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ECONOMIA

La Bolsa mexicana acumula pérdida del 3,77 % y cierra su peor semana desde finales de 2022 Por EFE

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Ciudad de México, 24 may (.).- La Bolsa Mexicana de Valores (BMV) perdió este viernes un 0,9 % en su principal indicador, se ubicó en 55.413,12 unidades, para ligar su sexta sesión en negativo, acumular un retroceso semanal del 3,77 % y cerrar su peor semana desde finales de 2022.

Fue la tercera semana consecutiva que el mercado mexicano termina a la baja.

«En el mercado de capitales se registraron pérdidas para la mayoría de los índices a nivel global ante la expectativa de que la Reserva Federal podría mantener la tasa en niveles restrictivos durante la mayor parte del 2024», explicó a EFE la directora de Análisis Económico y Financiero de Banco Base, Gabriela Siller.

En México, dijo la experta, , principal indicador de la BMV, «perdió un 3,77 % semanal y dentro del índice solamente dos emisoras registraron ganancias semanales: Grupo Elektra (BMV:) con el 0,49 % y Grupo Aeroportuario del Pacífico con el 0,18 %».

Mientras que las emisoras con mayores caídas fueron: Grupo Aeroportuario del Centro Norte, con el 7,98 %; Grupo Carso (BMV:), con el 7,88 %; y Grupo México (BMV:), con el 7,22 %.

Por su parte, el director de Análisis Económico en Grupo Financiero Actinver, Enrique Covarrubias, explicó que este viernes el IPC cayó -0,9 %, mientras que en la semana, el índice terminó con un retroceso del -3,77 % para ligar su tercera semana a la baja.

Además, dijo que con ese porcentaje «el índice mexicano registra ahora un retroceso del -3,5 % en lo que va de 2024».

En la jornada, el peso se apreció un 0,23 % frente al dólar, al cotizar a 16,69 unidades por billete verde, luego de los 16,73 en la jornada previa, según datos del Banco de México.

El IPC cerró la sesión en 55.413,12 unidades, con una pérdida de 505,26 puntos y una variación negativa del 0,9 % frente a la jornada previa.

El volumen negociado en el mercado alcanzó los 181,4 millones de títulos por un importe de 9.540 millones de pesos (unos 571,6 millones de dólares).

De las 446 firmas que cotizaron en la jornada, 215 terminaron con sus precios al alza, 208 tuvieron pérdidas y 23 cerraron sin cambios.

Los títulos con mayor variación al alza fueron del club de fútbol América (Aguilas CPO), con el 6,22 %; del Grupo Financiero Banorte (BMV:) (GFNORTE O), con el 2,64 %, y de la cadena de supermercados Chedraui (CHDRAUI B), con el 2,2 %.

En contraste, las mayores variaciones a la baja fueron de la firma de servicios de telecomunicaciones en Axtel (BMV:) (AXTEL CPO), con el -8,81 %; de la minera Industrias Peñoles (PEÑOLES), con el -5,64 %, y de la distribuidora de productos químicos Alpek (ALPEK A), con el -5,1 %.

En la jornada, los cuatro sectores retrocedieron, comenzando por el de materiales (-2,01 %), seguido por el industrial (-1,95 %), el de consumo frecuente (-1,09 %) y el financiero (-0,09 %).

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ECONOMIA

CEPPT considera fijeza como única sanción contra abuso temporalidad tras sentencia TJUE Por EFE

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Madrid, 17 jun (.).- La Coordinadora Estatal de Empleados Públicos Temporales (CEPPT), tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado jueves, considera «la fijeza como única sanción contra el abuso de la contratación temporal» y añade «que es acorde con el ordenamiento jurídico nacional».

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó el pasado jueves que la conversión de interinos en trabajadores con contrato indefinido puede ser una medida adecuada para prevenir y sancionar los abusos de temporalidad en la administración pública siempre y cuando «no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la ley».

En un comunicado remitido esta noche a EFE, la CEPPT explica que «la conversión en ‘fijos estabilizados’ es viable», como, añade, «ya se expuso en el informe jurídico, realizado en 2021, por María Emilia Casas, expresidenta del Tribunal Constitucional».

Dicho informe, recuerda la CEPPT, «define la figura del ‘fijo estabilizado’, de forma similar a lo regulado en el artículo 87 de la Ley Régimen Jurídico del Sector Público, donde se contempla la integración directa como funcionarios públicos a extinguir , sin llegar a ser funcionarios de carrera, a los trabajadores de las entidades del Sector Público Institucional reabsorbidas por las Administraciones públicas, que vinieran ejerciendo funciones reservadas a funcionarios Públicos».

La CEPPT entiende «que la única sanción viable frente al abuso de contratación temporal dentro de la normativa nacional es la fijeza, ya que el pago de indemnizaciones proporcionadas, efectivas y disuasorias arruinaría las arcas públicas, lo que agravaría el deterioro de los servicios públicos y se incumpliría el compromiso del Gobierno en el plan de Resiliencia de reducir la temporalidad a coste cero».

Recuerda que el Gobierno «impulsó la Ley , aunque con bastantes lagunas y errores y sin cumplir con la jurisprudencia europea, intentaba estabilizar las plazas ocupadas de personal temporal en abuso para cumplir así con el compromiso con la UE de reducir la temporalidad a menos del 8%».

«Sin embargo -prosigue la nota- numerosas Administraciones Públicas han incumplido dicho mandato y, en consecuencia, cientos de miles de empleados públicos en temporalidad ilícita no han podido estabilizar en un puesto de trabajo, incumpliendo de forma válida el compromiso de la UE, que está muy lejos de alcanzarse».

«Celebramos la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 13 de junio de 2024, porque reconoce los derechos de los empleados públicos en abuso, sentencia que llega tras largos años de lucha contra la cerrazón de los Tribunales españoles, el Gobierno y las Administraciones Públicas».

En su sentencia, el TJUE destaca que el juzgado español que le hizo la pregunta considera que estas conversiones de interinos en trabajadores indefinidos serían legales si los empleados estuvieran «sujetos a las mismas causas de cese y de despido que aquellas que rigen para los funcionarios de carrera sin, no obstante, adquirir la condición de funcionario de carrera».

La Justicia europea respondió de esta forma a las cuestiones prejudiciales elevadas por un juzgado de Barcelona que debe resolver dos casos que enfrentan a tres trabajadoras con la Dirección General de la Función Pública y el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña.

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