POLITICA
Julio De Vido obtuvo la prisión domiciliaria y dejará la cárcel de Ezeiza

La Cámara Federal de Casación le concedió la prisión domiciliaria a Julio De Vido, exministro de Planificación Federal del kirchnerismo, que tiene 76 años y múltiples patologías de salud que son crónicas y requieren un tratamiento que no se le puede dar en la cárcel, según precisó el tribunal al fundamentar su decisión.
De Vido está preso en el penal de Ezeiza, donde cumple su condena a cuatro años de prisión por la Tragedia de Once, caso en el que fue declarado culpable del delito de fraude al Estado, como partícipe necesario de una maniobra de corrupción.
La sala III de la Casación dictó el fallo que le dio la prisión domiciliaria con los votos de los jueces Mariano Borinsky, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci. Hizo lugar a un pedido de la defensa de De Vido y le encomendó al juez de ejecución que establezca controles periódicos y disponga las reglas que deberá cumplir el exfuncionario.
En cuanto al cuadro médico de De Vido, los jueces detallaron que requiere controles clínicos especializados, dieta adecuada, administración permanente de medicación e infraestructura sanitaria idónea. También tuvieron en cuenta -relataron- que recientemente padeció un episodio cardíaco y que fue calificado por los expertos como un paciente de alto riesgo cardiovascular.
Los camaristas destacaron que el Cuerpo Médico Forense había advertido que, si no se cumplía total o parcialmente con las exigencias señaladas, el entorno carcelario se consideraría un lugar inadecuado para el alojamiento de De Vido, porque se incrementaría el riesgo de descompensaciones y de la aparición de trastornos irreparables para su salud.
En cuanto al incidente recientemente padecido por De Vido, los jueces relataron que cursó una internación por arritmia y que se le realizó “una cardioversión eléctrica con retorno al ritmo sinusal y una cinecoronariografía con posterior revascularización con angioplastía con implante de stent (…), indicando tratamiento con anticoagulación (apixaban) y antiarrítmico (amiodarona), además de su tratamiento de base”.
Los camaristas entendieron entonces que los medios con los que cuenta la cárcel donde está detenido, no resultaban suficientes y adecuados para cubrir todas las condiciones que el Cuerpo Médico indicó como imprescindibles para atender la situación de De Vido.
En noviembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena de De Vido por la tragedia que ocurrió en la estación ferroviaria de Once el 22 de febrero de 2012, que provocó la muerte de 51 personas. Se dispuso entonces el traslado de De Vido a la cárcel.
El exministro no había sido incluido, en 2015, en la primera sentencia del caso, cuando el Tribunal Oral Federal N° 2 condenó al maquinista Marcos Córdoba, los propietarios y exdirectivos de TBA -concesionaria del servicio ferroviario-, así como de los exsecretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi.
Según se determinó en ese juicio, el choque ocurrió por el mal estado de funcionamiento del tren, ya que no tenía el mantenimiento que requería a pesar de los fondos que el Estado destinaba y por una actitud negligente del conductor. En los fundamentos de ese fallo se ordenó investigar la responsabilidad del exministro de Planificación.
En 2018, el Tribunal Oral Federal Nº 4 condenó a De Vido a la pena de cinco años y ocho meses de prisión por administración fraudulenta, al considerar que no cumplió con su deber de controlar el uso de los fondos públicos asignados a Trenes de Buenos Aires (TBA).
Sin embargo, en contra de lo pedido por la fiscalía y la querella, fue absuelto en cuanto al delito de estrago culposo, vinculado a las muertes y lesiones que provocó el choque del tren.
condena a cuatro años,Conforme a
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El oficialismo negocia y busca aprobar en el Senado una ley que habilita desalojos en 20 días

El oficialismo apura las conversaciones en el Senado para llegar al próximo jueves con los votos necesarios para darle media sanción a la ley de inviolabilidad de la propiedad privada. El proyecto, enviado por el Ejecutivo nacional y modificado en las conversaciones con los bloques dialoguistas, establece entre sus puntos principales que un inquilino puede ser desalojado en 20 días por falta de pago.
En los pasillos del Senado aseguran que “todavía” no están los votos y que si es cierto lo que afirma La Libertad Avanza —que cuenta con el número necesario— es “muy finito. Si alguien de los socios no viaja, se cae”.
Impulsada por el ministro Federico Sturzenegger, la iniciativa llega al Senado el jueves 16 de julio con 13 versiones previas y reformas en seis grandes áreas.
Uno de los puntos más relevantes tiene que ver con los desalojos de inquilinos por falta de pago, capítulo en el que el oficialismo aceptó la mayor cantidad de cambios.
El proyecto establece que ante la falta de pago, el propietario debe intimar al inquilino con un mínimo de 10 días corridos —ampliado desde los 3 días del texto original— para regularizar la deuda. La notificación puede hacerse en el domicilio del contrato o por correo electrónico, y debe indicar el lugar exacto de pago.
Si persiste el incumplimiento, el propietario puede iniciar la acción de desalojo, que se tramita en 10 días hábiles. Solo se admite prueba documental y pericial para evitar dilaciones.

Quienes se oponen a la medida señalan que la ciudadanía atraviesa un proceso de pérdida de ingresos y de poder adquisitivo como consecuencia de paritarias a la baja y aumentos de los servicios, y que esto impactaría con fuerza en ciudades como Buenos Aires, donde más del 50% de los tres millones de habitantes paga alquiler.
En lo que se refiere a los desalojos en ocupaciones ilegales y de tenedores precarios —barrios populares y asentamientos, por ejemplo— se inicia un proceso sumarísimo en el que el juez puede ordenar la restitución anticipada del inmueble en cinco días si el derecho invocado es verosímil, bajo caución juratoria. Dentro de las primeras 72 horas de la primera providencia, el juez debe ordenar un reconocimiento judicial para identificar a todos los ocupantes —nombre, apellido y DNI—, con asistencia del Defensor Oficial.
Para la regularización de los dominios, se exige acreditar posesión pacífica, ostensible y continua durante 10 años. El beneficio queda limitado a inmuebles de vivienda única y permanente, con una previsión especial para agricultores familiares.
Compra de tierras
Otro de los puntos en conflicto tiene que ver con la adquisición de tierras por parte de capitales extranjeros.
El proyecto elimina el límite del 15% del territorio para la compra por parte de extranjeros y deja que cada provincia fije sus propias restricciones. Además, suprime el tope de 1.000 hectáreas en la zona núcleo.
Se prohíbe la compra por parte de Estados extranjeros o empresas con participación estatal extranjera, salvo autorización de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional.
Uno de los puntos en conflicto era la compra en zona de frontera, hoy vedada para los capitales extranjeros. De aprobarse la ley, esa restricción se elimina y se crea un sistema de doble autorización para la operación, con intervención de los gobiernos provinciales y del gobierno nacional.
A pesar de esa doble intervención, que podría suponer un proceso burocrático mayor, se abre la puerta a que no supere los 180 días: si en ese plazo no hay una negativa de alguno de los estados, opera el silencio administrativo positivo y el comprador queda como propietario de pleno derecho.
El proyecto de La Libertad Avanza también deroga parte de la ley de Máximo Kirchner sobre el manejo del fuego. Elimina la restricción de 30 años para cambiar el uso de suelo en superficies incendiadas de zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas, pero mantiene la veda de 60 años para bosques nativos y humedales.
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Un grupo antisemita irrumpió el pleno alegato en el juicio político al juez federal Alfredo López

El juicio político contra el juez federal de Mar del Plata Alfredo López tuvo hoy ribetes escandalosos cuando un grupo antisemita interrumpió a los gritos al senador Luis Juez cuando pedía la destitución del magistrado. Los revoltosos fueron desalojados del recinto.
“Yo me la banco”, dijo Juez. “Con el tamaño que tengo puedo ser patovica en un pelotero”, bromeó fiel a su estilo, a pesar de que los revoltosos le lanzaban descalificaciones.
“Insultó a las Malvinas y a la bandera”, le gritaban y otros hacían alusión al dominio del Estado de Israel sobre los funcionarios judiciales.
Así, el cuarto día de audiencias en el jury de enjuiciamiento al juez federal de Mar del Plata López terminó en escándalo y con momentos de tensión dentro y fuera del recinto.
En medio de los alegatos finales de la acusación formulada por Juez y el consejero abogado Alberto Maques, se respiró tensión cuando un grupo que apoyaba al magistrado irrumpió en gritos antisemitas contra el senador cordobés, cuando pedía la destitución de López.
El momento de tensión generó que el presidente del tribunal Marcelo Bartumeu Romero pidiera la evacuación de la sala y la presencia policial para que el juicio continuara únicamente con la presencia en la sala, de asesores y miembros del Consejo y el Jurado de Enjuiciamiento.
Luego de que salieran de la sala, el grupo de adherentes a la defensa de López, comandado por el dirigente Raúl Padró, estaba completamente exacerbado en la puerta del organismo.
Lanzaban gritos antisemitas y homofóbicos contra todo el Poder Judicial, mientras eran invitados a retirarse por los policías del edificio judicial que está situado en la calle Libertad, frente al Teatro Colón.
Además del jury contra el juez López se encuentran pronto a comenzar los procesos de enjuiciamiento al juez federal de La Pampa, Pablo Díaz Lacava, y al juez federal de Rosario Gastón Salmain.
El jurado de enjuiciamiento contra López está conformado por el juez Bartumeu Romero, del Tribunal Oral en lo Criminal 25; el juez federal Néstor Barral, de la Cámara Federal de San Martín; las senadoras nacionales María Belén Monte de Oca (LLA Tierra del Fuego) y María Florencia López (Unión por la Patria La Rioja); los diputados nacionales Nicolás Mayoraz (LLA Santa Fe) y Christian Alejandro Zulli (Unión por la Patria Corrientes), y la abogada Ana Beatriz Fernández, de Rosario.
López, en su alocución inicial, se defendió de las acusaciones en su contra de utilizar expresiones antisemitas en redes sociales, citando un fallo en favor de Javier Milei en una disputa con un niño con autismo de 12 años que pidió que se le ordenara al Presidente retirar un tuit que aludía a él y lo asociaba a “los kukas”.
La fiscalía reclamó la destitución de López tras citar mensajes de su cuenta de la red social X que el propio acusado reconoció que eran de su autoría. Se lo acusó de atacar a la comunidad judía, incitar al hostigamiento digital y difundir ideas conspirativas.
La defensa, en cambio, habló de una “persecución ideológica” y se amparó en la libertad de expresión y en la “independencia judicial”. Luego del dictamen de la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura, el juez López presentó su renuncia, pero el Poder Ejecutivo no se la aceptó.
“Cuando nos tocó examinar su conducta en la comisión, nos planteamos si estábamos frente a la libertad de opinión que tiene cualquier ciudadano. Pero a medida que nos fuimos adentrando en la investigación de la causa, en ese órgano colegiado, plural, en el que coincidimos muy pocas veces, hubo una mirada unívoca, única. La conducta del juez López es absolutamente incompatible con lo que un ciudadano común espera de un juez federal”, afirmó el senador Juez.
Incluso, Juez señaló que creyó que López iba a tener una actitud reflexiva e iba a disculparse, algo que no sucedió.
La acusación mostró algunos de los 40 tuits que fundaron el dictamen. Entre ellos, una encuesta que promovió López sobre “a quiénes son leales los judíos que residen en nuestra patria”, el pedido de retuits contra la “judiada (sic) interna y externa”, la invitación a contestar “a estos fariseos” al aludir al Foro Argentino contra el Antisemitismo, o la respuesta a un usuario diciendo “bueno, judío, es Twitter, hay que abreviar”.
Las denuncias contra López fueron presentadas el año pasado por Gabriel Camiser, apoderado de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA); por la diputada nacional Sabrina Ajmechet, presidenta del Foro Argentino contra el Antisemitismo, y por los abogados Yamil Santoro y José Magioncalda de la Fundación Apolo, con base en los posteos y reposteos de la cuenta @JuezLopezMDP.
La defensa del juez López afirmó que no hubo “actos discriminatorios contra la comunidad judía”, se quejó porque las agrupaciones que lo denunciaron se “arrogaron” el derecho de cuestionar a un magistrado de la Nación “como si fuera en nombre de toda una colectividad” y criticó la “teatralización” de la acusación.
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Causa ANDIS: la Justicia rechazó suspender el peritaje de los audios atribuidos a Diego Spagnuolo

El juez Ariel Lijo rechazó este lunes el pedido de la defensa de Diego Spagnuolo para suspender el peritaje de los audios atribuidos al exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).
La medida, destinada a determinar la autenticidad de las grabaciones que dieron origen a la investigación por presuntas coimas en la compra de medicamentos, avanzará pese a la negativa del imputado a aportar una muestra de voz para su comparación.
La causa investiga presuntas irregularidades en ANDIS, donde Spagnuolo está procesado como jefe de una asociación ilícita. La defensa había solicitado la nulidad de la convocatoria al peritaje por entender que la orden “atenta directamente contra la garantía que protege la autoincriminación”.
Sus abogados sostuvieron que obligar a Spagnuolo a entregar una muestra de voz lo convertiría en “objeto de prueba” sin su consentimiento y que las grabaciones presentan dudas técnicas, posibles ediciones y eventuales manipulaciones con inteligencia artificial.
En su fallo, Lijo distinguió entre la prohibición constitucional de autoincriminación, que rige para las declaraciones testimoniales o de contenido intelectual, y la obtención de datos biométricos como la voz, equiparables a las huellas dactilares o el ADN. Recordó además que la Cámara Federal ya había ordenado determinar “el origen y la veracidad” de los registros sonoros, y que suspender el peritaje impediría cumplir con esa directiva.
“Resulta objetivamente incompatible cuestionar la autenticidad de los registros sonoros, sostener la necesidad de profundizar su examen técnico mediante la incorporación de nuevos puntos de pericia y, simultáneamente, pretender impedir o paralizar la realización de la propia medida destinada a producir ese esclarecimiento”, sostuvo el juez.
Como alternativa, el fiscal Franco Picardi propuso utilizar como material a peritar las grabaciones de cuatro entrevistas recientes del imputado en medios como Neura, La Nación +, Border y El Observador.
El ida y vuelta con el peritaje
“Los audios son truchos y no deben ser incorporados como prueba”, dijo oportunamente a TN el abogado de Spagnuolo, Mauricio D’Alessandro. Además, agregó que “más allá de que son falsos, si admito la pericia descarto el planteo de su obtención ilegal, sin autorización judicial”.
Paralelamente, Spagnuolo designó como perito de parte al ingeniero en informática Marcelo Antonio Torok, quien propuso puntos adicionales a la pericia como verificar la cadena de custodia de los archivos, solicitar información a Google y YouTube sobre el video alojado en el canal de streaming Carnaval donde se difundieron las grabaciones, y determinar si existe integridad en el contenido o si se observan interrupciones o saltos.
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El fiscal federal Franco Picardi había solicitado esa medida como parte del peritaje técnico que la Gendarmería Nacional realizará sobre las grabaciones, a fin de determinar su origen, autenticidad y eventuales manipulaciones.
La Cámara Federal porteña había ordenado peritar los audios tras un planteo de las defensas, que cuestionaban su procedencia y sostenían que podrían provenir de escuchas ilegales o haber sido alterados. El juez Lijo reactivó el procedimiento la semana pasada y dispuso que la fuerza de seguridad realice un análisis comparativo con “material indubitado”, es decir, una muestra de voz del propio Spagnuolo.
Diego Spagnuolo, Agencia Nacional de Discapacidad, Justicia
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