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ECONOMIA

Camioneros activaron aumento salarial y se disponen a actualizar el convenio colectivo de trabajo

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El consejo directivo de la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios y las cámaras de la actividad pactaron un incremento de los salarios básicos para los meses de julio y agosto, en el marco de la mejora que cerraron en marzo e incluye una cláusula de revisión en caso de que la inflación supere el aumento acordado.

En paralelo, la organización gremial que lidera Hugo Moyano ya está en contacto con los representantes de las patronales con el propósito de actualizar el convenio colectivo de trabajo 40/89, a propósito de la convocatoria solicitada por la secretaría de Trabajo según establece la nueva Ley de Modernización Laboral.

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De cuánto es la mejora salarial y cómo se aplica

Según establecieron la Federación de Camioneros y los directivos de la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística (FAETYL), la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) y la Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC), la suba consiste en una asignación extraordinaria no remunerativa de $30.000 que será abonada en los próximos días.

Asimismo, se incluirán $27.258 al salario básico del conductor de primera categoría a partir del 1° de julio, importe que se traslada proporcionalmente al resto de las categorías previstas en el convenio, dando origen a las nuevas escalas salariales para julio y agosto.

La mejora en los ingresos quedó acordada en el último acuerdo firmado en marzo, que fijó un incremento salarial del 10,1%, distribuido en seis tramos acumulativos para el semestre marzo-agosto, junto con una suma no remunerativa de $53.000 y una cláusula de revisión durante la primera quincena de junio para evaluar la evolución de los salarios, que es la que justamente se activó en esta oportunidad.

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Cómo quedaron los sueldos básicos según la categoría

Con la firma de la revisión paritaria, quedaron ratificados los salarios básicos que regirán durante los meses de julio y agosto para los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo 40/89, que debe ser homologado por la cartera laboral, que ya fue solicitado al titular de la secretaría, Julio Cordero.

Con la mejora, los salarios básicos quedaron de la siguiente manera, según la categoría:

  • Conductor de primera categoría, $1.060.010,29 en julio y $1.075.910,44 en agosto
  • Conductor de segunda categoría, $1.041.120,50 en julio y $1.056.737,31 en agosto
  • Conductor de tercera categoría (Fletes al Instante), $1.022.211,59 en julio y $1.037.544,76 en agosto
  • Operador de servicios, $1.112.789,91 en julio y $1.144.811,30 en agosto
  • Chofer de camión blindado, $1.139.645,55 en julio y $1.156.740,23 en agosto
  • Chofer con firma, $1.223.953,00 en julio y $1.242.312,29 en agosto
  • Peón, $968.120,14 en julio y $982.641,94 en agosto

Esta es apenas una muestra de la escala salarial, teniendo en cuenta que la actividad de camioneros se divide en diferentes ramas que, además, incluyen beneficios como antigüedad, viáticos, zonas desfavorables y plus por kilómetros recorridos, entre otras asignaciones. Se estima que las partes volverán a reunirse a mediados de agosto para acordar una nueva suba que sería para los meses de septiembre, octubre y noviembre.

Actualización del convenio colectivo de trabajo

Además de solicitar la homologación del acuerdo, herramienta esencial para que las empresas estén obligadas a reconocer y liquidar en tiempo y forma la suba salarial para los meses de julio y agosto, trascendió que Moyano ya comenzó a dialogar con los representantes de las patronales para la actualización del convenio colectivo, tal como pretende la Casa Rosada a partir de la vigencia de la reforma laboral.

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En su momento, el ministerio de Capital Humano dio instrucciones a la secretaría de Trabajo para que acelere la convocatoria a los sindicatos y cámaras empresariales para que se reúnan y revisen los convenios en el marco de la Ley de Modernización Laboral recientemente sancionada por el Congreso.

Trascendió que, tal como sucedió con el convenio de la industria de la Alimentación, en Camioneros se espera que se confirme la vigencia del actual convenio, aunque no descartan que surjan algunas modificaciones puntuales en diferentes ramas. Vale recordar que hace días se llegó a un acuerdo en la rama Aguas y Gaseosas, puntualmente para las empresas Coca-Cola y Quilmes, en cuanto a eliminar diferencias entre el personal de las plantas y los tercerizados, reconociendo antigüedad y el pago de bonos y premios.

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ECONOMIA

Cuánto cobra un jubilado con 30 años de aportes en julio de 2026: ANSES oficializó los haberes

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó los nuevos haberes para jubilados y pensionados que regirán durante julio de 2026. A través de la Resolución 186/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo confirmó un aumento del 2,15%, correspondiente a la inflación de mayo medida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), en línea con el esquema de movilidad vigente.

Con la actualización, la jubilación mínima pasa de $403.318 en junio a $411.989 en julio. Quienes además perciban el bono extraordinario de $70.000 alcanzarán un ingreso bruto de $481.989, aunque el monto efectivo será menor debido al descuento correspondiente al PAMI.

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La actualización también alcanza a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), las Pensiones No Contributivas (PNC) y el resto de las prestaciones administradas por ANSES.

Cuánto cobra un jubilado con 30 años de aportes en julio de 2026

El monto de una jubilación no depende únicamente de los años trabajados. ANSES calcula el haber inicial considerando el promedio actualizado de los salarios registrados durante los últimos diez años de actividad y la cantidad de aportes realizados.

Sin embargo, quienes cumplen con los 30 años de aportes exigidos por la legislación y acceden a la jubilación mínima cobrarán durante julio:

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  • Jubilación mínima: $411.989
  • Bono extraordinario: $70.000
  • Total bruto: $481.989

Sobre ese importe se aplican los descuentos correspondientes, entre ellos el aporte destinado al PAMI, por lo que el monto efectivo a cobrar será de aproximadamente $469.629.

Por qué el aumento real es menor al 2,15%

Aunque el incremento oficial de julio es del 2,15%, el aumento efectivo para quienes perciben la jubilación mínima resulta inferior.

La explicación radica en que el bono extraordinario de $70.000 permanece congelado desde marzo de 2024. Como ese refuerzo no se actualiza por inflación, cada incremento mensual impacta únicamente sobre el haber previsional y no sobre el ingreso total.

En consecuencia, quienes cobran la jubilación mínima tendrán una mejora efectiva cercana al 1,83%, por debajo del porcentaje informado oficialmente por ANSES.

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Esta diferencia se fue ampliando con el paso de los meses debido a que el bono mantiene el mismo valor mientras los haberes previsionales continúan ajustándose por inflación.

Jubilaciones ANSES: cuánto cobran los beneficiarios en julio

La Resolución 186/2026 también actualizó el resto de los valores del sistema previsional.

Los principales montos para julio son los siguientes:

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  • Jubilación mínima: $411.989
  • Jubilación máxima: $2.772.298
  • Prestación Básica Universal (PBU): $188.466
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $329.591

En todos los casos, los importes corresponden a valores brutos antes de descuentos.

Bono de $70.000 para jubilados: quiénes lo cobran

El bono extraordinario de $70.000 continúa destinado a los beneficiarios de menores ingresos.

Lo perciben:

  • Jubilados que cobran el haber mínimo
  • Titulares de la PUAM
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas
  • Jubilados y pensionados cuyos haberes superan la mínima, pero no alcanzan el límite establecido por ANSES, quienes reciben un bono proporcional hasta completar el monto fijado por el organismo

El refuerzo permanece sin modificaciones desde hace más de dos años y continúa siendo una de las principales herramientas para complementar los ingresos de los sectores de menores recursos.

Cuánto cobra la PUAM en julio de 2026

La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) también recibió el incremento del 2,15%.

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Durante julio, el haber asciende a $329.591.

Los titulares que perciben el bono extraordinario de $70.000 alcanzan un ingreso bruto de $399.591, sujeto a los descuentos que correspondan en cada caso.

Pensiones No Contributivas: los nuevos montos

Las Pensiones No Contributivas (PNC) también fueron actualizadas por movilidad.

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Sus titulares continúan alcanzados por el bono extraordinario para los beneficiarios de menores ingresos, de acuerdo con las condiciones establecidas por ANSES.

Cómo calcula ANSES una jubilación con 30 años de aportes

Para determinar el haber inicial de un nuevo jubilado, ANSES no toma únicamente en cuenta los 30 años de aportes exigidos por la ley. El organismo realiza un cálculo que considera el promedio actualizado de las últimas 120 remuneraciones —equivalentes a los diez años previos al cese laboral— y la cantidad de años efectivamente aportados al sistema.

El procedimiento incluye la actualización de cada salario mediante índices oficiales para que las remuneraciones percibidas años atrás puedan compararse con valores actuales. De esa forma, se busca evitar que la inflación reduzca el peso de los ingresos históricos en el cálculo de la jubilación.

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Además de los salarios registrados, ANSES analiza los años de aportes acreditados y aplica la fórmula prevista en la legislación previsional para determinar el haber inicial que percibirá cada beneficiario.

Por ese motivo, dos trabajadores que cumplen con los mismos 30 años de aportes pueden obtener jubilaciones diferentes si tuvieron trayectorias salariales distintas durante su vida laboral.

Índice de actualización para nuevos jubilados: por qué es clave en el cálculo del haber

Uno de los factores más importantes para quienes se jubilan es el índice de actualización salarial utilizado por ANSES. Este mecanismo permite llevar los salarios históricos del trabajador a valores comparables con los actuales antes de calcular el promedio que servirá de base para determinar el haber inicial.

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Desde diciembre de 2025, el organismo aplica un índice combinado, que contempla tanto la evolución de los salarios formales como los incrementos otorgados por la movilidad jubilatoria. El objetivo es reflejar de manera más precisa la evolución de los ingresos de cada trabajador y reducir las diferencias entre quienes se jubilan en distintos momentos.

La actualización de las remuneraciones puede tener un impacto significativo sobre el monto final de la jubilación. Incluso pequeñas variaciones en los coeficientes aplicados pueden modificar el promedio salarial utilizado por ANSES y, en consecuencia, el haber inicial que corresponde al nuevo jubilado.

Por ese motivo, especialistas en derecho previsional suelen revisar cuidadosamente los índices empleados en cada expediente, especialmente cuando existen diferencias entre los salarios históricos registrados y los valores finalmente utilizados por el organismo para liquidar el beneficio.

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Las controversias vinculadas con la actualización de las remuneraciones también son uno de los motivos más frecuentes de los juicios de reajuste jubilatorio, ya que muchos reclamos se originan en desacuerdos sobre la forma en que ANSES aplicó los coeficientes para determinar el haber inicial.

Qué pasa si una persona tiene más de 30 años de aportes

La legislación previsional reconoce un beneficio adicional para quienes superan el mínimo de aportes requerido para jubilarse.

Por cada año adicional trabajado se incorpora un incremento sobre determinados componentes del haber inicial, con un máximo de 15 años computables.

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En consecuencia, quienes acreditan entre 31 y 45 años de aportes pueden acceder a una jubilación superior respecto de quienes reúnen únicamente el requisito mínimo.

Cómo consultar la fecha y el lugar de cobro

Los jubilados y pensionados pueden consultar el calendario de pagos y el lugar donde cobrarán su prestación directamente desde los canales oficiales de ANSES.

Para hacerlo deben ingresar al portal del organismo con su número de CUIL o de beneficio y completar la consulta correspondiente.

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El sistema informa la fecha asignada según la terminación del DNI y la entidad de pago donde estará disponible el haber.

Cómo iniciar el trámite para jubilarse

Las personas que cumplen con la edad y los años de aportes exigidos pueden iniciar el trámite previsional a través de Mi ANSES.

Antes de solicitar la jubilación, el organismo recomienda verificar que toda la historia laboral se encuentre correctamente registrada. En caso de detectar períodos faltantes, será necesario presentar la documentación que permita acreditar esos servicios.

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Luego se debe completar la solicitud de la prestación, reunir la documentación requerida y solicitar un turno para ser atendido en una oficina de ANSES.

Una vez iniciado el expediente, el organismo analiza el cumplimiento de los requisitos legales y emite la resolución correspondiente. El trámite suele demorar entre 30 y 90 días hábiles, aunque el plazo puede variar según la complejidad de cada caso.

Cómo se actualizan las jubilaciones

Desde la entrada en vigencia del Decreto 274/2024, las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares se actualizan todos los meses tomando como referencia la inflación publicada por el INDEC dos meses antes.

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En julio de 2026, el incremento del 2,15% surge de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada durante mayo.

Mientras el mecanismo de movilidad permite que los haberes se ajusten mensualmente, el bono extraordinario continúa congelado en $70.000, lo que reduce el impacto real de cada aumento para quienes perciben los ingresos más bajos del sistema previsional.

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ECONOMIA

Cuándo cobro Anses: el calendario de pagos para jubilados, beneficiarios de AUH y planes sociales en julio 2026

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El calendario de pagos de ANSES para julio divide fechas por terminación de documento y tipo de beneficio (Reuters)

El calendario de pagos de Anses para julio de 2026 ya está disponible y abarca jubilaciones, pensiones, asignaciones universales, familiares y otras prestaciones. El organismo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, dispuso un aumento de 2,15% para todos los haberes y asignaciones, en función del índice de inflación de mayo, según informó Infobae. Además, quienes cobran haberes mínimos reciben un bono extraordinario de 70.000 pesos, lo que modifica los importes totales en varias prestaciones.

A continuación, se detalla el cronograma de pagos y los montos correspondientes para cada beneficio, según la información publicada oficialmente

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  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio
  • DNI terminados en 2: 13 de julio
  • DNI terminados en 3: 14 de julio
  • DNI terminados en 4: 15 de julio
  • DNI terminados en 5: 16 de julio
  • DNI terminados en 6: 17 de julio
  • DNI terminados en 7: 20 de julio
  • DNI terminados en 8: 21 de julio
  • DNI terminados en 9: 22 de julio

Montos julio 2026:

El haber mínimo se paga en 411.989,32 pesos. Quienes perciben este haber reciben un bono de 70.000 pesos, por lo que el total asciende a 481.989,32 pesos.

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio

Montos julio 2026:

Quienes superan el haber mínimo cobran su importe habitual con el aumento de 2,15%. Reciben un bono proporcional hasta alcanzar los 481.989,32 pesos.

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  • DNI terminados en 0, 1, 2 y 3: 8 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 13 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 14 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 15 de julio

Montos julio 2026:

El monto total es de 358.392,53 pesos (288.392,53 pesos de haber con aumento más 70.000 pesos de bono extraordinario).

Genéricas de ANSES 1920
Las jubilaciones mínimas y la AUH reciben aumentos y bonos según lo dispuesto para este mes
  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio
  • DNI terminados en 2: 13 de julio
  • DNI terminados en 3: 14 de julio
  • DNI terminados en 4: 15 de julio
  • DNI terminados en 5: 16 de julio
  • DNI terminados en 6: 17 de julio
  • DNI terminados en 7: 20 de julio
  • DNI terminados en 8: 21 de julio
  • DNI terminados en 9: 22 de julio

Montos julio 2026:

La AUH se paga en 148.049 pesos por hijo.

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La AUH por hijo con discapacidad asciende a 482.062 pesos.

La Asignación Familiar por Hijo para el primer rango de ingresos es de 74.033 pesos.

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  • DNI terminados en 0: 13 de julio
  • DNI terminados en 1: 14 de julio
  • DNI terminados en 2: 15 de julio
  • DNI terminados en 3: 16 de julio
  • DNI terminados en 4: 17 de julio
  • DNI terminados en 5: 20 de julio
  • DNI terminados en 6: 21 de julio
  • DNI terminados en 7: 22 de julio
  • DNI terminados en 8: 23 de julio
  • DNI terminados en 9: 24 de julio

Montos julio 2026:

El monto total de la AUE es de 148.049 pesos.

El pago mensual en mano es el 80%: 118.380,45 pesos.

El 20% restante se cobra tras acreditar los controles sanitarios.

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  • DNI terminados en 0 y 1: 14 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 15 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 16 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 17 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 20 de julio

Montos julio 2026:

Ingreso hasta 1.146.199 pesos: 74.033 pesos

Entre 1.146.199 y 1.681.012 pesos: 49.940 pesos

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Entre 1.681.012 y 1.940.783 pesos: 30.206 pesos

Entre 1.940.783 y 6.069.688 pesos: 15.586 pesos

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  • Todas las terminaciones de documento: 14 de julio al 11 de agosto

Montos julio 2026:

El valor corresponde al salario mensual de la trabajadora en relación de dependencia, según su régimen.

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Los importes de asignaciones y haberes reflejan la actualización automática vinculada al índice de inflación (Facebook)
  • Todas las terminaciones de documento: 13 de julio al 11 de agosto

Montos julio 2026:

Nacimiento: 86.295 pesos

Adopción: 515.930 pesos

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Matrimonio: 129.209 pesos

Todas las terminaciones de documento: 8 de julio al 11 de agosto

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Montos julio 2026:

Se aplican los mismos valores que para asignaciones familiares del resto de los beneficiarios, según situación y tipo de asignación.

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  • DNI terminados en 0 y 1: 22 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 23 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 24 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 27 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 28 de julio

Montos julio 2026:

El monto depende del salario promedio y los meses aportados, de acuerdo al régimen vigente. No se informaron cifras precisas para este mes.

El cronograma y los importes responden a la última actualización comunicada por Anses, que mantiene la modalidad de pago habitual y la organización según la terminación del DNI. El aumento de julio, basado en la inflación de mayo, se aplica automáticamente sobre todos los haberes y asignaciones, según la normativa y resoluciones oficiales.

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ECONOMIA

Gobierno actualizó tarifas de electricidad y oficializó un aumento de impuestos en combustibles

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El reajuste dispuesto por la administración nacional incide en el precio final tanto en estaciones de servicio como en recibos eléctricos urbanos

01/07/2026 – 08:17hs

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El gobierno Nacional oficializó este miércoles un nuevo aumento en el impuesto a combustibles líquidos y dióxido de carbono que rige para todo julio. La medida se publicó en el Boletín Oficial y tendrá impacto directo en los precios de nafta y gasoil en todo el país.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo actualizó las tarifas de electricidad que aplicarán Edenor y Edesur desde el 1° de julio. Los nuevos cuadros tarifarios fueron aprobados mediante resoluciones específicas para cada distribuidora.

La normativa sobre combustibles responde a una actualización mensual que se realiza desde hace un año. El esquema actual proviene de un mecanismo pendiente de 2024 que se implementó durante cada trimestre de 2025.

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Los montos actualizados derivan de la fórmula de ajuste trimestral basada en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que informa el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), según el marco establecido por el Decreto 501/18.

Cuánto suben los impuestos que pagan naftas y gasoil

El Poder Ejecutivo resolvió, a través del Decreto 562/2026, que para las naftas se aplicará una suba de $21,192 por litro en el impuesto sobre los combustibles líquidos. A ese monto se suma un incremento de $1,298 por litro en el impuesto al dióxido de carbono.

En el caso del gasoil, el aumento será de $18,959 por litro para el gravamen general. Esta alícuota es la que rige en la mayor parte del territorio nacional.

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Para la Patagonia y zonas específicas del interior del país existe una alícuota diferencial más baja. En esas regiones, el incremento será de $10,266 por litro. Además, se suma un ajuste de $2,161 por litro por el gravamen al dióxido de carbono.

El Decreto 501/18 estableció que la entonces AFIP (actualmente ARCA) actualizaría los montos de los impuestos en enero, abril, julio y octubre de cada año. En cada caso, se considera la variación del IPC correspondiente al trimestre calendario que finaliza el mes inmediato anterior al de la actualización, y los montos tienen efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el primer día del segundo mes inmediato siguiente, inclusive.

Qué pasa con las tarifas de Edenor y Edesur desde julio

El Ejecutivo oficializó este miércoles los nuevos cuadros tarifarios que regirán a partir del 1° de julio para usuarios residenciales de Edenor y Edesur. Las resoluciones también actualizaron los componentes de distribución reconocidos a ambas compañías.

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Para los usuarios residenciales sin subsidio de la categoría de menor consumo (R1), Edesur fijó un cargo variable de $153.935 por kWh. Por su parte, Edenor estableció un valor de $154.881 por kWh para esa misma categoría.

Estos montos aplican a los hogares que no están alcanzados por el esquema de subsidios energéticos. Las medidas mantienen vigente el sistema de asistencia estatal para los beneficiarios que califican.

Cómo funcionan los subsidios energéticos en julio

Los usuarios alcanzados por el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) seguirán recibiendo asistencia estatal. El beneficio cubre un bloque de consumo base de hasta 300 kWh mensuales durante julio, y las resoluciones incorporan una bonificación adicional extraordinaria del 25% que se suma a los descuentos generales previstos por la normativa vigente.

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El consumo que exceda los 300 kWh mensuales será facturado sin subsidio. En esos casos, se utilizarán los valores plenos correspondientes a cada categoría tarifaria.

El esquema de subsidios se mantiene sin cambios respecto al mes anterior. La única novedad es la incorporación de la bonificación extraordinaria del 25%, que refuerza la asistencia a los hogares de menores ingresos durante el período invernal.

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