POLITICA
El Gobierno incluiría la ficha limpia dentro de la reforma política para vencer la resistencia opositora a derogar las PASO

Un año después de haber sido rechazada por el Senado, el Gobierno buscará reflotar la llamada “ficha limpia” para impedir que las personas condenadas en segunda instancia se postulen a cargos electivos. No presentará un nuevo proyecto, sino que lo incluirá dentro de la reforma política que en breve enviará al Congreso y que contemplará, como uno de sus puntos más conflictivos, la derogación de las elecciones primarias (PASO).
La reforma electoral integral que planea el Gobierno comenzó a cobrar forma el viernes pasado en la Casa Rosada, durante la última reunión de la mesa política. Allí se delinearon los puntos principales de la iniciativa que incluirá, como novedad, la denominada “ficha limpia”, un anzuelo para captar a aquellos bloques de oposición que reclaman su puesta en marcha pero que, al mismo tiempo, se muestran reticentes a votar la eliminación de las PASO.
De hecho, en las últimas semanas distintos bloques de la oposición, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, presentaron sendos proyectos para reinstalar la discusión sobre ficha limpia, largamente postergado. Toda una estrategia que pareció orquestada para apurar al Gobierno, al que nunca vieron convencido del todo de impulsar la iniciativa.
En efecto, en 2024 el oficialismo postergó en dos oportunidades su tratamiento en la Cámara de Diputados y, cuando finalmente llegó la posibilidad de convertirla en ley en el Senado, en mayo del año pasado, dos senadores misioneros que responden a su jefe político, Carlos Rovira, lapidaron el proyecto con su voto en contra; en medio del escándalo, Rovira adujo por entonces que respondía a un llamado del propio presidente Javier Milei.
Lo cierto es que ahora la Casa Rosada reflota la propuesta, pero la inscribe dentro de la una reforma político electoral integral que tiene como objetivo central eliminar las elecciones primarias, o al menos suspenderlas una vez más. Una herramienta que las distintas vertientes opositoras se resisten a avalar porque, en medio del desorden partidario que transitan, reconocen que necesitan de esta instancia para definir las candidaturas que eventualmente compitan con el oficialismo en las elecciones del año próximo.
Así las cosas, el Gobierno asume que le será difícil reunir la mayoría absoluta de los votos (129 en Diputados y 37 en el Senado) para eliminar las primarias, ya que ni siquiera sus aliados –Pro y la UCR- parecen dispuestos a acceder.
Frente a esta situación, en la mesa política que se reunió el viernes pasado se acordó incluir en el proyecto de reforma política la propuesta de ficha limpia a manera de incentivo para que los bloques reticentes se sientan al menos obligados a considerar la iniciativa y no la cajoneen como sucedió en anteriores oportunidades. Allí se decidió, también, que el proyecto sería enviado al Senado, una cámara a la que ven más accesible para conseguir las mayorías que la de Diputados.
Con cierta astucia, en el capítulo sobre ficha limpia que incorporará en su reforma política el Gobierno tomará varios aspectos de las las propuestas que ya se presentaron desde la oposición. En la Cámara de Diputados, ingresaron proyectos la santafesina Gisela Scaglia, jefa del bloque Provincias Unidas; la radical Karina Banfi (Adelante Buenos Aires); y Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica. En el Senado, donde se frustró la ley el año pasado, empuja la ley el bloque PRO, comandado por el misionero Martín Goerling.
A diferencia del proyecto que fue rechazado el año pasado, las iniciativas opositoras proponen que la llamada ficha limpia no solo aplique solo a aquellas personas condenadas por delitos contra la administración pública (corrupción, cohecho, enriquecimiento ilícito, entre otros) sino que incluyen un abanico de otros delitos graves.
En la propuesta del Poder Ejecutivo, según trascendió, el impedimento para competir en una elección se aplicará a todas aquellas personas condenadas por un delito doloso, siempre que la sentencia impuesta hubiese sido confirmada en segunda instancia antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral.
En caso de una condena confirmada en segunda instancia dictada con posterioridad al 1° de enero del año en que se llevaren a cabo las elecciones, el impedimento tendría efecto a partir de la finalización de dicho proceso electoral, indican las mismas fuentes.
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POLITICA
Impulsan un proyecto para regular el propofol y sancionar a hospitales y clínicas que no denuncien su robo

Una serie de muertes asociadas al uso indebido de propofol —anestésico intravenoso de uso exclusivo hospitalario— motivó la presentación de un proyecto de ley en el Congreso de la Nación para instaurar controles reforzados, registro obligatorio y notificación inmediata de incidentes relacionados con la sustancia.
El objetivo es evitar la sustracción y el desvío de este medicamento, que, a diferencia de otros agentes como el fentanilo, carece de antídoto específico capaz de revertir sus efectos en caso de sobredosis, lo que aumenta su peligrosidad y requiere una respuesta regulatoria acorde, según la diputada nacional Silvana Giudici y los legisladores que acompañan la iniciativa.
“Las recientes muertes vinculadas al uso de propofol como droga recreativa encendieron una alarma que no puede ser ignorada. El robo de anestésicos de las áreas quirúrgicas y prequirúrgicas demuestra que es necesario implementar mayores controles dentro de las clínicas y hospitales”, señaló la diputada Giudici a Infobae.
Entre los fundamentos del proyecto de ley se indica que, en la actualidad, las faltas de propofol no se reportan bajo reglas claras y obligatorias para situaciones habituales en hospitales, como roturas de ampollas, descartes o sobrantes.

Esa ausencia de criterios unificados dificulta controlar con precisión el stock disponible, detectar irregularidades a tiempo y mejorar las auditorías en los establecimientos de salud. El proyecto incorpora de manera explícita al propofol dentro del listado oficial de Medicamentos de Alto Riesgo (MER) de la ANMAT, categoría reservada para sustancias que requieren controles reforzados por su potencial impacto ante errores, contaminación o uso no autorizado, y obliga a los establecimientos hospitalarios a informar a las autoridades sanitarias.
Entre los hechos que impulsaron el debate se cuentan:
- La muerte del anestesiólogo Alejandro Zalazar en la Ciudad Buenos Aires, el 20 de febrero de 2026, desató un escándalo y una investigación judicial centrada en el robo sistemático de anestésicos como propofol y fentanilo del Hospital Italiano ubicado en CABA.
- Zalazar fue hallado sin vida en su departamento con una vía intravenosa conectada y drogas reservadas para uso hospitalario. El origen de los medicamentos fue rastreado hasta el Hospital Italiano, institución donde Zalazar no trabajaba.
- La investigación identificó a dos profesionales del hospital, Hernán Boveri (anestesiólogo) y Delfina Lanusse (residente de anestesiología), como sospechosos de desviar estos fármacos entre 2023 y febrero de 2026. Ambos están imputados en la causa; Boveri renunció y Lanusse está de licencia médica.
- Se investiga la presunta realización de fiestas privadas (“Propo Fest”) donde profesionales médicos consumían propofol y fentanilo de forma recreativa, fuera de todo control clínico y con el medicamento robado de las instituciones sanitarias.
- La causa judicial sigue abierta e incluyó allanamientos con resultados positivos en cuanto al hallazgo de evidencia. El Hospital Italiano inició acciones legales internas y los involucrados ya no forman parte de la institución.

Qué propone el proyecto
La propuesta, identificada como expediente 1687-D-2026 y redactada por Giudici junto a otros veintiséis legisladores nacionales, incorpora de manera expresa el propofol en el listado oficial de Medicamentos de Alto Riesgo bajo la órbita de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación.
Esta categoría implica una obligación reforzada de vigilancia, notificación y registro para sustancias que, por su acción farmacológica, pueden causar daños significativos ante errores de administración, contaminación o uso no autorizado.
Giudici remarcó la ausencia de un recurso eficaz para contrarrestar la acción del propofol en caso de sobredosis: el propofol carece de un “interruptor” químico para revertir sus efectos de inmediato, lo que otorga gravedad a las fugas del anestésico. La ley propuesta exige a todos los establecimientos públicos y privados —hospitales, clínicas y laboratorios— informar cualquier pérdida, desviación o evento adverso vinculado al propofol mediante notificación fehaciente e inmediata a la autoridad sanitaria. El incumplimiento será sancionado conforme a la normativa vigente y puede derivar en denuncias penales si la omisión fuera deliberada o facilitara la comisión de delitos.

El texto establece que el propofol solo podrá utilizarse en entornos hospitalarios autorizados, bajo custodia física restringida y acceso limitado al personal formalmente designado. El almacenamiento adecuado implica resguardo bajo llave, sistemas automatizados de seguridad y la responsabilidad exclusiva de jefaturas de farmacia o anestesiología. En áreas críticas como quirófanos o unidades de terapia intensiva, las ampollas solo podrán almacenarse en carros de anestesia con cierres de seguridad, quedando prohibido el acceso abierto.
Los fundamentos del proyecto detallan que, actualmente, la administración de propofol en la Argentina no se rige por criterios de reporte obligatorios y uniformes en los hospitales, lo que dificulta la detección de robos y el control efectivo de los stocks disponibles. Esta carencia de reglas claras afecta tanto a eventos rutinarios, como roturas de ampollas o descartes, como a situaciones irregulares y riesgosas.
La iniciativa se alinea con los estándares internacionales promovidos por el Institute for Safe Medication Practices de Estados Unidos, que reconoce al propofol entre los medicamentos de alto riesgo —categoría reservada a fármacos con potencial significativo de daño en caso de error o mal uso— y recomienda restricciones de acceso, registros minuciosos de administración y sistemas de doble verificación.

En la Argentina, la regulación avanzó recientemente a través de mecanismos de trazabilidad definidos por la ANMAT en las disposiciones 6223/2025, 3752/2025 y 1848/2026. La integración propuesta del propofol en estos circuitos busca garantizar que la custodia y auditoría sobre este anestésico no sea inferior a la ejercida sobre opioides y otras sustancias controladas de alto impacto sanitario.
El proyecto establece sanciones específicas para casos de omisión o inobservancia en el control y reporte, incluidas aquellas cometidas por funcionarios públicos —a quienes resultarán aplicables tanto el artículo 249 como los artículos 200 y 277 del Código Penal, según corresponda—. En caso de detectarse conductas deliberadas para ocultar desvíos o facilitar el uso indebido, la ley prevé una agravación de las responsabilidades civiles y penales.
El texto legal justifica la inclusión del propofol como medicamento de alto riesgo por su mecanismo de depresión inmediata sobre el sistema nervioso central a través de la potenciación del neurotransmisor inhibitorio GABA. Esta acción puede suprimir rápidamente el impulso respiratorio y producir pérdida de conciencia, lo que exige un nivel de control equivalente al de los opioides para proteger la vida de los pacientes.
Entre los antecedentes mencionados, los legisladores hacen referencia al caso de una persona fallecida en el barrio porteño de Palermo, ex trabajador del Hospital Centenario de Gualeguaychú, en cuya vivienda se hallaron ampollas identificadas con lotes de la firma HLB Pharma Group. Según registros de la ANMAT, existían prohibiciones vigentes sobre determinados lotes de “Propofol HLB” (31106, 60001 y 60002) a raíz de las disposiciones 1517/2025 y 2464/2025, como consta en el Boletín Oficial del 6 de marzo y 16 de abril de 2025, respectivamente.

La diputada Silvana Giudici puntualizó, en relación con la peligrosidad del fármaco, que mientras para el fentanilo se dispone de un antagonista químico, el propofol no tiene antídoto: “Esto significa que no tiene un antídoto y de allí su peligrosidad”.
Veintisiete diputados de diversas bancadas respaldan la propuesta legislativa. Figuran, además de Giudici, Nicolás Mayoraz, Alejandro Fargosi, Patricia Holzman, Carlos Alberto Almena, Alida Ferreyra, María Luisa González Estevarena, Sabrina Ajmechet, Álvaro García, Guillermo Montenegro, Federico Agustín Pelli, Carlos Raúl Zapata, Gino Visconti, Adrián Brizuela, Rocío Bonacci y otros.
La presentación del proyecto ocurre tras una comisión investigadora impulsada por Giudici sobre las ciento catorce muertes provocadas por fentanilo contaminado en la Argentina y la presentación previa de iniciativas orientadas a la trazabilidad de opioides y anestésicos en el sector hospitalario.
Los impulsores buscan que la nueva ley permita, por primera vez, una supervisión con criterios claros, registros unificados y sanciones penales estandarizadas sobre el uso, almacenamiento y reporte de irregularidades con propofol en todas las instituciones sanitarias del país.
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Ariel García Furfaro vuelve a declarar en la causa que investiga más de 100 muertes por fentanilo contaminado

El empresario Ariel García Furfaro, dueño de los laboratorios HLB Pharma y Laboratorios Ramallo S.A., se presentará este jueves a declaración indagatoria en la causa que investiga las muertes vinculadas al uso de fentanilo contaminado.
De acuerdo con fuentes judiciales, el principal imputado será interrogado junto a la directora técnica de la firma Carolina Ansaldi. Ambos declararán ante el juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak.
En tanto, otros involucrados en el expediente, como la gerente de la empresa, Victoria García, y el exresponsable del área de producción de soluciones parentales de pequeño volumen, Eduardo Darchuk, optaron por no declarar.
En los últimos días ya pasaron por el juzgado distintos integrantes de las compañías investigadas. Entre ellos, José Antonio Maiorano, técnico de HLB Pharma; Nilda Furfaro, accionista y vicepresidenta; Wilson Daniel Pons, jefe de Control de Calidad de Ramallo; Adriana Iudica, responsable de Control Microbiológico; y Rocío del Cielo Garay, supervisora de Fisicoquímica.
Leé también: El Senado avanza con el proyecto que busca regularizar la tenencia de 800 mil armas de fuego
También declararon Javier Martín Tchukrán, director de Manufactura de HLB Pharma; Edgardo Gerardo, integrante del proceso productivo; Antonio Sclafani, gerente de Producción y Mantenimiento; Arzolidys Dayana Astudillo Bolívar, jefa de Garantía de Calidad; y Diego Hernán García, hermano del empresario, quien tenía a su cargo la coordinación de las plantas y la definición de órdenes de producción.
En esta etapa del expediente —que lleva casi un año— el juez dispuso ampliar las indagatorias con el objetivo de incorporar nuevos hechos a la acusación contra los 14 procesados. En un comienzo, la causa contemplaba la muerte de 20 pacientes, pero tras las pericias ese número se elevó a cerca de 114 casos.
García Furfaro fue procesado en septiembre del año pasado junto a otros directivos en la causa que investiga la muerte de más de un centenar de pacientes tras recibir fentanilo contaminado. Además le embargaron sus bienes por un billón de pesos.
Kreplak confirmó los procesamientos de García Furfaro y los demás detenidos, quienes ya habían prestado declaración indagatoria en 2025.
El dueño de Pharma fue considerado coautor penalmente responsable del delito de “adulteración de sustancias medicinales” que provocó la muerte de por los menos 20 personas, “en concurso real con el delito de adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud, también en calidad de coautor”.
La madre de Furfaro, Nilda, obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria tras la solicitud de su defensa, mientras que los acusados enfrentarán penas de hasta 25 años de cárcel por homicidio agravado. A la mujer también le dictaron prisión preventiva, y le dispusieron un embargo de quinientos mil millones de pesos. A Diego García Furfaro, hermano del empresario, también lo procesaron con prisión preventiva y lo embargaron por quinientos mil millones de pesos.
La causa se sustenta en el artículo 201 bis del Código Penal, que establece penas de 10 a 25 años cuando el envenenamiento de sustancias alimenticias o medicinales provoca la muerte de personas.
García Furfaro ya contaba con antecedentes penales: en 2002 fue condenado a siete años de prisión por tentativa de homicidio contra un empleado de su restaurante. Tras cumplir la pena, se volcó a la industria farmacéutica y consolidó varios laboratorios, entre ellos HLB Pharma Group, Ramallo S.A., Apolo, Alpharma S.A. y Droguería ABC 1 S.A.
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Medida inédita: el Gobierno restringió el ingreso de todos los periodistas acreditados a la Casa Rosada

En un contexto de creciente confrontación con la prensa, el gobierno de Javier Milei dispuso desde hoy la prohibición de ingreso a la Casa Rosada para periodistas acreditados. La decisión afecta a todos los medios con presencia habitual en Balcarce 50, según confirmaron fuentes oficiales.
El Ejecutivo argumentó dos motivos principales: la profundización de una investigación por una supuesta infiltración extranjera en medios y una denuncia penal por presunto espionaje ilegal contra dos periodistas del canal Todo Noticias, tras la difusión de imágenes grabadas dentro de la sede gubernamental.
Desde el Gobierno indicaron que se retiraron de manera preventiva las acreditaciones vigentes y se suspendió su renovación hasta que avance la causa judicial. La medida, que aún no fue formalizada en un comunicado, implica un cierre inédito del acceso a la sala de prensa, históricamente abierta incluso en períodos no democráticos.
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La denuncia fue impulsada por la Casa Militar, organismo encargado de la seguridad presidencial, dependiente de la Secretaría General que conduce Karina Milei. El caso quedó a cargo del juez federal Ariel Lijo.
En paralelo, el Presidente reaccionó con dureza en redes sociales, donde calificó a periodistas de “delincuentes” y profundizó su discurso crítico hacia los medios.
La causa judicial apunta a determinar si la difusión de imágenes vulneró normas de seguridad o implicó la revelación de información sensible del funcionamiento del Poder Ejecutivo.
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