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ECONOMIA

Emergencia permanente: por qué el sistema energético argentino necesita nuevas reglas

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El Gobierno propone regularizar la deuda con Cammesa, derogar incentivos hidrocarburíferos ya redundantes y prorrogar beneficios fiscales a renovables hasta 2045 (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Honorable Cámara de Diputados aprobó este miércoles un proyecto de ley que reordena cuatro pilares del sistema energético: el régimen de subsidios al gas en zonas frías, la deuda histórica del mercado eléctrico mayorista, los incentivos al sector hidrocarburífero y la franquicia impositiva a las energías renovables.

La iniciativa plantea que las tarifas reflejen costos reales y que el Régimen de Zona Fría vuelva a un diseño más acotado: mantenimiento automático en las áreas históricas de frío extremo y focalización por vulnerabilidad socioeconómica en el resto. A la vez, propone regularizar la deuda con Cammesa, derogar incentivos hidrocarburíferos ya redundantes y prorrogar beneficios fiscales a renovables hasta 2045.

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Es una máxima de la economía que, cuando un subsidio se universaliza, deja de cumplir su rol social y se transforma en un privilegio fiscal insostenible. La ampliación del Régimen de Zona Fría en 2021 es un caso de manual: terminó subsidiando la calefacción de hogares de altos ingresos en zonas templadas y ensanchó un déficit fiscal que pagan todos los argentinos. El proyecto de ordenamiento integral del sistema energético pone sobre la mesa una discusión incómoda, pero necesaria.

Al proponer que las tarifas reflejen los costos reales y readecuar la Zona Fría bajo un doble filtro: geografía rigurosa para el sur y vulnerabilidad socioeconómica para el resto, la ley busca que el Estado gaste menos y mejor. La nueva norma propone mantener el subsidio en las zonas frías históricas (como la Patagonia, Malargüe y la Puna) y aplicar un criterio estricto de vulnerabilidad socioeconómica en el resto del país.

Al proponer que las tarifas reflejen los costos reales y readecuar la Zona Fría bajo un doble filtro: geografía rigurosa para el sur y vulnerabilidad socioeconómica para el resto, la ley busca que el Estado gaste menos y mejor

Acompañado de un saneamiento de las deudas de las distribuidoras con Cammesa y de señales claras para la inversión y las energías renovables, el texto normativo apunta a lo que el sector energético no tiene hace años: reglas claras, previsibilidad hasta 2045 y criterios estables de asignación de subsidios.

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El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley para modificar el esquema de subsidios y regulación energética, articulado en cuatro ejes: la readecuación del régimen de subsidios al consumo de gas en zonas frías, la regularización de la deuda histórica del Mercado Eléctrico Mayorista, la prórroga de la franquicia impositiva a las energías renovables y la derogación de dos regímenes de incentivo al sector hidrocarburífero.

Los cuatro ejes comparten una misma lógica: reemplazar instrumentos diseñados para la emergencia por reglas para condiciones de normalidad.

Actualmente, aproximadamente 4,3 millones de usuarios de gas del país reciben un subsidio a su consumo. De ese total, cerca de 900.000 hogares pertenecen a la zona históricamente reconocida como de frío extremo: la Región Patagónica, el departamento de Malargüe en Mendoza y la región de la Puna. Acceden al beneficio de manera automática, sin importar su nivel de ingresos.

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Gráfico de barras apiladas que muestra la composición de los subsidios a la energía por gas, electricidad y otros, como porcentaje del PIB, desde 2006 hasta 2026
Este diagrama de barras apiladas ilustra la composición de los subsidios a la energía, desglosados en gas, electricidad y otros, como porcentaje del PBI

Los más de 3 millones restantes fueron incorporados en 2021 mediante la Ley 27.637, que extendió la cobertura a regiones con condiciones climáticas menos graves; en esas zonas, el subsidio llega hoy a los hogares que acrediten ingresos inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para una familia tipo, a través del registro del Subsidio Energético Focalizado (SEF), entre otros criterios.

El régimen tiene su origen en la época en que Gas del Estado prestaba el servicio de distribución. Entonces, el Estado fijaba tarifas diferenciales para las regiones más frías del país y las financiaba directamente con fondos del Tesoro. Cuando el servicio se privatizó en los noventa y el Estado dejó de ser el prestador, ese mecanismo quedó desactualizado.

En 2002, en el marco de la Ley de Emergencia Pública, con la pesificación y el congelamiento de tarifas, el artículo 75 de la Ley 25.565 creó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, conocido como Fondo Patagónico. Reemplazó el financiamiento directo del Tesoro por un recargo sobre el precio del gas que pagan todos los usuarios del país, independientemente de dónde vivan o cuánto ganen. El subsidio mantenía una justificación climática y geográfica concreta.

El subsidio llega hoy a los hogares que acrediten ingresos inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para una familia tipo

En 2021, la Ley 27.637, sancionada durante la presidencia de Alberto Fernández, extendió el beneficio a regiones sin condiciones climáticas equivalentes a las de la zona núcleo original. Lo que hasta entonces era un régimen acotado a la Patagonia, Malargüe y la Puna pasó a cubrir de forma automática subzonas bioambientales definidas por la norma IRAM 11603 y adoptadas por Enargas como criterio de zonificación: subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI. El mapa incluyó partes del sur de la provincia de Buenos Aires, zonas del centro del país y otras regiones que, aunque más frías que el norte -excluido-, no enfrentan las condiciones extremas que justificaron el régimen original.

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Además de establecer el descuento para la zona núcleo en 50%, la ley definió para las zonas incorporadas un descuento genérico de 30% para todos los usuarios de manera automática, y de 50% para quienes calificaran como vulnerables según los criterios de ingresos de esa misma ley. El universo de hogares beneficiarios pasó de más de 800.000 a más de 4 millones, incluidos hogares de altos ingresos sin filtro socioeconómico, con acceso automático por zona geográfica y sin necesidad de inscribirse en ningún registro.

El Decreto 943/2025 creó en enero de 2026 el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que unificó los subsidios energéticos a la energía eléctrica, al gas natural, al gas propano indiluido por redes y al gas licuado de petróleo bajo un único criterio: acceden los hogares cuyos ingresos netos conjuntos sean inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2 según Indec, más aquellos que tengan al menos un integrante con Certificado de Vivienda del ReNaBaP, con Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o con Certificado Único de Discapacidad (CUD). El SEF reemplazó la segmentación anterior en tres niveles (N1, N2, N3) por un esquema binario más simple y verificable.

Dos mapas de Argentina. El izquierdo muestra zonas bio-ambientales por color y estaciones meteorológicas. El derecho indica regiones de Zona Fría
Estos mapas detallan la clasificación bio-ambiental de Argentina según la norma IRAM 11603:2012 y las áreas beneficiarias del Régimen de Zona Fría, con datos de Adrián Ravier

El Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas se financia por un recargo sobre el precio del gas que pagan todos los usuarios del país. Ese recargo se fijó inicialmente en $0,004 por cada metro cúbico (m³) de gas consumido por redes en todo el país. Poco después, con la Ley 25.725 de 2003, se lo modificó a un porcentaje de hasta 7,5% sobre el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada m³ de 9.300 kilocalorías, aplicado a la totalidad de los metros cúbicos consumidos o comercializados por redes o ductos en el territorio nacional.

Ese porcentaje aumentó con el tiempo. Según un informe de la Auditoría General de la Nación, en diciembre de 2017 el recargo era del 2,58%; en septiembre de 2018, del 2,96%; en junio de 2019, del 4,46%; en agosto de 2021 llegó al 5,44%. Con las revisiones tarifarias de 2025 trepó al 7,5%, su tope legal vigente. Aun así, el fondo cerró en déficit: lo recaudado no alcanzó para pagar todo el subsidio y el Tesoro debió aportar recursos adicionales.

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En abril de 2026, el DNU 266/2026 facultó al Poder Ejecutivo a llevarlo hasta 11,25%, un 50% por encima del tope vigente, facultad que el proyecto en debate busca incorporar en una ley.

Gráfico de barras apiladas que muestra la composición de los ingresos del Fondo Fiduciario para Subsidios de Gas Residencial, con datos de 2005 a 2025
El gráfico detalla la composición de los ingresos del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas entre 2005 y 2025, mostrando el cambio en la dependencia de los aportes del Tesoro

Con esos fondos, el Estado compensa a las distribuidoras por la diferencia entre el precio subsidiado que cobran a los usuarios y el precio real del gas. El beneficio se calcula sobre la tarifa completa: precio del gas, transporte y distribución, y cubre tanto el gas natural por redes como el gas propano indiluido y, en la zona núcleo, los cilindros y garrafas de GLP. Durante algunos años, con las tarifas congeladas en valores desactualizados, ese porcentaje alcanzó para sostener el sistema.

Con tarifas aún intervenidas, el costo fiscal de la ampliación de 2021 parecía manejable. Dejó de serlo cuando las tarifas empezaron a reflejar costos reales: subsidiar el 50% de una tarifa congelada al 30% del costo real es una cosa; subsidiar el 50% de una tarifa que se acerca a su valor real, otra muy distinta.

El universo de hogares beneficiarios pasó de más de 800.000 a más de 4 millones, incluidos hogares de altos ingresos sin filtro socioeconómico

El gobierno de Javier Milei llevó adelante las Revisiones Tarifarias Quinquenales durante 2025, que ubicaron las tarifas más cerca de los costos reales.

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El resultado fue predecible. El fondo recauda mediante el recargo que pagan todos los usuarios, lo transfiere a las distribuidoras para compensarlas por vender el gas a precio subsidiado, y las distribuidoras, con esos fondos, les pagan a los productores.

Javier Milei habla en un evento de VALO
El gobierno de Javier Milei llevó adelante las Revisiones Tarifarias Quinquenales durante 2025, que ubicaron las tarifas más cerca de los costos reales

Cuando el fondo entró en déficit y el Tesoro no cubrió la brecha en tiempo y forma, las distribuidoras dejaron de recibir la compensación y, sin ella, no pudieron pagarles a los productores. Así se rompió la cadena de pagos, y el subsidio al usuario final generó deuda aguas arriba en toda la industria.

El problema del sistema eléctrico argentino tiene una raíz similar. Durante años de emergencia económica, las tarifas de luz se mantuvieron fuertemente intervenidas y atrasadas respecto de la inflación y los precios internacionales. Esa brecha generó una acumulación de desequilibrios que comprometió la cadena de pagos del sector.

Durante años de emergencia económica, las tarifas de luz se mantuvieron fuertemente intervenidas y atrasadas respecto de la inflación y los precios internacionales

La consecuencia directa fue el deterioro progresivo de las finanzas. Las empresas distribuidoras, que llevan la electricidad al usuario final, priorizaron el sostenimiento mínimo del servicio por sobre el pago íntegro de la energía adquirida a Cammesa (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A.). Así, acumularon una deuda histórica que se profundizó año tras año.

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Los ajustes tarifarios recientes acercaron los cuadros de precios a los costos reales de distribución. Sin embargo, esa corrección no resolvió el problema acumulado: el pasivo con Cammesa sigue vigente y, si los ingresos actuales se destinan a cancelarlo, no queda margen para inversiones urgentes en infraestructura eléctrica. El dinero alcanza para operar, pero no para sanear y modernizar el sistema al mismo tiempo.

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El pasivo con Cammesa sigue vigente y, si los ingresos actuales se destinan a cancelarlo, no queda margen para inversiones urgentes en infraestructura eléctrica

El Gobierno tomó medidas para ordenar la cadena de pagos: primero, una resolución de emergencia en mayo de 2024 para las deudas más antiguas, y luego el DNU 186/2025, que estableció un plan de regularización más amplio, con hasta 72 cuotas.

A ese estrangulamiento financiero se suma un frente judicial potencial. Las distribuidoras cuentan con argumentos para reclamar al Estado Nacional por daños derivados del incumplimiento de sus contratos de concesión durante el período de congelamiento, lo que abre un horizonte de litigios millonarios. El resultado es un mercado eléctrico mayorista bloqueado: tarifas actualizadas que no pueden volcarse íntegramente a mejorar el servicio, condicionadas por una deuda sistémica sin resolver y por una perspectiva de alta conflictividad judicial.

El sector hidrocarburífero acumuló dos regímenes de incentivos que respondieron a contextos distintos del actual. El primero, el Decreto 929/13, sancionado durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner y complementado por la Ley 27.007, permitía a las empresas que invirtieran al menos USD 250 millones en un proyecto exportar el 20% de su producción con retenciones del 0% y libre disponibilidad de las divisas generadas. El objetivo era atraer inversiones a Vaca Muerta cuando la producción de petróleo y gas caía y la formación recién empezaba a desarrollarse.

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El segundo, el Decreto 277/22 del gobierno de Alberto Fernández, creó el Radpip y el Radpign, regímenes de acceso preferencial al mercado de cambios para la producción incremental de petróleo y gas, respectivamente, diseñados para estimular la producción en un contexto de cepo cambiario.

Vaca Muerta se encuentra en expansión productiva, el cepo cambiario fue levantado y la Ley 27.742, sancionada en 2024, incorporó el RIGI como marco de incentivos para grandes inversiones

Hoy el contexto cambió. Vaca Muerta se encuentra en expansión productiva, el cepo cambiario fue levantado y la Ley 27.742, sancionada en 2024, incorporó el RIGI como marco de incentivos para grandes inversiones. Junto con sus decretos reglamentarios de 2025, ese esquema estableció un marco más amplio y previsible para el desarrollo energético. En ese escenario, los beneficios especiales previstos en aquellos decretos pasaron a representar un costo fiscal sin justificación en nuevos proyectos.

Frente a ese diagnóstico, el Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley que aborda simultáneamente el desorden del Régimen de Zona Fría, el bloqueo financiero del Mercado Eléctrico Mayorista y los regímenes de incentivos hidrocarburíferos que cumplieron su ciclo, además de la adecuación del esquema de promoción de energías renovables a un nuevo contexto macroeconómico y regulatorio. Todos comparten la misma lógica: reemplazar instrumentos diseñados para contextos de emergencia o fuerte intervención estatal por reglas orientadas a funcionar con mayor normalidad y previsibilidad de largo plazo.

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En materia de Zona Fría, el proyecto reforma el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga parte de la Ley 27.637, que extendió beneficios en 2021. La reforma mantiene el subsidio histórico para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe y la Puna, pero lo reorganiza en dos tramos. El primero cubre a todos los usuarios residenciales de esas regiones, con una bonificación sobre el precio del gas que se paga directamente a los productores. El segundo, bajo el Sistema de Subsidios Focalizados, alcanza a los usuarios que cumplan los criterios de vulnerabilidad que establece el SEF: ingresos bajos, vivienda informal, veteranos de Malvinas o discapacidad certificada.

En ambos casos, el subsidio se calcula sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, y no sobre la tarifa integral que incluye transporte y distribución. Ese cambio reduce el costo fiscal del beneficio sin eliminar la asistencia a quienes la necesitan. El subsidio apunta al consumo adicional que imponen las condiciones climáticas de las zonas de frío extremo: mayor consumo de gas, no cargos fijos de la factura, iguales para todos los usuarios.

Finalmente, el fondo sigue financiándose con el tope del cargo del 7,5% sobre el gas consumido a nivel nacional, que el Poder Ejecutivo puede ajustar hasta un 50% según las condiciones del mercado.

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Documento digital que lista leyes y decretos bajo los encabezados "Marco normativo modificado", "Sustituidos", "Prorrogado" y "Derogados"
Un documento digital presenta el marco normativo de RAVIER 235, detallando leyes y decretos que han sido sustituidos, prorrogados o derogados.

En cuanto a la situación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), el proyecto propone salir del bloqueo mediante un mecanismo de compensación: el Estado calculará la diferencia entre lo que cada distribuidora recaudó durante los años de emergencia tarifaria y lo que le habría correspondido si se hubiera aplicado su contrato de concesión sin interrupciones. Esa cifra se acreditará contra la deuda que esas distribuidoras mantienen con Cammesa por la compra de energía. La condición es que las empresas renuncien a la totalidad de los reclamos judiciales o administrativos vinculados a las emergencias tarifarias.

El resultado buscado es triple: regularizar la cadena de pagos del MEM, eliminar la incertidumbre judicial sobre el sector y liberar recursos actuales de las distribuidoras para inversiones en infraestructura. El proyecto modifica, además, el artículo 40 de la Ley 24.065 para que el costo de adquisición de la energía en el mercado mayorista se traslade automáticamente a las tarifas, y cierre el mecanismo que permitió que las distribuidoras acumularan deuda con Cammesa en lugar de trasladar costos reales.

El proyecto prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 los beneficios fiscales previstos en el artículo 17 de la Ley 27.191 para las energías renovables

Respecto de los hidrocarburos, el proyecto deroga el Decreto 277/22 y los artículos de la Ley 27.007 que incorporaban los beneficios del Decreto 929/13. Ambos regímenes fueron herramientas válidas en su momento, pero la Ley 27.742 de 2024 y sus decretos reglamentarios crearon un marco general de inversión energética que volvió redundantes esos incentivos específicos, mientras su costo fiscal dejó de tener justificación en un mercado en expansión.

Por último, el proyecto prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 los beneficios fiscales previstos en el artículo 17 de la Ley 27.191 para las energías renovables. El sector ya aporta cerca del 20% de la generación eléctrica nacional y sus inversiones son de largo plazo: la estabilidad tributaria es una condición de financiamiento. La prórroga también flexibiliza la cesión a privados de los contratos de abastecimiento celebrados por el sector público bajo esa ley, en línea con la política de promover contratos entre privados como mecanismo de previsibilidad y financiamiento.

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Durante décadas, el sistema energético argentino funcionó bajo el régimen de la excepcionalidad. Lo que nacía como una medida de emergencia para paliar una crisis terminaba convertido en regla permanente, con desequilibrios financieros, congelamientos y distorsiones regulatorias. El proyecto de ley, que obtuvo media sanción en Diputados, busca iniciar una transición hacia un esquema de normalidad regulatoria y previsibilidad de largo plazo.

El autor es economista, diputado por La Pampa y presidente de La Libertad Avanza La Pampa; la autora es economista y asesora en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación



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ECONOMIA

Ley de Inocencia Fiscal limita controles de ARCA y levanta sospechas de blanqueo encubierto

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El Poder Ejecutivo finalmente puso sobre la mesa un ambicioso proyecto de ley que introduce modificaciones relevantes en las Leyes 27.799 (Inocencia Fiscal), 11.683 (Procedimiento Tributario) y 25.191 (Trabajadores Rurales). Bajo la denominación de «Ley de Inocencia Fiscal II», la iniciativa busca consolidar un sistema tributario más lógico que proteja a los pequeños y medianos contribuyentes. Al mismo tiempo, se aclara que esta simplificación tiene por objeto ordenar el cumplimiento sin flexibilizar los controles estatales sobre aquellos contribuyentes de gran magnitud económica (Grandes Contribuyentes).

Sin embargo, más allá de la propuesta oficial centrada en la simplificación administrativa, la letra de la iniciativa abrió un intenso debate entre tributaristas, contadores y especialistas en compliance: ¿se trata únicamente de una reducción de cargas burocráticas o constituye, en los hechos, una nueva forma de blanqueo de capitales encubierto?

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Para responder esa pregunta resulta necesario analizar los principales cambios previstos para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025. Aunque el texto evita expresamente términos como «blanqueo» o «exteriorización voluntaria», varias de sus disposiciones generan efectos similares a los observados en regímenes de regularización fiscal anteriores.

Declaración simplificada: quiénes podrán adherir

El corazón de la reforma se encuentra en la creación de un régimen simplificado para la presentación de Ganancias destinado a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. La permanencia en la condición de residente fiscal durante todo el ejercicio constituye un requisito indispensable para acceder a los beneficios previstos. De perderse esa condición, ARCA quedaría habilitada para realizar tareas de fiscalización y eventualmente aplicar sanciones.

Uno de los aspectos más llamativos es la exclusión de los Grandes Contribuyentes Nacionales de los beneficios centrales del esquema. Aunque podrán utilizar la modalidad simplificada para presentar y abonar el impuesto, el proyecto establece que no accederán a las presunciones ni a los efectos especiales previstos para el resto de los contribuyentes.

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La decisión parece orientada a concentrar los beneficios en contribuyentes medianos y pequeños, manteniendo mayores controles sobre los grandes patrimonios y empresas de gran escala.

La Ley de Inocencia Fiscal fija nuevas limitaciones a la fiscalización de ARCA

Uno de los puntos que más controversia genera es la fuerte restricción a las facultades de control del organismo recaudador.

El proyecto incorpora una presunción de exactitud sobre las declaraciones juradas presentadas bajo este régimen. Para cuestionarlas, ARCA deberá demostrar la existencia de una «discrepancia significativa», concepto que el propio texto define de manera particularmente restrictiva.

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Según la propuesta, una diferencia sólo será considerada relevante cuando el ajuste fiscal supere el 15% del impuesto determinado por el contribuyente y, además, exceda determinados umbrales vinculados al Régimen Penal Tributario. También se contemplan excepciones vinculadas con facturación apócrifa o ingresos manifiestamente improcedentes.

A ello se suma una posibilidad adicional para neutralizar el cuestionamiento: si el contribuyente presenta una declaración rectificativa dentro de los 15 días hábiles de ser notificado y cancela la diferencia, la discrepancia quedaría subsanada.

La carga de la prueba cambia de manos con la Ley de Inocencia Fiscal 

La iniciativa también modifica de manera significativa la dinámica de los procedimientos de fiscalización.

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En ese sentido establece expresamente que la carga de probar la existencia de inconsistencias recaerá exclusivamente sobre ARCA. Además, limita las herramientas probatorias disponibles para el organismo, que sólo podrá basarse en la información declarada por el contribuyente, los datos obrantes en sus sistemas o la información suministrada por terceros.

El texto incluso dispone que cualquier otro elemento considerado por la administración carecerá de valor probatorio para impugnar la declaración presentada.

Para los críticos de la iniciativa, este esquema genera un verdadero «tapón fiscal», al dificultar de manera sustancial la revisión de períodos anteriores y extender una presunción favorable sobre ejercicios no prescriptos vinculados al IVA.

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El ingreso de fondos al circuito formal

Otro de los aspectos que alimentan la discusión sobre un posible blanqueo encubierto es el tratamiento previsto para los fondos incorporados al sistema financiero formal.

El nuevo artículo 40 bis obliga a canalizar determinadas operaciones a través de instrumentos autorizados por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores. Sin embargo, el punto central radica en que esos fondos serán considerados incorporados al patrimonio del contribuyente en la fecha de realización de la operación a los efectos del Impuesto sobre los Bienes Personales.

En la práctica, esto implica que recursos previamente no declarados podrían ingresar al circuito formal y adquirir reconocimiento patrimonial sin que se examine necesariamente su origen histórico, una característica que diversos especialistas asocian con los efectos típicos de los regímenes de exteriorización de activos.

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El rol de la UIF y los sujetos obligados

La iniciativa también contempla un tratamiento especial para los controles vinculados a la prevención del lavado de activos.

La adhesión al régimen deberá ser considerada por bancos, agentes de bolsa, escribanos y otros sujetos obligados como un antecedente favorable al momento de analizar operaciones. Aunque el proyecto aclara que continúan vigentes las obligaciones establecidas por la normativa antilavado, también ordena a la Unidad de Información Financiera dictar regulaciones complementarias y prevé mecanismos tecnológicos para verificar rápidamente la situación de los contribuyentes adheridos.

La eximición de multas por defraudación

Quizás el punto más sensible del proyecto aparece en materia sancionatoria.

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El artículo 42 ter establece que quienes adhieran al régimen y regularicen obligaciones tributarias derivadas de ajustes previos de ARCA quedarán eximidos de las multas previstas en los artículos 45 y 46 de la Ley 11.683.

Se trata de sanciones vinculadas tanto a la omisión de impuestos como a supuestos de defraudación fiscal. Para acceder a este beneficio, el contribuyente deberá renunciar a iniciar acciones de repetición contra el Estado por los montos regularizados.

Precisamente esta exención de multas es uno de los argumentos más utilizados por quienes sostienen que el proyecto excede ampliamente una mera simplificación administrativa y se aproxima a una verdadera amnistía tributaria.

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El contraste: endurecimiento para el trabajo rural no registrado

Mientras el capítulo tributario introduce beneficios y alivios para determinados contribuyentes, el Título II del anteproyecto adopta una lógica opuesta respecto del empleo agrario.

La reforma prevé un incremento sustancial de las sanciones por trabajo rural no registrado. Las multas por declaraciones falsas podrían alcanzar hasta $1,5 M por trabajador, mientras que las infracciones más graves -vinculadas a la omisión total de registración- llegarían a montos de entre $1,5 M y $7,5 M por empleado, con agravantes por reincidencia.

Además, esas sanciones se actualizarán mediante el índice UVA, un mecanismo que garantiza su ajuste periódico.

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Un proyecto que promete generar debate

Más allá de cómo finalmente sea bautizada por el Congreso, la iniciativa ya instaló una discusión de fondo sobre el equilibrio entre simplificación tributaria, seguridad jurídica y capacidad de fiscalización estatal.

Sus defensores sostienen que permitirá reducir burocracia, incentivar la formalización y canalizar recursos hacia la economía real. Sus críticos, en cambio, consideran que las restricciones impuestas a ARCA, la protección otorgada a determinados fondos y la condonación de multas configuran una arquitectura jurídica que, en los hechos, funciona como un blanqueo sin el costo político que supone impulsar una amnistía fiscal tradicional.

Lo cierto es que el debate aún no comienza en el Congreso y promete convertirse en uno de los ejes tributarios más relevantes de los próximos meses.

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ECONOMIA

Moody’s le subió la nota a la Ciudad de Buenos Aires y la transformó en la jurisdicción con mejor calificación de deuda

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Moody’s destacó la solidez financiera y la baja dependencia de la Ciudad respecto de transferencias federales (FOTO: Diario El País)

La agencia Moody’s Ratings otorgó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una mejora en su calificación crediticia, que pasó de B2 a B1, luego de la mejora en la nota para la deuda soberana. Con esta decisión, la Ciudad se convirtió en la jurisdicción argentina con la mejor calificación subsoberana, dos escalones por encima de la Nación. El informe publicado por Moody’s señala que este avance responde a un perfil crediticio más sólido en comparación con otras ciudades de la región, sustentado en el desempeño operativo y financiero y en una reducida exposición a transferencias federales.

La noticia generó reacciones inmediatas dentro del gobierno porteño. Jorge Macri, jefe de Gobierno, sostuvo: “Contundente. Después de 14 años recuperamos la calificación B1 de Moody’s y tenemos la máxima nota subsoberana de la Argentina. No hay fórmulas mágicas. Orden en las cuentas de la Ciudad y un país con una macroeconomía estable. Es por acá”. El funcionario remarcó la importancia de la estabilidad y el orden en las cuentas públicas como factores clave para lograr el reconocimiento de la calificadora internacional.

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Por su parte, Gustavo Arengo, ministro de Hacienda y Finanzas de la Ciudad, afirmó: “Tras 14 años, la Ciudad de Buenos Aires vuelve a obtener la calificación B1 con perspectiva estable por parte de Moody’s Ratings, posicionándose como la jurisdicción con mejor calificación”. Arengo atribuyó la mejora al orden en las cuentas públicas y la disciplina fiscal implementada por la gestión de Jorge Macri.

El informe de Moody’s subrayó que la Ciudad de Buenos Aires es el gobierno local y regional argentino más resiliente gracias a sus bajas necesidades de financiamiento y a una exposición manejable de su deuda en moneda extranjera. Moody’s prevé que la jurisdicción mantendrá métricas financieras alineadas con su perfil crediticio a mediano plazo, apoyada en una posición de liquidez sólida, un perfil de amortización cómodo y una gestión financiera prudente.

El contexto de esta mejora se relaciona con el reciente anuncio de Moody’s acerca de la suba de la nota de la deuda soberana de Argentina, que pasó de Caa1 a B3 para los compromisos en moneda local y extranjera. En ese marco, Arengo destacó que el avance de la Ciudad también se apoya en el ordenamiento macroeconómico dispuesto por el gobierno nacional, que generó condiciones más favorables para el acceso a financiamiento y la promoción de inversiones.

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Jorge Macri presenta la plataforma digital BAX en un evento público, mostrando su interfaz en una pantalla gigante.
Jorge Macri y el equipo económico porteño celebraron la nueva calificación B1 otorgada por Moody’s Ratings (Captura de video)

En junio, Moody’s local ya había elevado las calificaciones de emisor en moneda local y extranjera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de AA+.ar a AAA.ar, ubicando a la administración porteña en el nivel de mayor calidad crediticia entre los emisores locales. El nuevo informe internacional refuerza esa posición y distingue la gestión de las cuentas públicas en el distrito capitalino.

La mejora de la calificación crediticia implica para la Ciudad una mayor confianza de los mercados y mejores condiciones para acceder a financiamiento. El reconocimiento de Moody’s también posiciona a Buenos Aires como un referente en el manejo fiscal dentro del país. La agencia destacó la continuidad de políticas financieras orientadas a la prudencia y a la sustentabilidad, y la baja dependencia de la Ciudad respecto de fuentes externas de recursos.

El gobierno de la Ciudad enfatizó que la calificación B1 con perspectiva estable es resultado directo del trabajo realizado en materia de orden fiscal y de la disciplina sostenida en la administración de sus recursos. Tanto Macri como Arengo mencionaron el impacto positivo de las condiciones macroeconómicas nacionales en el proceso de recuperación de la nota internacional.

El informe de Moody’s también evaluó la exposición de la Ciudad a la deuda en moneda extranjera como manejable y resaltó la solidez de su posición de liquidez. Según el documento, la administración porteña cuenta con una estructura de amortización favorable y un nivel de reservas adecuado para enfrentar obligaciones futuras. La calificadora proyectó que Buenos Aires mantendrá indicadores financieros consistentes con su actual perfil de riesgo durante el mediano plazo.

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La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la obtención de la calificación B1, se consolidó como la jurisdicción argentina con mejor nota subsoberana según los parámetros internacionales. El resultado, según la administración local, responde a una estrategia de orden en las cuentas, disciplina fiscal y gestión financiera prudente, en un contexto nacional que favoreció el acceso a recursos para potenciar inversiones.



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ECONOMIA

Neuquén regresó a Wall Street y las emisiones en dólares ya superan los u$s18.000 millones

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La emisión de bonos en dólares sigue firme y anticipa más oferta de divisas en el mercado de cambios. Esta semana hubo movimientos importantes: Neuquén volvió a Nueva York, donde había estado ausente desde 2017, para captar u$s500 millones con un título a 7 años y rendimiento de 7,65%. A la vez, la petrolera PCR consiguió u$s400 millones con tasa y duración similar, mientras Central Puerto obtuvo casi u$s100 millones. Entre el miércoles y jueves, se emitieron unos u$s1.000 millones. Desde el shock de confianza que generó el triunfo de Javier Milei en las elecciones de octubre, el total emitido supera los u$s18.000 millones.

Las colocaciones de deuda en dólares, tanto de empresas como de provincias, son clave para el mercado de cambios: buena parte de los fondos obtenidos ingresa gradualmente a la plaza cambiaria, en la medida en que los emisores necesiten afrontar compromisos en pesos. Esto implica mayor oferta de divisas en el mercado, lo que contribuye a compensar la demanda tanto privada como del Banco Central y juega a favor de la estabilidad del peso.

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La operación que concluyó ayer Neuquén significó, además, la primera emisión provincial en moneda extranjera desde la que realizó la Ciudad de Buenos Aires en mayo. La provincia petrolera logró conseguir el monto total que buscaba, que utilizará para obras y refinanciar deuda existente. En la operación se destacaron las siguientes características:

  • Monto emitido: u$s500 millones
  • Legislación: Nueva York
  • Cupón: 7,35%
  • Tasa Interna de Retorno (TIR): 7,65%
  • Precio de corte: u$s98,37
  • Plazo: 7 años de vida promedio, con vencimiento final en 2034
  • Amortización: Tres partes iguales entre julio de 2032, 2033 y 2034

«Más allá de la estructura del bono, el principal atractivo crediticio de Neuquén es Vaca Muerta. Las regalías hidrocarburíferas representan cerca del 38% de los ingresos provinciales, están denominadas en dólares y, según las autoridades, alrededor del 70% de los recursos de la provincia están vinculados a la dinámica del sector energético o al dólar. Exhibe métricas conservadoras: el stock de deuda cayó desde unos u$s1.170 millones en 2023 a u$s778 millones en el primer trimestre de este año, mientras la relación deuda/ingresos corrientes cedió de 30% a 16%», destaca PPI.

El antecedente reciente más relevante de emisión de deuda en el segmento sub-soberano fue el de la Ciudad de Buenos Aires en mayo, cuando colocó u$s500 millones a 10 años con TIR de 7,37% y, desde entonces, opera con rendimiento prácticamente estable. De acuerdo con PPI, era lógico que Neuquén pagara una tasa mayor a la de CABA por contar con menor liquidez e historial crediticio, aunque compensa con el crecimiento que exhibe la provincia gracias a Vaca Muerta. Por ello, previo a la emisión, calculaba una TIR de entre 7,4% y 7,5%, levemente inferior a la que finalmente salió (7,65%).

Las emisiones corporativas y provinciales superan los u$s18.000 millones desde octubre

Desde el shock de confianza que generó el contundente triunfo electoral de Milei y La Libertad Avanza en las legislativas de octubre, lo que impulsó el apetito de los inversores por activos argentinos, las emisiones de títulos de deuda corporativa y provincial en moneda extranjera, tanto en el mercado local como en el exterior, ascienden a aproximadamente u$s18.260 millones. Por segmento y legislación, los montos emitidos en dólares desde finales de octubre están compuestos de la siguiente manera:

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  • Mercado local: u$s4.913 millones
  • Mercado internacional: u$s13.346 millones
  • Empresas: u$s14.110 millones
  • Provincias: u$s4.150 millones

La gran mayoría de las colocaciones corporativas fue realizada por el sector energético. El miércoles, por ejemplo, Petroquímica Comodoro Rivadavia emitió u$s400 millones a través de un bono a 7 años de legislación de Nueva York, con rendimiento de 7,625% y cupón de 8,5%. Del lado provincial, desde las elecciones de octubre ya son seis distritos que han emitido títulos en Estados Unidos a través de siete operaciones (doble participación de CABA). En orden cronológico, están distribuidas de la siguiente manera:

  • Ciudad de Buenos Aires: En noviembre de 2025, captó u$s600 millones con tasa de 7,8% y plazo promedio de 7 años
  • Santa Fe: En diciembre de 2025, colocó u$s800 millones con tasa de 8,1% y plazo de 9 años
  • Córdoba: En enero de 2026, consiguió el mismo monto y plazo de Santa Fe, pero con tasa de 8,6%
  • Entre Ríos: En febrero de 2026, captó u$s300 millones a 7 años y tasa de 9,87%
  • Chubut: En abril de 2026, emitió u$s650 millones con tasa de 9,45% y vencimiento a 10 años
  • Ciudad de Buenos Aires: En mayo de 2026, captó u$s500 millones con tasa de 7,37% y duración de 10 años
  • Neuquén: En julio de 2026, consiguió u$s500 millones con rendimiento de 7,65% y plazo promedio de 7 años

Cómo impactan las emisiones en el mercado de cambios y las reservas del BCRA

La racha de emisiones de títulos de deuda en moneda extranjera anticipa mayor oferta de dólares en el mercado de cambios, lo que juega a favor de la estabilidad cambiaria y las compras de reservas por parte del Banco Central. De hecho, de acuerdo con Max Capital, las fuertes compras que realizó la autoridad monetaria la semana pasada, que ascendieron a más de u$s1.100 millones en sólo cuatro jornadas, con pico de u$s530 millones en una de ellas, se habrían explicado por el ingreso de dólares pertenecientes a bonos emitidos en el exterior.

Esta semana, tras la seguidilla de compras en «bloque», la autoridad monetaria volvió a moderar el ritmo de compras, con montos de entre u$s25 millones y u$s45 millones. En julio, acumula compras por u$s1.591 millones y en lo que va del año la cifra asciende a u$s12.766 millones.

En tanto, el tipo de cambio fluctúa apenas por debajo de $1.500 en el segmento oficial mayorista. A pocas jornadas para que finalice julio, ayer operó a $1.489, casi el mismo valor con el que arrancó el mes ($1.482), a pesar de que en los últimos días el BCRA habría reducido sustancialmente las intervenciones en los mercados de dólar linked y futuros de dólar. En tanto, los analistas esperan que los dólares conseguidos por las empresas y provincias a través de bonos mencionados sigan ingresando a lo largo de los próximos meses, lo que ayudaría a compensar la caída estacional en la oferta del agro.

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