ECONOMIA
Pensión por invalidez: el paso a paso para hacer el trámite en ANSES en junio 2026

La pensión no contributiva por invalidez laboral es una de las prestaciones más consultadas ante la Administración Nacional de la Seguridad Social. El beneficio está destinado a personas que presentan una disminución significativa en su capacidad laboral y no cuentan con ingresos suficientes ni acceso a jubilaciones u otras prestaciones previsionales.
La prestación consiste en una asistencia económica mensual otorgada por el Estado a personas con invalidez total y permanente que atraviesan una situación de vulnerabilidad social y económica.
Uno de los aspectos centrales del sistema es que el otorgamiento no depende únicamente del diagnóstico médico, sino también del impacto concreto de la condición sobre la capacidad de trabajar y generar ingresos.
Qué es la pensión no contributiva por invalidez
La pensión no contributiva por invalidez (PNC) es un beneficio administrado por ANSES y organismos nacionales de salud y discapacidad. Está dirigida a personas que no pudieron acceder a aportes previsionales suficientes y que presentan una incapacidad laboral igual o superior al 66%.
El objetivo del programa es garantizar una cobertura económica mínima y el acceso a prestaciones de salud a personas que no pueden sostenerse económicamente por sus propios medios.
Además del pago mensual, quienes acceden a la pensión pueden contar con cobertura médica a través del programa federal de salud correspondiente.
Requisitos para cobrar la pensión por invalidez en junio 2026
Para iniciar el trámite en 2026 se deben cumplir todos los siguientes requisitos:
- Tener una incapacidad laboral del 66% o más
- No cobrar jubilación, pensión o retiro, contributivo o no contributivo
- No estar registrado laboralmente, excepto en el monotributo social
- No contar con ingresos ni recursos suficientes
- Ser argentino nativo o naturalizado, o acreditar al menos diez años de residencia en el país
- No estar detenido ni a disposición de la Justicia
En el caso de menores de edad, el Estado también evalúa la situación económica del grupo familiar conviviente.
Qué documentación pide ANSES
La documentación necesaria para tramitar la pensión incluye:
- DNI actualizado
- Partida de nacimiento, si el solicitante es menor
- Certificado Médico Oficial (CMO) digital
- Estudios, historias clínicas y antecedentes médicos
- Formulario P.S. 6.4, en caso de actuar mediante apoderado
- Copia del DNI frente y dorso
El Certificado Médico Oficial debe emitirse en hospitales públicos o centros de salud habilitados.
Cómo tramitar la pensión no contributiva paso a paso
El trámite es gratuito, personal y semipresencial.
1. Obtener el Certificado Médico Oficial: El primer paso es gestionar el CMO en un establecimiento público habilitado. Sin este documento no puede iniciarse la solicitud.
2. Ingresar a Mi ANSES: Luego se debe acceder a la plataforma Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
3. Actualizar datos personales: Dentro del sistema, el solicitante debe verificar domicilio, grupo familiar y datos de contacto.
4. Completar la solicitud: Finalmente, se debe seleccionar la opción «Pensión no Contributiva por Invalidez» y seguir las instrucciones para cargar documentación y avanzar con el trámite.
Qué enfermedades pueden dar lugar a la pensión
No existe una lista oficial cerrada de enfermedades habilitantes. Sin embargo, entre las patologías que suelen ser consideradas en las evaluaciones aparecen:
- Alzheimer
- Parkinson
- Epilepsia
- Esclerosis múltiple
- Artritis reumatoide
- Cáncer
- Insuficiencia renal crónica
- Hipertensión pulmonar
De todos modos, el diagnóstico médico por sí solo no garantiza el acceso al beneficio.
Qué evalúa el tribunal médico
La evaluación médica contempla distintos factores relacionados con la situación integral de la persona: evolución de la enfermedad, tratamientos realizados, limitaciones físicas, cognitivas o funcionales, posibilidad concreta de inserción laboral y tipo de trabajo realizado anteriormente.
En muchos casos, la solicitud puede ser rechazada si no se acredita una limitación efectiva para trabajar o si existen tratamientos pendientes que podrían mejorar la capacidad laboral.
Compatibilidad con AUH y otros beneficios
Mientras el trámite está en análisis, la persona puede seguir cobrando:
- Asignación Universal por Hijo (AUH)
- Asignación por Embarazo
Una vez otorgada la pensión, también puede acceder a:
- Asignaciones familiares
- Cobertura médica
- Monotributo social, según la situación económica
El proyecto oficial para cambiar el sistema de pensiones
En paralelo, el Ministerio de Salud impulsa un proyecto de ley para reformar el sistema de pensiones no contributivas por invalidez en Argentina.
Según explicó el Gobierno, la iniciativa busca modificar los criterios de acceso, reforzar controles y redefinir el financiamiento del régimen.
Uno de los cambios centrales es eliminar la coexistencia entre los criterios de «invalidez laboral» y «discapacidad», con el objetivo de unificar el sistema bajo un esquema dirigido exclusivamente a personas que no puedan trabajar y carezcan de recursos suficientes.
La propuesta establece además:
- Reempadronamiento obligatorio de beneficiarios
- Auditorías médicas periódicas
- Cruces de información entre organismos estatales
- Revisiones continuas de requisitos médicos y socioeconómicos
El proyecto también habilita suspensiones preventivas ante inconsistencias detectadas durante auditorías, aunque prevé instancias de revisión y defensa para los titulares.
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ECONOMIA
ANSES confirmó cómo quedan las jubilaciones mínima y máxima en agosto con el nuevo aumento

ANSES aplicará un nuevo aumento sobre las jubilaciones y pensiones en agosto. Se trata de un ajuste del 1,9% sobre los haberes, que va en línea con la inflación de junio medida por el INDEC.
La suba alcanzará a todos los jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones que administra el organismo nacional. La actualización se realiza bajo el esquema de movilidad mensual que estableció el Decreto 274/2024.
Ese decreto fijó una fórmula automática, por lo que cada mes, los haberes se ajustan según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses atrás. Para agosto, se toma como referencia el IPC de junio, que marcó 1,89%.
Cuánto cobrarán los jubilados de mínima y máxima en agosto
Con el aumento confirmado, los haberes quedarán así desde agosto:
- Jubilación mínima bruta: $419.776
- Jubilación mínima con bono: $489.776
- Jubilación máxima: $2.824.695
Estos valores representan un incremento nominal del 1,9% respecto a julio. Sin embargo, el impacto real varía según el tipo de haber que perciba cada beneficiario.
Quienes cobran jubilaciones por encima de la mínima recibirán el ajuste completo del 1,9% sobre su haber. Pero para los jubilados de la mínima, el cálculo es diferente.
El bono de $70.000 sigue vigente pero no se actualiza
El Gobierno mantendrá en agosto el bono extraordinario de hasta $70.000 para jubilados con ingresos más bajos.
En este contexto, los beneficiarios de la jubilación mínima cobran el bono completo. Quienes superen ese haber reciben un monto proporcional, hasta alcanzar el tope que fijó el Ejecutivo.
El problema es que el bono permanece congelado en $70.000 desde hace cinco meses. No se ajusta con la fórmula de movilidad ni sigue la inflación.
Como el bono no se actualiza, el aumento del 1,9% se aplica únicamente sobre el haber jubilatorio, no sobre el monto total que recibe el beneficiario.
Por qué el aumento real es menor para la jubilación mínima
En julio, la jubilación mínima bruta era de $411.990. El bono sumaba $70.000, lo que daba un total de $481.990.
En agosto, el haber mínimo sube a $419.776 (1,9% más). El bono se mantiene en $70.000. El total llega a $489.776.
La diferencia entre julio y agosto es de $7.786. Sobre el total de julio ($481.990), eso representa un incremento efectivo del 1,61%, según estimaciones previsionales.
Es decir: el aumento real para quienes cobran la mínima es inferior al 1,9% anunciado. La brecha se explica por el congelamiento del bono.
Mes a mes, el peso del bono dentro del ingreso total se reduce. En marzo representaba el 18,8% del total. En agosto bajará a cerca del 14,3%.
Qué diferencia hay entre jubilación y pensión
Aunque los aumentos alcanzan a ambas prestaciones, conviene aclarar las diferencias. No son lo mismo.
La jubilación es un derecho que se genera con aportes laborales. La cobrás porque trabajaste y aportaste al sistema de seguridad social durante tu vida activa.
La pensión, en cambio, se otorga por otras circunstancias. Las más comunes son el fallecimiento de un cónyuge o conviviente, o una incapacidad laboral permanente.
Ambas se administran a través de Anses y se actualizan con la misma fórmula de movilidad mensual.
Cómo funciona la jubilación ordinaria y cuáles son los requisitos
La jubilación ordinaria es la modalidad más común. Para acceder, hay que cumplir dos requisitos básicos establecidos por ley.
El primero es la edad: 60 años para mujeres y 65 años para hombres. El segundo son los aportes: 30 años de contribuciones al sistema previsional.
Si tenés la edad pero te faltan aportes, a veces el Estado habilita moratorias previsionales. Son planes de pago transitorios que te permiten completar los años faltantes.
Las cuotas se descuentan del futuro haber. Pero atención: las moratorias no son permanentes y dependen de leyes con plazos de vigencia.
La última moratoria previsional (Ley 27.705) venció en marzo de 2025 y no fue prorrogada, por lo que actualmente no existe un plan de pago vigente para completar aportes.
Lo recomendable es consultar directamente en los canales oficiales de Anses si existe algún mecanismo disponible al momento de iniciar el trámite. Podés revisar tu historial de aportes desde la web del organismo.
Qué otros tipos de jubilaciones existen en Argentina
Además de la ordinaria, hay otras modalidades pensadas para contextos particulares. No todos los caminos hacia la jubilación son iguales.
Jubilación por edad avanzada: está destinada a personas de 70 años o más con menos de 30 años de aportes. Requiere un mínimo de 10 años de contribuciones registradas, con ciertas condiciones sobre cuándo se realizaron.
Jubilación anticipada: no es una opción permanente. El Gobierno puede habilitarla por ley o decreto en situaciones específicas de desempleo o incapacidad laboral parcial.
Suele estar destinada a personas que ya cuentan con 30 años de aportes, pero están desempleadas y les faltan hasta 5 años para alcanzar la edad jubilatoria.
Retiro por invalidez: es una prestación para quienes, sin importar su edad, sufren una enfermedad o accidente que genera una incapacidad laboral permanente superior al 66%.
Una junta médica debe certificar esa incapacidad. Además, se debe cumplir con una cantidad mínima de aportes.
Regímenes especiales: algunas actividades profesionales cuentan con esquemas que permiten jubilarse con requisitos de edad o años de servicio diferentes. Algunos ejemplos son:
- Aeronavegantes
- Docentes
- Investigadores científicos
- Personal de casas particulares
- Trabajadores agrarios
- Trabajadores de la construcción
- Tareas declaradas como riesgosas o insalubres (minería, industria cárnica, entre otras)
Jubilación privada: además del sistema público, existen fondos de retiro que funcionan como un ahorro voluntario a largo plazo. Sirven para complementar los ingresos del Estado al jubilarte.
Qué tipos de pensiones administra ANSES
Las pensiones cubren situaciones distintas a las jubilaciones. Las más comunes son dos:
Pensión por fallecimiento: le corresponde a los familiares directos de una persona trabajadora que fallece, o de una persona ya jubilada. Incluye a cónyuge, conviviente, hijos menores o con discapacidad.
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): es una prestación para personas mayores de 65 años que no tienen aportes suficientes para una jubilación.
Su monto equivale al 80% de la jubilación mínima y otorga cobertura de salud a través de PAMI, aunque para obtenerla se realiza una evaluación socioeconómica.
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ECONOMIA
Creció el consumo en supermercados y mayoristas en mayo, pero siguió debajo del mismo mes de 2025

Los datos de consumo en supermercados y mayoristas que difundió el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) para mayo dejaron un panorama ambiguo. Por un lado, el mes mostró una recuperación respecto de abril. Por el otro, la comparación contra igual período del año pasado y el arrastre acumulado siguen en terreno negativo. Esa combinación muestra un panorama de
En los supermercados, el índice de ventas a precios constantes —es decir, descontado el efecto de la inflación— subió 0,9% en la serie desestacionalizada respecto de abril. Pero al medirlo contra mayo de 2025, la variación fue negativa: cayó 0,7 por ciento. El acumulado de los primeros cinco meses del año también quedó por debajo del mismo período de 2025, con una baja de 2,8 por ciento. En los autoservicios mayoristas el patrón fue similar, aunque más marcado en ambas direcciones: la suba desestacionalizada frente a abril fue de 2,3%, mientras que la comparación interanual arrojó una caída de 2,3% y el acumulado enero-mayo retrocedió 3,0 por ciento.
A precios corrientes, sin descontar inflación, las ventas totales de los supermercados sumaron $2.502.789,7 millones en mayo, con un incremento de 25,9% frente a igual mes de 2025. En los autoservicios mayoristas, la facturación llegó a $388.237,1 millones, con una suba de 23,7% interanual. Estas cifras no equivalen a la evolución real de las cantidades vendidas, sino que combinan el efecto de los precios y de los volúmenes.
Dentro de ese universo, y siempre en términos nominales, es decir sin descontar la inflación, los rubros que más crecieron en los supermercados fueron electrónicos y artículos para el hogar, con 49,1%, seguido por carnes, con 40,6%; la categoría “otros”, con 40,0%; y alimentos preparados y rotisería, con 24,8 por ciento. En el extremo opuesto, bebidas fue el grupo con la suba más moderada, de sólo 12,4%, frente a una suba de precios implícita de 26,7 por ciento.

En los autoservicios mayoristas el orden fue distinto: carnes lideró con un crecimiento de ventas de 32,8%, seguido por almacén, con 27,5%; lácteos, con 26,5%; y verdulería y frutería, con 23,9 por ciento. Ahí también apareció el único grupo con una variación nominal negativa en todo el relevamiento: indumentaria, calzado y textiles para el hogar, que cayó 2,7% interanual frente a mayo de 2025.
De esta manera, carnes fue uno de los rubros de mayor dinamismo en ambos canales, aunque se debe recordar que ese rubro en particular acumula subas por encima de la inflación general. De hecho, el ítem “carnes y derivados” relevado en el informe de inflación de mayo, registró una suba interanual de 45,8%, contra un IPC anual de 33,2 por ciento.
Analizando los resultados por jurisdicción, se observa que las mayores subas nominales en los supermercados se dieron en Neuquén, con 36,5%; Río Negro, con 32,8%; San Luis, con 31,9%; el resto de la provincia de Buenos Aires, con 29,7%; y La Pampa, con 29,4%. Corrientes fue la única jurisdicción con una caída, de 2,0 por ciento.
En los autoservicios mayoristas, en cambio, el relevamiento se agrupa en tres grandes regiones: la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que creció apenas 9,9%, muy por debajo del promedio; los 24 partidos del Gran Buenos Aires, con 24,5%; y el resto del país, con 24,2 por ciento.

La brecha entre la Capital y el resto del territorio en el canal mayorista resulta significativa y contrasta con el comportamiento más parejo que mostraron los supermercados a lo largo de las distintas provincias.
El personal ocupado también aporta una pieza relevante para entender la coyuntura del sector. En los supermercados, la dotación llegó a 96.240 personas, con una baja de 3,3% respecto de mayo de 2025. En los autoservicios mayoristas la caída fue más pronunciada: el personal ocupado se ubicó en 12.956 trabajadores, un 8,2% menos que un año atrás. En ambos casos, los salarios brutos promedio subieron por debajo de la inflación general: 29,9% en los supermercados y 28,3% en los mayoristas, siempre en pesos corrientes (el IPC anual fue de 33,2%).
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ECONOMIA
Caputo visitó La Rural y desactivó un posible anuncio sobre otra baja en las retenciones

El ministro de Economía, Luis Caputo, visitó este jueves la Exposición Rural de Palermo y bajó las expectativas del sector sobre un anuncio en la baja de las retenciones por parte del presidente Javier Milei, quien estará presente en el acto inaugural del próximo domingo.
El funcionario visitó la muestra del sector agropecuario y mantuvo un almuerzo con las autoridades de la Sociedad Rural Argentina (SRA). Consultado por la prensa, Caputo fue moderado y descartó un anuncio sobre los Derechos de Exportación (DEX).
Luis Caputo desactivo una posible baja de retenciones
«Los anuncios ya se hicieron en su momento, así que no hay que esperar ningún anuncio en particular. En la medida que el superávit económico dé más margen, podremos seguir bajando», sostuvo.
El titular del Palacio de Hacienda destacó el rol que mantiene el campo como uno de los grandes generadores de divisas, y afirmó que es «uno de los motores principales de la economía». En la misma línea, señaló que «por suerte, ahora hay otros motores más», haciendo referencia a los sectores de la minería y la energía.
Luis Caputo dialogó con referentes del campo en La Rural; las retenciones, entre las claves
La última rebaja en las retenciones fue realizada por Milei durante su discurso en la Bolsa de Cereales de Buenos Aires, donde luego se realizó una presentación en el Ministerio de Economía y se conocieron mayores detalles sobre el esquema de reducciones.
- Trigo y cebada: pasará de 7,5% a 5,5%.
- Soja, maíz, girasol y sorgo: entre 0,25% y 0,5% mensual a partir de enero de 2027 y por dos años.
- Soja: 0,25% mensual durante todo 2027 (pasará de 24% a 21%). A partir de 2028 será de 0,5% y pasará de 21% a 15%.
- Maíz y sorgo: serán bajas trimestrales por una «cuestión numérica». A partir de febrero de 2027 pasará a 8,25%, a 8% en mayo, a 7,75% en agosto y a 7,5% en noviembre. A partir de febrero de 2028 pasará a 7%, a 6,5% en mayo, a 6% en agosto y a 5,5% en noviembre.
- Girasol: en 2027 pasará a 4,25% en marzo y 4% en septiembre. A partir de marzo de 2028 pasará a 3,5% y 3% en septiembre.
Caputo también habló sobre la mejora en la calificación crediticia otorgada por Moody’s, que se suma a la de Fitch y S&P, y precisó que «muestran que hay un cambio estructural en el país y eso es lo que están viendo todos«.
«Cuando le sacamos la estacionalidad y nos concentramos en la tendencia ciclo, la economía está creciendo desde hace 26 meses consecutivos, cosa que no pasaba hace más de 15 años. Todos los motivos para estar optimistas«, concluyó.
Oficializan reducción a las retenciones al agro: cómo es el cronograma de baja
El Gobierno redujo los derechos de exportación que gravan a productos de las cadenas de soja, maíz, trigo, cebada, sorgo y girasol, y estableció un esquema de disminución gradual de alícuotas que se extenderá hasta diciembre de 2028. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 423/2026, publicado en el Boletín Oficial.
El decreto diferencia entre cultivos de invierno y cultivos de verano. Según explicó el Poder Ejecutivo en los fundamentos de la medida, las reducciones inmediatas responden a la proximidad de las decisiones de siembra de los cultivos invernales, mientras que para los estivales se diseñó un cronograma gradual que permitirá que las rebajas se encuentren vigentes al momento de la comercialización de la producción.
En el caso del trigo y la cebada, el decreto instrumentó la reducción anunciada en mayo por el presidente Javier Milei y fijó una alícuota -de aplicación inmediata- de 5,5% para los granos, frente al 7,5% que regía previamente. La norma también estableció nuevos derechos de exportación para distintos productos derivados de ambas cadenas, incluidos harinas, sémolas, almidones, malta y otros subproductos industriales, con tasas que van desde 1% hasta 3,5%, según la mercadería.
Para la soja, el Gobierno dispuso uno de los principales cambios incorporados por la norma. El poroto de soja pasará de una alícuota de 24% durante 2026 a 21% desde diciembre de 2027 y a 15% a partir de diciembre de 2028. El cronograma también alcanza a aceites, harinas, pellets y otros derivados industriales, que registrarán reducciones escalonadas durante los próximos dos años.
Entre los productos alcanzados figuran aceites de soja con alícuotas que descenderán desde niveles de entre 18% y 22% hasta valores de entre 11% y 13,5% hacia fines de 2028, según la posición arancelaria correspondiente. Los pellets y otros subproductos de la molienda también quedarán sujetos a un sendero de reducción gradual hasta alcanzar tasas de 14% desde diciembre de ese año.
El maíz y el sorgo también quedaron incorporados al esquema de disminución progresiva de retenciones. Según el producto involucrado, algunas posiciones arancelarias quedarán exentas del tributo, mientras que otras reducirán sus alícuotas de manera escalonada durante 2027 y 2028. En determinados casos, las tasas pasarán de 8,5% en 2026 a 7,5% a fines de 2027 y a 5,5% desde diciembre de 2028.
Para la cadena del girasol, el decreto fijó reducciones escalonadas para semillas, aceites y otros derivados. Mientras algunas variedades específicas quedarán exentas del tributo, determinadas posiciones de aceite de girasol pasarán de alícuotas de entre 2,5% y 4,5% en 2026 a niveles de entre 1% y 3% hacia fines de 2028, según el producto alcanzado por la medida.
La medida también incorpora modificaciones para determinados biocombustibles. En particular, fija una alícuota de derecho de exportación de 0% para biodiéseles obtenidos a partir de aceites de colza, cártamo, Brassica Carinata y Camelina Sativa, además de otros biodiéseles que no contengan aceite de soja.
Para los restantes biodiéseles comprendidos dentro de la misma posición arancelaria, el decreto prevé una reducción gradual de las alícuotas. En esos casos, el derecho de exportación descenderá desde 21% en 2026 hasta 18% desde diciembre de 2027 y continuará reduciéndose hasta 13% a partir de diciembre de 2028.
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