POLITICA
Reglamentaron el nuevo sistema de pago de indemnizaciones incluido en la Ley de Modernización Laboral

Mediante una serie de publicaciones que el Gobierno hizo esta madrugada en el Boletín Oficial, reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que había sido incluido en la reforma laboral aprobada a finales de febrero de este año.
Este cambio, implementado a partir de la Ley de Modernización Laboral, modifica el pago de las indemnizaciones y obligaciones laborales a trabajadores debidamente registrados en el sector privado. El decreto estableció cómo se conformarán y administrarán estos fondos, a quiénes alcanzarán, cómo se canalizarán los aportes y cuáles serán los procedimientos para la declaración, inversión y utilización de los recursos.
La norma determina que el FAL será dirigido a empleadores del sector privado, exceptuando las relaciones laborales expresamente excluidas por la ley y las del sector público. Los empleadores deberán constituir una cuenta individual en un fondo común de inversión o fideicomisos financieros mediante autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Solo estarán cubiertos los trabajadores que hayan sido registrados en tiempo y forma al menos doce meses antes de la extinción del vínculo.
Para garantizar la finalidad del sistema, la cobertura mínima a constituir estará definida por parámetros de suficiencia, liquidez y diversificación, que serán revisados periódicamente en función del contexto económico y laboral. La autoridad de aplicación establecerá los montos mínimos necesarios para cubrir las obligaciones aún en escenarios de despidos masivos o crisis de empleo.
El procedimiento prevé que cada empleador elija una entidad habilitada por la CNV, abra su cuenta individual y reciba un identificador único (“ID FAL”). La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derivará las contribuciones mensuales a la cuenta correspondiente, integrando el pago a la declaración unificada de la seguridad social. Si el empleador no informa ID dentro de un mes, la CNV asignará de oficio un fondo o fideicomiso, garantizando la continuidad del sistema y la portabilidad de los recursos.
El empleador deberá declarar y abonar mensualmente la contribución, que será deducible del impuesto a las ganancias y permitirá una reducción equivalente de las contribuciones patronales a la seguridad social, salvo cuando la obligación de contribuir esté suspendida. Las inversiones del fondo estarán limitadas a instrumentos financieros y valores negociados en la Argentina, y la comisión total por administración no podrá superar el uno por ciento anual de los activos.
Cuando suceda una desvinculación laboral cubierta por el FAL, el empleador presentará una declaración jurada electrónica y la entidad habilitada verificará la información bancaria y registral del trabajador antes de transferir la suma indemnizatoria directamente a su cuenta, en un plazo máximo de cinco días hábiles. La responsabilidad sobre el cálculo de la indemnización será siempre del empleador.
El régimen contempla mecanismos de portabilidad para migrar los fondos a otra entidad habilitada, así como reglas para la transferencia de cuentas en casos de reorganización societaria, cesión de personal o transferencia de establecimientos. Los recursos en caso de disolución o extinción de la cuenta serán transferidos al empleador solo si no existen contingencias laborales pendientes, previa verificación de todas las autoridades competentes.
El decreto también prevé sanciones para quienes incumplan la obligación de contribuir al FAL, imponiendo multas y permitiendo la ejecución fiscal por parte de ARCA, mientras que los ingresos por sanciones se destinarán a los subsistemas de la seguridad social. Se declara exento del impuesto a los créditos y débitos bancarios a las cuentas del FAL y se garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos intercambiados entre los organismos.
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POLITICA
Super-RIGI, ley de Lobby y pliegos judiciales: la agenda legislativa que impulsará el Gobierno esta semana

La Libertad Avanza cerró la semana pasada con una batería de proyectos enviados al Congreso: desde el super-RIGI, la ley de Lobby y la ley de Sociedades en Diputados —que busca desregular el régimen societario—, hasta los proyectos de Etiquetado Frontal y de Ludopatía en el Senado.
Todas son iniciativas que, en algunos casos, iniciarán sus debates en plenarios de comisiones, y otras aún no tienen definido su tratamiento. A la vez, en el Congreso se acumulan proyectos que no encuentran consensos, como la Reforma Electoral impulsada por el Poder Ejecutivo, que contiene, entre otros puntos, la eliminación de las elecciones Primarias (PASO) y un capítulo de Ficha Limpia.
Los debates en Diputados
El proyecto de ley del super-RIGI es el punto más urgente en la discusión que encara esta semana el oficialismo. Por tal motivo, tres comisiones llevarán a cabo el próximo miércoles 3 de junio a las 15 el plenario. El mismo será encabezado por Bertie Benegas Lynch, titular de Presupuesto y Hacienda, junto al santacruceño José Luis Garrido, a cargo de Industria, y Martín Yeza (Pro), presidente de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
El super-RIGI es un Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias. El proyecto apunta a atraer inversiones en sectores tecnológicos y productivos aún no desarrollados en el país, con beneficios fiscales, cambiarios y regulatorios excepcionales, además de garantías de estabilidad a largo plazo. Está inspirado en el RIGI original creado por la Ley Bases.
En tanto, el debate por el proyecto de ley de Lobby se realizará también este miércoles, pero desde las 14, en la Sala 1 del Anexo. El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General, lideradas por el oficialismo, será de carácter informativo y se escuchará a diputados que tengan iniciativas sobre el tema. Los libertarios Nicolás Mayoraz y Santiago Santurio encabezarán esta reunión.
En el último tiempo presentaron proyectos en este sentido Gisela Scaglia (Provincias Unidas), Karina Banfi (Adelante Buenos Aires), Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica) y Miguel Pichetto (Encuentro Federal). Ya con mandato cumplido, también impulsaron propuestas meses atrás Oscar Agost Carreño, Margarita Stolbizer y Juan Manuel López.
El proyecto busca establecer reglas de transparencia sobre reuniones, audiencias y contactos entre funcionarios, legisladores, empresas, cámaras empresariales, organizaciones y otros actores que intervienen en la discusión de políticas públicas. El esquema toma como referencia regulaciones vigentes en Estados Unidos y la Unión Europea.
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La iniciativa apunta a registrar y hacer públicas las gestiones de intereses ante organismos del Estado, con el objetivo de evitar conflictos de intereses y ordenar la relación entre el sector privado, los intermediarios y los tomadores de decisión.
El objeto del proyecto, según su texto, es: “Establecer los requisitos y procedimientos que rigen las gestiones de intereses destinadas a influir en la toma de decisiones públicas o procesos decisorios en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional y del Poder Legislativo Nacional, con el objeto de garantizar su publicidad, transparencia e integridad”.
Se crea un Registro Público de Gestores de Intereses, que deberá ser de acceso público, gratuito y digital, destinado a identificar a las personas humanas y jurídicas que realicen gestiones de intereses ante funcionarios o legisladores.
Sesión en el Senado
La Cámara de Senadores tiene prevista una sesión para el próximo jueves 4 de junio a las 11, con un temario que incluye el tratamiento de más de 70 pliegos de cargos, entre jueces y fiscales de la justicia federal; el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada; y el Acuerdo con los bonistas que no ingresaron al canje de deuda por el default que declaró Argentina en 2001 y mantienen litigio contra el país en los tribunales de Estados Unidos.
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Hay polémica por el listado de jueces que se pondrá en consideración del pleno durante la sesión. Por eso, la vicepresidenta Victoria Villarruel convocó a una comisión de Labor Parlamentaria —que nuclea a los jefes de bloque— para este miércoles, con el objetivo de ordenar el debate del día siguiente. De esa manera, buscan bajar las tensiones que se encendieron en la Cámara alta por los pliegos de magistrados que esperan la ratificación del Senado, como establece la Constitución Nacional.
En lo referido al tratamiento de proyectos en comisiones del Senado, el oficialismo buscará dictaminar la ley Hojarasca, ya con sanción de la Cámara de Diputados, en una reunión de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General, presididas por Agustín Coto y Nadia Márquez, respectivamente, ambos de La Libertad Avanza.
En tanto, los proyectos enviados la semana pasada —como la derogación de la ley de Etiquetado Frontal y la ley de Ludopatía— aún no tienen fecha de inicio de tratamiento en la Cámara alta.
El impacto del Mundial
Pese a que el Mundial empezará a ganar intensidad con el correr de las jornadas, el Congreso inicia una semana intensa de actividad en la previa del torneo de fútbol en Estados Unidos, México y Canadá. Los libertarios ya dejaron en claro que se trabajará durante las semanas que dure la competencia. Por eso, ya piensan en sesiones cortas, con pocos temas pero continuas, para la segunda y tercera semana de junio.
Es que, obligadamente, el debate del Acuerdo de Conciliación con los holdouts —que se tratará este jueves en el recinto del Senado— tiene como fecha límite de ratificación parlamentaria el próximo 30 de junio.
El presidente de Diputados, Martín Menem, y la jefa de los senadores oficialistas, Patricia Bullrich, planean actividades durante gran parte de este mes de junio: recinto, comisiones y encuentros parlamentarios. La idea es mostrar actividad en el Congreso.
Nunca se paralizó la actividad legislativa por una Copa del Mundo, pero sí las autoridades de ambas cámaras miran el fixture del campeonato para no convocar sesiones o plenarios de comisiones durante partidos de la Selección argentina.
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POLITICA
El Gobierno reglamentó cambios significativos de la Ley de Modernización Laboral: cuáles son

El Gobierno reglamentó este lunes algunos cambios significativos correspondientes a la Ley de Modernización Laboral. Entre los puntos destacados del decreto 407/2026 que se publicó en Boletín Oficial se encuentran la registración del empleo, la negociación colectiva, el control de licencias médicas, los acuerdos de desvinculación, entre otros.
Esto repercute además en la implementación de esquemas digitales que promueven los sistemas electrónicos de notificación y comunicación entre empleadores, trabajadores y organismos estatales, y la simplificación de trámites.
El texto oficial recordó que la obligación de registrar trabajadores se cumple mediante los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y que, a partir de esta publicación,» los empleadores ya no tendrán que llevar los libros laborales (artículo 52 de la LCT) en soporte físico ni digital». El sistema digital del mencionado organismo centralizará las altas, bajas y las modificaciones de los datos laborales, lo que quedará a disposición de los organismos y entidades de trabajo y seguridad social.
En cuanto a los acuerdos extintivos de la contratación laboral por mutuo acuerdo (artículo 241), la autoridad administrativa deberá verificar la legalidad del acto, la inexistencia de vicios y la adecuada composición de intereses, según los parámetros del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Otro de los cambios centrales alcanza al control de enfermedades del trabajador (artículo 210). Según el decreto, las prescripciones médicas que incluyan reposo “deberán ser emitidas electrónicamente mediante sistema de información o plataforma digital” en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias, y firmadas por profesionales habilitados ante la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud. Si existe una discrepancia insalvable entre el diagnóstico inicial y el control médico efectuado por el empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial o al dictamen de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria.
El Poder Ejecutivo también dispuso reglas sobre la documentación laboral y, en particular, sobre el recibo de haberes. La reglamentación exige que los recibos de haberes contengan información clara y comprensible. El empleador deberá detallar el costo laboral total, los conceptos involucrados en la relación y el monto final percibido por el trabajador.
Para los trámites jubilatorios, se estableció la obligación a ANSES de notificar a los empleadores y agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud sobre el inicio y la finalización del procedimiento.
Uno de los aspectos es el nuevo marco para las Empresas de Servicios Eventuales. El decreto reemplaza la normativa anterior, que había quedado desactualizada, y establece criterios de funcionamiento más flexibles y proporcionales. La exigencia de garantías se adecuará a la cantidad de trabajadores y a la dimensión de la empresa, eliminando rigideces que dificultaban la operación de empresas pequeñas y medianas.
En materia de negociación colectiva, el Gobierno definió que serán considerados vencidos los convenios cuyo plazo original ya haya expirado. En tanto, las asociaciones de empleadores y cámaras empresarias estarán legitimadas para participar en negociaciones colectivas si acreditan representación suficiente en el ámbito personal y territorial correspondiente, que no podrá ser inferior al 10 % de los trabajadores comprendidos. Si la convención aplica en más de una jurisdicción, la autoridad podrá admitir hasta dos representaciones adicionales del sector empleador.

La reglamentación también modifica el régimen sindical. Según el decreto, los cuerpos directivos de asociaciones sindicales deberán guardar una proporcionalidad razonable con el número de afiliados cotizantes; la autoridad de aplicación verificará nóminas con datos del Sistema Integrado Previsional Argentino y otras bases públicas; y, en casos de superposición de personería gremial, la asociación que la pretenda deberá superar a la que ya la posee por al menos un 5 % adicional de afiliados cotizantes.
La norma fijó además un plazo de 30 días para que la Secretaría de Trabajo convoque a los gremios para renegociar convenios colectivos vencidos, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero deberá adaptar en 120 días sus sistemas para absorber la registración laboral del sector de la construcción.
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POLITICA
El Gobierno designó a directores de la nueva obra social de las fuerzas federales

El Gobierno designó a tres directores titulares de la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), el organismo creado este año para administrar la cobertura de salud de dichas fuerzas. Los nombramientos fueron formalizados por el Ministerio de Seguridad Nacional y regirán con carácter ad honorem desde el 26 de mayo.
La normativa fue oficializada mediante la Resolución 486/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva. De esta manera, el Poder Ejecutivo avanza en la conformación del directorio de la nueva entidad, cuya creación había sido establecida por el Decreto 88/2026.
Los designados son el prefecto general retirado Ricardo Alberto Fortini, el comandante mayor Andrés Esteban Barrera y el magíster Fernando Andrés Domínguez. Fortini representará a la Prefectura Naval Argentina, Barrera a la Gendarmería Nacional Argentina y Domínguez al Ministerio de Seguridad Nacional.
Además se le asignó una responsabilidad específica a Domínguez: el funcionario quedará facultado para asumir la representación legal y administrativa de la obra social cuando el presidente del directorio se encuentre ausente.
La OSFFESEG fue creada como un ente autárquico con personería jurídica propia y capacidad para actuar tanto en el ámbito del derecho público como del privado. Su estructura de conducción contempla un directorio integrado por cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes.
De acuerdo con el esquema aprobado por el Poder Ejecutivo, los integrantes del directorio son designados y removidos por el titular del Ministerio de Seguridad Nacional. Además, permanecen cuatro años en sus funciones y deben acreditar experiencia, conocimientos e idoneidad en materia de administración y gestión de organismos públicos o privados.
Por su parte, el ministerio señaló que la designación de los tres funcionarios resulta necesaria para constituir el directorio de la obra social. También indicó que los nombrados reúnen los requisitos de formación y experiencia previstos por la normativa que regula el funcionamiento de la entidad.
La creación de la OSFFESEG fue dispuesta en febrero mediante el Decreto 88/2026. En esa norma se estableció que, una vez puesta en vigencia la nueva obra social, debía avanzar de manera inmediata en la conformación de sus autoridades.
Entre las tareas previstas para esta obra social figuran la elaboración de un reglamento de funcionamiento, la definición de una estructura orgánica, la contratación de una sede y de sistemas operativos, además de la aprobación del programa médico que prestará la entidad.
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