamiento de la modificación de la Carta Orgánica del Banco Central.

Según pudo saber TN, la reforma de la Carta Orgánica del BCRA quedó afuera del temario porque hay diferencias respecto de la modificación de la elección del Directorio. Los aliados le pidieron a La Libertad Avanza introducir algunos cambios a la sanción de la Cámara de Diputados, pese a haber firmado a favor el dictamen de mayoría en el plenario de comisiones.

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Los demás puntos del temario son el traspaso de competencias penales nacionales al fuero de la Ciudad de Buenos Aires; la modificación al Régimen de Biocombustibles; y tres proyectos de declaración sobre el Parque Nacional Monte León y los héroes nacionales Estanislao López y Guillermo Brown.

La Cámara aprobará los dictámenes de la Comisión de Acuerdos sobre la designación de los jueces Juan Pedro Galván Greenway y Alejandro Catania en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. También será puesto a consideración del pleno el pliego judicial de Juan Manuel Mejuto.

La reunión de Labor Parlamentaria fue encabezada por el presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, y contó con la presencia de los senadores Patricia Bullrich, Ezequiel Atauche y Agustín Coto, de La Libertad Avanza; José Mayans, Fernando Salino y Juliana Di Tullio, del Justicialista; Carlos Espínola, de Provincias Unidas; Eduardo Vischi y Mariana Juri, de la UCR; Martín Goerling Lara, del PRO; Carolina Moisés, de Convicción Federal; y los representantes de los bloques provinciales Sonia Rojas Decut, de Misiones; Flavia Royón, de Salta; Julieta Corroza, de Neuquén; Natalia Gadano, de Santa Cruz; y Edith Terenzi, de Chubut.

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Escándalo en la Armada: la Justicia investiga maniobras fraudulentas por $1600 millones en el pago de haberes del personal naval

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En un nuevo escándalo que sacude a la Armada, la justicia federal investiga una denuncia sobre maniobras fraudulentas en la liquidación de haberes del personal, que comprendería manejos irregulares por unos $1600 millones.

El fraude habría sido advertido por una teniente de navío, que a la vez es contadora pública y desempeña tareas en el área de liquidación de sueldos del personal, explicaron fuentes navales a .

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Tras la conmoción interna y averiguaciones preliminares que se llevaron adelante dentro de la fuerza, la denuncia penal fue presentada finalmente por el jefe de Administración Financiera de la Armada, capitán de navío Carlos Alberto Castro Maggio, en los tribunales de Comodoro Py. Aparecen involucradas en las maniobras unas 23 personas, entre militares en actividad y en situación de retiro, personal civil de planta permanente, contratados y jubilados. Incluso, figuran cuatro personas que no poseen vínculos laborales con la Armada.

Actividad oficial del jefe de la Armada Argentina, almirante Juan Carlos Romay, en su visita a ParaguayGaceta Ma

La denuncia se conoció días después de que el presidente Javier Milei girara un refuerzo presupuestario por $218.000 millones para la construcción de la Base Naval Integrada en Ushuaia, un viejo anhelo de la Armada, en medio de las tensiones del gobierno argentino con el Reino Unido por la Cuestión Malvinas.

En la presentación judicial se afirma que el fraude alcanza los $938 millones, por maniobras realizadas entre julio de 2022 y enero de 2026, luego de que algunos de los beneficiados restituyeran $42,5 millones. Sin embargo, fuentes de la Armada indicaron a que $938 millones es la suma comprobada, pero que la investigación interna sigue su curso y el perjuicio sería mayor, por lo que se llega a la cifra estimada de $1600 millones.

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En la denuncia se menciona que entre las 23 personas beneficiadas con los pagos indebidos, la que mayores sumas percibió es la señora María del Carmen Prieto, quien cobró $152,2 millones en 46 acreditaciones. Es la cónyuge del entonces jefe del Departamento Revista de la Armada, capitán de navío y contador Ariel Baltasar ATANASOFF,. quien en agosto fue relevado preventivamente de la fuerza. Su esposa es una de las cuatro personas que recibieron los pagos sin tener vínculos laborales con la Marina.

En la denuncia penal se indica que las otras tres personas sin relación con la fuerza naval que cobraron son Damián Andrés Santana ($99,4 millones), Amalia Cristina Díaz ($91,9 millones) y Natalia Carolina Yahia ($90,4 millones).

Las maniobras irregulares comprenderían la liquidación de falsos viáticos por viajes al exterior, “cobros fantasma” mediante identidades fraguadas y suplementos con retornos. Incluso, en el edificio Libertad, sede de la Armada, trascendió que la teniente de navío que detectó el fraude habría recibido un ofrecimiento de dinero para que no lo revelara a sus superiores.

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La denuncia recayó en el Juzgado Federal N° 2, a cargo del magistrado Sebastián Ramos.

El escándalo sorprendió al jefe de la Armada, almirante Juan Carlos Romay, de visita oficial en Asunción, para asistir a la celebración del Día de la Armada local. Incluso, fue condecorado por el presidente de Paraguay, Santiago Peña, quien le entregó la Medalla al Mérito.

El jefe de la Armada, almirante Juan Carlos Romay, junto al ministro de Defensa, teniente general Carlos Presti, y el canciller Pablo Quirno, en la celebración del Día de la Armada, en mayo pasado, en la Base Naval de Puerto BelgranoX @FAArgentinas

Pagos en dólares

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Según la presentación judicial, para la liquidación de viáticos falsos por servicios en el exterior se habrían asignado montos en moneda extranjera por misiones de comisiones que no se realizaban. En algunos casos, las misiones existían, pero una vez que terminaban se continuaba realizando el pago pese a que no correspondía.

También se investiga si para los “cobros fantasma” se utilizaban números de CUIL de personal retirado o dado de baja de la fuerza. En cuanto a los “suplementos con retorno”, se liquidaban asignaciones, como horas extras y y especialidades como buceo y otros ítems, a personal que no cumplía esas tareas, lo que obligaba a un retorno del 50% de lo cobrado, según trascendió.

La Armada informó oficialmente que ante la detección de irregularidades en el área responsable de la liquidación de haberes al personal, se inició una actuación administrativa que permitió determinar “inconsistencias en las acreditaciones de los sueldos”.

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“Constatadas las irregularidades, se radicó la denuncia correspondiente ante el Juzgado Federal N° 2, a fin de que se investiguen los hechos y se determinen las responsabilidades de las personas involucradas, garantizando el debido proceso y el esclarecimiento de la situación”, se indicó en el comunicado.

Además, la fuerza que conduce el almirante Romay aseguró que “la correcta administración de los recursos públicos constituye un compromiso indeclinable para el Ministerio de Defensa, del cual depende la Armada Argentina”. Y agregó que “existe tolerancia cero frente a cualquier irregularidad en su manejo y se adoptarán todas las medidas que correspondan para determinar responsabilidades y garantizar el cumplimiento de la ley”.

El diario Ámbito Financiero reveló que “la cadena de complicidades se habría roto a partir de que una teniente se negara a recibir un suplemento del que debía devolver la mitad”

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Se estima que la Armada mantiene unos 35 oficiales en misiones estables en el exterior, a través de agregadurías navales y de defensa, a lo que se suma el personal que integra misiones de paz y de cooperación técnica en otros países, con roles específicos y relevos periódicos. También hay viajes transitorios por comisiones y adiestramientos.




Mariano De Vedia,Fuerzas Armadas,Conforme a

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