POLITICA
La Justicia rechazó un pedido de la SIGEN para auditar fondos de la UBA
El juez Santiago Carillo también decidió postergar el tratamiento de la posible falta de competencia de la Sindicatura General de la Nación para auditar a la universidad.
El juez Santiago Carrillo, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3, rechazó una medida cautelar presentada por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) contra la Universidad de Buenos Aires (UBA). La SIGEN había solicitado información sobre el uso de fondos públicos transferidos por el Tesoro Nacional con el objetivo de auditar las rendiciones de cuentas de la universidad. Según el magistrado, la solicitud excedía el marco limitado de este tipo de procesos y requería un debate más amplio antes de llegar a una resolución definitiva.
En su decisión, Carrillo postergó además el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad del artículo 8 del decreto 1344/07 y la posible falta de competencia de la SIGEN para auditar a la UBA. La universidad, liderada por su rector Ricardo Jorge Gelpi, argumentó que el control interno de los fondos le corresponde exclusivamente a la Auditoría General de la Nación (AGN), como establece la Ley de Educación Superior. La UBA también destacó que ya se realizaron auditorías previas y que los informes están disponibles públicamente en su sitio web y el de la AGN.
La SIGEN, por su parte, había fundamentado su pedido en el artículo 59 de la Ley 24.521, que regula las universidades nacionales, y solicitó acceso a documentos clave como normativas internas de compras, contrataciones y rendiciones de cuentas de los ejercicios 2022 y 2023. Sin embargo, el juez demostró que conceder la medida cautelar implicaría un “anticipo de la cuestión de fondo” con posibles efectos jurídicos irreversibles, algo que no corresponde resolver en esta etapa del proceso.
El fallo también destacó que la UBA presentó documentación sobre su sistema de gestión y auditorías internas, lo que para el juez Carrillo reafirma que no existe un peligro cierto de que la información requerida por la SIGEN se pierda o altere. En consecuencia, descartó la necesidad de una medida cautelar y enfatizó que cualquier decisión de fondo deberá abordarse en el marco del juicio principal.
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