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ECONOMIA

Compras de inmuebles en efectivo, nuevo plazo y sin topes: claves del proyecto de Inocencia Fiscal

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El Gobierno avanza con una nueva versión de la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que busca dar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes y acelerar la incorporación al circuito formal de los ahorros que permanecen fuera del sistema financiero: los famosos «dólares del colchón».

El proyecto, que aún debe ser debatido en el Congreso, introduce cambios relevantes sobre el Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, limita algunas facultades de fiscalización de ARCA y establece nuevas reglas para quienes decidan exteriorizar fondos.

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Dólar colchón: los 10 puntos clave del nuevo proyecto de Inocencia Fiscal

La propuesta incorpora varias observaciones que tributaristas acercaron semanas atrás al ministro de Economía, Luis Caputo, y al titular de ARCA, Andrés Vázquez. El objetivo oficial es despejar dudas que podían desalentar la adhesión al régimen y reforzar los incentivos para utilizar los llamados «dólares del colchón».

Y estos son los diez puntos clave del nuevo proyecto de ley de Inocencia Fiscal

1. Se eliminan los topes de ingresos y patrimonio para adherir

Uno de los cambios más relevantes es la desaparición de los límites que restringían el acceso al régimen simplificado.

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La versión original exigía ingresos anuales inferiores a $1.000 millones y un patrimonio menor a $10.000 millones. Ambos requisitos fueron eliminados, lo que amplía significativamente el universo de contribuyentes que podrán ingresar.

La modificación abre la puerta a personas con elevado patrimonio o con importantes operaciones financieras, como inversores que operan regularmente acciones y otros activos.

«Se eliminan los topes de ingresos y patrimonio para incorporarse al régimen, con lo cual mucha más cantidad de contribuyentes, independientemente de su patrimonio y de sus ingresos anuales, pueden incorporarse al régimen simplificado de impuesto a las ganancias», explicó César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados.

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2. Podrán ingresar los grandes contribuyentes

El proyecto también flexibiliza el acceso para los denominados Grandes Contribuyentes Nacionales.

Sin embargo, no tendrán acceso a todos los beneficios previstos por la ley. Podrán utilizar la declaración jurada simplificada y la mecánica simplificada de determinación del impuesto, evitando exhibir patrimonio final o consumos, pero quedarán excluidos de ventajas como la prescripción reducida y el denominado bloqueo fiscal sobre períodos anteriores.

En la práctica, podrán simplificar su declaración, aunque sin acceder al blindaje fiscal completo previsto para el resto de los adherentes.

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3. Habrá plazo hasta fines de 2027 para exteriorizar fondos

La iniciativa fija una fecha límite para quienes quieran utilizar dinero no declarado sin que ello implique reconocer irregularidades pasadas.

El proyecto establece una ventana temporal hasta el 31 de diciembre de 2027 para canalizar esos fondos hacia inversiones, consumo o adquisición de bienes registrables.

Según los especialistas, la norma evita hablar expresamente de blanqueo, aunque en los hechos funciona como una regularización con plazo determinado y con protección respecto del pasado fiscal de esos recursos.

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4. Bienes Personales: los fondos se incorporarán al patrimonio desde el momento en que se utilicen

Otro de los cambios apunta a evitar conflictos con el Impuesto sobre los Bienes Personales.

El proyecto dispone que los fondos exteriorizados se considerarán incorporados al patrimonio desde la fecha de la operación en la que sean utilizados o ingresados al sistema formal.

De esta manera, se busca impedir que el contribuyente deba enfrentar reclamos retroactivos por Bienes Personales o que la utilización de esos recursos sea interpretada como una confesión de tenencias ocultas en ejercicios anteriores.

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5. «Las operaciones inmobiliarias pueden no ser bancarizadas»

La obligación de utilizar mecanismos autorizados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores deja de depender únicamente de normas reglamentarias y pasa a estar expresamente contemplada en la ley.

La exigencia se considerará cumplida siempre que el sistema financiero intervenga en el origen o en el destino de los fondos.

Además, el proyecto despeja una de las principales dudas vinculadas con las operaciones inmobiliarias. Los pagos en efectivo realizados en escrituras públicas serán compatibles con el régimen hasta el 31 de diciembre de 2027.

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«Las operaciones inmobiliarias pueden no ser bancarizadas. Los pagos en efectivo efectuados en escrituras públicas son compatibles con la exigencia del régimen«, señaló Litvin.

La iniciativa busca incentivar que los ahorros que permanecen fuera del sistema financiero, se canalicen hacia inversiones inmobiliarias. Es por eso que se trata de uno de los cambios más relevantes del nuevo proyecto de ley.

6. Depositar dinero dejará de ser un elemento utilizado en contra del contribuyente

La reforma limita el uso de presunciones históricamente empleadas por el fisco para justificar ajustes.

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En particular, elimina la posibilidad de aplicar las presunciones de incremento patrimonial no justificado y de depósitos bancarios superiores a los ingresos declarados cuando se trate de contribuyentes adheridos al régimen.

El cambio busca resolver una de las principales preocupaciones de quienes evalúan ingresar dinero al sistema financiero: que el simple hecho de depositarlo genere automáticamente una fiscalización o un ajuste tributario.

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7. ARCA deberá probar las inconsistencias con información concreta

El proyecto fortalece la llamada presunción de exactitud de las declaraciones juradas simplificadas.

La carga de la prueba recaerá exclusivamente sobre ARCA, que solo podrá basarse en información declarada por el contribuyente, datos propios del organismo o información suministrada por terceros.

«Cualquier otra consideración no tendrá valor probatorio alguno», establece el texto.

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Para los especialistas, este punto representa uno de los mayores avances en términos de seguridad jurídica porque reduce la discrecionalidad del organismo fiscal y limita el uso de indicios o presunciones no respaldadas por evidencia concreta.

8. Se endurecen los requisitos para que exista una «discrepancia significativa»

La reforma modifica el criterio utilizado para determinar cuándo una diferencia detectada por ARCA puede hacer caer los beneficios del régimen.

Hasta ahora, el porcentaje se calculaba sobre el impuesto a pagar, lo que podía generar observaciones por montos relativamente pequeños cuando existían retenciones, percepciones o pagos a cuenta.

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Con el nuevo esquema, la diferencia deberá superar el 15% del impuesto determinado y, además, exceder un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto en la Ley Penal Tributaria, actualmente cercano a los $5 millones.

El objetivo es evitar que ajustes menores o diferencias de escasa relevancia terminen generando consecuencias desproporcionadas para los contribuyentes.

«El sistema dará mayor seguridad jurídica. De aprobarse, las diferencias objetadas por el fisco solo serán consideradas significativas si superan dos umbrales: el 15% de la diferencia de impuesto y el 5% del límite punible de la Ley Penal Tributaria. Cuando una diferencia no superará ninguno de estos dos parámetros, no se la considerará relevante para cuestionar la declaración», detalló César Litvin.

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9. Habrá margen para corregir errores sin perder los beneficios

El proyecto incorpora un mecanismo correctivo que había sido solicitado por los tributaristas.

Si ARCA detecta una diferencia y el contribuyente rectifica su declaración y cancela los importes correspondientes dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, podrá conservar los beneficios del régimen.

«Antes, una discrepancia significativa podía hacer caer todos los beneficios. Ahora, si el contribuyente rectifica y paga, mantiene la protección prevista por la ley», explicó Litvin.

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La medida apunta a distinguir los errores subsanables de las conductas que impliquen una intención de evasión.

10. Se prevén devolución de pagos, perdón de multas y un rol más favorable de la UIF

La iniciativa incorpora varias garantías adicionales para los adherentes.

Por un lado, si una determinación fiscal es anulada en sede administrativa o judicial, ARCA deberá devolver las sumas abonadas dentro de los 45 días hábiles posteriores a la resolución firme, junto con los intereses correspondientes.

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Por otro, quienes hayan regularizado previamente tributos e intereses podrán acceder a la exención de multas siempre que acepten la pretensión fiscal y renuncien a reclamar posteriormente la devolución de esos importes.

Además, el proyecto instruye a la Unidad de Información Financiera (UIF) para que considere la adhesión al régimen como un antecedente favorable en los procesos de monitoreo y análisis de operaciones, una señal destinada a brindar mayor previsibilidad frente a los controles vinculados con la prevención del lavado de dinero.

La advertencia de los tributaristas sobre la «letra chica»

Pese a las mejoras introducidas, algunos especialistas observan un punto que todavía genera preocupación.

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El proyecto mantiene la posibilidad de perder los beneficios del régimen por el cómputo improcedente de retenciones, percepciones, anticipos o pagos a cuenta, sin establecer un umbral mínimo de tolerancia.

«Si bien los cambios en general son positivos, en tanto apuntan a otorgar mayor seguridad jurídica y a ponerle fecha de vencimiento a la formalización de los dólares que están debajo del colchón, lo que no nos parece prudente es que cualquier diferencia —por mínima que sea— en materia de retenciones, percepciones, anticipos o pagos a cuenta haga decaer los beneficios«, advirtió Alberto Mastandrea, socio de Impuestos de BDO.

Y agregó: «La ausencia de todo umbral mínimo para estos conceptos convierte a un simple error de imputación en una causal de pérdida del beneficio, equiparándolo a la maniobra deliberada y transformando esa previsión en una verdadera trampa cazabobos».

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ECONOMIA

ANSES: cuándo cobro en junio 2026 si mi DNI termina en 6

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ANSES aplicó en junio de 2026 un aumento del 2,58% en las prestaciones y sumó medio aguinaldo para jubilados, pensionados y asignaciones (ANSES)

En junio de 2026, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el calendario de pagos que contempla un aumento del 2,58% en todas las prestaciones, en línea con la inflación de abril. A esto se suma el abono del medio aguinaldo para jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones, lo que incrementa notablemente los ingresos mensuales en esta ocasión.

Las fechas de cobro varían en función de la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI), por lo que quienes tienen DNI terminado en 6 deben consultar el cronograma específico para conocer cuándo y cuánto percibirán de cada beneficio.

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Los titulares de jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo y tienen DNI finalizado en 6 cobrarán el 17 de junio. Para junio el monto es de $403.317,99.

Además, se suma el bono extraordinario de $70.000 y el medio aguinaldo de $201.659, lo que lleva el total bruto a percibir en el mes a $674.976,99. Todos los conceptos se liquidan el mismo día que el haber principal, permitiendo a los beneficiarios disponer de la suma completa.

Para quienes perciben jubilaciones y pensiones superiores al haber mínimo y tienen DNI terminado en 6, la fecha de pago es el 26 de junio. El haber máximo para este mes se ubica en $2.713.948,18, mientras que el aguinaldo correspondiente asciende a $1.356.974,09.

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Las jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo con DNI finalizado en 6 se pagan el 26 de junio y no reciben el bono extraordinario de ANSES (NA)

De este modo, el monto total que puede percibir un beneficiario en esta categoría alcanza los $4.070.922,27. Es importante destacar que este grupo no recibe el bono extraordinario de ANSES.

Los titulares de Pensiones No Contributivas (por invalidez o vejez) con DNI finalizado en 6 accederán al cobro el 11 de junio. El haber base actualizado es de $282.322,59. Sumando el medio aguinaldo de $141.161,30 y el bono extraordinario de $70.000, el ingreso bruto total para junio asciende a $493.483,89. Todo este monto se liquida en la misma fecha, permitiendo a los beneficiarios disponer del total sin demoras.

Quienes perciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y tienen DNI terminado en 6 cobrarán el 17 de junio. El haber mensual actualizado es de $322.654,39. Al sumarse el bono extraordinario de $70.000, el ingreso base llega a $392.654,39. En este mes, además, corresponde el medio aguinaldo de $161.327,20, por lo que el ingreso bruto total para junio asciende a $553.981,59.

La PUAM para beneficiarios con DNI terminado en 6 se paga el 17 de junio y llega a $553.981,59 con bono extraordinario y medio aguinaldo (REUTERS/Agustin Marcarian)
La PUAM para beneficiarios con DNI terminado en 6 se paga el 17 de junio y llega a $553.981,59 con bono extraordinario y medio aguinaldo (REUTERS/Agustin Marcarian)

Los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Familiar por Hijo con DNI terminado en 6 recibirán el pago el 17 de junio.

  • AUH General: El monto actualizado es de $144.932. ANSES deposita el 80% mensualmente ($115.945,60 en mano) y retiene el 20% restante ($28.986,40).
  • AUH por Hijo con Discapacidad: El valor asciende a $471.915 ($377.532 en mano y $94.383 retenidos).
  • Asignación Familiar por Hijo (SUAF – Tramo I): El monto es de $72.474 por hijo. Si presenta discapacidad, el valor es de $235.967.

Las beneficiarias de la Asignación Universal por Embarazo (AUE) con DNI finalizado en 6 cobrarán el 18 de junio. El monto de la AUE es de $144.932 por embarazo ($115.945,60 en mano y $28.986,40 retenidos). Además, se liquida automáticamente el Complemento Leche, que este mes tiene un valor de $54.665.

La Asignación por Prenatal se paga en junio a las titulares con DNI terminado en 6 el 17 de junio. El monto general, para el primer tramo de ingresos, es de $72.474.

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La Asignación por Maternidad se abona entre el 10 de junio y el 8 de julio. Para quienes tienen DNI terminado en 6, el cobro está habilitado desde el 17 de junio. El monto corresponde al salario neto de la beneficiaria durante el período de licencia, por lo que varía según cada caso.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
La AUE con DNI terminado en 6 se cobra el 18 de junio e incluye el Complemento Leche de $54.665 además del monto mensual (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las Asignaciones Pago Único —que incluyen nacimiento, matrimonio y adopción— pueden cobrarse a partir del 10 de junio y hasta el 8 de julio, sin distinción por terminación de DNI. Los montos vigentes son los siguientes:

  • Nacimiento: $84.478
  • Matrimonio: $126.489
  • Adopción: $505.070

Las Asignaciones Familiares de PNC se abonan entre el 8 de junio y el 8 de julio para todas las terminaciones de DNI, inclusive la 6. Los montos actualizados son: $72.474 por hijo, $235.967 por hijo con discapacidad y $17.582,92 por cónyuge.

Quienes perciben la prestación por desempleo y tienen DNI terminado en 6 cobrarán el 26 de junio. El monto mínimo actualizado es de $181.500, mientras que el tope máximo general alcanza los $363.000. El valor exacto depende del historial de aportes del beneficiario.



Corporate Events,South America / Central America

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ECONOMIA

El Gobierno busca blindar el superávit fiscal frente a la volatilidad de la recaudación y la presión legislativa

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El ministro de Economía, Luis Caputo, postergó la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para reducir el gasto previsto en 2026.

El ministro de Economía, Luis Caputo, ya había reconocido que para mantener el superávit fiscal son necesarios mayores ingresos. En ese contexto, el Gobierno tomó una serie de medidas para sostener el pilar central del programa económico y busca evitar tensiones en las cuentas públicas.

Entre las decisiones que van en esa línea, se cuentan la postergación de la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), la entrega de una canasta de letras capitalizables (Lecap) al PAMI como forma de asistencia financiera o el ajuste en la focalización de los subsidios al transporte. El objetivo común de estas decisiones fue blindar el equilibrio fiscal en un contexto de presión legislativa y volatilidad en la recaudación.

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Para eso tenés que recaudar más porque seguir generando superávit vía ajuste ya es muy difícil. Estamos en un nivel de gasto de 15 puntos del Producto Bruto Interno (PBI). Para dar una idea, es el nivel de gasto que había en los 90 y es 10 puntos menos de lo que fue el pico hace ocho años”, aseguró Caputo en una entrevista con Economía de quincho.

Aunque en mayo la recaudación tributaria mostró un repunte tras nueve meses de caída en términos reales, impulsado en gran medida por la presentación de la declaración jurada de Ganancias de empresas, ese incremento resulta insuficiente. La fragilidad de los ingresos del Gobierno quedó en evidencia la semana pasada, cuando se postergó hasta el 1° de noviembre la entrada en vigencia del FAL, tal como anticipó Infobae.

Infografía muestra un listado de medidas fiscales para Argentina en 2026, incluyendo presiones, compensaciones y contingencias, con valores porcentuales del PIB
Infografía detalla las presiones fiscales, medidas compensatorias y de contingencia adicionales propuestas por el FMI para Argentina en 2026, expresadas como porcentaje del PIB.

Un informe de Facimex estimó que la postergación del fondo para pagar indemnizaciones generó un ahorro fiscal del 0,15% del Producto Bruto Interno (PBI). Esto se trata de un compromiso que había asumido el equipo económico con el Fondo Monetario Internacional (FMI). En el último Staff Report se conoció que a los fines de alcanzar el superávit primario de cerca de 1,5%/PBI durante el 2026, Caputo podía llegar a tomar medidas complementarias entre ellas postergar la entrada en vigencia de la reforma laboral.

A su vez, el reporte de Facimex añadió que el Ejecutivo transfirió al PAMI una canasta de Lecap por $580.000 millones, equivalente al 0,05% del PBI. Y que tanto la postergación del FAL como el aporte financiero al PAMI vía Lecaps buscaron blindar el equilibrio fiscal, en un escenario donde la recaudación tributaria mostró un desempeño negativo: la recaudación cayó 4,9% interanual real en los primeros cinco meses del año y alcanzó mínimos desde 2009, cuando se excluye el atípico 2020.

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No obstante, los desafíos fiscales de 2026 no se limitaron a la prórroga del FAL. Según el análisis en cuestión, las principales presiones provienen de los gastos vinculados a leyes aprobadas en el Congreso, especialmente el financiamiento universitario y la emergencia en discapacidad. Estas normativas, consideradas clave para la aprobación del Presupuesto 2026, implicaron un costo fiscal de 0,20% y 0,15% del PBI respectivamente, de acuerdo con estimaciones del FMI.

El mismo informe destacó que la eliminación de impuestos internos, que ya impactó en la recaudación de mayo, y la reciente baja de retenciones al campo que se oficializó la semana pasada, tienen un costo fiscal muy bajo que no superó en conjunto el 0,1% del PBI. Fue el propio ministro Caputo quien indicó que la baja de retenciones al sector agropecuario e industrial representó apenas USD 57 millones en 2026.

“Para este año proyectamos un superávit primario del 1,3% del PBI, donde excluimos los ingresos correspondientes a las privatizaciones (ya suman 0,14% del PBI entre las represas del Comahue y Citelec) que no cuentan para la meta fiscal acordada con el FMI, la cual contempla un superávit primario de 1,4% del PBI”, estimó Facimex.

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En materia de ingresos, desde la consultora Invecq destacaron que en mayo el principal motor fue Ganancias DGI, que venía promediando 31% interanual en los meses previos (-1,4% real) y en mayo trepó a 71% (+28% real).

ARCA
El repunte en la recaudación de mayo se explicó por la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias de empresas.

“Esta aceleración abrupta no se explicaría por una mejora estructural en la rentabilidad empresarial, sino por una baja base de comparación de las ganancias en 2024 (cubiertas mayormente con los anticipos mensuales) y por la habilitación a distribuir utilidades, que habría llevado a muchas empresas a adelantar o concentrar el pago del saldo de Ganancias para poder girar dividendos. También se destacó Bienes Personales (+46,5% i.a. real), aunque su peso sobre el total es muy acotado”, precisaron.

A la vez, los economistas de la firma advirtieron que depurado el efecto de Ganancias a sociedades, el panorama luce “significativamente más frío” ya que los tributos con mayor correlación con el nivel de actividad mostraron en mayo una performance negativa generalizada: “IVA DGI cayó -3,1% i.a. real —profundizando la caída promedio de -2% de meses anteriores—, créditos y débitos en cuenta corriente retrocedieron -3,7% i.a. real —retomando la baja tras dos meses de subas—, y contribuciones patronales anotaron -4,6% i.a. real —también por debajo del -3,7% promedio previo—“.

“En conjunto, el promedio de los tributos ligados a actividad se ubicó en -3,8% i.a. en mayo, profundizando la caída de -2,5% i.a. de los últimos tres meses. Este deterioro, por ahora, no compromete el superávit primario. Pero sí pone un límite claro a la posibilidad de bajar impuestos —uno de los ejes esperados de la reforma tributaria integral de 2026— y es parte de la explicación detrás del ajuste en las proyecciones del FMI, que recortó su estimación de superávit primario de 2,2% a 1,5% del PIB», acotaron.

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En los próximos meses, la recaudación por Ganancias tendería a disminuir, ya que en julio corresponde actualizar tanto el Mínimo No Imponible como las deducciones según el Índice de Precios al Consumidor del primer semestre. En un contexto donde los salarios se mantienen por debajo de la inflación, una gran cantidad de trabajadores en relación de dependencia dejará de tributar este impuesto o lo hará con una alícuota menor.



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De cuánto es el salario mínimo vital y móvil en junio y qué pasará los próximos meses

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El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) llegó a $367.800 en junio de 2026 para trabajadores mensualizados. Es la cifra que fijó el Gobierno nacional por decreto.

Este monto marca el piso salarial para empleados registrados con jornada completa. Pero su impacto va mucho más allá: define jubilaciones, pensiones, asignaciones familiares y topes de acceso a programas estatales.

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El aumento respecto a mayo fue de $4.800. El incremento representa apenas 1,32% de suba, un porcentaje que quedó muy por debajo de la inflación del 2,6% que midió el INDEC para el mismo período.

Para trabajadores jornalizados, el valor de la hora quedó en $1.839. Ambas cifras rigen hasta julio, cuando habrá un nuevo ajuste.

Cuánto subirá el salario mínimo en los próximos meses

Los aumentos ya están definidos hasta agosto de 2026. El Gobierno los estableció mediante la Resolución 9/2025, que fijó un cronograma mensual de actualizaciones.

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En julio, el SMVM pasará a $372.400 para trabajadores mensualizados. En agosto alcanzará los $376.600.

A partir de septiembre, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil deberá volver a reunirse para definir nuevos ajustes, ya que la resolución vigente solo contempla cifras hasta agosto.

Este esquema reemplazó las negociaciones que antes llevaban adelante gremios y empresarios en el Consejo. El Gobierno adoptó una postura unilateral tras la imposibilidad de alcanzar un acuerdo entre los sectores a fines de 2025.

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Los sindicatos manifestaron su descontento. Reclaman una revisión que contemple la pérdida del poder adquisitivo acumulada y la proyección inflacionaria para los siguientes meses.

Qué prestaciones y beneficios sociales dependen del salario mínimo

El SMVM no solo fija el piso salarial. También determina valores clave en la estructura de beneficios y ayudas sociales del país.

Su monto se utiliza para establecer límites de acceso a programas estatales. Y para actualizar parámetros de múltiples prestaciones.

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Entre las principales prestaciones impactadas están jubilaciones, pensiones, subsidios, cuotas alimentarias, becas y asignaciones familiares, lo que convierte al salario mínimo en una variable central para millones de hogares argentinos.

En junio de 2026, la jubilación mínima ascendió a $674.976,99. Este monto incluye el haber mínimo con aumento, un bono de $70.000 y el medio aguinaldo.

La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se ubicó en $553.981,59. La pensión no contributiva por invalidez y vejez alcanzó $493.483,89.

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En el caso de la pensión madre de siete hijos, el monto fue igual a la jubilación mínima.

Las asignaciones familiares también experimentaron incrementos:

  • Asignación Universal por Hijo: $144.932
  • Asignación Universal por Hijo con discapacidad: $471.915
  • Asignación Familiar por Hijo: $72.474

Estos valores se utilizan tanto para calcular los montos que perciben los beneficiarios como para determinar los topes de ingresos que habilitan el acceso a las ayudas.

El SMVM actúa como parámetro para definir la elegibilidad y actualización de los beneficios. Esto refuerza su papel como herramienta fundamental en la política de protección social.

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Cómo se define el salario mínimo y quiénes participan

El Salario Mínimo, Vital y Móvil surge como resultado de negociaciones entre el Gobierno, los representantes de los trabajadores y los empleadores.

Su actualización suele tratarse en el marco del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Esta instancia busca alcanzar consensos que permitan mantener el poder adquisitivo de los asalariados.

Cuando las partes no logran un acuerdo, el Ejecutivo nacional puede intervenir. Fija los valores por decreto, como ocurrió ante la falta de consenso a fines de 2025.

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El SMVM está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo. Sirve como referencia para determinar el ingreso mínimo que debe percibir un trabajador registrado por una jornada completa.

A diferencia de otros ingresos, como jubilaciones y pensiones, el salario mínimo no cuenta con un mecanismo automático de actualización en función de la inflación.

Las jubilaciones y pensiones se ajustan periódicamente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). El salario mínimo, no.

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Esta diferencia ha sido fuente de reclamos por parte de los sindicatos. Exigen una mayor protección frente al avance de los precios y la erosión de los salarios reales.

Por qué el aumento del salario mínimo quedó por debajo de la inflación

La última cifra difundida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) marcó una inflación del 2,6% en el período.

El ajuste aplicado al Salario Mínimo, Vital y Móvil en junio fue del 1,32%. No logró igualar el ritmo de aumento de los precios.

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La falta de un mecanismo automático de actualización vinculado al índice inflacionario genera que el salario mínimo quede por debajo del incremento de precios.

Esta situación repercute en el poder adquisitivo de los trabajadores. Y de quienes perciben prestaciones sociales asociadas a este parámetro.

El debate sobre el método de actualización del SMVM permanece abierto. Los gremios sostienen que las revisiones deberían contemplar los índices de inflación para evitar una pérdida de poder adquisitivo.

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Los empresarios, por su parte, advierten sobre el impacto de los aumentos en los costos laborales.

Las próximas reuniones del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil definirán la pauta de actualización para los meses posteriores a agosto. La evolución de la inflación y los reclamos sindicales marcan la agenda de discusión.

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