POLITICA
Pidieron al Consejo de la Magistratura la suspensión y remoción del juez que frenó la reforma laboral

El Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB) denunció por presunto mal desempeño ante el Consejo de la Magistratura al titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, quien dictó una medida cautelar que suspendió la aplicación de la reforma laboral, y solicitó su suspensión y remoción.
Según consta en la presentación ante el presidente del Consejo de la Magistratura, Horacio Rosatti, la denuncia fue interpuesta por Juan Méndez, presidente del MEAB, quien la semana pasada denunció penalmente a Ojeda, acusándolo de cometer abuso de autoridad.
El escrito detalla una serie de conductas atribuidas al juez Ojeda en su intervención en la causa iniciada luego de una denuncia de la CGT por inconstitucionalidad de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

La presentación del MEAB sostiene que Ojeda asumió competencia sobre la causa pese a que, según considera, el objeto del proceso excede el alcance de la Justicia Nacional del Trabajo. Agrega que la acción involucra a una ley nacional y al Estado como parte demandada, lo cual, sostiene, corresponde a la justicia federal y no al fuero laboral. Y destaca que la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 se declaró competente el 10 de abril pasado, pero que Ojeda desconoció o rechazó esa decisión y continuó interviniendo en el expediente.
Entre las irregularidades señaladas, el MEAB destaca la supuesta omisión del magistrado de pronunciarse sobre planteos esenciales de jurisdicción, como la inexistencia de un “caso” o controversia concreta y la falta de legitimación activa de la parte actora.
También se señalan numerosos pasos procesales que, a criterio del denunciante, evidencian apartamiento de garantías procesales básicas, como el mantenimiento del expediente con acceso restringido, la selección de trámite sumarísimo sin fundamentación, la falta de traslado de documentos a la defensa y la configuración de instancia colectiva sin cumplir los requisitos de certificación de clase fijados por la Corte Suprema.

Un punto central de la denuncia es la medida cautelar dictada por Ojeda el 30 de marzo pasado, que suspendió con alcance colectivo varios artículos de la Ley N°27.802. Según el texto presentado por Méndez, la decisión fue tomada en pocos días, sin sustanciación adecuada del expediente y sin observar los requisitos legales y jurisprudenciales para medidas de tal alcance sobre leyes sancionadas por el Congreso.
El denunciante señala, además, que la cautelar afectó a artículos de la ley que no habían sido pedidos explícitamente en la demanda y que la decisión fue concedida antes de definirse la competencia jurisdiccional definitiva, generando, según el MEAB, un riesgo de decisiones contradictorias entre distintos tribunales.
Para el MEAB, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el efecto del recurso de apelación contra la cautelar, otorgando el carácter suspensivo y expresando la “especial entidad” de la medida por afectar normas dictadas por el Congreso de la Nación.

Dentro de las actuaciones atribuidas al magistrado, la denuncia menciona una resolución del 17 de abril en la que el juez excluyó al Procurador y a los Subprocuradores del Tesoro de la Nación del patrocinio letrado del Estado Nacional, bajo el argumento de falta de matrícula profesional. Méndez sostiene que esa interpretación contradice la normativa vigente y la jurisprudencia de la Corte Suprema, que señala que esos funcionarios, en ejercicio propio de sus cargos, no requieren esa matrícula.
El MEAB aporta como prueba material judicial, documental y registros administrativos de las actuaciones, así como la transcripción y grabación de una entrevista radial en la que el juez Ojeda habría hecho manifestaciones sobre causas en trámite, señalando la tramitación de “20 o 30 amparos” promovidos por sindicatos contra la misma ley, con la expectativa de que “tendrán su medida cautelar en su momento”.
El escrito de MEAB considera que, en su conjunto, las conductas atribuidas al titular del juzgado laboral N° 63 configuran un supuesto de mal desempeño, apartamiento reiterado del derecho aplicable, pérdida de imparcialidad, afectación de la defensa en juicio, interferencia en la esfera del Poder Legislativo y vulneración del principio de división de poderes.
Entre los pedidos formulados al Consejo de la Magistratura de la Nación, el MEAB solicita la apertura y la tramitación del expediente disciplinario, la prueba informativa de todas las actuaciones señaladas y la suspensión preventiva de Ojeda, con la posterior formulación de acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento.
POLITICA
Elías Piccirillo se presenta en Comodoro Py para definir las condiciones de su detención

El financista Elías Piccirillo se presentará este martes en los tribunales de Comodoro Py para solicitar su excarcelación o, en su defecto, el cambio del lugar de detención al domicilio de su novia, en Capital Federal.
La audiencia está fijada para las 11 ante los jueces de la Cámara Federal, Roberto Boico y Mariano Llorens.
Piccirillo se encuentra procesado por haber organizado un operativo trucho contra su exsocio Francisco Hauque. Según la causa, tras una cena en el Palacio Duhau, el exmarido de Jésica Cirio le plantó drogas y un arma en el vehículo a Hauque.
El objetivo de la maniobra habría sido lograr la detención de Hauque y de su entonces pareja, Anahí Aquino Laprida, por una deuda de seis millones de dólares.
El financista fue detenido en marzo de 2025 y permaneció en cárcel común hasta noviembre de ese año, cuando se le concedió la prisión domiciliaria en Banfield. Desde entonces, su defensa pidió en reiteradas oportunidades que se le conceda la libertad.
Los letrados argumentaron que, de acuerdo con los informes de la oficina de monitoreo electrónico y del Servicio Penitenciario Federal, el empresario respetó todas las condiciones del arresto domiciliario“ sin irregularidad alguna”. También señalaron que es “el único de los imputados que permanece sometido a encierro”, mientras que el resto de los acusados, incluidos exintegrantes de fuerzas de seguridad, transitan el proceso en libertad.
Como alternativa, en caso de que sea denegado el pedido nuevamente, solicitaron que la detención se traslade al departamento de su pareja, Florencia Epelbaum, en Núñez, quién se constituyó como garante de Piccirillo.
Los pedidos anteriores de excarcelación y de cambio de domicilio fueron rechazados por el juez federal Ariel Lijo y el fiscal Franco Picardi, a cargo de la causa.
Quién es la novia de Piccirillo
La novia de Piccirillo es abogada y aseguró que si vínculo “es una relación verdadera, genuina, real. Él es un hombre con todas las letras. Como abogada leí el expediente de la A a la Z y creo en su inocencia”.
En diálogo con TN, Epelbaum aseguró: “Nos enamoramos, sé cómo son las cosas porque pasaron ante mis ojos y me constan”.
En tanto, la nueva novia de Piccirillo señaló: “Lo de la casa de Jesica es un tema del que va a hablar quien tenga que hablar, en este caso es Elías”.

“Confío plenamente y ciegamente en él. Creo en su persona y su inocencia”, remarcó.
Leé también: Javier Milei respaldó la candidatura de Flavio Bolsonaro y tildó a Lula da Silva de “ladrón y presidiario”
“La prensa inventa mucho, salen cosas que no son”, manifestó Epelbaum. “No hay ningún jacuzzi en la terraza de Piccirillo. Es menos que una pelopincho desinflada. Vi imágenes con IA, en ningún momento se metió”, añadió.
“Es mi pareja y no le voy a soltar la mano. En el caso en que siga detenido, lo llevaré a vivir conmigo”, finalizó.
Elías Piccirillo, Comodoro Py, Justicia
POLITICA
“La sentencia fue seria, fundada en la ley y en las pruebas”, afirmó uno de los jueces que condenó a Kueider

Los magistrados Matías Garcete Piris, Adriana Planas y Elsa García en su rol de presidenta componen el Tribunal especializado en delitos económicos de Paraguay que juzgó al ex senador Edgardo Kueider y a su pareja, Iara Guinsel. Se los condenó por contrabando en grado de tentativa después de que en diciembre del 2024, ambos intentaron ingresar desde Foz do Iguaçu a Ciudad del Este con USD 200 mil sin declarar.
“Estamos habituados a tratar causas complejas. Pero, de manera independiente al impacto público, nuestro deber es resolver conforme a la ley, a las pruebas y a las reglas de la sana crítica, y no desde el impacto mediático. Toda persona, tenga o no una condición particular, es decir, sea o no un legislador o persona pública, debe ser juzgada con las mismas garantías procesales. Eso fue lo que hicimos en este caso concreto”, dijo el magistrado Garcete Piris en diálogo con Infobae.
Luego, subrayó: “Se trató de una causa importante por sus particularidades técnicas y por la necesidad de reafirmar que la normativa de cada país debe ser respetada. Ese respeto al orden jurídico es esencial para mitigar riesgos y prevenir distintos hechos injustos que pueden afectar la confianza en las instituciones”.
Garcete Piris remarcó que el fallo en el caso Kueider “determina una posición positiva, porque demuestra que es posible resolver una causa compleja, con garantías. Más allá de hablar de un fallo ejemplar, diría que se trató de una respuesta institucional y nacional seria, fundada en la ley y en las pruebas”.
El exrepresentante de Entre Ríos en el Senado anunció que apelará el fallo. “No se han aplicado los criterios de legislación comparada en el resto del mundo con respecto a que el dinero no constituye mercadería”, consideró.

El proceso de convicción
El fallo del Tribunal fue unánime. La resolución que estableció la condena se dio a conocer poco después de que finalizara la última jornada del juicio el pasado 13 de julio.
“La convicción se fue construyendo durante las audiencias, a partir de las pruebas producidas. Una vez cerrado el juicio, realizamos una valoración integral conforme a las reglas de la sana crítica y concluimos, bajo una línea objetiva, que la conducta encuadraba en la tentativa de contrabando prevista en el artículo 336 del código aduanero, modificado por la Ley Nº 6.417/2019, en concordancia con los artículos 26, 27 y 29, inciso 2, del código penal del Paraguay”, relató el magistrado.
Los jueces dedicaron un tramo extenso de su resolución a justificar por qué consideraron contrabando al tráfico de divisas. La defensa de Kueider y Guinsel cargó con fuerza sobre este punto. Sostenían que la legislación paraguaya reserva ese delito para las mercancías y que los billetes que se encontraron en la Chevrolet Trailblazer en la madrugada del 4 de diciembre de 2024 no tenían esa característica.
La extensa justificación se debió a que no existe una jurisprudencia amplia sobre este tipo particular de actividades ilícitas. No porque no haya antecedentes, sino que lo habitual es que se resuelvan en juicios abreviados.
Garcete Piris remarcó que lo relevante de la causa Kueider es que se trató de “uno de los primeros casos de esta naturaleza que llegó a estadio de juicio oral y público”. La instancia judicial es “en la que se debate el fondo de la cuestión y se producen las pruebas”, detalló.
“Es que, en nuestro sistema existe previamente una etapa intermedia, donde pueden adoptarse distintas salidas procesales que eviten el juicio. Por eso, más que hablar de un camino jurisprudencial ya consolidado, diría que este caso adquiere importancia porque permitió discutir y fundamentar de manera expresa la figura de contrabando”, aseveró.
Luego, mencionó: “Paraguay, a partir de las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), avanzó hacia una regulación más acorde con los estándares internacionales mediante la Ley Nº 6.417/2019. Esta normativa permitió precisar el tratamiento jurídico del traslado de dinero en efectivo sin declarar y brindó una base legal más clara para analizar este tipo de conductas”.
El GAFI es el organismo intergubernamental que establece los estándares globales en la prevención y combate del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Las últimas palabras
Los acusados eligieron no hablar durante las audiencias. El ex senador perdió entonces la oportunidad de dar ante el Tribunal su versión de lo ocurrido esa madrugada en el Puente de La Amistad. Kueider sostuvo en varias entrevistas que el relato de los agentes aduaneros de que habían encontrado todo el dinero en una mochila era falso. Pero nunca lo dijo en el juicio. Los jueces se quedaron, entonces, con lo que habían dicho los funcionarios.
“Tanto la Constitución de la República del Paraguay como el Código Procesal Penal reconocen la declaración como un derecho y una garantía de toda persona procesada. Por eso, guardar silencio no puede interpretarse en su contra ni utilizarse como indicio de culpabilidad”, expresó Gacete Piris.
“En el caso concreto —apuntó— entendimos que fue una decisión propia de la estrategia defensiva. El Tribunal —recalcó— formó su convicción exclusivamente a partir de las pruebas producidas en juicio y de aquellos elementos que corroboraron objetivamente los hechos acusados”.
Kueider eligió el espacio de las últimas palabras, ya con el debate cerrado, para sentar su posición sobre varios puntos del juicio.
“Las palabras finales previstas en nuestro código procesal penal no constituyen una declaración formal ni un medio de prueba. Son la oportunidad que tiene el acusado de formular una última petición al Tribunal antes de la deliberación”, aclaró el magistrado.
Por eso, el cuerpo “lo escuchó y consideró en su alcance correspondiente. Pero reitero: la decisión se sustentó en las pruebas producidas legalmente durante el juicio”, concluyó.
Matías Garcete Piris es abogado, notario y escribano público por la Universidad Nacional de Asunción. Además, se graduó como doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Rosario–Argentina, y en Ciencias Jurídicas por la Universidad Nacional de Asunción–Paraguay.
Es magíster en Ciencias Penales y en Derechos Humanos, especialista en Ciencias Penales y Docencia Superior. Forma parte de la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal y Penitenciario y trabaja como docente de la Escuela Judicial del Paraguay.
POLITICA
Llaryora, Pullaro y Frigerio se reúnen en Córdoba para fortalecer la Región Centro con una agenda enfocada en la producción

Los gobernadores de Córdoba, Martín Llaryora, de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, y de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, se reunirán este martes en la ciudad de San Francisco, Córdoba, para inaugurar la nueva sede administrativa del bloque interprovincial Región Centro, transferir la presidencia pro témpore y ratificar una agenda común.
El encuentro tendrá lugar en la ciudad límite con Santa Fe, San Francisco y contemplará el corte de cintas y una recorrida por las instalaciones del edificio del ex Banco de Córdoba, ubicado en el Centro Cívico de la ciudad, que a partir de ahora funcionará como sede operativa permanente de la Región Centro.
Durante la jornada, Entre Ríos asumirá la presidencia pro témpore del bloque, que hasta ahora ejercía Córdoba. Los tres mandatarios firmarán una serie de acuerdos en materia de energía, con énfasis en el corredor de biomovilidad y el reclamo por obras de gasoductos pendientes, producción, seguridad e integración regional. Entre los puntos previstos se incluyen la unificación de normas para la habilitación de trabajadores de implementos fitosanitarios y drones, la interoperabilidad de los registros de personas jurídicas y la homologación de requisitos para contrataciones estatales.
También se avanzará en la coordinación de acciones de Protección Civil ante el fenómeno de El Niño, con intercambio de información de observatorios hidrometeorológicos, y en la validación de hermanamientos entre localidades de las tres provincias.
En el ámbito productivo se abordará un acuerdo específico entre San Francisco, Esperanza y Nogoyá en materia lechera, y se analizará el impacto del acuerdo Unión Europea-Mercosur sobre las empresas locales, incluyendo el control de medidas paraarancelarias.
Voceros señalaron que Pullaro y Llaryora reiterarán el pedido al Gobierno nacional de priorizar el trabajo y avanzar en una baja sostenida de las retenciones a la producción agrícola.
También reclamará una mayor participación de las provincias ribereñas en el control de la Hidrovía Paraná-Paraguay.
El reclamo por las retenciones
Días atrás, en la Exposición Rural de Palermo, el gobernador Frigerio recorrió la muestra y volvió a reclamar por el fin de las retenciones.
“Tenemos un sector agropecuario, probablemente el más competitivo del mundo, que está pasando un buen momento, no con los márgenes de rentabilidad que a todos nos gustaría, pero con un crecimiento muy importante e invirtiendo mucho. El campo es la locomotora de la recuperación de la Argentina desde toda la vida y lo va a seguir siendo”, sostuvo.
En este sentido, hizo referencia al pedido unánime al gobierno nacional. “Que eliminen las malditas retenciones, sin duda”, afirmó, y agregó que confía en que Milei continúe avanzando en ese camino.
Leé también: El ministro de Economía de Lula calificó a Milei de “payaso” y afirmó: “La inflación argentina es mucho más alta que la nuestra”
“Se fue avanzando estos 30 meses en la reducción de algunos sectores importantes y tengo el compromiso del Presidente de que esta es la principal prioridad en la política de reducción de impuestos de la Argentina, como tiene que ser. Es un impuesto distorsivo que se cobra solo en la Argentina y que tenemos que ir eliminando o reduciendo cada vez más rápido”, señaló.
“Siempre voy a pelear para que se eliminen las retenciones. Obviamente eso está vinculado con las necesidades del Estado, pero tiene que quedar claro que la prioridad a la hora de reducir impuestos tienen que ser las retenciones. Entiendo que esa es una política que compartimos con el gobierno nacional”, agregó sobre la temática.
Gobernadores, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos
POLITICA24 horas agoCrisis entre Milei y Lula: la trama política, personal y geopolítica detrás del mayor choque diplomático entre Argentina y Brasil
POLITICA2 días agoCuentapropismo emocional en lo profundo del conurbano
SOCIEDAD2 días agoSan Isidro: la ballena que quedó varada en un banco de arena murió pese al operativo de rescate












