POLITICA
Caso AFA: el fiscal analiza dos alternativas para insistir con el pedido de detención de Tapia y Toviggino

El fiscal Pedro Simón de Santiago del Estero definirá este jueves si apela o solicita la nulidad del rechazo al pedido de detención de Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino, firmado por el juez Sebastián Argibay, quien fue apartado del expediente. Según pudo saber TN, el fiscal analiza ambas alternativas y, en principio, presentaría su decisión este viernes.
La definición marcará el próximo paso en una causa que investiga presunto lavado de dinero y que tiene como eje supuestas transferencias millonarias de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) hacia un grupo de empresas vinculadas a Toviggino. El pedido de detención había sido rechazado el martes por Argibay, antes de que se concretara su apartamiento por la Cámara Federal de Tucumán.
En su resolución, el magistrado sostuvo que el planteo fiscal “no presenta un hecho penalmente delimitado”, sino “una hipótesis global construida a partir de la agregación de datos e indicios”, lo que consideró insuficiente para esta etapa del proceso. También cuestionó que no se individualizaran “actos concretos de disposición patrimonial” ni “operaciones específicas” que permitieran identificar con claridad la imputación.
El fiscal, en cambio, sostiene que existen elementos probatorios suficientes para avanzar. En su dictamen, afirmó haber acreditado transferencias por casi $5000 millones desde la AFA hacia firmas vinculadas al tesorero de la entidad. La hipótesis central de la investigación es que esos fondos se habrían girado “por servicios que no se habrían prestado”, mediante la utilización de facturas bajo sospecha.
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La causa pone la lupa sobre un total de $4.961.280.195 transferidos entre 2022 y 2025 a sociedades como SOMA SRL, MALTE, SEGON SRL, Servicios Lindor y Servicios Neurus. Parte de esos movimientos se registraron en el Banco Coinag, donde la AFA giró más de $3633 millones en ese período, mientras que otros $1328 millones fueron canalizados a través del Banco Santiago del Estero.
Desde el Banco Coinag confirmaron que estas empresas tenían cuentas en la entidad, aunque precisaron que los fondos provenían del Banco Credicoop. También indicaron que todas las cuentas fueron cerradas a fines de 2025, excepto la de Mauro Javier Paz, luego de la activación de mecanismos de revisión y alerta. La entidad asegura haber operado de forma correcta.
Según la investigación, una porción de esos fondos fue luego colocada en instrumentos financieros para generar rendimientos. Un caso testigo es el de Servicios Lindor, que constituyó plazos fijos por $2.813.000.000 y US$ 2.136.022. Esas operaciones generaron ganancias por $613 millones y US$ 43.000. También se detectaron colocaciones similares en Servicios Neurus, que en 2025 realizó seis plazos fijos por $2720 millones y US$ 2 millones.
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Otro de los focos del expediente está en las facturas emitidas por estas firmas. Entre ellas, una de Servicios Lindor por “vuelos internacionales” por US$ 369.000 y otras de SOMA SRL por servicios aéreos por más de $230 millones. La Justicia también advirtió supuestas inconsistencias en la estructura de algunas sociedades, como la falta de empleados o crecimientos patrimoniales significativos en cortos períodos de tiempo.
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En paralelo, la investigación detectó que parte de los fondos habría sido utilizada para la compra de bienes, incluidos vehículos hallados en la mansión de Pilar atribuida al entorno del tesorero de la AFA. También se analizan conexiones societarias, cambios de directorio y vínculos entre distintas empresas bajo sospecha.
El expediente se inscribe en una trama más amplia que abarca denuncias sobre el patrimonio de Toviggino y sus relaciones empresariales en Santiago del Estero. Allí se identificó un entramado de sociedades con actividades diversas, desde servicios hasta producción vitivinícola.
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El apartamiento de Argibay se produjo a partir de un planteo del fiscal, quien cuestionó su imparcialidad por un vínculo familiar: la hija del juez había realizado una operación inmobiliaria con el hermano de Toviggino. La Cámara hizo lugar a la recusación y dispuso que otro magistrado asuma la causa.
La decisión que adopte Simón en las próximas horas será clave para definir el rumbo inmediato del expediente. Si opta por apelar, la discusión pasará a la Cámara de Casación de Tucumán. Si, en cambio, pide la nulidad, se abrirá otro frente procesal sobre la validez de la resolución ya dictada.
Pablo Toviggino, Claudio Tapia, Chiqui Tapia, AFA, AFA (Asociación de Fútbol Argentino), Santiago del Estero
POLITICA
Jorge Macri preadjudicó el Canal de la Ciudad a la empresa del dueño de Carajo y Blender

Pese a las advertencias del Enacom, el Gobierno de la Ciudad avanzó con la licitación del Canal de la Ciudad y preadjudicó la señal porteña a Cale Group Media SA, la firma de Augusto Marini. El empresario es socio del influencer libertario Daniel Parisini -más conocido en redes sociales como Gordo Dan- en el canal de streaming Carajo. También es propietario de la señal opositora Blender.
La administración de Jorge Macri había lanzado la licitación para concesionar los medios públicos el pasado 12 de marzo. Ahora, se encamina a ceder la gestión técnica, operativa y comercial de la televisión pública porteña por cinco años. En el gobierno local aclaran que la decisión de concesionar su gerenciamiento no afecta la titularidad del medio, que seguirá en manos de la Ciudad.
Por la gestión del Canal de la Ciudad, Cale Group Media SA pagará un total de $3.000 millones, lo que equivale a un canon mensual de $50 millones. Se trata, según consta en el acta de preadjudicación publicada en el Boletín Oficial, de la oferta más alta para quedarse con la señal de televisión porteña.
La otra firma que competía por el gerenciamiento del Canal de la Ciudad era Argentinos Media SA, del empresario Marcelo González, propietario de la radio AM 950. Su compañía había propuesto un canon de $15 millones por mes, es decir, menos de un 50% de lo que ofrecía la empresa seleccionada.
Además, según especificaron en la Dirección General de Concesiones y Permisos del Ministerio de Hacienda, la firma de González no entregó toda la información exigida en el pliego licitatorio. Si bien presentó toda la documentación legal y técnica, omitió presentar algunos datos económicos y financieros exigidos como los estados contables ante la Inspección General de Justicia (IGJ) y los detalles sobre su plan de inversión.
Por este motivo, la administración macrista decidió preadjudicar el gerenciamiento del Canal de la Ciudad a la empresa Cale Group SA. Marini, presidente de la empresa, es socio del tuitero oficialista Daniel Parisini, alias Gordo Dan, en Carajo, el canal de streaming oficialista donde recalan influencers alineados con las Fuerzas del Cielo, la agrupación que responde al asesor presidencial Santiago Caputo.
Marini es, a su vez, dueño de la señal de streaming Blender, que mantiene una línea editorial alejada de La Libertad Avanza (LLA) y donde tallan comunicadores como Tomás Rebord, con nexos con algunos sectores del Partido Justicialista.
La concesión de los medios públicos de la ciudad también alcanzaba a las radios AM 1110 y La 2×4. Sin embargo, en esta primera instancia de la licitación, no se registraron ofertas para ambas señales radiales por lo que se resolvió declarar desierto el proceso.
Con la publicación del acta en el Boletín Oficial, se abrió un breve período para presentar impugnaciones a la asignación. En caso de que no se presenten objeciones o ninguna prospere, el gobierno de Jorge Macri quedará en condiciones de formalizar la concesión a la firma de Marini.
El gobierno de Jorge Macri decidió avanzar con la licitación de los medios públicos pese a las advertencias del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). A mediados de abril, el organismo público, que conduce Juan Luis Ozores, había advertido a la administración porteña que concesionar el gerenciamiento del Canal de la Ciudad y las radios públicas podría colisionar con el marco legal vigente.
En particular, en la nota enviada al jefe de gobierno porteño, el Enacom señaló que la iniciativa podría violar la Ley Nacional N°26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que prohíbe la delegación de la explotación de licencias audiovisuales. Es decir que es el titular de los medios -en este caso el Gobierno de la Ciudad- quien debe estar a cargo de su explotación y no un tercero.
Sin embargo, la administración macrista desestimó, por entonces, las advertencias del organismo regulatorio. Sucede que, en la previa del debate de candidatos a legisladores porteños del año pasado, el jefe de gabinete Manuel Adorni -quien lideraba la lista de LLA en la Capital- había anticipado que su espacio buscaría cerrar la señal estatal.
“Rumbo al Canal de la Ciudad para el debate de candidatos a legisladores porteños. Pro prometió cerrar este canal hace 17 años: hoy le destina 4500 millones de pesos anuales de presupuesto. El kirchnerismo si pudiera lo llenaría de ñoquis y militantes. Nosotros vamos a cerrarlo. Fin”, había escrito el ministro coordinador de Milei.
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POLITICA
Lorenzetti descartó una revisión de la condena a Cristina Kirchner: “Desde el punto de vista jurídico está terminado”

Ricardo Lorenzetti se refirió este martes a la situación judicial de Cristina Kirchner y fue contundente al ser consultado sobre una eventual revisión de la condena en la causa Vialidad. En una entrevista con Solo una vuelta más por TN, el ministro fue consultado sobre si existe alguna posibilidad de que la Corte vuelva a intervenir en la condena que pesa sobre la expresidenta. La respuesta fue categórica: “Desde el punto de vista jurídico está terminado. No hay mucho más para decir”.
La frase del magistrado aparece en medio de las repercusiones políticas y judiciales que sigue generando el expediente Vialidad, una de las causas de mayor impacto institucional de los últimos años.
“Encarcelar expresidentes es una tragedia institucional”
Si bien descartó cualquier novedad desde el plano jurídico, Lorenzetti también reflexionó sobre las consecuencias institucionales que implica una situación de estas características.
“Encarcelar expresidentes es una tragedia institucional”, sostuvo el integrante de la Corte. Sin embargo, aclaró que la tarea del tribunal se limitó a analizar los aspectos estrictamente legales del caso.
“Nuestra función fue revisar lo estrictamente jurídico”, remarcó.
En la misma entrevista, Lorenzetti también señaló que el Poder Judicial debe mantenerse al margen de las decisiones políticas y legislativas. Al ser consultado sobre una eventual interpelación al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, sostuvo que “el Poder Judicial no puede inmiscuirse, opinar o sugerir sobre lo que tiene que hacer el Congreso”.
Noticia que está siendo actualizada.-
Ricardo Lorenzetti, Corte Suprema de Justicia, cristina kirchner
POLITICA
La Justicia Federal de Córdoba ratificó que PAMI e Incluir Salud deben pagar deudas

CÓRDOBA.- El juez federal de Córdoba, Hugo Vaca Narvaja, fundó el fallo de fondo de la cautelar que hace un mes había dictado en la que ordenó al PAMI y al Ministerio de Salud de la Nación (Incluir Salud) normalizar y regularizar el pago de las prestaciones a instituciones y prestadores de discapacidad. “Solo le cumplieron al actor, pero a nivel individual, desconocieron al colectivo. Concedí la apelación pero sin efectos suspensivos“, explicó el magistrado a .
El nuevo fallo conmina a que en 72 horas se regularicen los pagos de las prestaciones previstas en la ley 24.901 a todo el colectivo.
La acción de amparo fue presentada por la señora A. A. del C., quien actúa en carácter de curadora definitiva de su hijo, M. I. C.. El hijo de la amparista presenta un diagnóstico de “Retraso Mental Grave” y es beneficiario del sistema de salud por su condición de discapacidad.
La demanda se interpuso como una acción de amparo colectiva en la que AA del C es curadora de su hijo M.I.C quien tiene “retraso mental grave” y representa a un colectivo integrado por titulares de pensiones no contributivas que cuentan con un Certificado Único de Discapacidad y reciben cobertura a través de Incluir Salud o PAMI y también de un grupo secundario conformado por los progenitores, tutores, curadores, apoyos y cuidadores de esas personas con discapacidad.
El fallo señala que, aunque el Estado Nacional intentó demostrar cumplimiento con pagos individuales al hijo de la amparista, esa conducta no desvirtúa el incumplimiento generalizado hacia el resto.
Durante el proceso, Incluir Salud acreditó pagos al joven por diciembre de 2025 y enero de 2026. El juez interpreta que esa cancelación demuestra que el organismo tenía la obligación de pagar y la disponibilidad de fondos para hacerlo, lo que evidenciaba que la demora en el resto de los casos era injustificada.
El texto advierte que, mientras se cumplía con el caso individual de la amparista, persistía la “desatención del resto de los integrantes del colectivo”. Esto se corroboró con los informes de diversas instituciones (como Apadim, Cottolengo Don Orione y la Asociación Civil Alegría), que informaron deudas pendientes de más de cinco meses.
El fallo resalta una contradicción en la postura de Nación, ya que por un lado, Incluir Salud sostenía que la Provincia de Córdoba era la “primera obligada” a brindar las prestaciones a M.I.C pero, por otro lado, terminó pagando esas mismas facturas en mayo pasado.
Como el cumplimiento fue solo “parcial e individualizado”, Vaca Narvaja considera que la resolución debe tener efecto expansivo a todo el colectivo representado y ordena que se cancelen las facturas de todos los beneficiarios que cumplen con los requisitos de la clase, no solo del caso testigo.
Es decir, para el magistrado el cumplimiento con la amparista individual fue una estrategia que terminó por confirmar la arbitrariedad de la demora respecto al resto de las personas con discapacidad, quienes permanecían en un estado de “desamparo e incertidumbre”.
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