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POLITICA

El Gobierno autorizó a nueve provincias a otorgar concesiones de obras públicas en rutas nacionales

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El Gobierno nacional decidió delegar en las provincias de Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz la competencia para otorgar concesiones de obra pública por peaje en tramos de rutas nacionales, ubicados dentro de sus territorios.

Se trata de las provincias comandadas por gobernadores considerados aliados para el Ejecutivo nacional, puesto que mantienen un diálogo fluido y fueron clave en varias de las victorias legislativas del Gobierno.

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La medida, oficializada con la publicación del decreto 253/2026 publicado hoy en el Boletín Oficial, permite que estas jurisdicciones asuman el manejo de la administración, reparación, ampliación, conservación y mantenimiento de los caminos nacionales, sin que ello implique la transferencia de la titularidad del dominio público ni la jurisdicción federal sobre los tramos involucrados.

El objetivo de la nueva disposición es facilitar una gestión más ágil y cercana de la infraestructura vial, permitiendo a las provincias actuar directamente en los procesos de licitación y concesión.

Según el decreto, las provincias podrán aprobar la documentación licitatoria, convocar a los interesados, seleccionar concesionarios y suscribir los contratos necesarios para la ejecución de las obras. Todo este procedimiento deberá respetar los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, razonabilidad tarifaria y equilibrio económico-financiero.

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Para ejercer estas competencias, las provincias deberán firmar convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad. En estos acuerdos se detallarán los tramos de rutas nacionales a gestionar, los plazos para el ejercicio de las competencias, el régimen de supervisión y auditoría, y el compromiso de mantener indemne al Estado Nacional ante cualquier reclamo o daño que pudiera surgir en el marco de la concesión.

La delegación de facultades se considera temporal, funcional, limitada y revocable. En ningún caso, implica la cesión del dominio público ni la jurisdicción federal sobre los tramos de rutas nacionales. El Estado nacional mantendrá la titularidad y podrá reasumir la gestión si circunstancias de interés público lo requieren.

De acuerdo con lo dispuesto, el proceso de delegación establece que los fondos obtenidos a partir de la explotación de cada tramo objeto de concesión solo podrán ser destinados a la construcción o conservación de ese mismo tramo. No se autoriza su uso para obras en otros trayectos, aunque exista vinculación física o técnica entre ellos.

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Se trata de Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz (Captura de Google Maps)

Las provincias, una vez aprobado el convenio por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, tendrán un plazo máximo de un año para iniciar el procedimiento de selección de concesionarios. Tras la adjudicación, deberán suscribir el contrato y otorgar la posesión a la empresa concesionaria en un plazo de noventa días hábiles, salvo que existan motivos fundados para modificar dicho término.

El decreto prevé que, si no se cumple con los plazos estipulados para la convocatoria o la adjudicación, la delegación sobre el tramo vial en cuestión decaerá automáticamente. Si el contrato de concesión se extingue por cualquier motivo, la gestión y el mantenimiento regresarán al Estado nacional, que podrá reasumir la administración y mantenimiento del tramo o instrumentar un nuevo proceso de delegación.

Un aspecto central de este nuevo esquema es la supervisión y auditoría de los contratos de concesión, que quedará bajo la órbita de la Dirección Nacional de Vialidad.

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La decisión de descentralizar la gestión operativa de ciertos tramos de rutas nacionales responde al interés manifestado por varias jurisdicciones en asumir un papel más activo en la administración de la infraestructura vial que atraviesa sus territorios. Según el texto del decreto, esta modalidad se encuadra en un proceso de fortalecimiento del régimen federal y busca dotar a las provincias de herramientas adecuadas para gestionar el financiamiento y ejecución de obras a través de concesiones por peaje.

Los convenios a suscribirse entre las provincias y la Dirección Nacional de Vialidad deberán incluir el plan de obras, el cronograma de ejecución, la justificación técnica, la fuente de financiamiento, el detalle del peaje máximo y el plazo de concesión proyectados. Todos estos elementos serán evaluados por el organismo nacional, que analizará la viabilidad técnica y económica de cada proyecto y su compatibilidad con otros planes de infraestructura bajo su responsabilidad.

Además, establecieron que si otras provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desean asumir facultades similares, podrán solicitarlo al Ministerio del Interior, que evaluará la pertinencia y viabilidad conforme a los criterios del decreto y las leyes vigentes. El Ministerio de Economía queda facultado para emitir normas aclaratorias y complementarias a fin de garantizar la adecuada implementación de la medida.

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La iniciativa, impulsada en un contexto de reorganización administrativa y búsqueda de una gestión pública más eficiente y transparente, apunta a optimizar la infraestructura vial y mejorar la seguridad en el transporte, manteniendo el equilibrio entre la descentralización operativa y la preservación del dominio federal sobre los bienes estratégicos del país.

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El Gobierno habilitó a nueve provincias a concesionar tramos de rutas nacionales mediante peajes

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A través del Decreto 253/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno habilitó a nueve provincias a concesionar tramos de rutas nacionales situados en sus respectivos territorios a través del sistema de obra pública por peaje.

Asimismo, el Estado nacional mantendrá la titularidad del dominio y la jurisdicción federal sobre esos caminos.

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El encabezado del decreto publicado en el Boletín Oficial

El texto oficial firmado por Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, instituye que las provincias alcanzadas por la normativa son Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes, Santa Fe, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Neuquén.

La citada delegación será “funcional, limitada, temporal y revocable”. En consonancia, “no implica la cesión del dominio público ni la transferencia de la jurisdicción federal sobre los tramos viales involucrados”.

El articulado de la medida

En los considerandos de la resolución se aclara que varias jurisdicciones provinciales solicitaron al Estado nacional contar con herramientas para gestionar rutas que atraviesan sus territorios. Según explicaron, se da con el objetivo de asumir “la administración, reparación, ampliación, conservación o mantenimiento”.

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La normativa establece que los fondos obtenidos por la explotación de los peajes no podrán ser afectados a la construcción o conservación de otros tramos u otras obras ajenas a la concesión otorgada. Además, los sectores delegados no podrán ser licitados conjuntamente en un mismo corredor vial con rutas de otras jurisdicciones.

Si las provincias no convocan la licitación dentro del plazo de un año desde la aprobación del convenio, la delegación queda sin efecto. Por otro lado, si el contrato de concesión se extingue por cualquier razón, el Estado nacional retomará la gestión del tramo correspondiente.

El decreto, en efecto, se apoya en la Ley 17.520, que faculta al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obras y servicios públicos, y en el Decreto-Ley 505/58, que regula el sistema troncal vial nacional. También referencia la Ley 27.742, que impulsa la reorganización administrativa del Estado y una mayor descentralización de funciones.

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El Decreto 253/2026 se sustenta en la Ley 17.520, la cual señala al Poder Ejecutivo como otorgante de concesiones de obras y servicios públicos. También en el Decreto 505/58, que regula el sistema troncal vial nacional.

La sede de Vialidad Nacional, sobre diagonal SurRodrigo Nespolo

Otra indicación presente en la resolución apunta que las provincias deberán firmar convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad, donde se individualicen los tramos a concesionar, el plazo de delegación, el régimen de supervisión y su correspondiente auditoría.

Dichos acuerdos deberán tener el visto bueno de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y las concesiones resultantes no podrán exceder los 30 años de duración.

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Boletín Oficial,Conforme a,Boletín Oficial,,Boletín Oficial. La Anmat prohibió una serie de productos cosméticos infantiles por irregularidades,,Ex-Potenciar Trabajo. El Gobierno extiende por 48 meses el Programa de Acompañamiento Social: a quién alcanza y cuál es el monto,,Por decreto. Mahiques designó a su hermano Esteban como funcionario del Ministerio de Justicia

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El Gobierno eximió de impuestos a libros extranjeros destinados a la Feria del Libro

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El Gobierno argentino resolvió eximir del pago de varios tributos a las importaciones de libros y materiales asociados que participarán en la “Quincuagésima Exposición Feria Internacional del Libro de Buenos Aires”, prevista del 21 de abril al 11 de mayo de 2026 en el predio La Rural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La medida ya se había implementado durante el año pasado y se decidió volver implementarla.

Según informó el Boletín Oficial de la República Argentina, la decisión busca facilitar la exhibición, obsequio y venta de producciones editoriales de países invitados, reafirmando a la Feria como un polo de intercambio cultural y comercial en la región.

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Por medio del Decreto 255/2026 publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina, se establece un monto máximo de USD 15.000 por país participante para las mercaderías exentas, calculado sobre valores FOB. Solamente serán beneficiados los libros, atlas, libros musicales y materiales complementarios como discos, videos, catálogos o elementos decorativos de stands, siempre que sean destinados exclusivamente al evento y provengan de las naciones participantes.

La exención comprende el derecho de importación, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), impuestos internos, así como tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino asociadas a la importación para consumo. El beneficio incluye tanto materiales impresos en papel como aquellos reproducidos en soportes magnéticos, ópticos o electrónicos, y abarca todo tipo de idioma, según consta en el decreto.

La Feria refuerza su carácter internacional y expositivo

La solicitud formal fue presentada por la Fundación El Libro, organizadora de la muestra. El texto señala que el pedido fue respaldado institucionalmente por el Ministerio de Cultura de la República del Perú y la Embajada de Ucrania en Argentina, ambos auspiciantes destacados en esta edición.

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La medida aplicará solo a los libros destinados a la Feria del Libro (Foto: Fundación El Libro)

La organización y su respaldo gubernamental consideran que la medida promueve el intercambio tecnológico, comercial y cultural a escala internacional. Según el texto oficial, el propósito es acercar al público argentino “las manifestaciones editoriales del mundo” y favorecer la promoción de la lectura a través del conocimiento de diversas culturas. La exención reforzará además el posicionamiento de la feria en el circuito latinoamericano.

A modo de control, el decreto instruye a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo dependiente del Ministerio de Economía, para que supervise en el predio de la exposición el destino exclusivo de las mercaderías importadas bajo este régimen especial de exención.

Detalles de la exención fiscal y condiciones de acceso

El artículo 2 de la norma dispensa además del IVA y de impuestos internos a la venta de los productos eximidos entre los visitantes al evento, siempre que correspondan dichos gravámenes. Esta medida otorga un incentivo adicional a la compraventa directa durante los días de la exposición, según lo consigna el Boletín Oficial de la República Argentina.

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La disposición ampara la importación y comercialización por motivos vinculados estrictamente a la feria, limitando explícitamente el monto y los productos que pueden beneficiarse, en correspondencia con las normas establecidas por la Ley N° 20.545 y sus modificaciones, así como las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo Nacional.

El 21 de abril iniciará la Feria del Libro en La Rural de Buenos Aires (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)

El control y la estricta aplicación de las condiciones se consideran centrales para evitar desvíos de las mercaderías importadas bajo este régimen fiscal. Por tal motivo, se aclaró que es instruyó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía, a que practique los controles pertinentes en la feria referenciada, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el artículo 1° de la presente medida sea destinada exclusivamente a los fines propuestos.

La resolución, firmada por el presidente Javier Milei junto a Manuel Adorni y Juan Bautista Mahiques, entró en vigencia en la fecha de su publicación.

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gente. 49ª feria internacional del libro

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Volvieron a diferir la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en la Ciudad de Buenos Aires

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El Ministerio de Justicia volvió a postergar la implementación del nuevo Código Procesal Penal Federal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). La decisión alcanza a las cámaras federales de apelaciones porteñas en lo penal y en lo penal económico.

La medida se hizo efectiva mediante la publicación de la resolución 186/2026 en el Boletín Oficial. De acuerdo con la medida anterior, el código tenía que implementarse el próximo 10 de noviembre. Sin embargo, la nueva fecha de aplicación será el 15 de febrero de 2027.

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La decisión responde a una serie de dificultades técnicas, materiales y organizacionales identificadas en el proceso de transición.

Estas dificultades han afectado la capacidad de la Justicia Federal penal y penal económica para adecuarse al nuevo modelo, que ya rige en múltiples provincias y distritos federales del país. El Ministerio de Justicia comunicó que la medida otorga un margen adicional para culminar obras de infraestructura, ampliar recursos humanos especializados y asegurar una migración ordenada hacia el sistema acusatorio.

El Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) establece un cambio de paradigma en el proceso penal, al introducir el sistema acusatorio y fortalecer la oralidad y la celeridad de los juicios.

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El ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques (REUTERS/Agustin Marcarian)

Según lo informado por el Ministerio de Justicia, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires concentra cerca del 15% de la dotación de magistrados del Ministerio Público Fiscal y casi el 19,2% de los jueces federales del país.

El distrito de la Capital Federal no solo concentra la mayor parte de las causas penales federales complejas, sino que también alberga infraestructuras estratégicas como el Puerto Nuevo y el Aeroparque Jorge Newbery. Esto implica un volumen elevado de conflictos de competencia y una alta densidad de investigaciones vinculadas a delitos económicos, corrupción, lavado de activos, narcotráfico y trata de personas.

La migración al sistema acusatorio enfrenta, además, el reto de administrar un considerable número de causas que aún tramitan bajo el sistema mixto, lo que exige una reorganización profunda de recursos humanos, tecnológicos y edilicios. A pesar de las inversiones ya realizadas en equipamiento informático, salas de audiencias y programas de capacitación, la Procuración General de la Nación advirtió que persisten “asimetrías operativas” y una “insuficiencia crítica de espacios físicos” para el funcionamiento pleno del nuevo modelo.

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En respuesta a estos desafíos, el Ministerio de Justicia sostuvo que la medida busca asegurar que la implementación del sistema acusatorio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se produzca bajo condiciones óptimas, capaces de garantizar la sostenibilidad institucional y la eficacia del proceso penal federal.

El nuevo sistema rige actualmente en nueve distritos federales, que incluyen provincias como Chaco, Formosa, Corrientes, Salta, Jujuy, Santa Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, y La Pampa, así como partes de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, todavía resta implementarse en otros nueve distritos, entre ellos Córdoba, La Rioja, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, Entre Ríos, Misiones y sectores de la provincia de Buenos Aires.

El Ministerio de Justicia subrayó que la implementación del sistema acusatorio constituye una política de Estado que involucra la cooperación activa de los tres poderes y diversas agencias. En ese sentido, se destacó la labor de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura, la Cámara Federal de Casación Penal, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación.

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El aplazamiento decidido por el Ministerio de Justicia permitirá continuar con las actividades institucionales preparatorias y concluir las inversiones en infraestructura y recursos humanos para la transición.

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