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POLITICA

Selección de jueces: la propuesta de la Corte Suprema, un paso en la dirección correcta

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La reforma constitucional de 1994 fue, entre otras cosas, un proyecto de desconcentración del poder. Quienes la diseñaron entendían que el hiperpresidencialismo argentino era una patología estructural, no un accidente de personas. El problema no era quién ocupaba la presidencia, sino cuánto poder concentraba quien la ocupara. Y propusieron una arquitectura institucional que lo corrigiera: frenos y contrapesos entre poderes, nuevos órganos de control independientes, tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, mecanismos de democracia semidirecta, mayor acceso a la justicia para ciudadanos y organizaciones. La idea central era que la justicia controlara a la política, que el mérito fuera un límite real a la discrecionalidad del poder, que los ciudadanos tuvieran herramientas concretas para exigir rendición de cuentas.

Dentro de ese diseño, el Consejo de la Magistratura ocupaba un lugar estratégico. Su función no era meramente administrativa: era la pieza que debía resolver uno de los problemas más difíciles del constitucionalismo contemporáneo, que es cómo seleccionar jueces que sean a la vez técnicamente excelentes y democráticamente legítimos. Jueces que fallen bien porque saben derecho, y que fallen con autoridad porque fueron seleccionados de manera que la sociedad puede reconocer como justa.

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El diseño era optimista. Tomaba en serio las dos grandes tradiciones de selección judicial que el mundo desarrolló a lo largo del siglo XX. La tradición estadounidense confía en el proceso político: el presidente nomina, el Senado delibera públicamente y confirma, y la legitimidad del juez viene de haber sobrevivido ese escrutinio representativo. La tradición europea continental confía en el proceso técnico: concursos públicos, exámenes anónimos, evaluación de antecedentes por corporaciones de pares, carrera judicial con ascensos meritocráticos. La política da legitimidad democrática; las corporaciones profesionales garantizan la excelencia técnica.

El Consejo de la Magistratura argentino fue diseñado como una síntesis de ambas tradiciones. El proceso técnico -exámenes, evaluación de antecedentes, jurados de especialistas- filtraría a los candidatos más capaces y produciría una terna de los mejores. El proceso político -el Poder Ejecutivo eligiendo de esa terna, el Senado confirmando- les daría legitimidad democrática. La apuesta central era que el mérito disciplinara a la política: que le pusiera un límite objetivo y verificable a la discrecionalidad de las designaciones.

Pero esa apuesta descansaba sobre un supuesto que no llegó a verificarse del todo: que las corporaciones profesionales (los jueces como cuerpo, los abogados organizados en colegios, los académicos reunidos en universidades y asociaciones) producirían y sostendrían estándares colectivos de excelencia técnica suficientemente robustos y autónomos como para resistir la presión de la política partidaria. Que habría, en otras palabras, un mundo jurídico capaz de decirle a la política: hasta aquí, este candidato no pasa porque no sabe derecho o porque no tiene integridad, y eso no es negociable.

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Lo que ocurrió fue lo inverso. Sin una práctica jurídica colectiva que sostuviera ese estándar desde adentro, la política no encontró un límite en el proceso técnico. Encontró un nuevo terreno para colonizar. Los partidos aprendieron que ya no alcanzaba con controlar al Poder Ejecutivo o al Senado: había que controlar también quiénes integran los jurados de los concursos, quiénes representan a la academia en el Consejo, quiénes conducen los colegios de abogados, cómo se alinean las asociaciones de magistrados. Las instituciones universitarias, los colegios profesionales, las asociaciones de jueces (todos los espacios que debían producir independencia técnica) se fueron convirtiendo, gradualmente, en extensiones de la disputa partidaria. El proceso técnico no disciplinó a la política. La política convirtió ese proceso en una arena más de sus propias disputas.

La Acordada 4/2026, aprobada por la Corte Suprema el 25 de marzo y remitida al Consejo de la Magistratura para su consideración, debe leerse en este contexto. No es simplemente una mejora de procedimientos técnicos, es un intento de la Corte de recuperar la lógica original de la Constitución del 94: que el proceso técnico vuelva a disciplinar a la política, que el mérito sea nuevamente un límite real a la discrecionalidad partidaria.

Y en esa lectura, los avances concretos que propone adquieren un sentido más preciso. El anonimato en los exámenes escritos, garantizado por medios informáticos con separación estricta entre quienes elaboran las consignas y quienes las corrigen, y con códigos alfanuméricos que impiden identificar al autor hasta que toda la corrección está terminada, apunta directamente a cerrar los espacios donde la captura puede operar. La limitación de la entrevista personal a veinte puntos sobre un total de doscientos es quizás el cambio más significativo: durante años esa instancia fue el lugar donde las influencias que el concursante no podía prever ni rebatir encontraban su expresión más efectiva, donde un orden de mérito construido con esfuerzo técnico podía ser invertido con relativa facilidad. Tasarla, limitarla y distribuirla en criterios explícitos y fundados reduce drásticamente ese margen. La tabulación rigurosa de los antecedentes (con escalas precisas por tipo de cargo, antigüedad y especialidad) busca reemplazar la discrecionalidad del evaluador por criterios objetivos y verificables. Todo el diseño apunta en la misma dirección: achicar los espacios donde la captura política necesita operar para funcionar.

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Es, en ese sentido, un gesto institucional que merece una bienvenida genuina. La Corte está intentando tomarse en serio, treinta años después, el mandato que la Constitución del 94 le encomendó al sistema de selección judicial. Y lo hace con una propuesta técnicamente elaborada que reconoce los problemas reales que el sistema acumuló.

Un gesto importante y necesario, pero no suficiente por sí solo, porque el problema de fondo (la ausencia de una práctica jurídica colectiva que sostenga el estándar técnico desde adentro) no se resuelve con un reglamento, por bien diseñado que esté.

Un sistema de concursos funciona bien cuando puede medir a los candidatos contra un estándar que las propias profesiones jurídicas producen y sostienen colectivamente. Ese estándar emerge de la práctica acumulada de jueces que razonan y deciden bien, de abogados que litigan con rigor técnico e integridad ética ante sus clientes, de académicos que investigan con profundidad empírica y valorativa, de profesores que forman juristas con herramientas reales de pensamiento. Cuando esa práctica colectiva es robusta, el concurso puede medirla. Cuando es fragmentaria, el concurso mide indicadores sustitutos (antigüedad, certificados de cursos, artículos publicados, causas documentadas) y los candidatos aprenden a optimizar esos indicadores en lugar de mejorar la práctica.

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En los sistemas jurídicos que funcionan bien, ese estándar colectivo tiene dos anclas institucionales principales: la jurisprudencia y la doctrina. La jurisprudencia es el conjunto de criterios que los jueces construyen acumulativamente, leyéndose entre sí y respetando sus decisiones previas como puntos de partida obligados para razonar. No como camisa de fuerza, sino como piso compartido que hace predecible el derecho y obliga a justificar los apartamientos. La doctrina es la producción académica que sistematiza esa jurisprudencia, la critica cuando se equivoca, propone soluciones a los casos que todavía no fueron resueltos, y proyecta el derecho hacia el futuro. Las dos anclas se retroalimentan y producen, con el tiempo, una práctica colectiva reconocible que cualquier profesional competente puede identificar y que el concurso puede medir.

En la Argentina, ambas anclas son débiles. Los jueces no se leen entre sí con la convicción de que los precedentes tienen peso obligatorio: con demasiada frecuencia cada tribunal tiende a empezar desde cero, como si la jurisprudencia acumulada fuera una referencia optativa y no un piso compartido que legitima y estabiliza el sistema. Y la academia jurídica no produce el contrapeso necesario: fragmentada en tradiciones que no dialogan entre sí, sin una comunidad que delibere colectivamente y construya certezas compartidas sobre los grandes problemas del derecho, y sostenida en gran medida por docentes que ejercen la profesión o la judicatura como actividad principal y la enseñanza como actividad secundaria, no está en condiciones de generar el pensamiento jurídico homogéneo que oriente la práctica ni de formar sistemáticamente las destrezas analíticas y argumentativas que un sistema judicial exigente requiere. El resultado es un ecosistema jurídico donde demasiados actores improvisan sus propios criterios, donde el derecho es menos predecible de lo que debería ser, y donde el concurso no tiene, en demasiados casos, contra qué medir con precisión.

Este diagnóstico tiene una consecuencia directa sobre cómo pensar el problema de los evaluadores, que el reglamento propuesto no termina de resolver. El sistema actual recluta a los miembros de los comités de examen y los jurados evaluadores principalmente entre docentes de facultades de derecho, que en su gran mayoría son abogados o jueces en ejercicio que enseñan como actividad secundaria. Dicho de otro modo: quienes evalúan a los candidatos tienen exactamente el mismo problema estructural que los candidatos, no tienen dedicación exclusiva a la tarea de evaluar, no acumulan institucionalmente los criterios que van desarrollando, no mejoran sistemáticamente sus instrumentos de medición, y no están organizados para producir una práctica homogénea y progresivamente más sofisticada sobre qué significa ser un buen juez en la democracia constitucional argentina. La evaluación reproduce el déficit que pretende medir.

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Una agenda de profundización debería incluir la creación de un cuerpo profesional de evaluadores dedicado exclusivamente a desarrollar y perfeccionar los instrumentos de selección: los exámenes, los estándares de corrección, entrevista, los parámetros de evaluación de antecedentes. Un cuerpo que acumule experiencia y aprenda de cada concurso, que construya con el tiempo una práctica cada vez más precisa sobre qué conocimientos, qué destrezas y qué disposiciones éticas definen al mejor juez posible para una democracia constitucional como la que el 94 imaginó. Que responda a las demandas que le plantean los consejeros del Consejo de la Magistratura pero también a otras fuentes de evaluación externa de la performance del sistema judicial. Así como la Constitución del 94 creó el Consejo para profesionalizar la selección de jueces, la siguiente etapa lógica es profesionalizar a quienes dentro del Consejo hacen esa selección.

Hay, además, un riesgo específico en el sistema de calificación de antecedentes que el reglamento propone, que vale la pena nombrar para que el Consejo lo considere. Al asignar puntaje por cursos de capacitación, publicaciones en revistas jurídicas homologadas y causas documentadas en la especialidad, el sistema puede generar incentivos que desvíen a cada tipo de profesional de su función propia y socialmente valiosa.

El funcionario judicial (el secretario de juzgado, el fiscal adjunto, el defensor oficial) que quiere maximizar su posición en un futuro concurso aprende que su tiempo libre tiene un rendimiento diferencial: trabajar mejor un expediente difícil no le suma ningún punto; escribir un artículo para una revista homologada, sí. Ser un funcionario ejemplar en el despacho cotidiano no genera puntaje directo; acumular certificados del programa de formación judicial, sí. El sistema no premia al mejor judicial: premia al judicial que mejor construye su perfil concursal. Y esas dos cosas no son lo mismo.

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El abogado en ejercicio enfrenta una distorsión análoga. El que optimiza para el concurso no es necesariamente el que litiga mejor o el que actúa con mayor integridad ética frente a sus clientes. Y el académico no escapa a la misma lógica. El que quiere posicionarse bien en un concurso descubre que publicar varios artículos cortos en revistas de la lista le conviene más que escribir el libro riguroso y empíricamente fundado que lleva años. El profesor que invierte tiempo en pensar cómo enseñar mejor razonamiento jurídico no obtiene por eso ningún punto adicional.

Lo que subyace a estos tres casos es un problema más profundo que el diseño de cualquier escala de puntaje: el sistema mide indicadores observables del mérito en lugar del mérito real, y los candidatos racionales aprenden a producir los indicadores. El resultado paradójico es que un sistema diseñado para seleccionar a los mejores termina distrayendo a todos de hacer aquello que los haría mejores y que haría mejor al Poder Judicial y a la sociedad que depende de él.

Resolver esto requiere algo más que un nuevo reglamento. Requiere que las corporaciones jurídicas, las facultades de derecho, los colegios profesionales, las asociaciones de magistrados, las escuelas judiciales construyan y sostengan estándares colectivos de excelencia que el sistema pueda reconocer y medir. Es una tarea de largo aliento que no se decreta ni se reglamenta: se construye, lentamente, a través de los acuerdos que las profesiones jurídicas van alcanzando sobre qué significa hacer bien el trabajo de juez, de abogado, de académico, de profesor. Ninguna acordada puede hacerlo por sí sola. Pero nombrar el problema con claridad es ya parte del camino.

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La Acordada 4/2026 abre una oportunidad que el Consejo de la Magistratura debería aprovechar plenamente: no solo adoptar el reglamento propuesto sino usarlo como punto de partida para una conversación más amplia y más profunda sobre qué significa seleccionar bien a los jueces en la Argentina de hoy. Esa conversación está pendiente desde 1994. El mérito que la Constitución quiso convertir en límite de la política sigue esperando las condiciones institucionales y profesionales que lo hagan verdaderamente posible.

La Corte acaba de dar un paso serio en esa dirección, vale la pena acompañarla.

El autor es profesor titular de Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho de la Umiversidad de Buenos Aires y profesor visitante de Universidad Torcuato Di Tella.

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Martín Böhmer,Conforme a

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Con su nueva declaración jurada, Manuel Adorni contradijo lo que había informado en el Congreso

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El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, admitió haber omitido declarar cientos de miles de dólares en sus presentaciones de bienes ante la Oficina Anticorrupción (OA), contradiciendo a las declaraciones que él mismo realizó ante el Congreso y en conferencias de prensa de la Casa Rosada durante los últimos meses.

Ahorramos en negro, como todos los argentinos”, dijo el funcionario este miércoles. En ese reportaje, anunció que rectificaría sus declaraciones juradas para incorporar el patrimonio omitido y que abonaría los impuestos adeudados al fisco.

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Según ese nuevo comentario, el jefe de Gabinete precisó cuál era el faltante que se desconocía en su patrimonio, y con el cual adquirió otras propiedades y bienes. “Invertimos 200 mil dólares en bitcoin y ganamos unos 300 mil”, reveló y luego contó que se trataba de un dinero que tenía “para la educación y el futuro de sus hijos”.

El 29 de abril pasado, con el presidente Javier Milei siguiendo el informe de gestión del jefe de Gabinete desde un palco, Adorni había asegurado ante los legisladores: “En mis declaraciones juradas figuran todos los detalles de los bienes que integran mi patrimonio, respecto de los cuales nunca existió ocultación alguna”. En ese descargo en el Congreso, también advirtió haber cumplido con las “obligaciones previstas en la Ley de Ética Pública y acompañé todas las declaraciones juradas que requiere la normativa”.

Esa posición la había sostenido también el 25 de marzo en una conferencia de prensa, donde afirmó que “todo lo que tiene que estar declarado está declarado en cada uno de los organismos tal como corresponde”. Y el 4 de mayo, reiteró ante los periodistas acreditados en la Casa Rosada: “Nunca existió ocultación alguna”.

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En la entrevista de ayer, Adorni reconoció además que la omisión fue intencional, aunque la justificó como una forma de escapar “de la vieja política”, cuando aún trabajaba en el sector privado. Sin embargo, no explicó por qué eligió transparentar esos fondos recién ahora, dos años y seis meses después de la asunción de Milei, y en el momento en que la Justicia detectó gastos e inversiones que no se condicen con su patrimonio declarado.

“En 2013 empiezo a incursionar en el mundo del bitcoin, en 2014 empiezo a invertir fuerte en bitcoins, de hecho, mi mujer no estaba de acuerdo. Entre 2014 y 2018 ganamos bastante dinero con esta inversión. Reconstruyendo la historia, invertimos US$200.000 y ganamos US$300.000″, explicó en su última versión.

Al asumir el cargo, Adorni tenía declarados ante la OA únicamente dos departamentos: uno de 115 metros cuadrados en el barrio porteño de Parque Chacabuco, valuado en 24,1 millones de pesos, y otro de 105 metros cuadrados en La Plata, valuado en 14,1 millones de pesos. Completaban su patrimonio un Renault Captur 2019 y el equivalente a unos 25.000 dólares en efectivo.

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Ya en la función pública adquirió un departamento en Caballito –sin vender el anterior- y sumó una casa en el country Indio Cua, declarada exclusivamente a nombre de su esposa, Angeletti. Eso también, dijo, fue un “error” que rectificaría para reconocer la compra a medias. La escribana Adriana Nechevenko, que participó de las operaciones inmobiliarias del funcionario, declaró que “se le dio todo junto” en los últimos tiempos.

Al ser consultado sobre el porqué no dio estas explicaciones anteriormente, el funcionario señaló que no habló antes, debido a que prefirió respetar a la Justicia. “Desde el primer día, el aparato mediático me condenó y me tildó de ‘chorro’”, sostuvo. Sobre su vivienda en Indio Cuá, contó que tomó la decisión de mudarse tras sufrir agresiones. “Yo no la incluí, porque esa casa estaba escriturada 100% a nombre de mi mujer, siempre estuvo declarada, estaba en su declaración. Son formalismos”, precisó.

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La documentación de Adorni, que había sido anticipada por el presidente Javier Milei y se demoró más de un mes, incorporará activos que no habían sido declarados en presentaciones anteriores, entre ellos los USD 300.000 originados en inversiones realizadas con Bitcoin entre 2013 y 2018.

Las rectificaciones incluyen además cambios en la situación patrimonial de Bettina Angeletti. Según aclaró el jefe de Gabinete, su esposa no sólo desarrolla actualmente actividades como monotributista sino que además ocupó durante más de quince años cargos gerenciales en una empresa privada, un dato que fue incorporado a la reconstrucción presentada ante los organismos de control.

La reconstrucción presentada ante la Oficina Anticorrupción (OA) por Adorni sostiene que las operaciones pueden ser verificadas mediante las denominadas “llaves” de acceso asociadas a las billeteras virtuales utilizadas para operar con criptomonedas. Según esa explicación, los registros permitirán reconstruir los movimientos realizados y acreditar la existencia de las inversiones declaradas.

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“Mochilas raras”: el chofer de Facundo Leal admitió que llevó la valija con US$1,7 millones a Mendoza el mismo mes de su renuncia a Orsna

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La declaración de quien durante más de seis años fue el chofer personal de Facundo Leal, el exfuncionario que fue detenido con droga y 2,3 millones de dólares, es una de las piezas más sensibles de la investigación judicial que analiza presuntas maniobras de corrupción vinculadas con la empresa satelital Arsat.

Según pudo reconstruir , el relato no sólo permitió delinear movimientos cotidianos del exfuncionario, sino que además aportó detalles sobre reuniones reservadas y el traslado de equipaje que calificó como “raro”. Específicamente confirmó los movimientos de una valija que, meses después, sería encontrada con parte de los casi US$2,6 millones de dólares secuestrados al extitular de Arsat y el organismo regulador de los aeropuertos Orsna.

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El chofer trabajó para Leal desde enero de 2020 hasta el 28 de mayo pasado, cuando el extitular del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) fue detenido. Es decir, lo trató constantemente durante las dos gestiones más relevantes que tuvo, tanto en la empresa pública como en el organismo regulador de aeropuertos. Su testimonio fue incorporado a la causa judicial en que se investigan presuntos sobornos y contrataciones irregulares entre la empresa estatal ARSAT y Argentina Logistic Services (ALS).

Facundo Leal, Gerardo Boschin y Carlos Martínez, procesado en causas por irregularidades en el Mercado Central

De acuerdo con el relato incorporado al expediente, en febrero de 2026, cuando Leal renunció al Orsna, el entonces funcionario le encomendó a su chofer una tarea puntual: trasladar una valija desde la Capital hasta un domicilio vinculado a él en la provincia de Mendoza.

Cuando los investigadores le exhibieron fotografías y elementos secuestrados durante los allanamientos, el chofer reconoció formalmente aquella valija. Se trataba del equipaje encontrado en un departamento ubicado sobre la avenida Boulogne Sur Mer, en Mendoza, donde la policía secuestró una parte sustancial de los casi US$2,6 millones incautados durante los procedimientos.

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Según la reconstrucción realizada por la fiscalía, en esa valija había alrededor de US$1,7 millones. El reconocimiento realizado por el chofer permite conectar directamente el traslado ordenado por Leal con uno de los hallazgos más importantes de la investigación.

El chofer explicó que el funcionario llevaba siempre consigo una mochila personal, pero que existía un comportamiento que consideraba fuera de lo habitual. Relató que, en determinadas ocasiones, Leal guardaba una segunda mochila en el baúl del vehículo y la dejaba allí durante dos o tres días. Después de ciertas reuniones, esa mochila era reemplazada por otra o trasladada por el propio funcionario.

El chofer recordó incluso haber visto a Leal ingresar a un edificio en pleno centro porteño, portando dos mochilas al mismo tiempo. Si bien aclaró que nunca observó directamente dinero en efectivo, describió esas maniobras como algo “raro”.

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Ante los investigadores, el chofer describió una relación de extrema confianza entre Leal y Santiago Pando, señalado en la causa como uno de los nexos con ALS. Según declaró, Pando era una presencia habitual tanto en las oficinas de ARSAT de Benavídez como en el edificio conocido como “el Rulero”. Pero además sostuvo que los encuentros entre ambos trascendían el ámbito laboral.

El chofer explicó que frecuentemente trasladaba a Leal hasta la zona de la Recova, en la Ciudad de Buenos Aires. Allí, según relató, muchas veces veía a Pando y entendía que ambos mantenían reuniones. “Había mucha confianza entre Pando y Leal”, declaró, al tiempo que aseguró que por la relación que observaba “parecían amigos”.

Facundo Leal, expresidente de ARSATX.com

Su testimonio permite además reconstruir una verdadera ruta gastronómica de encuentros entre los imputados. El chofer recordó que Leal acostumbraba a reunirse en distintos bares y restaurantes. Entre ellos mencionó el café Havanna de la Recova, donde en varias oportunidades observó a Gerardo Boschin, expresidente de Trenes Argentinos, sentado en las mesas exteriores, aparentemente aguardando la llegada del funcionario.

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También confirmó que Leal frecuentaba el restaurante Piegari, sobre la calle Posadas, un lugar que coincide con conversaciones incorporadas al expediente en las que los acusados coordinaban reuniones. A ello se suman los viajes que realizó hacia el café Tostado de Nordelta, especialmente durante el primer año de la pandemia. En ese establecimiento identificó a Boschin y a Leonardo Comperatore, además de otras personas cuya identidad no pudo precisar.

En un contexto marcado por la renuncia de Leal al ORSNA y su posterior detención, la palabra de quien fue uno de sus colaboradores más cercanos pasa a ocupar un lugar central en una causa que continúa sumando pruebas y derivaciones judiciales.




que fue detenido,el extitular,Camila Dolabjian,Conforme a

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Nicolás Trotta cuestionó el acuerdo con las universidades: “Es un alivio, pero no una solución definitiva”

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El Gobierno nacional acordó con las universidades y los gremios docentes un incremento salarial del 24,3%, además de refuerzos para becas, hospitales universitarios y gastos de funcionamiento, con el objetivo de reducir la tensión tras casi tres años de conflicto. El entendimiento estableció una tregua en la negociación, aunque la demanda por la aplicación de la ley de financiamiento universitario sigue en la Corte Suprema y el reclamo por el cumplimiento de esa norma permanece abierto.

El exministro de Educación de la Nación y diputado nacional Nicolás Trotta sostuvo que el conflicto provocó consecuencias sobre el sistema universitario y cuestionó la falta de aplicación de la ley de financiamiento. “Este gobierno, durante dos años y medio, extendió un conflicto generando un daño en parte irreparable a nuestro sistema universitario“, indicó.

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En este sentido explicó que se perdieron “más de diez mil docentes investigadores, se interrumpieron procesos de creación de conocimiento y estudiantes abandonaron sus carreras universitarias”, afirmó.

Qué implica el acuerdo

El acuerdo contempla un aumento del 21,3% para junio y un 3% adicional previsto para octubre. Además, incorpora un incremento del 20% para gastos de funcionamiento, una partida de $50.000 millones para hospitales universitarios y una suba del 50% para las becas Manuel Belgrano.

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En cambio, las becas Progresar no forman parte del entendimiento. La negociación salarial ingresó en un cuarto intermedio de 90 días y el Ejecutivo asumió el compromiso de retomar la discusión.

La decisión del Gobierno respondió al avance del conflicto con los gremios y al proceso judicial que permanece en la Corte Suprema. También remarcaron que el entendimiento representa un alivio parcial para los trabajadores universitarios, aunque no implica la aplicación de la ley de financiamiento aprobada por el Congreso.

Críticas al rol de la Justicia y al alcance del acuerdo

Trotta señaló que el Congreso aprobó la norma en dos oportunidades y que el Poder Ejecutivo mantiene un incumplimiento. “Estamos frente a un incumplimiento de una ley que fue aprobada dos veces por el Congreso”, expresó.

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Trotta advirtió que el alivio salarial para los docentes universitarios no resuelve el problema estructural y reclamó una intervención más rápida de la Justicia (NA)

El exministro indicó que el acuerdo anunciado representa una porción de los recursos contemplados en la legislación. Según explicó, “de los 2,8 billones que debería invertirse en el sistema universitario para compensar la inflación, se invierten 0,8”. Además, sostuvo que “menos del 40% de la pérdida salarial docente se recupera con este esquema”.

Al mismo tiempo, Trotta cuestionó la demora de la Corte Suprema para resolver la disputa judicial. “No solo existe un conflicto de poderes, sino también un riesgo institucional enorme en el capital social educativo de la Argentina, que son las universidades”, afirmó.

Además, consideró que la instancia judicial no debería frenar la aplicación de la ley. “No podría haber una suspensión del cumplimiento de la ley. Se puede discutir el fondo, pero el daño continúa mientras tanto”, señaló.

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El exfuncionario también sostuvo que la resolución parcial no modifica el escenario estructural del sistema universitario. “Esto no es una solución definitiva. Es resultado de la movilización social, pero no resuelve los problemas que atraviesa el sistema universitario”, afirmó.

En el mismo sentido, remarcó que muchos docentes impulsan reclamos individuales para exigir el cumplimiento de la norma y reclamó una intervención más rápida de la Justicia para resolver el conflicto institucional.

Trotta aseguró que el debate debe centrarse en las prioridades del gasto público. “Hay cosas de las que se puede prescindir, pero la inversión en educación no puede formar parte de una política de ajuste”, sostuvo.

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Y afirmó que la discusión incluye la estructura tributaria y la distribución de los recursos públicos. “La prioridad uno es el sistema educativo y no debe tocarse”, expresó.

El diputado agregó que el acuerdo anunciado mejora parcialmente los ingresos de los trabajadores, pero no modifica el reclamo central. “Cuando perdés casi la mitad de tu ingreso y recuperás solo una parte de esa pérdida, existe un alivio, pero no una solución definitiva”, indicó.

Sobre la continuidad del conflicto, Trotta rechazó la idea de una tregua prolongada. “No debería haber tregua porque no existe una resolución definitiva del problema”, afirmó. Y sostuvo que el compromiso de reabrir la negociación salarial en septiembre no garantiza una salida permanente para el sistema universitario ni para los trabajadores del sector.

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