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ECONOMIA

¿La Argentina dejará de ser un mercado “aislado”?: una inminente reclasificación bursátil impulsó a las acciones bancarias

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El mercado espera la reclasificación del mercado argentino por parte del MSCI. (REUTERS/Brendan McDermid)

En otra jornada complicada para Wall Street, y especialmente para el mercado tecnológico, las acciones argentinas volvieron a sobresalir. El motivo de este impulso estaría relacionado directamente con un acontecimiento que sucederá en horas: la decisión de MSCI de reclasificar al mercado bursátil argentino.

El ADR Banco Macro tuvo una suba de casi 5% y casi borró la perdida que venía acumulando en Wall Street en lo que va de 2026. En el peor momento llegó a caer casi 30 por ciento. El resto de las acciones bancarias tuvieron también un buen desempeño: Galicia subió 4%, Supervielle 5,5% arriba (aunque sigue siendo el que más cae en 2026) y BBVA Argentina 5,2 por ciento.

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La posibilidad concreta de una reclasificación, o al menos la posibilidad de avanzar hacia ella, implicaría que una gran cantidad de fondos de inversión empezarían a adaptar su portafolio a la presencia de Argentina en los índices. Por ejemplo, se estima que en una posible reclasificación como mercado fronterizo el mercado local ocuparía cerca de un 5% del total a invertir.

La Argentina es considerada desde 2021 como país stand alone, es decir fuera de cualquier clasificación para la entidad que define el lugar que ocupa cada mercado. Esto sucedió luego del nuevo cepo cambiario instalado en 2019 sobre el final del gobierno de Mauricio Macri. Luego, las restricciones cambiarias se endurecieron con el gobierno de Alberto Fernández.

La gran expectativa está puesta en que dentro de dos semanas MSCI pondría a consideración una reclasificación positiva para el mercado argentino. Si bien no habrá una mejora automática, la posibilidad cierta es que inicie un período de consulta para definir una mejora. Esto dejaría al país cerca de volver a ser considerado como “mercado fronterizo”.

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Existe una chance mucho más remota de una reclasificación como mercado emergente, pero luce altamente improbable. Esto se debe a que aún se mantienen algunas restricciones cambiarias, pero además hay una larga historia de idas y vueltas en relación a las reglas de mercado. Por eso, los inversores que son consultados para definir cambios de categoría seguramente tendrán mayor cuidado a la hora de decidir.

Una vuelta a los índices principales abriría las puertas a grandes flujos de fondos institucionales externos.

Los analistas técnicos y fondos internacionales señalan que la continuidad del cepo (las restricciones cambiarias y de flujos de capital corporativos que restringen el libre movimiento de divisas a empresas) sigue siendo la traba operativa central para que MSCI apruebe una mejora definitiva en el corto plazo.

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Previo a la decisión sobre una eventual reclasificación, se conocerá el “Informe Global de Accesibilidad de los Mercados”, también elaborado por MSCI. Se trata de una evaluación anual técnica y cualitativa que analiza las barreras operativas para inversores institucionales extranjeros, funcionando como auditoría previa a la clasificación anual.

El documento califica a los mercados en áreas clave como apertura a la propiedad extranjera, flujos de capital, eficiencia operativa, instrumentos de inversión y estabilidad institucional.

La Argentina es uno de los pocos mercados considerados como stand alone. En América Latina solo se encuentran en este grupo Jamaica, Trinidad y Tobago y Panamá. En este último caso se debe a que el mercado de capitales locales es casi inexistente y no a que se apliquen trabas cambiarias.

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Otros países en la misma situación son Bosnia, Bulgaria, Malta y Ucrania (en Europa), mientras que en Medio Oriente y África aparecen Líbano, Nigeria, Botswana y Zimbabue.



North America

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ECONOMIA

Aprobaron un nuevo aumento para las empleadas domésticas: de cuánto será la suba en julio

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Como parte del acuerdo, se incorporará el 50% atribuido en marzo en la liquidación de abril y julio (Imagen Ilustrativa Infobae)

Luego de que se cerrara un nuevo acuerdo paritario, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares resolvió fijar una serie de aumentos escalonados en los salarios mínimos establecidos para las empleadas domésticas y el resto del personal incluido en el régimen de la Ley N° 26.844. Además, se otorgará un bono del 50% respecto de marzo en el monto a liquidar en abril.

Por medio de la publicación de la Resolución N° 4/2026 en el Boletín Oficial, la titular de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, Sara Alicia Gatti, estableció una suba del 1,8% de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas. El cálculo deberá ser realizado a partir de los sueldos mínimos fijados para marzo.

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De la misma manera, las autoridades definieron “incorporar a los salarios básicos del mes de abril de 2026 el 50% de la suma no remunerativa acordada para el mes de marzo de 2026″. Asimismo, para las zonas desfavorables (La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Carmen de Patagones) se deberá aplicar un adicional del 31% respecto al monto final de la categoría correspondiente.

Para mayo, se estableció un nuevo aumento del 1,6%, el cual deberá ser calculado sobre los valores determinados en los meses previos. En el caso de junio, el incremento será del 1,5%, mientras que en julio representará el 1,4%, siempre sobre los salarios ya ajustados en los meses anteriores.

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Con la llegada de julio, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares determinó que se vuelva a aplicar el 50% de la suma no remunerativa que fue abonada en marzo. Asimismo, remarcaron que las adecuaciones salariales determinadas en la resolución tendrán vigencia en todas las jurisdicciones del país, garantizando la uniformidad del piso salarial para el sector.

  • Supervisores: con retiro, $4.167,14 por hora y $519.840,95 al mes; sin retiro, $4.541,75 por hora y $576.213,21 mensuales.
  • Personal para tareas específicas: con retiro, $3.959,56 por hora y $484.725,45 al mes; sin retiro, $4.318,35 por hora y $536.768,02 mensuales.
  • Caseros: salario mensual de $473.533,02 y $3.745,18 por hora.
  • Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $3.745,18 por hora y $473.533,02 mensuales; sin retiro, $4.165,14 por hora y $524.858,76 al mes.
  • Personal para tareas generales: con retiro, $3.491,58 por hora y $428.347,44 mensuales; sin retiro, $3.745,18 por hora y $473.533,02 al mes.
  • Supervisores: con retiro, $4.233,82 por hora y $528.158,40 al mes; sin retiro, $4.614,42 por hora y $585.432,62 mensuales.
  • Personal para tareas específicas: con retiro, $4.022,91 por hora y $492.481,06 al mes; sin retiro, $4.387,44 por hora y $545.356,31 mensuales.
  • Caseros: salario mensual de $491.109,55 y $3.805,10 por hora.
  • Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $3.805,10 por hora y $481.109,55 mensuales; sin retiro, $4.231,79 por hora y $533.256,50 al mes.
  • Personal para tareas generales: con retiro, $3.547,45 por hora y $435.201,00 mensuales; sin retiro, $3.805,10 por hora y $481.109,55 al mes.
  • Supervisores: con retiro, $4.297,33 por hora y $536.080,78 al mes; sin retiro, $4.683,64 por hora y $594.214,11 mensuales.
  • Personal para tareas específicas: con retiro, $4.083,26 por hora y $499.868,28 al mes; sin retiro, $4.453,26 por hora y $553.536,65 mensuales.
  • Caseros: salario mensual de $488.326,19 y $3.862,18 por hora.
  • Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $3.862,18 por hora y $488.326,19 mensuales; sin retiro, $4.295,26 por hora y $541.255,35 al mes.
  • Personal para tareas generales: con retiro, $3.600,66 por hora y $441.729,02 mensuales; sin retiro, $3.862,18 por hora y $488.326,19 al mes.
  • Supervisores: con retiro, $4.438,77 por hora y $553.725,91 al mes; sin retiro, $4.829,13 por hora y $612.673,11 mensuales.
  • Personal para tareas específicas: con retiro, $4.223,25 por hora y $517.006,43 al mes; sin retiro, $4.597,18 por hora y $571.426,17 mensuales.
  • Caseros: salario mensual de $505.302,76 y $3.996,45 por hora.
  • Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $3.996,45 por hora y $505.302,76 mensuales; sin retiro, $4.435,86 por hora y $558.972,92 al mes.
  • Personal para tareas generales: con retiro, $3.733,72 por hora y $458.053,22 mensuales; sin retiro, $3.996,45 por hora y $505.302,76 al mes.

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ECONOMIA

Arrancó nueva etapa en el campo: controlarán el «DNI» de las semillas que se usen para sembrar

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El Gobierno nacional oficializó este lunes un nuevo sistema de fiscalización de semillas que modifica de manera significativa la relación entre los productores agropecuarios y las empresas obtentoras de variedades genéticas.

A través de la Resolución Conjunta 3/2026 del Instituto Nacional de Semillas (INASE) y de la Secretaría de Agricultura, el Ejecutivo estableció un protocolo de control de identidad varietal en grano a partir de muestras tomadas en el primer punto de entrega de la cosecha, esto es, en acopios, cooperativas y puertos de exportación.

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La norma, publicada en el Boletín Oficial en la mañana de este lunes, fue el resultado de un proceso de semanas en el que el Ministerio de Desregulación, a cargo de Federico Sturzenegger, había presentado el esquema a las entidades rurales y al sector semillero. La medida aplica únicamente a las variedades que se inscriban a partir de su publicación, lo que acota su alcance inmediato, pero sienta un precedente que alcanzará a todo lo que se registre de aquí en adelante.

Cómo funciona el nuevo sistema

El mecanismo toma como modelo el sistema Bolsatech, que en su momento fue utilizado para detectar la variedad Intacta de la ex Monsanto en la cadena de comercialización. Ahora, la nueva resolución generaliza ese tipo de control a todos los cultivos autógamos, que son aquellos en los que el productor puede guardar parte de su cosecha para volver a sembrarla en la campaña siguiente, como ocurre con la soja, el trigo y el algodón.

En términos concretos, los establecimientos que operen como puntos de entrega primaria del grano deberán:

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  • Tomar muestras de cada cargamento y someterlas a análisis de identidad varietal mediante métodos reconocidos por el INASE
  • Utilizar pruebas genéticas o de inteligencia artificial por imagen
  • Conservar las muestras junto con las contramuestras en sobres rotulados durante 60 días corridos desde la emisión del certificado de análisis
  • Enviar los resultados simultáneamente al titular de la variedad y al productor que entregó el lote

Si el obtentor detecta que la variedad fue utilizada sin el pago de las regalías correspondientes, tendrá un plazo de 60 días para denunciar el caso ante el INASE, que actúa como árbitro en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo directo. Antes de esta reforma, el organismo aplicaba sanciones y multas a los infractores; ahora su rol es más acotado.

Los análisis estarán a cargo de Cámaras Arbitrales o de entidades privadas habilitadas que hayan suscrito convenios con el INASE. El costo operativo del sistema recaería en los titulares de las variedades —las propias semilleras—, aunque en la práctica los productores del sector advierten que ese gasto terminará siendo trasladado a lo largo de la cadena.

Una reforma con historia y con presiones externas

El debate sobre la propiedad intelectual en semillas tiene en Argentina una historia de décadas, cruzada por intereses contrapuestos y por intentos fallidos de reforma. La Ley de Semillas vigente —la 20.247, sancionada en 1973— reconoce el derecho del productor al uso propio: la posibilidad de reservar parte de su cosecha para resembrar en campañas posteriores sin pagar nuevamente por la tecnología genética.

Las empresas obtentoras reclaman desde hace años que ese mecanismo, combinado con la escasa capacidad de control del Estado, genera un mercado informal de semillas que les impide cobrar las regalías por sus desarrollos.

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El Gobierno llegó a esta resolución tras descartar una reforma legislativa directa. La adhesión de la Argentina al convenio UPOV 91 —que restringe severamente el uso propio— había sido incorporada como compromiso en el acuerdo bilateral firmado con la administración de Donald Trump, pero esa adhesión requiere una ley del Congreso y enfrenta resistencia tanto en las cámaras como en las organizaciones agrarias. En ese contexto, el Ejecutivo optó por avanzar por vía reglamentaria en aquello que tenía a su alcance: fortalecer el control en la cadena comercial.

Ya en 2016, el gobierno de Cambiemos había implementado un mecanismo similar a través de la resolución 207 del INASE, denominado Sistema Bolsatech, para evitar una colisión frontal con Monsanto. Y en 2024, la entonces Secretaría de Bioeconomía había establecido la obligación para los productores de informar la compra de semilla original y conservar la factura correspondiente. La resolución de hoy profundiza esa línea.

El argumento de Sturzenegger: genética, brecha de rendimientos y reforma estructural

Sturzenegger salió a defender la medida con fuerza en sus redes sociales, presentándola como una reforma de fondo que permitirá a la Argentina alcanzar la frontera tecnológica en producción agrícola. El ministro sostuvo que el atraso del país en materia de rindes respecto de competidores como Brasil y Estados Unidos se explica, en gran medida, por la falta de protección efectiva a la propiedad intelectual en semillas.

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Para ilustrar su argumento, Sturzenegger comparó los rendimientos del algodón en el Chaco —alrededor de 600 kilos de fibra por hectárea— con los de Brasil, donde superan los 1.800 kilos, y planteó que la diferencia se origina en que Brasil protege los derechos de los obtentores mientras que la Argentina no lo hace de manera efectiva.

En esa misma línea, señaló que el crecimiento de la productividad en soja viene siendo la mitad de la velocidad mundial desde hace décadas, y que el año pasado Brasil registró 330 variedades nuevas de esa oleaginosa frente a apenas 23 en la Argentina.

«Lo que vamos a hacer es transferir el control al sector privado, que es el que tiene capacidad de hacerlo eficientemente. Cuando surge un cargamento donde no se pagó la propiedad intelectual, los privados se tienen que arreglar entre ellos. Solo si no hay acuerdo pueden ir al INASE, que actúa como tribunal de alzada», explicó el ministro.

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Sturzenegger aclaró que el nuevo sistema no implica la adhesión a UPOV 91 —que continúa siendo un objetivo declarado del Ejecutivo para una instancia legislativa futura— y que tampoco afecta retroactivamente a las variedades ya inscriptas. También señaló que su estimación indica que, al acercarse a la frontera tecnológica, la Argentina podría incrementar sus exportaciones agrícolas en al menos u$s4.000 millones anuales.

Sin embargo, los críticos apuntan que el propio Sturzenegger reconoció en su texto que la Ley de Semillas vigente ya establece el derecho de propiedad de manera clara, y que el problema real era la falta de voluntad del INASE para fiscalizar. Un señalamiento que resulta llamativo teniendo en cuenta que el mismo ministerio impulsó el año pasado un decreto que redujo la jerarquía institucional de ese organismo, el cual estuvo prácticamente paralizado durante seis meses hasta que el Congreso rechazó la iniciativa.

El campo responde: los costos, el uso propio y la pregunta por las retenciones

Las entidades rurales habían presentado su propia propuesta para actualizar la Ley de Semillas —elaborada junto con CREA y Aapresid— que el Gobierno no tomó en cuenta. En su defensa pública de la medida, Sturzenegger fue un paso más allá y acusó a las organizaciones rurales de haber monopolizado el debate con el tema de las retenciones, incluso cuando las discusiones involucraban medidas con potencial de incrementar la producción en proporciones significativas. Esa acusación sí encontró respuesta.

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Quien salió al cruce fue Pablo Ginestet, productor agropecuario y coordinador de la Comisión de Agricultura de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA). En la misma red social en que Sturzenegger había lanzado su escrito, Ginestet aclaró que las entidades no hablan de retenciones por rédito político sino porque durante décadas constituyeron un impuesto confiscatorio que el propio presidente Javier Milei calificó como un robo, y porque miles de productores desaparecieron bajo su vigencia.

Al mismo tiempo, Ginestet fue claro en señalar que la innovación y las mejores semillas son bienvenidas: «Celebramos toda medida que promueva innovación y mejores semillas», dijo, antes de pedir que el diagnóstico no se reduzca a un solo factor.

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ECONOMIA

Dólares del colchón: por qué los expertos creen que el nuevo proyecto de Inocencia Fiscal atraerá a más contribuyentes

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El nuevo proyecto de Inocencia Fiscal establece un plazo hasta el 31 de diciembre de 2027 para que los contribuyentes utilicen dólares no declarados sin que el fisco pueda perseguirlos. (Reuters)

El nuevo borrador del proyecto de Inocencia Fiscal que el Gobierno prepara para enviar al Congreso generó una recepción mayormente positiva entre contadores y economistas especializados en tributación.

Las modificaciones respecto de la normativa original apuntan, en particular, a corregir los puntos que generaban mayor resistencia entre los potenciales adherentes: la falta de claridad sobre qué constituye una discrepancia significativa y la posibilidad de que los contribuyentes perdieran los beneficios del régimen ante cualquier observación del fisco.

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Para los especialistas, los cambios van en la dirección correcta, aunque advierten que la efectividad del régimen dependerá, en última instancia, de la confianza que logre generar el marco institucional.

El elemento más valorado por los especialistas es la redefinición del concepto de discrepancia significativa y las garantías que el nuevo texto ofrece al contribuyente frente a eventuales ajustes del fisco. César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Abelovich, fue directo al momento de evaluar el borrador: “Estoy bastante conforme con el régimen. Ante una discrepancia significativa, el contribuyente tiene todas las posibilidades de discutirla en el ámbito administrativo. Además, se amplió a $5 millones el umbral de topes para considerar las discrepancias significativas”.

Para Litvin, además, el proyecto resuelve una de las trampas que tenía la ley original: “Fueron escuchadas las opiniones de los tributaristas”, señaló, en referencia a las reuniones que el equipo del ministerio de Economía mantuvo con especialistas del sector antes de elaborar el borrador.

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El contador Sebastián Domínguez también ponderó los avances. Destacó que una de las mejoras más relevantes es que “ya no se analice respecto a los casos de reducción de saldos a favor del contribuyente” al momento de evaluar si existe una discrepancia significativa. Además, valoró que se haya establecido un umbral concreto: si la diferencia entre lo declarado y lo que detecta el fisco no supera el 5% del monto objetivo de evasión simple —actualmente fijado en $100 millones, lo que implica un umbral de hasta $5 millones—, no habrá discrepancia.

Ganancias - ARCA
El borrador fija umbrales concretos para determinar cuándo existe una discrepancia significativa y establece que la carga de la prueba recae sobre Arca, no sobre el contribuyente. (ARCA)

“Si hay discrepancia, porque se superan esos parámetros, está la posibilidad de rectificar y pagar o regularizar el saldo con un plan de pagos, hasta 15 días después de la notificación de la determinación de oficio”, precisó Domínguez. A su criterio, eso representa un margen de maniobra relevante para el contribuyente: “Hay mucho tiempo posterior para llegar a rectificar, pagar y mantener los beneficios. Eso es importante”.

Otro de los puntos que los contadores identificaron como un avance significativo tiene que ver con las herramientas que el fisco podrá —y no podrá— utilizar para impugnar una declaración. Domínguez explicó que el borrador incorpora expresamente que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no podrá recurrir ni a la presunción de incremento patrimonial no justificado ni a la de depósitos bancarios. “Eso no estaba en la ley, se había querido poner por decreto”, aclaró.

Además, el nuevo proyecto establece de forma explícita que la carga de la prueba recae sobre el fisco: “Expresamente dice que es el fisco el que tiene la carga de la prueba para la discrepancia, y que tiene que demostrarlo el fisco. No se invierte la carga de la prueba. Ahora está expresamente contemplado, así que eso es importante”, indicó el contador.

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El economista José Vargas, director de la consultora Evaluecon, coincidió con esa lectura desde una perspectiva más amplia. Para Vargas, el principal incentivo que genera el nuevo proyecto es la reducción del riesgo fiscal: “La propuesta busca otorgar mayor garantía y seguridad jurídica a quienes decidan exteriorizar o utilizar fondos no declarados, limitando la posibilidad de cuestionamientos futuros por parte de la administración tributaria y permitiendo corregir inconsistencias sin perder automáticamente los beneficios del régimen”.

La presencia de embargos, hipotecas u otras cargas inscritas constituye otro elemento que puede bloquear una operación de venta o el acceso a financiamiento.
Los especialistas consultados coincidieron en que el nuevo proyecto ofrece mayores garantías jurídicas que la ley vigente, aunque advirtieron que su efectividad dependerá de la confianza que genere el marco institucional. (Contadores de red)

El aspecto más positivo, en su evaluación, es “el intento de darle previsibilidad tributaria. La posibilidad de subsanar errores y mantener los beneficios del régimen contribuye a reducir la incertidumbre y favorece la formalización de activos que hoy permanecen al margen del sistema”.

Una de las preguntas centrales que rodea al proyecto es si, efectivamente, logrará que los argentinos saquen los dólares del colchón —que el Fondo Monetario Internacional (FMI) estima en unos 170.000 millones de dólares— y que más personas se adhieran al régimen. La respuesta de los especialistas es afirmativa, aunque matizada.

Litvin fue el más optimista al respecto: “Va a haber más contribuyentes que se adhieran; esto tendrá que ver con la confianza. Si las señales que da el gobierno son de confianza, la gente se va a animar a usar los dólares no declarados. Es bueno adherirse para aquel que tiene dólares no declarados, para hacerlos trabajar y generar renta, en lugar de que se desvaloricen”. Y agregó otro incentivo de peso: “Algunos no van a pagar impuestos. Si invierten en títulos también, ya que la Ley de Impuesto a las Ganancias tiene exención para plazos fijos, títulos públicos y demás. Hay inversiones que no tienen costo fiscal”.

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El contador Alejandro Rosenfeld se mostró en la misma línea: “Es mucho mejor el proyecto que el original. Le da mucha más seguridad jurídica”, comentó. Sobre si el régimen efectivamente traerá más dólares, prefirió la cautela: “Si realmente trae que vengan más dólares, no lo sé. Habrá que esperar”.

Domínguez, por su parte, introdujo una advertencia que abre el análisis más allá del plano normativo: los incentivos para utilizar dólares no declarados no dependen exclusivamente de la ley. “La utilización del dólares en colchón no son solamente porque existe una ley que permite usarlos. Hay otras razones. La seguridad jurídica argentina, la expectativa de que no vaya a cambiar el gobierno, con otra postura de volver a aumentar impuestos, de volver a hacer cambios”, señaló. En ese marco, consideró que el proyecto “puede ayudar a que algunos que quieren hacer y no lo hacen porque tienen dudas en seguir declarándose, se animen a utilizar este régimen si se sanciona”.

Caja de seguridad con billetes de dólar dentro de un placard
El Fondo Monetario Internacional estima que los argentinos tienen unos 170.000 millones de dólares fuera del sistema financiero; el proyecto apunta a que una parte de ese ahorro ingrese al circuito formal. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Vargas, en sintonía, evaluó que la efectividad del proyecto “va a depender básicamente de la credibilidad que logre generar”. Desde su perspectiva económica, “si los agentes económicos consideran que el marco normativo será estable y que las condiciones no cambiarán en el tiempo, es lógico esperar una mayor utilización de los dólares actualmente atesorados fuera del sistema financiero”. Sin embargo, advirtió: “La experiencia argentina muestra que la confianza institucional es un factor clave. Por eso, el impacto final es probable que dependa más de las expectativas de los ahorristas que de los incentivos legales en sí mismos”.

Pese a la valoración positiva general, tanto Domínguez como Vargas señalaron aspectos que, a su juicio, podrían perfeccionarse. El contador consideró que debería haberse establecido directamente que no puede utilizarse ninguna presunción ni indicio de la Ley 11.683, y que sería conveniente “liberar completamente Bienes Personales” y también “impuestos internos y salidas no documentadas”. Además, propuso avanzar en acuerdos con provincias y la Ciudad de Buenos Aires para que no se reclame Ingresos Brutos ni tasas municipales sobre incrementos patrimoniales que pudieran detectarse.

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Vargas, en cambio, planteó la necesidad de fortalecer la estabilidad de largo plazo de las reglas de juego: “En Argentina, la principal barrera para la repatriación o utilización de ahorros no declarados no suele ser únicamente la carga tributaria, sino la falta de confianza en la permanencia de los marcos regulatorios. Por lo tanto, cuanto más sólidas y duraderas sean las garantías legales que se ofrecen, seguramente mayor será la probabilidad de que esos recursos ingresen efectivamente al circuito económico formal”.

Litvin, en tanto, rescató el carácter acotado del régimen como un elemento positivo: “Es oportuno poner un plazo como régimen especial de regularización. Desde este punto de vista, se da un tiempo prudencial”. El borrador, según lo que trascendió, establece que los contribuyentes tendrán tiempo de sacar los dólares del colchón hasta el 31 de diciembre de 2027.



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