POLITICA
El Gobierno dispuso que los deudores de cuotas alimentarias no puedan ingresar a partidos de fútbol

El Gobierno incorporó a las personas que hayan incumplido con las cuotas alimentarias dentro de los supuestos que podrán derivar en una prohibición de ingreso a estadios de fútbol. La medida quedó oficializada mediante la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y pasará a aplicarse a través del programa Tribuna Segura cuando exista una orden judicial o administrativa vigente.
La normativa modificó el artículo 2° de la Resolución 354/2017, que regula el régimen de Restricción de Concurrencia Administrativa a espectáculos futbolísticos. Según el texto oficial, la decisión apunta a adecuar el funcionamiento del programa a situaciones que comenzaron a registrarse en distintas jurisdicciones del país, donde jueces ordenaron impedir el ingreso a estadios a personas que incumplen el pago de cuotas alimentarias.
La resolución agregó un nuevo grupo dentro de los casos alcanzados por las restricciones de acceso. Por lo que, a partir de ahora, también podrán quedar impedidas de ingresar a estadios aquellas personas sobre las que pese una medida judicial o administrativa fundada en su inscripción en un Registro Público de Alimentantes Morosos o en sistemas equivalentes previstos por normativas locales.
El texto aclara que la restricción continuará vigente mientras permanezca la situación que originó la medida. La incorporación de este supuesto se suma a otros ya contemplados por el régimen, vinculados con hechos de violencia, alteraciones del orden público y delitos cometidos en el contexto de espectáculos deportivos.
Entre los fundamentos de la decisión, el Ministerio de Seguridad Nacional sostuvo que la Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos recibió numerosos oficios judiciales que ordenaban incorporar personas a la base de datos de Tribuna Segura debido a sanciones relacionadas con incumplimientos alimentarios. Según explicó la cartera, esas resoluciones disponían restricciones de ingreso a estadios deportivos o a determinados clubes como mecanismo complementario para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
La norma menciona específicamente la legislación vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de Salta. En el caso porteño, recordó que la Ley 269 creó el Registro Público de Alimentantes Morosos y dispuso que los organismos encargados del control de acceso a estadios rechacen el ingreso de las personas inscriptas en ese registro durante partidos organizados por entidades vinculadas con la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), la FIFA o la Conmebol.
Respecto de Salta, la resolución señaló que la Ley 7411 creó un Registro de Deudores Alimentarios que prohíbe el ingreso a estadios para asistir a espectáculos deportivos o culturales pagos. Además, indicó que existen registros similares en otras jurisdicciones del país con medidas equivalentes.
La modificación también mantuvo y reordenó el resto de las causales previstas para aplicar restricciones de concurrencia. Entre ellas figuran las personas imputadas, procesadas o condenadas por delitos cometidos en el marco de la Ley 23.184 sobre violencia en espectáculos deportivos; quienes enfrenten causas por delitos dolosos y representen un riesgo para la seguridad pública; y quienes protagonizaran hechos violentos antes, durante o después de encuentros futbolísticos.
El listado incluye además a personas involucradas en actuaciones contravencionales relacionadas con partidos de fútbol, participantes de incidentes durante traslados de parcialidades y quienes alteren el orden público o afecten la seguridad y el tránsito tanto en espectáculos deportivos como en manifestaciones o concentraciones realizadas en la vía pública.
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POLITICA
La muerte de Nisman: procesaron a la exfiscal Viviana Fein por encubrimiento agravado

El juez federal Julián Ercolini procesó por presunto “encubrimiento agravado” a la exfiscal de instrucción Viviana Fein, la primera que investigó la muerte del fiscal federal Alberto Nisman.
El magistrado sostuvo que ella desplegó un accionar que “conllevó cuanto menos al ocultamiento y aleración de rastros y elementos probatorios” en el expediente que investiga el fallecimiento del fiscal que intervenía en el caso del atentado a la AMIA. La embargó en 15 millones de pesos.
La defensa de Fein adelantó a que apelará este fallo ante la Cámara Federal.
Según Ercolini, en la causa se demostró que Fein, como “máxima autoridad a cargo del procedimiento suscitado en razón de la muerte violenta de Alberto Nisman”, alteró elementos “que podrían haber colaborado al esclarecimiento de los sucesos que le dieron muerte al mencionado fiscal general”.
Nisman apareció muerto en su departamento de Puerto Madero el 18 de enero de 2015, cuatro días después de haber presentado una deuncia contra Cristina Kirchner. La Justicia no pudo determinar todavía qué fue lo que pasó con él. Ercolini firmó un fallo en el que dio por probado que se trató de un homicidio, pero no logró identificar quién lo habría matado ni por qué. La Cámara Federal ratificó esa hipótesis hace ocho años, pero el caso todavía no fue elevado a juicio.
Según el fallo de hoy de Ercolini, las irregularidades en las que incurrió Fein incluyeron que “circunscribió de manera deficiente la escena del hecho limitándose únicamente al interior del departamento” de Nisman, “tardó casi una hora y media en arribar al lugar”, y “al llegar, no adoptó medidas para revertir la situación de descontrol en la cual se encontraba la escena del crimen”. Ercolini sostiene que Fein debió haber dejado constancia de la situación del departamento cuando ella ingresó y que tendría que haber identificado “la identidad de la totalidad de las personas que de manera injustificada allí se encontraban y los motivos de su presencia en el lugar”.
Además, siempre según el juez, Fein “ingresó a la escena del hecho sin la vestimenta debida para tal fin, ”permitió la libre circulación en el lugar del hecho de personas que carecían de roles asignados» sin los controles suficientes; “manipuló y/o permitió la manipulación y alteración de elementos probatorios” y “no recopiló ni advirtió la existencia de elementos de prueba esenciales para la investigación”.
Ercolini sostuvo que Fein hizo todo eso “de forma contraria al correcto accionar dentro de la escena del crimen y en contraposición a la búsqueda de la verdad”.
Fein funcionó entonces -a juicio de Ercolini- “como una barrera que impidió la obtención de otros elementos que posiblemente hubieran arrojado más certezas sobre los probables autores materiales del hecho y, en definitiva, el descubrimiento de la verdad”.
El juez sostuvo que él no estaba haciendo “conjeturas aleatorias”, sino que sus conclusiones se sustentaban “en la propia actuación de Fein”, que violó -dijo- “las distintas reglamentaciones legales y procedimentales que le resultaban aplicables” y, así, “conspiró contra la colecta de evidencias materiales concretas para la pesquisa”.
El encubrimiento del que se la acusa a Fein es “agravado” por ser el delito previo especialmente grave y por su condición de funcionaria pública, afirmó Ercolini.
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POLITICA
El Gobierno restringió el ingreso de los deudores alimentarios a las canchas en el marco del programa Tribuna Segura

Luego de que la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, anunciara que los deudores alimentarios ya no podrán ingresar a las canchas, la modificación en el programa Tribuna Segura se oficializó esta madrugada en el Boletín Oficial. De esta manera, se amplió el universo de personas que podrán ser excluidas de los eventos deportivos en todo el país.
Por medio de la publicación de la Resolución N° 429/2026, las autoridades determinaron que quienes figuren en el Registro Público de Alimentantes Morosos también serán alcanzados por las restricciones de ingreso a estadios. Así, la medida quedó establecida tras la actualización del artículo 2° de la Resolución 354/2017, al que se le incorporaron 4 incisos.
“Si existiera a su respecto una medida judicial o administrativa que estipulare la restricción de ingreso a estadios deportivos por encontrarse inscripto en un Registro Público de Alimentantes Morosos, o su equivalente, de conformidad con la normativa local”, dispone el inciso h.
Hasta la fecha, el programa Tribuna Segura excluía principalmente a quienes tuvieran antecedentes vinculados con delitos en el contexto de eventos deportivos, conductas violentas y contravenciones relacionadas con los espectáculos. No obstante, las autoridades consideraron que la ampliación del alcance del programa ayudaría a “fortalecer su eficacia también como herramienta de cumplimiento de la obligación alimentaria”.

Según una publicación que realizó la ministra de Seguridad Nacional en la red social X, la modificación fue producto de un trabajo conjunto entre Nación y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. “El que no cumple con sus hijos, afuera de las canchas. Más controles y reglas claras”, sostuvo.
Por otro lado, la actualización de la normativa también ratificó la exclusión de individuos violentos. De acuerdo con el inciso e, ahora también serán excluidas aquellas personas que hubieran presentado “conductas violentas contra las personas o las cosas o que afectaren la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público”.
En línea con esto, aclararon que se tendrá en cuenta todo tipo de naturaleza, es decir, sin importar que el acto hubiera sido cometido de forma individual o colectiva, en lugares abiertos al público o la vía pública, y si la persona señalada iba a pie o desplazándose en un vehículo.
En el caso del inciso f, las autoridades señalaron que ahora también se tendrá en cuenta a quienes hubieran incurrido en “conductas o prácticas violentas, en su traslado desde o hacia un estadio deportivo, en ocasión de un espectáculo futbolístico”. Incluso, se podrá prohibir el ingreso a quien “alterare el orden público o utilizare servicios de transporte de pasajeros no registrados o habilitados por la autoridad competente”.
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La actualización también alcanzará a aquellas personas que estuvieran imputadas, procesadas o condenadas por delitos incluidos en la Ley de Narcotráfico N° 23.737. Asimismo, aclararon que estos deberían haber sido cometidos en contextos futbolísticos.
Por último, la cartera que encabeza Monteoliva remarcó en el Boletín Oficial que la resolución entra en vigencia de manera inmediata, por lo que la nueva disposición ya se encuentra operativa para los próximos encuentros deportivos en el país.
De esta forma, la modificación buscará profundizar la política de prevención y seguridad en los espectáculos, a la vez que incentiva el cumplimiento de las obligaciones parentales a través de herramientas administrativas.
Incluso, consideraron que la medida implicaría un alineamiento con las políticas restrictivas puestas ya en funcionamiento en otras provincias como, por ejemplo, Salta. Asimismo, argumentaron la decisión al mencionar que “existen otros registros públicos de alimentantes morosos en diversas jurisdicciones del país que producen similares medidas”.
POLITICA
El juicio por los Cuadernos: otros dos periodistas de LA NACION reconocieron los escritos de Centeno

Otros dos periodistas del diario reconocieron este martes los cuadernos de las coimas escritos por el chofer Oscar Centeno al declarar como testigos en el juicio oral del caso.
Primero lo hizo Santiago Nasra, que colaboró en la investigación que lideró Diego Cabot; y luego Héctor Guyot, profesor y periodista del medio desde hace más de 20 años, que tomó contacto con el material durante el desarrollo del trabajo periodístico.
Ambos afrontaron preguntas de todas las partes y al final de su testimonial les fueron exhibidos los cuadernos, en poder del Tribunal Oral Federal 7. “Sí. Se ve igual. Misma letra, mismo formato, con las líneas, todo”, ratificó Nasra, mientras un integrante del tribunal le exhibía el material con guantes.
Nasra declaró primero. Ofreció detalles sobre la sistematización de la información, tarea a la que estuvo abocado. “Exactamente como estaba en los cuadernos”, dijo respecto a la transcripción que hizo al digitalizar la información.
Guyot, por su parte, relató que Cabot le preguntó si podía contar con dos de sus estudiantes de la maestría para dar inicio a una investigación, sin ofrecerle ningún detalle.
Luego, con la investigación ya en marcha, Cabot le confió -dijo Guyot- más aspectos del caso y le enseñó las anotaciones. “Me sorprendió el estilo, parecía un acto de escribano. Muy seco, todo era dato”, rememoró Guyot sobre la única vez que tuvo entre sus manos a los cuadernos.
“Se manejó con mucho sigilo”, añadió luego respecto al trabajo periodístico.
Al igual que Cabot y Candela Ini en las últimas dos audiencias, ambos periodistas debieron afrontar preguntas de la fiscalía, las defensas y el tribunal. Muchas versaron sobre las anotaciones, sus detalles -como posibles tachaduras-, su estado de conservación, la ausencia o presencia de determinados nombres.
Algunos abogados que estaban en la sala AMIA, como Carlos Beraldi, defensor de la expresidenta Cristina Kirchner, aprovecharon para aproximarse al estrado con autorización del tribunal y ver de primera mano, aunque sin tocarlos, las anotaciones.
Los cuadernos serán también protagonistas durante la próxima audiencia, en la que está previsto que declare Jorge Bacigalupo, el expolicía que los recibió de su amigo Centeno y se los compartió a Cabot, su vecino. Luego será turno de Hilda María Horovitz, exmujer del chofer.
El juicio comenzó el 6 de noviembre de 2025 y se desarrolla a ritmo de dos audiencias por semana. Cristina Kirchner y varias decenas de personas, entre exfuncionarios y empresarios, son acusados de ser parte de un sistema de recaudación ilegal, registrado en las anotaciones de Centeno.
El otro pilar del caso son las declaraciones como arrepentidos de muchos de los protagonistas, quienes confirmaron el mecanismo y ofrecieron detalles de su funcionamiento.
Cabot, autor de la investigación que derivó en el juicio, declaró como testigo durante unas 12 horas, el pasado martes. Contó cómo recibió el material, cómo trabajó con los cuadernos, cómo sumó a Ini y Nasra para ordenar la información en una base de datos.
Durante su testimonio, las defensas intentaron que hablara sobre sus reuniones durante la investigación. Cabot se negó y el tribunal ratificó por unanimidad el derecho a preservar las fuentes periodistas.
los cuadernos de las coimas,Diego Cabot,Federico González del Solar,Conforme a
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