ECONOMIA
Punto por punto: cómo es el nuevo régimen para contratar trabajadores sin empleo formal que reduce fuerte las cargas patronales

El Gobierno nacional avanzó este lunes con la reglamentación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), un esquema incluido en la Ley N° 27.802 -sancionada en marzo pasado- que apuntó a promover la incorporación de trabajadores al empleo registrado en el sector privado. La medida se formalizó a través del Decreto 315/2026, que estableció los aspectos necesarios para su implementación.
La norma fijó definiciones clave para la aplicación del régimen, tanto en lo referido a los sujetos alcanzados como a los procedimientos administrativos y los beneficios asociados. En ese marco, se precisaron condiciones de acceso, límites y plazos, así como también la forma en que se debieron aplicar las contribuciones patronales reducidas previstas por la ley.
Según el decreto, todos los empleadores que opten por contratar trabajadores bajo este nuevo régimen deberán darlos de alta ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, inclusive. Este período delimitó el alcance temporal del régimen.
Podrán acceder al RIFL todos los empleados incriptos, pero en el caso de aquellos dados de alta a partir del 10 de diciembre del 2025 tendrán un límite para la contratación: sólo podrán tener hasta el 80% de su nómina bajo este régimen, según aclara la norma. En el resto de los casos, no hay restricciones.
El régimen determina qué trabajadores pueden ser contratados bajo este régimen, que contempla una reducción fuerte de las contribuciones patronales durante 48 meses. Podrán ser:
- Personas que no contaban con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025
- Personas que estuvieron desempleadas durante los 6 meses previos a la contratación
- Personas inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas).
- Personas que trabajen en el sector público, nacional, provincial o municipal.
La norma dispone que los trabajadores pueden contar con ingresos provenientes de otras actividades económicas sin que ello afecte los beneficios del régimen. Esto incluye tanto actividades bajo el régimen general como bajo el monotributo.
Uno de los ejes centrales del régimen es la fuerte reducción de las contribuciones patronales, que actualmente oscilan entre el 18% y el 20,4%, dependiendo de qué tipo de empresa se trate. Si es una firma de servicios o comercio que no es pyme, actualmente pagan 20,4%, en tanto que las empresas industriales, las pymes, las asociaciones sindicales y obras sociales abonan 18%.
A partir de ahora, todas abonarán 5% de contribuciones durante los primeros cuatro años desde el inicio de la relación laboral. En cuanto a la composición de esa alícuota, el 2% se distribuirá entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen de Asignaciones Familiares, en tanto que el 3% restante irá al subsistema regido por la Ley N° 19.032 (INSSJP).
Todavía resta que ARCA defina los términos y condiciones sobre los cuales las empresas deberán dar de alta a esos nuevos trabajadores.
Lo que sí quedó claro del decreto reglamentario es que los empleadores no podrán ingresar trabajadores bajo este régimen que ya hayan trabajado en la empresa y se haya desvinculado en los últimos doce meses.
Por otra parte, el decreto aclara que el RIFL mantiene sin cambios las contribuciones diferenciales que tienen algunos trabajadores, por ejemplo, los del sector petrolero o eléctrico. Es un 2% adicional que las empresas deberán seguir pagando por esos empleados.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
Con respecto a la contribución mensual prevista para destinarse al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), mantuvo su carácter obligatorio de 1% para las grandes empresas y 2,5% para las pymes. El FAL debería comenzar a regir el 1° de junio, con la posibilidad de que su entrada en vigencia se prorrogue 180 días. Aún no fue reglamentado, pero lo que queda claro con el decreto publicado este lunes es que para los trabajadores que sean dados de alta bajo el RIFL el aporte destinado al FAL no se descontará de las contribuciones patronales del 5%. Deberán abonarse aparte, explicó el abogado laboralista José Zabala, del estudio AZDR & Asociados.
La norma dispuso que el incumplimiento de las obligaciones del régimen o la verificación de causales de exclusión generarán la pérdida de los beneficios. En esos casos, ARCA debe instrumentar controles sistémicos y establecer los mecanismos para la recomposición de las contribuciones no abonadas, junto con los intereses y sanciones correspondientes.
Este régimen no está ideado para blanquear trabajadores, como sí lo fueron otros. Si bien una empresa podría, eventualmente, registrar un empleado que esté 100% en negro, correría riesgos de perder el beneficio si fuera detectada la infracción.
“Tengo clientes que tenían algunos ingresos de trabajadores por resolver y lo suspendieron a la espera de que salga el régimen. Si soy empleador y necesito tomar gente, tomo al que reúne las condiciones para poder acceder a los beneficios del régimen. Pero está claro que primero debe estar la necesidad de contratar”, planteó Zabala.
Con respecto al blanqueo de trabajadores, existe un apartado dentro de la reforma laboral que busca promover el empleo registrado. Se trata del artículo 168° y los subsiguientes. No fue reglamentado aún, pero ése sí apunta a normalizar relaciones laborales con deficiencias registrales.
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ECONOMIA
Una de cada seis empresas redujo su personal en el último trimestre de 2025, según un informe oficial

En un contexto de caída de la actividad económica, durante el cuarto trimestre de 2025, una de cada seis empresas redujo su personal en la Argentina. El dato, que surge de un informe de la Secretaría de Trabajo, muestra que el 16,9% de las firmas destruyó empleo, frente al 13,3% que generó nuevos puestos.
En dicho período, el empleo asalariado registrado en el sector privado se redujo en 50.000 puestos de trabajo, lo que representó una caída intertrimestral del 0,8%. En el mismo período, el número de empresas empleadoras también descendió, con una disminución de aproximadamente 6.200 firmas (-1,1%).
“La contracción de empleo se debió a que las empresas destructoras redujeron su dotación de personal en mayor medida que la generación de empleo impulsada por las firmas creadoras”, señaló la Secretaría de Trabajo.

En términos absolutos, las primeras contrajeron 295.000 puestos, mientras que las segundas incorporaron 254.000. Bajo este esquema, se observa que las aperturas y los cierres de empresas representaron entre el 16% y el 17% del empleo creado y destruido, respectivamente.
De los 50.000 puestos de trabajo perdidos, solo 11.000 se explican por la reducción neta de empresas, es decir, por el saldo entre aperturas y cierres de firmas. En cambio, los 39.000 empleos restantes, equivalentes al 79% del total, corresponden al balance de las empresas que continuaron operando.
En este sentido, la contracción neta de la cantidad de empresas (6.200 firmas menos) dio cuenta de una quinta parte de la caída del empleo total en el trimestre (con respecto al trimestre anterior).
“Estos resultados muestran que en el cuarto trimestre de 2025 tanto el cierre de empresas como la reducción total de su stock de personal explican una parte minoritaria del total del empleo destruido. Por el contrario, el factor determinante de la variación neta negativa del empleo es el comportamiento que asumieron las empresas continuadoras, en las que las desvinculaciones superaron a las incorporaciones de personal”, indicó el informe oficial.
Aunque esta característica es común en el mercado laboral argentino, hasta el cuarto trimestre de 2025 no se registran indicios empíricos de un cambio estructural en las tendencias de empleo o en la demografía empresarial. La disminución en la cantidad de empresas no se vincula a un número inusualmente alto de cierres, sino a una baja cantidad de nuevas aperturas.
Al comparar las tasas de apertura y cierre de empresas entre 1996 y fines de 2025, se observa que, en el trimestre bajo análisis, el 3,7% del total de las firmas cerró sus puertas, una proporción similar a la registrada durante el período 2007–2019. En contraste, las aperturas representaron apenas el 2,5% del total de empresas, ubicándose en mínimos históricos.

Así, “desde una perspectiva histórica, la reducción del entramado empresarial se explica por un bajo volumen de aperturas y no por un elevado número de cierres, un fenómeno habitual observado en otras fases de ajuste del stock de empresas”, consideró la cartera de Trabajo.
“No se observa un incremento extraordinario del cierre de empresas. Si bien se advierte una reducción del número de firmas empleadoras, esta variación negativa se explica, fundamentalmente, por un déficit en la creación de nuevas unidades productivas”, explicó el informe.
Por otro lado, señaló que la reducción de la cantidad de empresas no constituye el factor explicativo de la evolución neta del empleo, dado que representa apenas una quinta parte de los puestos perdidos.
“Estos fenómenos conforman un escenario de evolución de la demografía empresarial moderadamente negativo, ya observado en otros períodos. En consecuencia, por el momento, no se evidencian señales de un cambio estructural en las tendencias del empleo ni de las empresas”, añadió.
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ECONOMIA
Cuánto cobrarán los empleados de comercio en julio tras el último aumento y cuál es el bono acordado

VisualesIA (Imagen Ilustrativa Infobae)
Los empleados de comercio cobrarán con el sueldo de julio un nuevo salario como resultado del acuerdo paritario firmado esta semana entre las cámaras empresarias del sector y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys).
El entendimiento estableció un incremento salarial del 5,7%, que se abonará en tres tramos, además del pago de un bono extraordinario de carácter no remunerativo y por única vez.
Si bien aún no están las planillas disponibles, para la categoría más baja del convenio, Maestranza “A”, el ingreso total de julio alcanzaría a $1.282.023, de acuerdo con los términos del convenio alcanzado entre las partes.
Según lo establecido en el nuevo convenio, el primer tramo del incremento, del 1,9%, se calcula sobre los valores expresados para junio de 2026, incluyendo la suma no remunerativa vigente a esa fecha. Al aplicar el 1,9% sobre los $1.233.585 (salario básico de junio más los $120.000 no remunerativos), el nuevo básico de julio para esa categoría queda en 1.257.023 pesos.
A ese monto se le suman los $25.000 correspondientes a la primera cuota de la asignación extraordinaria y por única vez pactada en este acuerdo. De esta manera, el salario total de la categoría más baja del convenio para el mes de julio de 2026 ascendería a 1.282.023 pesos.
El nuevo acuerdo fue suscripto por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), en el marco de la negociación paritaria correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75.
Las partes firmantes señalaron que todavía deberá publicarse la escala salarial oficial, que confirmará los valores definitivos correspondientes a cada categoría.
El incremento salarial acordado no se aplicará de una sola vez. El convenio dispuso que el 5,7% se abonará mediante una asignación remunerativa y no acumulativa distribuida en tres tramos iguales.
El cronograma definido establece:
- 1,9% a partir de julio de 2026.
- 1,9% a partir de agosto de 2026.
- 1,9% a partir de septiembre de 2026.
Cada uno de esos incrementos se calculará sobre las escalas correspondientes a junio de 2026, tomando también como referencia las sumas de carácter no remunerativo vigentes en ese momento.

(Imagen Ilustrativa Infobae)
Además, las partes asumieron el compromiso de volver a reunirse durante octubre para analizar las variaciones económicas registradas durante el período y evaluar la evolución de la negociación salarial.
Además del incremento salarial, el convenio incorporó una asignación extraordinaria, de carácter no remunerativo, no acumulativo y por única vez, por un total de $50.000.
Ese bono se abonará en dos cuotas:
- $25.000 junto con el sueldo correspondiente a julio de 2026.
- $25.000 junto con el sueldo correspondiente a agosto de 2026.
El acuerdo también definió el futuro de la suma fija no remunerativa de $120.000 que ya se encontraba vigente.
Las partes resolvieron prorrogar su incorporación a las escalas salariales básicas convencionales. Esa incorporación se realizará en seis cuotas de $20.000 cada una.
El cronograma previsto es el siguiente:
- Primera cuota con los básicos de diciembre de 2026.
- Segunda cuota con los básicos de enero de 2027.
- Tercera cuota con los básicos de febrero de 2027.
- Cuarta cuota con los básicos de marzo de 2027.
- Quinta cuota con los básicos de abril de 2027.
- Sexta cuota con los básicos de mayo de 2027.
El acuerdo también indicó que las sumas no remunerativas pendientes de incorporación continuarán liquidándose de acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera del convenio suscripto el 26 de marzo de 2026.
En el comunicado difundido tras la firma del convenio, CAME precisó que los incrementos previstos en esta negociación no serán vinculantes para los acuerdos salariales que eventualmente se suscriban en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. Sin embargo, la entidad aclaró que las sumas derivadas de los incrementos acordados constituirán el mínimo convencional vigente una vez que se produzca la homologación correspondiente.
Desde Faecys remarcaron que el convenio mantiene un esquema de seguimiento permanente de la evolución económica, con el objetivo de evitar que el poder adquisitivo quede rezagado frente al comportamiento de los precios durante el primer semestre del año.
El secretario general del gremio, Armando Cavalieri, también se refirió al entendimiento alcanzado entre empresarios y sindicato.
“Este acuerdo refleja la voluntad de las partes de sostener un diálogo responsable y constructivo para alcanzar consensos, aun en un contexto económico complejo que afecta a toda la actividad comercial”, señaló.Además, afirmó: “La negociación colectiva sigue siendo la herramienta más valiosa para encontrar soluciones equilibradas que contemplen la realidad de los trabajadores y de las empresas”.
Cavalieri también hizo referencia a la situación que atraviesan distintos segmentos de la actividad comercial.
“Somos conscientes de las dificultades que atraviesan distintos sectores de la economía, particularmente el comercio, donde muchas pymes y comercios de cercanía enfrentan un escenario muy complejo”, indicó.
Luego agregó: “Por eso buscamos un entendimiento que contribuya a preservar el empleo, proteger el poder adquisitivo de los trabajadores y brindar previsibilidad a la actividad durante los próximos meses”.
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ECONOMIA
Las exportaciones agroindustriales alcanzaron casi USD 27.000 millones en el primer semestre

Las exportaciones del sector agroindustrial totalizaron USD 26.978 millones en los primeros seis meses del año, lo que representa un incremento de USD 3.984 millones o 17,3% en comparación con el mismo período de 2025. Se trata de la consolidación de una tendencia positiva en los envíos al exterior.
Así surge del informe mensual de la Bolsa de Cereales y el Consejo Agroindustrial Argentino (CAA), que precisó que las exportaciones sumaron USD 4.939 millones en junio, con un aumento de USD 733 millones (+17,4%) en comparación con igual mes de 2025.
Por complejos exportadores, el mayor aporte al crecimiento del saldo exportador provino de los sectores de girasol (USD 2.073,2), carne y cuero vacuno (USD 2.480,6), y trigo (USD 2.443,7), que fueron los principales impulsores de la mejora registrada. En términos de expansión relativa durante el semestre, se destacaron los complejos porcino, con un incremento del 130%, seguido por el girasol (+128,5%), las legumbres (+118%) y el algodón (+85%).

En contraposición, algunos sectores moderaron la tendencia general al alza, entre ellos el avícola, cuyas exportaciones retrocedieron 38%, el arrocero (-21%) y el manisero (-3%).
En relación a la competitividad, el CAA resaltó por otro lado que el Tipo de Cambio Real Multilateral (TCRM) del Banco Central se mantuvo en el mismo nivel respecto al mes anterior, y se ubicó 2% por debajo del promedio de 2025.
Por su parte, según la última actualización mensual de la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR), el agro proyecta una liquidación de USD 34.897 millones en 2026. La estimación implica un recorte de alrededor de USD 1.200 millones respecto de la proyección de mayo, debido a una baja en los precios de exportación previstos.
En el acumulado hasta junio, el sector liquidó un estimado de USD 15.768 millones, por debajo de los USD 18.303 millones registrados en igual período de 2025. La caída responde principalmente a dos factores asociados a los esquemas de derechos de exportación vigentes el año pasado.
Por un lado, la reducción temporaria de las retenciones durante el primer semestre de 2025 adelantó la comercialización y elevó la base de comparación. Por el otro, la eliminación transitoria de esos derechos en septiembre de ese año impulsó un adelantamiento de ingresos en ese mes, aunque redujo el flujo de liquidaciones en los meses posteriores, con impacto entre octubre y diciembre y también en los primeros meses de 2026.
No obstante, la BCR señaló que entre abril y mayo de este año esa situación se habría normalizado, reflejada en ocho meses consecutivos de reducción de la deuda comercial asociada a anticipos y prefinanciaciones de exportaciones.
Vale mencionar también que el Índice de Actividad de la Cadena Agropecuaria (IACA-BCR) registró un incremento mensual desestacionalizado del 1,4% en mayo (último dato disponible). De esta manera, el dato del último mes se posicionó apenas 0,2% por debajo del máximo registro histórico alcanzado en febrero.
El mayor impulso del índice general provino del avance mensual de labores agrícolas, que evidenció un crecimiento del 2,6%, ante el notable progreso en la cosecha de soja, luego de los retrasos observados en el mes previo. Esta situación se reflejó asimismo en la molienda de la oleaginosa, que creció un 2% respecto a abril, en tanto que se estima que la producción de biodiésel habría registrado un incremento del 1,6%.
En términos generales, las exportaciones argentinas de bienes alcanzaron los USD 49.454 millones en el primer semestre de 2026, lo que representó un crecimiento interanual del 24,4%, según el informe de Intercambio Comercial Argentino (ICA).
Como resultado, el saldo comercial acumulado entre enero y junio fue superavitario en USD 13.923 millones, más de cinco veces superior a los USD 2.762 millones registrados en igual período de 2025. La balanza comercial también cerró junio con resultado positivo.
Durante el sexto mes del año, las ventas al exterior totalizaron USD 9.055 millones, con un incremento interanual del 24,5%, mientras que el intercambio comercial del mes ascendió a USD 15.916 millones, el nivel más alto desde agosto de 2022. En contraste, las importaciones acumuladas en el primer semestre sumaron USD 35.531 millones, un 3,9% menos que en el mismo período del año pasado.
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