ECONOMIA
Seguridad jurídica e inteligencia artificial: cómo la Argentina puede atraer inversión de calidad

La reciente Carta Encíclica Papal del santo padre León XIV (Magnifica Humanitas), fechada en Roma el día 15 de mayo de 2026 y titulada “La custodia de la persona humana en la era de la inteligencia artificial”, sirve como puntapié para traer a debate en Argentina un tema de máxima actualidad a nivel mundial: la mirada de un país frente a la inteligencia artificial como tecnología transformadora dentro de una economía digital en la que, la persona humana, ocupa múltiples y antagónicos roles (de proveedor de tecnología versus usuario de tecnología).
La Encíclica grafica –de manera bíblica– cómo el desarrollo tecnológico podría traer progreso, o por el contrario, daño a la humanidad. Y para ello, sitúa del lado de la imagen de la torre de Babel a la deshumanización, y del lado de la reconstrucción de Jerusalén a la humanización. No propicia la elección entre un ‘sí’ o un ‘no’ respecto del uso de la tecnología sino, por el contrario, plantea la discusión entre construir Babel o Jerusalén al momento de discernir sobre cómo vivir con responsabilidad en la era de la inteligencia artificial (IA).
Las inquietudes más relevantes que creo plantea la encíclica sobre la inteligencia artificial son: a) la IA está más “cultivada” que “construida”; b) la IA no debe equipararse a la “inteligencia humana” ya que no vive una experiencia, ni percibe dolor ni tampoco siente alegría; c) la IA no tiene una conciencia moral; d) la IA nunca es un hecho puramente técnico; e) la IA no es moralmente neutra; f) es necesario delimitar la responsabilidad de quienes intervienen en todas las etapas; y g) es preciso identificar quién debe “rendir cuentas” de las decisiones, así como motivarlas, controlarlas y cuestionarlas, y remediar los daños que deriven de ellas.

Ahora bien, uno de los retos que desde el punto de vista regulatorio plantea la encíclica es la necesidad de adoptar instrumentos normativos adecuados capaces de salvaguardar la justicia y que permitan contener los efectos distorsionadores del poder tecnológico. En este punto surge el interrogante sobre qué postura podría la Argentina adoptar, en función de la recomendación papal, ya que actualmente estamos ante un vacío legal en materia regulatoria por no existir una ley nacional sobre Inteligencia Artificial (más allá de la existencia de la Disposición n.º 2/2023 de la Subsecretaría de Tecnologías de la Información de la Jefatura de Gabinete de Ministros denominada “Recomendaciones para una Inteligencia Artificial Fiable”, la que tiene carácter de soft law).
Ahora bien, limitar el debate a la mera necesidad de sancionar una ley nacional sería quedarnos en la superficie de la advertencia papal. El desafío de construir “Jerusalén” en lugar de “Babel” exige ir un paso más allá de la técnica jurídica y plantear una pregunta que cala hondo en la organización misma del Estado: ¿puede la estructura institucional actual afrontar los desafíos que plantea la IA?
En sintonía con las inquietudes de la encíclica, la Unión Europea adoptó un marco jurídico uniforme para sus Estados miembros: el Reglamento de Inteligencia Artificial (UE) 2024/1689. Su premisa rectora es promover la adopción de sistemas de inteligencia artificial que se centren prioritariamente en el ser humano, que resulten fiables y que, por sobre todas las cosas, garanticen la protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales. Para lograrlo, el Reglamento estructura las obligaciones en función de cuatro niveles de riesgo —inaceptable, alto, limitado y mínimo—, de modo que las exigencias legales se endurecen a medida que aumenta el peligro potencial del sistema.
Ahora bien, cabe preguntarse: ¿es realmente eficaz regular la Inteligencia Artificial basándose en una categorización estática del riesgo? Para abordar este interrogante resulta sumamente ilustrativo recurrir a Friedrich Hayek. El Premio Nobel de Economía revolucionó la teoría institucional al advertir sobre el problema del “conocimiento disperso”: los legisladores no poseen, ni pueden concentrar, la infinidad de información y variables que se generan dinámicamente en la sociedad como para realizar un cálculo ético y regulatorio eficiente sobre lo que está bien y lo que está mal.
El desarrollo de la IA no tiene por qué enfrentar la regulación con la innovación
Si extrapolamos este postulado a la complejidad de la Inteligencia Artificial, la limitación del Estado se hace aún más evidente. La realidad es que ningún organismo centralizado puede asegurar que una etiqueta estática como “alto riesgo” se condiga de manera invariable con la amenaza real del sistema, la cual muta según el contexto específico en el que se aplique.
Sin lugar a dudas, el foco del Reglamento está basado en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, un enfoque que se alinea en definitiva con las recomendaciones humanistas de la encíclica. Sin embargo, surgen dilemas operativos insoslayables: ¿cómo garantizar el cumplimiento simultáneo de todos los derechos de la Carta en cada sistema de IA? ¿Cómo ponderar o hacer un cálculo ético, por ejemplo, entre el derecho a la vida y la protección de datos personales? Estas complejas encrucijadas son las que configuran el núcleo de lo que hoy conocemos como la ética de la IA.
La recomendación papal de adoptar instrumentos normativos adecuados junto con las premisas europeas, podrían resultar sumamente orientativas –en materia de adopción regulatoria para Argentina– a efectos de hacer efectiva la protección de la dignidad humana frente a la revolución de las infraestructuras digitales. En concreto, una de las medidas preventivas papales que se propone, sería la clara asignación de las responsabilidades que tendrá cada uno de los actores que intervienen en todo el proceso de desarrollo de un sistema de IA, lo que se traduce en: lograr identificar quiénes deberán rendir cuentas, y quiénes tendrán que remediar un daño cuando el mismo se ha producido por distintos factores (por ejemplo, cuando existe un error en el funcionamiento del sistema lo que provoca un output equivocado, defectos en el diseño del algoritmo, sesgos discriminatorios, comportamientos autónomos no previstos combinado con el uso de cajas negras, brindar información falsa, uso incorrecto del operador, delegación total en el sistema, fallas de ciberseguridad, etc.).
Identificar a los responsables y reparar los daños causados por estas tecnologías exige, sin embargo, desentrañar una complejidad técnica que desafía las capacidades del derecho tradicional. Dentro del campo de la IA, en una relación de género a especie, encontramos el aprendizaje automático o Machine Learning (ML) —con sus métodos supervisados, no supervisados y por refuerzo— y, en su núcleo más complejo, el aprendizaje profundo o Deep Learning (DL). Este último utiliza redes neuronales profundas que operan bajo el fenómeno de las “cajas negras” (Cfr. Alfonso Delgado de Molina Rius).
Identificar a los responsables y reparar los daños causados por estas tecnologías exige desentrañar una complejidad técnica que desafía las capacidades del derecho tradicional
Como sostiene calificada doctrina local, comprender la distinción entre ML y DL es crucial, ya que la naturaleza de las cajas negras dinamita la posibilidad de dar una trazabilidad absoluta al proceso que genera un resultado, volviendo la tarea de “rendir cuentas” un verdadero laberinto técnico (Cfr. Corvalán, Nanclares, Díaz Dávila, Simari). Esta opacidad algorítmica nos devuelve inevitablemente a la advertencia de Hayek: si los operadores y diseñadores se enfrentan a un proceso que no pueden auditar enteramente en tiempo real, el legislador centralizado queda completamente a ciegas, desprovisto del conocimiento necesario para dictar una regulación estática y eficaz.
Sin lugar a dudas, el desafío que enfrenta la Argentina para garantizar un uso ético de la IA radica en no caer en la trampa de los catálogos estáticos de riesgo que ya criticamos, sino en combinar de forma armónica dos pilares esenciales: por un lado, el compromiso de diseñar marcos jurídicos adaptables y dinámicos y, por el otro, el compromiso indeclinable de una supervisión humana y profesional continua desde el diseño inicial del sistema hasta su puesta en marcha.
Para ello, calificada doctrina extranjera (Elen Irazabal Arana) advierte la necesidad de contar con equipos multidisciplinarios de profesionales (tales como Head of Data, Data Scientists, Data Engineers, Data Architects, Data Visualization Specialists y Lawyers). Esta aproximación es, fundamentalmente, la respuesta institucional y práctica a la tesis de Friedrich Hayek en su célebre ensayo “The Use of Knowledge in Society” (El uso del conocimiento en la sociedad). Si el regulador centralizado es incapaz de encasillar el riesgo real de un algoritmo debido a la opacidad de las cajas negras, la solución no es una etiqueta legislativa fija, sino el aprovechamiento del conocimiento disperso y especializado de estos expertos, quienes deben intervenir tanto en la fase de desarrollo del plan y creación del modelo, como en el seguimiento continuo del proyecto.
El desarrollo de la IA no tiene por qué enfrentar la regulación con la innovación. En el escenario global contemporáneo, las reglas claras, la previsibilidad y los marcos jurídicos competitivos no ahuyentan el capital; al contrario, atraen la inversión de calidad. La seguridad jurídica genera una doble ventaja: protege a la persona frente a la incertidumbre de un sistema tecnológico que el propio Estado no puede predecir y, simultáneamente, le ofrece al inversor el terreno firme que toda decisión de largo plazo necesita. Un marco enfocado en la gobernanza dinámica y la responsabilidad profesional no es, entonces, un freno al progreso, sino la única vía para poner la innovación al servicio de la dignidad humana. Es, en definitiva, la herramienta institucional para asegurar que el desarrollo tecnológico en nuestro país sea el andamiaje de nuestra propia Jerusalén, y nunca los cimientos de una nueva Babel.
El autor es abogado, LLM –Master of Laws– y especialista en Derecho Empresario, Nuevas Tecnologías y Finanzas
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ECONOMIA
Ya se sabe cuánto cobrará un cajero de supermercado por julio tras aumento a empleados de comercio

La nueva revisión paritaria de Empleados de Comercio modificó el esquema salarial previsto para el segundo semestre de 2026. El acuerdo alcanzado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresarias del sector estableció un aumento del 5,7% que se pagará en tres tramos entre julio y septiembre, incorporó una asignación extraordinaria de $50.000, que se pagará en dos tramos, y postergó la incorporación al sueldo básico de la suma fija no remunerativa de $120.000. Así, un cajero Categoría A cobraría en julio $1.298.389 (con el bono de $25.000), el B $1.304.120 y C, $1.311.487.
- Cajero Categoría C: $1.262.499
Las novedades impactan sobre las remuneraciones de los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75 y generan especial interés entre quienes cumplen funciones en supermercados, autoservicios y comercios de cercanía. Dentro de ese universo, uno de los puestos más consultados es el de cajero, cuya remuneración final depende tanto del salario básico como de una serie de adicionales previstos por el convenio.
El nuevo entendimiento fue firmado por FAECyS junto con la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca). El convenio tiene vigencia desde el 1° de julio de 2026 y contempla una nueva instancia de revisión durante octubre, cuando las partes volverán a reunirse para analizar la evolución de las variables económicas y definir si resulta necesaria una nueva actualización salarial.
Cuánto gana un cajero de supermercado en julio de 2026
Las categorías de cajeros cuentan con escalas específicas dentro del convenio mercantil. Hasta la publicación de las nuevas planillas salariales oficiales, los valores básicos vigentes son los siguientes:
- Cajero Categoría A: $1.249.646
- Cajero Categoría B: $1.255.270
- Cajero Categoría C: $1.262.499
Sobre esos importes comenzará a impactar el primer tramo del incremento paritario del 1,9%, además de los adicionales previstos por el convenio colectivo y la primera cuota de la asignación extraordinaria acordada para julio.
Desde el sector aclararon que será necesario esperar la publicación de las escalas oficiales para conocer el monto definitivo de cada categoría luego de la aplicación del nuevo acuerdo.
De todas maneras, en julio tras la oficialización, los cajeros recibirían los siguientes montos tras el aumento:
- Cajero A: $1.273.389 ($1.298.389 con el bono de $25.000)
- Cajero B: $1.279.120 ($1.304.120 con el bono de $25.000)
- Cajero C: $1.286.487 ($1.311.487 con el bono de $25.000)
Cómo se aplicará el aumento del 5,7%
El incremento pactado no se abonará de una sola vez. El acuerdo prevé una aplicación escalonada mediante tres aumentos mensuales consecutivos del 1,9%.
El cronograma quedó definido de la siguiente manera:
- Julio de 2026: primer incremento del 1,9%
- Agosto de 2026: segundo incremento del 1,9%
- Septiembre de 2026: tercer incremento del 1,9%
Para calcular esos porcentajes se tomarán como referencia las remuneraciones básicas correspondientes a junio de 2026 junto con las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha.
Ese mecanismo busca mantener una actualización progresiva de los salarios durante el trimestre, mientras las partes continúan monitoreando la evolución de la economía.
Bono extraordinario de $50.000
Además del incremento porcentual, el acuerdo incorpora una asignación extraordinaria, por única vez, de $50.000, que tendrá carácter no remunerativo y no acumulativo.
El pago se realizará en dos cuotas:
- $25.000 con el sueldo correspondiente a julio
- $25.000 con los haberes de agosto
Este bono representa un ingreso adicional para los trabajadores durante los primeros meses de aplicación de la nueva paritaria, aunque no integra la base sobre la cual se calculan los conceptos remunerativos permanentes.
Qué pasará con la suma fija de $120.000
Uno de los cambios más importantes introducidos por la revisión paritaria tiene que ver con la suma fija no remunerativa de $120.000 acordada en negociaciones anteriores.
Inicialmente estaba previsto que ese monto comenzara a incorporarse antes a las escalas salariales. Sin embargo, el nuevo convenio resolvió modificar ese cronograma.
Las partes acordaron que los $120.000 pasarán a incorporarse al sueldo básico en seis cuotas mensuales de $20.000 cada una. La primera integración se realizará con los salarios de diciembre de 2026 y continuará entre enero y mayo de 2027.
Hasta entonces, esa suma continuará liquidándose como concepto no remunerativo.
Los adicionales que aumentan el sueldo de un cajero
El salario básico representa únicamente el piso establecido por el convenio colectivo. El ingreso final de cada trabajador suele ser superior porque incorpora distintos adicionales.
Uno de ellos es el presentismo o asistencia perfecta, equivalente al 8,33% del salario básico para quienes no registran inasistencias injustificadas durante el mes.
También se suma el adicional por antigüedad, que representa un 1% del básico por cada año trabajado dentro de la empresa.
En el caso específico de los cajeros existe además el denominado fallo de caja, un adicional previsto para compensar la responsabilidad derivada del manejo de dinero en efectivo y las eventuales diferencias que puedan surgir durante la jornada laboral.
A estos conceptos pueden agregarse horas extras, trabajo durante feriados, jornadas especiales y otros adicionales previstos por la legislación laboral o por acuerdos internos de cada empresa.
Un acuerdo que se inscribe en un año de revisiones paritarias
La nueva actualización salarial de Comercio se produce en un contexto en el que numerosos gremios reabrieron sus negociaciones durante 2026 para adecuar los salarios a la evolución de la inflación. Durante los últimos meses, distintos sectores acordaron revisiones periódicas con incrementos escalonados y cláusulas de seguimiento para evitar que los convenios quedaran desactualizados frente a las variaciones del nivel general de precios.
En ese marco, las paritarias comenzaron a estructurarse en períodos más cortos que en años anteriores, con acuerdos trimestrales o cuatrimestrales acompañados por nuevas instancias de revisión. El convenio mercantil mantiene esa lógica y prevé un nuevo encuentro entre las partes durante octubre para evaluar la evolución económica y determinar si corresponde negociar una nueva recomposición.
El esquema también refleja una modalidad que se repite en otros sectores: combinar aumentos porcentuales sobre los salarios básicos con pagos extraordinarios y cronogramas de incorporación gradual de sumas no remunerativas.
Qué dijeron desde FAECyS
Tras la firma del acuerdo, desde la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios señalaron que el objetivo es mantener un seguimiento permanente de la evolución económica para evitar que las remuneraciones pierdan actualización durante el año.
El secretario general del gremio, Armando Cavalieri, sostuvo que el entendimiento «refleja la voluntad de las partes de sostener un diálogo responsable y constructivo para alcanzar consensos, aun en un contexto económico complejo que afecta a toda la actividad comercial».
El dirigente agregó que la negociación colectiva continúa siendo la herramienta para buscar acuerdos que contemplen tanto la situación de los trabajadores como la realidad de las empresas, especialmente de las pequeñas y medianas firmas del sector.
Con la entrada en vigencia del nuevo convenio, los empleados de Comercio percibirán durante julio el primer tramo del aumento del 5,7% junto con la primera cuota del bono extraordinario. Las escalas salariales específicas para cada categoría, entre ellas las correspondientes a cajeros de supermercado, quedarán definitivamente actualizadas una vez que se publiquen las planillas oficiales del Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75.
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ECONOMIA
Dólar hoy en vivo: a cuánto se operaron todas las cotizaciones minuto a minuto este viernes 24 de julio

Mínima baja para el dólar blue
El dólar blue cedió cinco pesos o 0,3% en el día, a 1.545 pesos. En la última semana el blue avanzó 15 pesos o 1 por ciento. Esta cotización tocó un récord intradiario en los 1.560 pesos el jueves.
¿A cuánto cerró el dólar en banco?
El dólar al público subió diez pesos o 0,7%, a $1.520 para la venta en el Banco Nación, también un máximo nominal, por encima de los $1.515 del 22 de octubre, récord anterior, en el final de la escalada cambiaria durante las elecciones de medio término de 2025.
El BCRA informó que en las entidades financieras el dólar minorista promedió $1.518,86 para la venta y $1.468,03, por encima del máximo anterior que promedió $1.518,74 el 21 de octubre de 2025.
Récord para el dólar mayorista
Con un monto negociado de USD 463,4 millones en el segmento de contado, el dólar mayorista subió ocho pesos o 0,5%, a $1.497, un nuevo máximo nominal. En julio el tipo de cambio oficial anota un alza 15 pesos o 1 por ciento.
El dólar sube a $1.515 en el Banco Nación
El precio minorista del dólar gana cinco pesos o 0,3% este viernes, a $1.515 en el Banco Nación, un máximo desde el 24 de octubre. El dólar blue cae cinco pesos o 0,3%, a $1.545 para la venta.
¿A cuánto se vende el dólar en bancos?
El dólar al público ces ofrecido a $1.510 para la venta en el Banco Nación. El BCRA informó que en las entidades financieras el dólar minorista promedió $1.510,80 para la venta y $1.459,89 para la compra.
El vocero presidencial, Adrián Ravier, analizó la política cambiaria y aseguró que si bien considera completamente descartada la posibilidad de un salto cambiario abrupto como lo que sucedieron en otras épocas, “es un posibilidad” que en los próximos meses el dólar llegue a $1.700 o $1.800, a la vez que destacó que hay un contexto de tranquilidad cambiaria.
El BCRA compró USD 45 millones
El BCRA volvió a intervenir este jueves con compras en el mercado oficial por USD 45 millones (el 11% de la oferta), mientras que las reservas internacionales brutas de la entidad descontaron USD 352 millones, a USD 48.684 millones, por el impacto sobre los activos del descenso del oro (-2,4%) a USD 4.052,80 la onza.
El monto negociado en el mercado mayorista alcanzó este jueves los USD 408,5 millones, una cifra discreta en comparación a los más de USD 800 millones diarios operados en el primer tramo de julio. Con una oferta moderada, el dólar mayorista volvió a subir: esta vez ganó seis pesos o 0,4%, a $1.489, para regresar al nivel del 7 de julio.
El dólar blue interrumpió la racha alcista
El dólar blue bajó cinco pesos el jueves, a $1.555 para la venta, después de cuatro días seguidos al alza, tras haber tocado por la tarde un récord nominal en los 1.560 pesos En 2026 el dólar informal sube 20 pesos o 1,3 por ciento.
ECONOMIA
Cuánto subirán los alquileres en agosto y cómo quedarán los precios caso por caso

El cambio de mes traerá aparejada otra modificación en los valores establecidos para el mercado residencial locativo. Al margen de la desaceleración que ocurre en distintos nichos de la economía, los alquileres volverán a pegar otro salto en el inicio de agosto y con ajustes según el tipo de contrato acordado. Las subas para arrancar el octavo mes del año irán desde un 6,7% para los esquemas trimestrales pegados a la inflación hasta el 31,5% anual para quienes mantienen tratos establecidos bajo el esquema de la ley de alquileres que derogó el Gobierno. Vale señalar que, en el contexto de la geografía porteña, los contratos presentaron una suba acumulada del 15,7% a lo largo del primer semestre de este año.
El tenor de los ajustes que tendrán lugar durante el inminente agosto fue acercado a iProfesional por distintos expertos y representantes de inmobiliarias. En línea con eso, aquellos inquilinos que continúan con contratos firmados anuales bajo la derogada ley 27.551 iniciarán el mes con incrementos del 31,5 por ciento.
Dicha cifra sale del Índice de Contratos de Locación que calcula el Banco Central (BCRA) mezclando inflación con salarios. Si bien a primera vista el número se observa contundente, puesto en perspectiva representa uno de los saltos anuales más moderados que se recuerdan desde que se aprobó aquella norma.
En cambio, los convenios armados bajo la Ley 27.737, esos que se firmaron en la breve ventana de fines de 2023 con la fórmula Casa Propia, llegan al reajuste semestral con una suba superior al 35 por ciento.
Diferente es la historia para la montaña de contratos que se cerraron tras el DNU 70/2023. Ahí mandó el pacto libre y la enorme mayoría se inclinó por revisiones cada tres o cuatro meses.
En este segmento, las locaciones que ajustan de forma trimestral por el IPC del INDEC se van a mover un 6,7%, mientras que las que toman como referencia el ICL para ese mismo período escalan al 8,9 por ciento. En tanto, para quienes cerraron esquemas de actualización cuatrimestral, los retoques del mes oscilarán entre el 11,5 y el 13 por ciento.
Cuánto habrá que pagar de un mes a otro
Al momento de pagar, el salto en pesos deja al descubierto las diferencias abismales entre un régimen y otro.
Si en julio un particular pagaba 350.000 pesos por un departamento con la ley vieja, el aumento será contundente: en agosto la cuota subirá a $460.320 de un solo saque. El dato positivo en ese caso está en que ese número no se volverá a mover hasta agosto del año que viene.
En los contratos semestrales de Casa Propia, un alquiler de 400.000 pesos saltará directamente a 540.240 pesos y se mantendrá en ese rango hasta después del verano.
Y para los del DNU con retoque trimestral por inflación, un departamento de $500.000 se irá a 533.700 por los próximos tres meses.
A todas las cuentas hay que sumarles el impacto de las expensas, empujadas por la paritaria del SUTERH y una quita de subsidios a los servicios comunes que complica a los consorcios porteño.
La mirada de las inmobiliarias
Al margen de que agosto iniciará con nuevas subas, desde el entorno de entidades como la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) y el Consejo Federal de Colegios Inmobiliarios señalan que los «retoques» generarán un impacto menor en los bolsillos respecto de otros años.
«Ver aumentos por debajo del 7% trimestral saca el fantasma de los desalojos y frena la rotación de inquilinos. El mercado se acomodó a la fuerza porque nadie quiere tener la propiedad vacía», dijo a iProfesional un experto de la actividad inmobiliaria.
En tanto, agentes cercanos al Colegio Profesional Inmobiliario porteño sostienen que el 31,5% anual es «una bendición comparado» con las tres cifras que se pagaban hace un tiempo.
Ranking de precios en Capital Federal
En cuanto a las cotizaciones vigentes en Capital Federal, la brecha de precios entre barrios sigue siendo enorme.
En el segmento de la oferta residencial premium, Puerto Madero se consolidó una vez más al frente de la nómina de barrios más costosos, registrando un valor medio de publicación de $1.260.640 mensuales.
De acuerdo a plataformas como Zonaprop, el podio del sector de valores más altos de la Ciudad se completa con Núñez, donde un alquiler mensual promedió los $980.640, y Palermo, con una cotización referencial de 956.700 pesos.
En la vereda opuesta, la zona sur y los márgenes de la Capital Federal concentran las alternativas más accesibles para los inquilinos. El barrio de Villa Lugano continúa posicionándose como la opción más económica de todo el distrito, exhibiendo un precio promedio de $658.410 por mes.
Muy cerca de estos niveles mínimos se ubican los barrios de Nueva Pompeya, con contratos que promedian los $701.646 mensuales, y Versalles, que completó la lista de las publicaciones más bajas con un valor medio de $702.814 mensuales.
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