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ECONOMIA

El Gobierno busca blindar el superávit fiscal frente a la volatilidad de la recaudación y la presión legislativa

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El ministro de Economía, Luis Caputo, postergó la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para reducir el gasto previsto en 2026.

El ministro de Economía, Luis Caputo, ya había reconocido que para mantener el superávit fiscal son necesarios mayores ingresos. En ese contexto, el Gobierno tomó una serie de medidas para sostener el pilar central del programa económico y busca evitar tensiones en las cuentas públicas.

Entre las decisiones que van en esa línea, se cuentan la postergación de la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), la entrega de una canasta de letras capitalizables (Lecap) al PAMI como forma de asistencia financiera o el ajuste en la focalización de los subsidios al transporte. El objetivo común de estas decisiones fue blindar el equilibrio fiscal en un contexto de presión legislativa y volatilidad en la recaudación.

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Para eso tenés que recaudar más porque seguir generando superávit vía ajuste ya es muy difícil. Estamos en un nivel de gasto de 15 puntos del Producto Bruto Interno (PBI). Para dar una idea, es el nivel de gasto que había en los 90 y es 10 puntos menos de lo que fue el pico hace ocho años”, aseguró Caputo en una entrevista con Economía de quincho.

Aunque en mayo la recaudación tributaria mostró un repunte tras nueve meses de caída en términos reales, impulsado en gran medida por la presentación de la declaración jurada de Ganancias de empresas, ese incremento resulta insuficiente. La fragilidad de los ingresos del Gobierno quedó en evidencia la semana pasada, cuando se postergó hasta el 1° de noviembre la entrada en vigencia del FAL, tal como anticipó Infobae.

Infografía muestra un listado de medidas fiscales para Argentina en 2026, incluyendo presiones, compensaciones y contingencias, con valores porcentuales del PIB
Infografía detalla las presiones fiscales, medidas compensatorias y de contingencia adicionales propuestas por el FMI para Argentina en 2026, expresadas como porcentaje del PIB.

Un informe de Facimex estimó que la postergación del fondo para pagar indemnizaciones generó un ahorro fiscal del 0,15% del Producto Bruto Interno (PBI). Esto se trata de un compromiso que había asumido el equipo económico con el Fondo Monetario Internacional (FMI). En el último Staff Report se conoció que a los fines de alcanzar el superávit primario de cerca de 1,5%/PBI durante el 2026, Caputo podía llegar a tomar medidas complementarias entre ellas postergar la entrada en vigencia de la reforma laboral.

A su vez, el reporte de Facimex añadió que el Ejecutivo transfirió al PAMI una canasta de Lecap por $580.000 millones, equivalente al 0,05% del PBI. Y que tanto la postergación del FAL como el aporte financiero al PAMI vía Lecaps buscaron blindar el equilibrio fiscal, en un escenario donde la recaudación tributaria mostró un desempeño negativo: la recaudación cayó 4,9% interanual real en los primeros cinco meses del año y alcanzó mínimos desde 2009, cuando se excluye el atípico 2020.

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No obstante, los desafíos fiscales de 2026 no se limitaron a la prórroga del FAL. Según el análisis en cuestión, las principales presiones provienen de los gastos vinculados a leyes aprobadas en el Congreso, especialmente el financiamiento universitario y la emergencia en discapacidad. Estas normativas, consideradas clave para la aprobación del Presupuesto 2026, implicaron un costo fiscal de 0,20% y 0,15% del PBI respectivamente, de acuerdo con estimaciones del FMI.

El mismo informe destacó que la eliminación de impuestos internos, que ya impactó en la recaudación de mayo, y la reciente baja de retenciones al campo que se oficializó la semana pasada, tienen un costo fiscal muy bajo que no superó en conjunto el 0,1% del PBI. Fue el propio ministro Caputo quien indicó que la baja de retenciones al sector agropecuario e industrial representó apenas USD 57 millones en 2026.

“Para este año proyectamos un superávit primario del 1,3% del PBI, donde excluimos los ingresos correspondientes a las privatizaciones (ya suman 0,14% del PBI entre las represas del Comahue y Citelec) que no cuentan para la meta fiscal acordada con el FMI, la cual contempla un superávit primario de 1,4% del PBI”, estimó Facimex.

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En materia de ingresos, desde la consultora Invecq destacaron que en mayo el principal motor fue Ganancias DGI, que venía promediando 31% interanual en los meses previos (-1,4% real) y en mayo trepó a 71% (+28% real).

ARCA
El repunte en la recaudación de mayo se explicó por la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias de empresas.

“Esta aceleración abrupta no se explicaría por una mejora estructural en la rentabilidad empresarial, sino por una baja base de comparación de las ganancias en 2024 (cubiertas mayormente con los anticipos mensuales) y por la habilitación a distribuir utilidades, que habría llevado a muchas empresas a adelantar o concentrar el pago del saldo de Ganancias para poder girar dividendos. También se destacó Bienes Personales (+46,5% i.a. real), aunque su peso sobre el total es muy acotado”, precisaron.

A la vez, los economistas de la firma advirtieron que depurado el efecto de Ganancias a sociedades, el panorama luce “significativamente más frío” ya que los tributos con mayor correlación con el nivel de actividad mostraron en mayo una performance negativa generalizada: “IVA DGI cayó -3,1% i.a. real —profundizando la caída promedio de -2% de meses anteriores—, créditos y débitos en cuenta corriente retrocedieron -3,7% i.a. real —retomando la baja tras dos meses de subas—, y contribuciones patronales anotaron -4,6% i.a. real —también por debajo del -3,7% promedio previo—“.

“En conjunto, el promedio de los tributos ligados a actividad se ubicó en -3,8% i.a. en mayo, profundizando la caída de -2,5% i.a. de los últimos tres meses. Este deterioro, por ahora, no compromete el superávit primario. Pero sí pone un límite claro a la posibilidad de bajar impuestos —uno de los ejes esperados de la reforma tributaria integral de 2026— y es parte de la explicación detrás del ajuste en las proyecciones del FMI, que recortó su estimación de superávit primario de 2,2% a 1,5% del PIB», acotaron.

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En los próximos meses, la recaudación por Ganancias tendería a disminuir, ya que en julio corresponde actualizar tanto el Mínimo No Imponible como las deducciones según el Índice de Precios al Consumidor del primer semestre. En un contexto donde los salarios se mantienen por debajo de la inflación, una gran cantidad de trabajadores en relación de dependencia dejará de tributar este impuesto o lo hará con una alícuota menor.



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ECONOMIA

Compras de inmuebles en efectivo, nuevo plazo y sin topes: claves del proyecto de Inocencia Fiscal

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El Gobierno avanza con una nueva versión de la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que busca dar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes y acelerar la incorporación al circuito formal de los ahorros que permanecen fuera del sistema financiero: los famosos «dólares del colchón».

El proyecto, que aún debe ser debatido en el Congreso, introduce cambios relevantes sobre el Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, limita algunas facultades de fiscalización de ARCA y establece nuevas reglas para quienes decidan exteriorizar fondos.

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Dólar colchón: los 10 puntos clave del nuevo proyecto de Inocencia Fiscal

La propuesta incorpora varias observaciones que tributaristas acercaron semanas atrás al ministro de Economía, Luis Caputo, y al titular de ARCA, Andrés Vázquez. El objetivo oficial es despejar dudas que podían desalentar la adhesión al régimen y reforzar los incentivos para utilizar los llamados «dólares del colchón».

Y estos son los diez puntos clave del nuevo proyecto de ley de Inocencia Fiscal

1. Se eliminan los topes de ingresos y patrimonio para adherir

Uno de los cambios más relevantes es la desaparición de los límites que restringían el acceso al régimen simplificado.

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La versión original exigía ingresos anuales inferiores a $1.000 millones y un patrimonio menor a $10.000 millones. Ambos requisitos fueron eliminados, lo que amplía significativamente el universo de contribuyentes que podrán ingresar.

La modificación abre la puerta a personas con elevado patrimonio o con importantes operaciones financieras, como inversores que operan regularmente acciones y otros activos.

«Se eliminan los topes de ingresos y patrimonio para incorporarse al régimen, con lo cual mucha más cantidad de contribuyentes, independientemente de su patrimonio y de sus ingresos anuales, pueden incorporarse al régimen simplificado de impuesto a las ganancias», explicó César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados.

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2. Podrán ingresar los grandes contribuyentes

El proyecto también flexibiliza el acceso para los denominados Grandes Contribuyentes Nacionales.

Sin embargo, no tendrán acceso a todos los beneficios previstos por la ley. Podrán utilizar la declaración jurada simplificada y la mecánica simplificada de determinación del impuesto, evitando exhibir patrimonio final o consumos, pero quedarán excluidos de ventajas como la prescripción reducida y el denominado bloqueo fiscal sobre períodos anteriores.

En la práctica, podrán simplificar su declaración, aunque sin acceder al blindaje fiscal completo previsto para el resto de los adherentes.

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3. Habrá plazo hasta fines de 2027 para exteriorizar fondos

La iniciativa fija una fecha límite para quienes quieran utilizar dinero no declarado sin que ello implique reconocer irregularidades pasadas.

El proyecto establece una ventana temporal hasta el 31 de diciembre de 2027 para canalizar esos fondos hacia inversiones, consumo o adquisición de bienes registrables.

Según los especialistas, la norma evita hablar expresamente de blanqueo, aunque en los hechos funciona como una regularización con plazo determinado y con protección respecto del pasado fiscal de esos recursos.

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4. Bienes Personales: los fondos se incorporarán al patrimonio desde el momento en que se utilicen

Otro de los cambios apunta a evitar conflictos con el Impuesto sobre los Bienes Personales.

El proyecto dispone que los fondos exteriorizados se considerarán incorporados al patrimonio desde la fecha de la operación en la que sean utilizados o ingresados al sistema formal.

De esta manera, se busca impedir que el contribuyente deba enfrentar reclamos retroactivos por Bienes Personales o que la utilización de esos recursos sea interpretada como una confesión de tenencias ocultas en ejercicios anteriores.

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5. «Las operaciones inmobiliarias pueden no ser bancarizadas»

La obligación de utilizar mecanismos autorizados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores deja de depender únicamente de normas reglamentarias y pasa a estar expresamente contemplada en la ley.

La exigencia se considerará cumplida siempre que el sistema financiero intervenga en el origen o en el destino de los fondos.

Además, el proyecto despeja una de las principales dudas vinculadas con las operaciones inmobiliarias. Los pagos en efectivo realizados en escrituras públicas serán compatibles con el régimen hasta el 31 de diciembre de 2027.

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«Las operaciones inmobiliarias pueden no ser bancarizadas. Los pagos en efectivo efectuados en escrituras públicas son compatibles con la exigencia del régimen«, señaló Litvin.

La iniciativa busca incentivar que los ahorros que permanecen fuera del sistema financiero, se canalicen hacia inversiones inmobiliarias. Es por eso que se trata de uno de los cambios más relevantes del nuevo proyecto de ley.

6. Depositar dinero dejará de ser un elemento utilizado en contra del contribuyente

La reforma limita el uso de presunciones históricamente empleadas por el fisco para justificar ajustes.

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En particular, elimina la posibilidad de aplicar las presunciones de incremento patrimonial no justificado y de depósitos bancarios superiores a los ingresos declarados cuando se trate de contribuyentes adheridos al régimen.

El cambio busca resolver una de las principales preocupaciones de quienes evalúan ingresar dinero al sistema financiero: que el simple hecho de depositarlo genere automáticamente una fiscalización o un ajuste tributario.

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7. ARCA deberá probar las inconsistencias con información concreta

El proyecto fortalece la llamada presunción de exactitud de las declaraciones juradas simplificadas.

La carga de la prueba recaerá exclusivamente sobre ARCA, que solo podrá basarse en información declarada por el contribuyente, datos propios del organismo o información suministrada por terceros.

«Cualquier otra consideración no tendrá valor probatorio alguno», establece el texto.

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Para los especialistas, este punto representa uno de los mayores avances en términos de seguridad jurídica porque reduce la discrecionalidad del organismo fiscal y limita el uso de indicios o presunciones no respaldadas por evidencia concreta.

8. Se endurecen los requisitos para que exista una «discrepancia significativa»

La reforma modifica el criterio utilizado para determinar cuándo una diferencia detectada por ARCA puede hacer caer los beneficios del régimen.

Hasta ahora, el porcentaje se calculaba sobre el impuesto a pagar, lo que podía generar observaciones por montos relativamente pequeños cuando existían retenciones, percepciones o pagos a cuenta.

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Con el nuevo esquema, la diferencia deberá superar el 15% del impuesto determinado y, además, exceder un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto en la Ley Penal Tributaria, actualmente cercano a los $5 millones.

El objetivo es evitar que ajustes menores o diferencias de escasa relevancia terminen generando consecuencias desproporcionadas para los contribuyentes.

«El sistema dará mayor seguridad jurídica. De aprobarse, las diferencias objetadas por el fisco solo serán consideradas significativas si superan dos umbrales: el 15% de la diferencia de impuesto y el 5% del límite punible de la Ley Penal Tributaria. Cuando una diferencia no superará ninguno de estos dos parámetros, no se la considerará relevante para cuestionar la declaración», detalló César Litvin.

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9. Habrá margen para corregir errores sin perder los beneficios

El proyecto incorpora un mecanismo correctivo que había sido solicitado por los tributaristas.

Si ARCA detecta una diferencia y el contribuyente rectifica su declaración y cancela los importes correspondientes dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, podrá conservar los beneficios del régimen.

«Antes, una discrepancia significativa podía hacer caer todos los beneficios. Ahora, si el contribuyente rectifica y paga, mantiene la protección prevista por la ley», explicó Litvin.

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La medida apunta a distinguir los errores subsanables de las conductas que impliquen una intención de evasión.

10. Se prevén devolución de pagos, perdón de multas y un rol más favorable de la UIF

La iniciativa incorpora varias garantías adicionales para los adherentes.

Por un lado, si una determinación fiscal es anulada en sede administrativa o judicial, ARCA deberá devolver las sumas abonadas dentro de los 45 días hábiles posteriores a la resolución firme, junto con los intereses correspondientes.

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Por otro, quienes hayan regularizado previamente tributos e intereses podrán acceder a la exención de multas siempre que acepten la pretensión fiscal y renuncien a reclamar posteriormente la devolución de esos importes.

Además, el proyecto instruye a la Unidad de Información Financiera (UIF) para que considere la adhesión al régimen como un antecedente favorable en los procesos de monitoreo y análisis de operaciones, una señal destinada a brindar mayor previsibilidad frente a los controles vinculados con la prevención del lavado de dinero.

La advertencia de los tributaristas sobre la «letra chica»

Pese a las mejoras introducidas, algunos especialistas observan un punto que todavía genera preocupación.

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El proyecto mantiene la posibilidad de perder los beneficios del régimen por el cómputo improcedente de retenciones, percepciones, anticipos o pagos a cuenta, sin establecer un umbral mínimo de tolerancia.

«Si bien los cambios en general son positivos, en tanto apuntan a otorgar mayor seguridad jurídica y a ponerle fecha de vencimiento a la formalización de los dólares que están debajo del colchón, lo que no nos parece prudente es que cualquier diferencia —por mínima que sea— en materia de retenciones, percepciones, anticipos o pagos a cuenta haga decaer los beneficios«, advirtió Alberto Mastandrea, socio de Impuestos de BDO.

Y agregó: «La ausencia de todo umbral mínimo para estos conceptos convierte a un simple error de imputación en una causal de pérdida del beneficio, equiparándolo a la maniobra deliberada y transformando esa previsión en una verdadera trampa cazabobos».

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ECONOMIA

De cuánto es el salario mínimo vital y móvil en junio y qué pasará los próximos meses

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El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) llegó a $367.800 en junio de 2026 para trabajadores mensualizados. Es la cifra que fijó el Gobierno nacional por decreto.

Este monto marca el piso salarial para empleados registrados con jornada completa. Pero su impacto va mucho más allá: define jubilaciones, pensiones, asignaciones familiares y topes de acceso a programas estatales.

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El aumento respecto a mayo fue de $4.800. El incremento representa apenas 1,32% de suba, un porcentaje que quedó muy por debajo de la inflación del 2,6% que midió el INDEC para el mismo período.

Para trabajadores jornalizados, el valor de la hora quedó en $1.839. Ambas cifras rigen hasta julio, cuando habrá un nuevo ajuste.

Cuánto subirá el salario mínimo en los próximos meses

Los aumentos ya están definidos hasta agosto de 2026. El Gobierno los estableció mediante la Resolución 9/2025, que fijó un cronograma mensual de actualizaciones.

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En julio, el SMVM pasará a $372.400 para trabajadores mensualizados. En agosto alcanzará los $376.600.

A partir de septiembre, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil deberá volver a reunirse para definir nuevos ajustes, ya que la resolución vigente solo contempla cifras hasta agosto.

Este esquema reemplazó las negociaciones que antes llevaban adelante gremios y empresarios en el Consejo. El Gobierno adoptó una postura unilateral tras la imposibilidad de alcanzar un acuerdo entre los sectores a fines de 2025.

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Los sindicatos manifestaron su descontento. Reclaman una revisión que contemple la pérdida del poder adquisitivo acumulada y la proyección inflacionaria para los siguientes meses.

Qué prestaciones y beneficios sociales dependen del salario mínimo

El SMVM no solo fija el piso salarial. También determina valores clave en la estructura de beneficios y ayudas sociales del país.

Su monto se utiliza para establecer límites de acceso a programas estatales. Y para actualizar parámetros de múltiples prestaciones.

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Entre las principales prestaciones impactadas están jubilaciones, pensiones, subsidios, cuotas alimentarias, becas y asignaciones familiares, lo que convierte al salario mínimo en una variable central para millones de hogares argentinos.

En junio de 2026, la jubilación mínima ascendió a $674.976,99. Este monto incluye el haber mínimo con aumento, un bono de $70.000 y el medio aguinaldo.

La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se ubicó en $553.981,59. La pensión no contributiva por invalidez y vejez alcanzó $493.483,89.

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En el caso de la pensión madre de siete hijos, el monto fue igual a la jubilación mínima.

Las asignaciones familiares también experimentaron incrementos:

  • Asignación Universal por Hijo: $144.932
  • Asignación Universal por Hijo con discapacidad: $471.915
  • Asignación Familiar por Hijo: $72.474

Estos valores se utilizan tanto para calcular los montos que perciben los beneficiarios como para determinar los topes de ingresos que habilitan el acceso a las ayudas.

El SMVM actúa como parámetro para definir la elegibilidad y actualización de los beneficios. Esto refuerza su papel como herramienta fundamental en la política de protección social.

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Cómo se define el salario mínimo y quiénes participan

El Salario Mínimo, Vital y Móvil surge como resultado de negociaciones entre el Gobierno, los representantes de los trabajadores y los empleadores.

Su actualización suele tratarse en el marco del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Esta instancia busca alcanzar consensos que permitan mantener el poder adquisitivo de los asalariados.

Cuando las partes no logran un acuerdo, el Ejecutivo nacional puede intervenir. Fija los valores por decreto, como ocurrió ante la falta de consenso a fines de 2025.

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El SMVM está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo. Sirve como referencia para determinar el ingreso mínimo que debe percibir un trabajador registrado por una jornada completa.

A diferencia de otros ingresos, como jubilaciones y pensiones, el salario mínimo no cuenta con un mecanismo automático de actualización en función de la inflación.

Las jubilaciones y pensiones se ajustan periódicamente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). El salario mínimo, no.

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Esta diferencia ha sido fuente de reclamos por parte de los sindicatos. Exigen una mayor protección frente al avance de los precios y la erosión de los salarios reales.

Por qué el aumento del salario mínimo quedó por debajo de la inflación

La última cifra difundida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) marcó una inflación del 2,6% en el período.

El ajuste aplicado al Salario Mínimo, Vital y Móvil en junio fue del 1,32%. No logró igualar el ritmo de aumento de los precios.

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La falta de un mecanismo automático de actualización vinculado al índice inflacionario genera que el salario mínimo quede por debajo del incremento de precios.

Esta situación repercute en el poder adquisitivo de los trabajadores. Y de quienes perciben prestaciones sociales asociadas a este parámetro.

El debate sobre el método de actualización del SMVM permanece abierto. Los gremios sostienen que las revisiones deberían contemplar los índices de inflación para evitar una pérdida de poder adquisitivo.

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Los empresarios, por su parte, advierten sobre el impacto de los aumentos en los costos laborales.

Las próximas reuniones del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil definirán la pauta de actualización para los meses posteriores a agosto. La evolución de la inflación y los reclamos sindicales marcan la agenda de discusión.

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ECONOMIA

La privatización de Intercargo: quiénes son los interesados en quedarse con la empresa que da el servicio de rampa a los aviones

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Intercargo presta servicios de rampa en todos los aeropuertos del país y este miércoles se abre el primer sobre de la licitación para transferir el 100% de sus acciones al sector privado

Este miércoles se abre el primer sobre de la licitación para privatizar Intercargo, la empresa estatal que presta servicios de rampa en todos los aeropuertos del país. Según pudo saber Infobae, al menos tres firmas habrían participado en la licitación para quedarse con el paquete accionario de la compañía.

Uno de ellos es el empresario argentino Horacio Paolini, a través de su compañía Escalum; el Grupo Sima, con su filial Global Protection Service; y la francesa Alyzia, principal operadora aeroportuaria de Francia.

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La apertura del primer sobre —que evaluará los requisitos legales, técnicos y financieros de los oferentes— estaba prevista originalmente para el 7 de mayo, pero el Ministerio de Economía la prorrogó mediante la Resolución 521/2026 hasta el 10 de junio. El proceso se lleva adelante a través de la plataforma CONTRAT.AR bajo la modalidad de licitación pública nacional e internacional de etapa múltiple, con un precio base de USD 45.120.000.

El valor inicial de la empresa generó debate en el sector. El propio Ejecutivo reconoció, en el informe de gestión que Manuel Adorni presentó ante el Congreso, que Intercargo posee un activo corriente de USD 55 millones —solo entre efectivo e inversiones, la cifra ronda los USD 38,5 millones—, lo que ubica el precio base por debajo del valor de los activos líquidos de la compañía.

Ante las críticas, el funcionario a cargo del proceso, Diego Chaher, reafirmó la postura oficial en diálogo con Infobae: “No estamos regalando nada. Todo tiene valor”, y recordó el caso de Transener, la operadora de la red eléctrica del país, que salió a la venta con un precio base de USD 206 millones y cuya oferta ganadora superó ese monto por USD 150 millones.

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El servicio de rampa incluye la carga y descarga de equipaje, el push back y la colocación de escaleras para el embarque y desembarque de pasajeros, entre otras operaciones en tierra
El servicio de rampa incluye la carga y descarga de equipaje, el push back y la colocación de escaleras para el embarque y desembarque de pasajeros, entre otras operaciones en tierra

Chaher explicó que los valores surgen de un mecanismo técnico cruzado entre el Tribunal de Tasación de la Nación y el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), y que el objetivo no es una liquidación apresurada. “Buscamos al inversor correcto, aquel que sepa que el modelo de negocio es bancable más allá de la coyuntura”, afirmó.

El primero de los candidatos identificados por Infobae es Horacio Paolini, titular de Escalum, cuyo accionista es Invhora, una compañía dedicada al negocio logístico y de grúas cuyo directorio preside el propio Paolini, un hombre con vínculos estrechos con el expresidente Mauricio Macri y el exdirigente de Boca Juniors, Daniel Angelici. Paolini integró las comisiones directivas del club entre 2011 y 2019, y llegó a presentarse como candidato a la presidencia de la institución antes de aliarse a la lista de Angelici. Su empresa ya tiene un pie en el negocio: el año pasado, el Gobierno habilitó a Escalum Investment para brindar servicios de asistencia en tierra en tres terminales aeroportuarias del país.

El segundo interesado es el Grupo Sima, un holding argentino con actividad en seguridad aeroportuaria, seguridad física y electrónica, servicios de limpieza y confección de uniformes para empresas, fuerzas armadas y personal de salud. Su filial Global Protection Service figura entre las 11 empresas actualmente habilitadas para prestar servicios de rampa en el país.

La tercera candidata es Alyzia, con más de 70 años de historia en el negocio del handling aeroportuario y presencia en los principales aeropuertos de Francia, entre ellos el aeropuerto Charles de Gaulle de París y el aeropuerto de Orly. La compañía cuenta con más de 5.000 empleados y asiste a más de 80 aerolíneas —el 92% de ellas internacionales— en una docena de terminales en Francia y Bélgica. Serge Sellan, presidente de Alyzia, se reunió recientemente en París con el canciller Pablo Quirno durante la visita que el funcionario realizó a la capital francesa en el marco del XVIII Foro Económico Internacional de la OCDE sobre América Latina y el Caribe.

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A pesar del perfil de Alyzia, fuentes del sector desconfían de que la adjudicataria final sea una empresa de capitales internacionales. El historial de vaivenes económicos de Argentina resta atractivo para operadores extranjeros que deben evaluar plazos de recuperación extensos y márgenes acotados, propios de un negocio que requiere inversiones significativas en maquinaria y equipamiento. A esto se suma el historial de Intercargo, una compañía con un pasado marcado por tensiones gremiales, paros recurrentes y una relación compleja con la política.

Tal es el caso de la suiza Swissport. Si bien era una de las compañías que, según especulaciones del sector, podría estar interesada en las acciones de la firma estatal de servicios de rampa, la propia empresa confirmó a este medio que no participó de la licitación.

Arribos Internacionales Aeropuerto Ezeiza
Los paros de Intercargo por conflictos salariales y en rechazo a su privatización afectaron en reiteradas ocasiones el normal funcionamiento de los vuelos en los aeropuertos argentinos

Entre 2020 y 2023, Intercargo recibió $6.700 millones en aportes estatales para sostener sus operaciones. A comienzos de 2024, el Gobierno del presidente Javier Milei interrumpió esos aportes como parte de la política de ajuste fiscal, y evaluó que la continuidad de la compañía bajo administración estatal resultaba inviable ante la necesidad de inversiones para modernizarla.

La habilitación de la venta de Intercargo se enmarca en un proceso de desregulación del mercado aerocomercial que el Gobierno inició en julio de 2024 con la modificación del Código Aeronáutico, y que profundizó en septiembre del mismo año con un decreto de la Secretaría de Transporte para abrir el mercado de asistencia en tierra a nuevos operadores. La norma terminó con el monopolio que Intercargo ejercía desde 1990, cuando una regulación de esa época le aseguraba la exclusividad del servicio para todas las aerolíneas que operaban en el país.

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El primer decreto que inició la desregulación del sector —el 599/2024, impulsado por el ministro de Desregulación del Estado Federico Sturzenegger— introdujo la posibilidad de que cada aerolínea elija su propio prestador de servicios de rampa. Luego, se abrió el negocio a otros operadores. Hoy, 11 empresas están habilitadas para operar: American Jet, Global Protection Service, Fly Seg, Air Class Cargo, Handyway Cargo, Escalum Investment, MNZS, Jet Handling FBO, Swissport Argentina, Acciona Servicios Argentina y Crossracer Ramp. Entre ellas, Swissport —de origen suizo— y la filial local de MNZS —británica— ya tenían experiencia previa en el país. Aerolíneas Argentinas y Flybondi, por su parte, se prestan a ellas mismas el servicio de rampa.

La regulación vigente establece que el adjudicatario deberá garantizar la continuidad del servicio en las escalas donde opera actualmente Intercargo durante al menos 180 días hábiles tras la transferencia. Además, deberá mantener el control societario y la composición accionaria mayoritaria por un período de 24 meses. El pliego también prohíbe la participación de empresas que ya controlen concesiones aeroportuarias o cuenten con certificados de explotador de trabajo aéreo en el país.

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