POLITICA
La Cámara de Casación citó a una nueva audiencia para definir qué juez se queda con la causa por la quinta de Pilar

La Cámara Federal de Casación Penal fijó una nueva audiencia para el 11 de mayo para escuchar los argumentos de las partes y decidir qué juez debe investigar al presidente de la AFA, Claudio Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino por administración fraudulenta y lavado de dinero por la mansión de Pilar, supuestamente a nombre de testaferros de las autoridades de la organización deportiva.
La decisión es de los jueces Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Angela Ledesma, que al mismo tiempo confirmaron al fiscal de Casación Mario Villar al frente del caso.
La permanencia de Villar había sido cuestionada por el monotributista y dirigente de fútbol Luciano Pantano y su madre Ana Conte, que figuran como titulares de la sociedad Real Central, dueña de la casona de Pilar, de cinco hectáreas, pista ecuestre y helipuerto valuada en 20 millones de dólares.
Ahora, tras la audiencia del 11 de mayo, los jueces deben resolver qué tribunal es competente para investigar el caso: si el juez federal de Campana Adrián González Charbay (como quiere la AFA), si el juez federal Daniel Rafecas, como opina el fiscal Villar, o si el juzgado en lo penal económico 10, a cargo de Verónica Straccia, pues se venció ayer la subrogancia de Marcelo Aguinsky.
La causa está en la Sala I de la Cámara de Casación desde el 18 de febrero pasado sin que se resuelva esta cuestión de competencia. Pasaron cosas.
Por ejemplo, el camarista Carlos Mahiques, que era subrogante en esa sala, dejó la suplencia y por ende la causa después de que publicó que festejó su cumpleaños en la casona de Pilar. Mahiques lo negó.
Su colega Daniel Petrone se excusó de votar porque comparte actividades sociales y escolares con Javier Faroni, que administra los fondos de la AFA en el exterior y es uno de los acusados de fraude.
Llegó a la causa la jueza Angela Ledesma, que fue recusada por Elisa Carrió, el 10 de abril, justo el día en que se había convocado a una audiencia, similar a la de ahora, para escuchar a las partes.
La audiencia se suspendió y los jueces rechazaron la recusación de Ledesma. Se sumó al caso además el juez Mariano Borinsky.
Todos estos movimientos, sumados a la recusación del fiscal Villar y las apelaciones de la defensa de Pantano, hicieron que recién ahora el tribunal quede constituido para decidir.
Carbajo, Ledesma y Borinsky rechazaron el planteo de recusación de Villar.
Cabe destacar que el pedido de apartamiento del representante del Ministerio Público Fiscal fue interpuesto por la defensa, pues entendió que perdió objetividad y denunció que fue filtrado a la prensa antes de ser incorporado a la causa.
El pedido de recusación formulado por la defensa de Pantano fue rechazado y se confirmó la intervención de Villar en el caso.
Javier Carbajo dijo que la recusación es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva y reservado para supuestos taxativamente previstos en la normativa ritual, los cuales no se verificaban en el caso.
Explicó que para los fiscales no rige el principio de imparcialidad sino el de objetividad, el cual no se encontraba comprometido en el caso. Ledesma coincidió.
El juez Borinsky en su voto sostuvo que no se advertía que se configure alguno de los supuestos para la recusación y que no se demostró la pérdida de objetividad.
Mientras se definen esas cuestiones procesales, que por momentos terminan en un laberinto, el juez de Campana sigue avanzando y dispuso un peritaje sobre la contabilidad de la AFA para investigar el fraude y definir si se alteraron los registros informáticos.
Al mismo tiempo y en paralelo, encargó un nuevo peritaje sobre la mansión de Pilar, no para saber su valor hoy (ya establecido en unos 20 millones de dólares), sino para conocer cuánto dinero demandó su construcción y la compra del medio centenar de autos de colección y alta gama hallados en un galpón.
En paralelo, el juez de la Cámara del Crimen, Ignacio Rodríguez Varela, que tenía la causa de fraude y desvío de fondos, entendió que es la Corte Suprema la que debe definir la competencia y le envió esa parte del caso.
Al definir el objeto de este caso, el fiscal Villar dijo que se vincula con la existencia de una red internacional de intermediarios financieros que habrían operado entre los años 2021 y 2025, que habrían canalizado fuera del circuito bancario argentino fondos lícitos obtenidos por la Asociación de Fútbol Argentino (AFA mediante un complejo circuito financiero.
Bajo el pretexto del cepo cambiario y mediante comisiones del 30%, se habrían desviado y ocultado del patrimonio de la AFA, valiéndose de empresas constituidas en el exterior, algunas en paraísos fiscales y con cuentas bancarias offshore, con participación de dirigentes de la AFA.
Los ingresos de la AFA se vincularían con el pago de derechos comerciales, de auspiciantes extranjeros de la Selección Nacional de fútbol, de derechos de transmisión de los partidos, entre otros.
Se sospecha que aquellos fondos vinculados a la actividad comercial de AFA habrían ingresado a las cuentas bancarias en el extranjero de Torneos y Competencias SA (primer intermediario de gestión de cobro de AFA), de Q22 Services Limited (segundo intermediario), de Stratega Consulting USA LLC (tercer intermediaria, controlada por la homónima en Reino Unido), Odeoma Gestión SL (cuarta intermediaria) y TourProdEnter LLC (última intermediaria a partir de diciembre de 2021), luego desviados ilícitamente a sociedades constituidas en EE.UU., Reino Unido y República Oriental del Uruguay.
“Se presume que esas sociedades serían meras fachadas, ligadas a las mismas personas o allegados de la dirigencia de la AFA”, sostuvo el fiscal.
A su vez, se denuncia la circulación posterior de los bienes, incluyendo la conversión de remesas en efectivo y la realización de actos de lavado de activos como la compra de propiedades, en especial la quinta de Pilar, casas en el barrio Ayres Plaza, de Pilar, 54 vehículos a nombre de Real Central SRL, caballos árabes y de pura sangre, y otros bienes.
Se denunció a Central Park Drinks SRL, actualmente Real Central SRL, a nombre de Luciano Nicolás Pantano y Ana Lucía Conte, sindicados como supuestos testaferros de personas vinculadas a la administración de fondos de AFA.
A su vez existiría un poder especial de administración de la sociedad Real Central SRL a favor de Reinaldo Omar Bogado, Francisco Alejandro Capurro, José Miguel Verón, Leticia y Silvia Yaniello, supuestamente ligados a la política nacional y provincial, pues uno de ellos fue empleado en el Senado del exgobernador Gerardo Zamora y otro de un operador judicial del karinismo.
Los investigados son Tapia, Toviggino, Darío Fabián Toviggino (hermano del tesorero de AFA, vinculado a Soma SRL), Juan Pablo Beacon (dirección ejecutiva de AFA), Ma. Florencia Sartirana (actual pareja de Pablo Toviggino y ex tesorera de AFA), Leandro Petersen (jefe del área comercial y de marketing de AFA), Marcelo Fabián Ramón Saracco (primer operador financiero de los fondos de AFA junto con Toviggino, socio de Odeoma Gestión SL), Gabriela Erica Gillette y Javier Horacio Faroni (pareja vinculada a TourProdEnter LLC, operador financiero de AFA a partir de diciembre 2021), Mauro J. Paz (por Soma SRL, ex director de la liga femenina de AFA), Mendoza Wines SA (vinculada a Luciano N. Pantano), Malte SRL, Soma SRL (creada en la Provincia de Santiago del Estero con domicilio en esta ciudad), Andrés Scornik (controlante de Global Fc LLC), Melchor A. Merlín (socio español de Odeoma Gestión SL), Global Fc LLC, BIBOP SA, WICCA SAS, LINDOR SRL, SERVICIOS LINDOR SA.
También se mencionaron otras sociedades destinatarias de los fondos de AFA constituidas en EE.UU. presuntamente sin actividad real ni empleados a cargo, supuestamente controladas por personas de escasos recursos en Bariloche, Argentina, a saber: Velp LLC (de Verónica Inés Lopez), Velpasalt LLC (vinculada a Roberto Salice), Marmasch LLC (relacionada a Mariela Marisa Schmalz), Soagu Services LLC (vinculado a Javier Alejandro Ojeda Jara, pareja de Schmalz).
Entre otras empresas beneficiarias de los fondos de AFA, se encontrarían: Dicetel Corp (o Decitel), Florida Secured Title LLC, Brisa Management, Argen Agro LLC, Alabama Goal Capital LLC, Spring Stalk (con sede en Italia) y Alas del Fin del Mundo SRL.
La mayoría de estas sociedades carecerían de operaciones comerciales comprobables, no tendrían oficinas reales ni actividades acordes a los montos recibidos, y habrían sido utilizadas como vehículo de lavado de activos para ocultar la verdadera trazabilidad y destino final del dinero.
Asimismo, se anotició la existencia de empresas vinculadas a actividades ecuestres privadas, ajenas a la actividad de la AFA, que habrían recibido sus fondos como Carbello SRL (dedicada a la compra-venta de caballos), M&H Horses Services (empresa francesa de transporte de caballos), Equestrian (dedicada a la compra-venta de caballos de salto). Esta actividad ecuestre es de las favoritas de Toviggino.
audiencia,Hernán Cappiello,Conforme a
POLITICA
Malvinas: una jueza de Río Grande ordenó a Rockhopper y Navitas frenar el avance del proyecto petrolero Sea Lion

La Justicia Federal de Río Grande ordenó a Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited que se abstengan de iniciar o continuar obras vinculadas con el proyecto petrolero Sea Lion, situado al norte de las Islas Malvinas. La decisión cautelar, dictada por la jueza federal Mariel Borruto, alcanza perforaciones, instalaciones submarinas y el comienzo de la extracción comercial.
El fallo responde a una presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y de la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA). La resolución, a la que accedió Infobae, establece que las compañías deberán frenar los actos materiales del emprendimiento hasta que se realice el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ante la autoridad nacional competente, salvo que el juzgado disponga otra medida.
En paralelo, el Juzgado Federal N° 11 de Comodoro Py tuvo por impulsada una investigación penal contra Desire Petroleum Limited. El expediente, promovido a partir de un requerimiento del fiscal federal Carlos Stornelli, incluye medidas para reunir información sobre esa firma y sobre el grupo Rockhopper. Esa causa había sido impulsada tras una denuncia que presentó la Cancillería, a cargo de Pablo Quirno, con la asistencia de la Procuración del Tesoro, que conduce Sebastián Amerio.
Son procesos distintos. La causa de Río Grande tiene un carácter civil y ambiental preventivo, mientras que la pesquisa en Comodoro Py busca determinar si hubo exploración o explotación de hidrocarburos en áreas próximas a Malvinas sin autorización argentina. Las resoluciones recaen, por vías diferentes, sobre empresas ligadas a los proyectos petroleros alrededor de las islas.

La cautelar alcanza perforaciones, instalaciones y el inicio de la extracción
Borruto ordenó a Rockhopper y Navitas que, “en cuanto de ellas dependa”, se abstengan de “iniciar, continuar, ejecutar o hacer ejecutar actos materiales de ejecución” de Sea Lion, que en el expediente aparece como “León Marino”. La orden incluye las ampliaciones del proyecto y los pozos o instalaciones que estén funcionalmente integrados al emprendimiento.
La prohibición abarca la perforación del lecho o subsuelo marino para desarrollar o explotar hidrocarburos, la instalación permanente de infraestructura submarina y el tendido de conductos, líneas de flujo y sistemas de control. También comprende la instalación o puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga, el inicio de la extracción comercial y las obras terrestres o portuarias de apoyo.
En este último grupo figuran ampliaciones portuarias, bases logísticas, plantas para preparar lodos de perforación y cemento, depósitos de productos químicos, infraestructura habitacional e instalaciones destinadas al apoyo aeronáutico.
El punto central del fallo es que la orden se mantendrá hasta que se tramite la evaluación de impacto ambiental prevista por la Ley General del Ambiente y la autoridad competente adopte una decisión. La jueza entendió que ese procedimiento debía realizarse ante organismos argentinos.
La jueza consideró que el proyecto ya está en ejecución
Al analizar el peligro en la demora, Borruto sostuvo que “el riesgo no es hipotético ni remoto”. Según la resolución, la documentación incorporada muestra que Sea Lion superó la etapa de proyecto y entró en ejecución.
Para llegar a esa conclusión, la magistrada consideró la Decisión Final de Inversión de diciembre de 2025, el anuncio de una ampliación hacia un pozo adyacente y las contrataciones de una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, además del equipo de perforación y sus servicios asociados. El fallo señala que las obras de adaptación de esa infraestructura ya habían comenzado, de acuerdo con documentación de Rockhopper mencionada en la demanda.
“Aguardar a la culminación de tales intervenciones para determinar si debieron ser sometidas previamente a evaluación ambiental podría tornar ineficaz la tutela judicial solicitada”, indicó Borruto. También advirtió que el trámite ordinario del expediente podría consolidar situaciones que dificulten una eventual sentencia favorable.
La jueza aclaró que la cautelar no da por probado que el proyecto vaya a ocasionar un daño ambiental. “No se afirma que el daño ambiental invocado se producirá, ni ello podría afirmarse en este estado del proceso”, precisó. Lo que sí tuvo por acreditado, de manera preliminar, es la falta de un procedimiento ante autoridades argentinas para determinar los posibles impactos y las medidas de prevención o mitigación.
La resolución citó un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente, fechado el 24 de febrero de 2026. Según ese documento, no se había presentado “ningún aviso de proyecto” ni se había iniciado una evaluación de impacto ambiental con las demandadas.
Borruto aplicó los principios preventivo y precautorio de la legislación ambiental. La demanda describe un desarrollo de 23 pozos: 16 productores de petróleo, seis de inyección de agua y uno remoto de inyección de gas, junto con infraestructura submarina, equipos de control, líneas de flujo, una unidad móvil de perforación y embarcaciones auxiliares.
Entre los riesgos planteados aparecen la alteración del lecho marino, la contaminación química, el ruido submarino, las descargas operativas, el tránsito marítimo, la interacción con mamíferos y aves, las emisiones y los derrames. El fallo remarcó que esos elementos no prueban que cada impacto denunciado vaya a producirse, aunque resultan suficientes para una medida cautelar sobre una actividad que podría generar modificaciones ambientales relevantes.
La cuestión ambiental se vincula además con el reclamo de soberanía. Al reconocer de manera provisoria la legitimación del CECIM, la jueza señaló que la pretensión no se limita a una discusión técnico-ambiental. Según el fallo, subyace “la defensa de la soberanía nacional”, a la que definió como un bien colectivo indivisible y un interés federal.
Rockhopper y Navitas deberán informar el estado del proyecto en diez días
La medida también intima a las compañías a presentar, en el plazo de diez días judiciales desde la notificación, una declaración jurada con documentos que permitan establecer el estado actual de Sea Lion.
Deberán detallar el cronograma de construcción, perforación, instalación y comienzo de la explotación; la cantidad, ubicación y situación de los pozos; las unidades flotantes y los equipos de perforación contratados; y los principales contratistas y subcontratistas involucrados.
La orden exige, además, información sobre la estructura societaria utilizada para el proyecto, las entidades financieras y fondos que lo financiaron, los desembolsos efectuados, comprometidos o pendientes, las aseguradoras y reaseguradoras, y los estudios ambientales, análisis de riesgo, modelizaciones de derrames y planes de contingencia.
Las demandadas tendrán que “preservar íntegramente” la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa relacionada con Sea Lion. No podrán destruirla, alterarla, ocultarla ni disponer de ella de un modo que impida incorporarla al expediente.
Borruto no admitió todavía el pedido de prohibir, de forma general, nuevos contratos de financiación, desembolsos, pagos, transferencias, aportes de capital, préstamos entre sociedades vinculadas y constitución de garantías. Consideró que una restricción de esa amplitud podía involucrar operaciones y terceros que aún no estaban suficientemente individualizados.
La jueza también postergó las comunicaciones generales a reguladores y mercados de valores extranjeros, aunque dejó abierta la posibilidad de disponer medidas puntuales más adelante. Una vez recibidos los informes y la respuesta de las empresas, el juzgado deberá resolver si mantiene, modifica, amplía o deja sin efecto la cautelar.

Comodoro Py pidió información societaria y bancaria sobre Desire y Rockhopper
En la causa penal, el Juzgado Federal N° 11 incorporó el requerimiento de instrucción de Stornelli en el expediente CFP 4492/2026 y dispuso: “Téngase por impulsada la acción penal”.
La investigación comprende a Desire Petroleum, a sus sociedades controlantes, controladas o integrantes de su explotación comercial y a las personas que pudieran haber actuado en su nombre o beneficio. El objeto es establecer si existieron actividades hidrocarburíferas en áreas cercanas a Malvinas sin la autorización de la Argentina.
El juzgado pidió a la Secretaría de Energía antecedentes sobre la empresa, su composición accionaria, sus autoridades actuales y anteriores y los actos vinculados con las actividades denunciadas. También solicitó documentación a la Cancillería, la Jefatura de Gabinete, el Ministerio de Seguridad, la Procuración del Tesoro y la Procuración General.
Además, ordenó certificar la causa CFP 4437/2026 para verificar si reúne elementos de interés para la investigación. Una de las medidas es un exhorto al Reino Unido para obtener la información societaria completa de Desire Petroleum, su integración directiva y representación legal desde 2012, junto con antecedentes sobre posibles licencias hidrocarburíferas.
La resolución dispuso que “igual información” se solicite respecto del denominado grupo Rockhopper. El tribunal también requirió información bancaria ligada a la explotación comercial y a las personas físicas que pudieron haber actuado en nombre o beneficio de las compañías investigadas.
Ninguna de las decisiones resuelve el fondo de los expedientes. En Río Grande, la cautelar quedó sujeta al avance de la evaluación ambiental y a la información que presenten las empresas. En Comodoro Py, la causa penal entra ahora en una etapa de producción de pruebas sobre Desire Petroleum y el grupo Rockhopper.
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Polémica por la presencia de marines de EE.UU. en Tierra del Fuego

BUENOS AIRES.–El vínculo entre las gestiones gubernamentales de Estados Unidos y Argentina, encabezadas por Donald Trump y Javier Milei, volvió a quedar en el centro de la polémica debido a la presencia de ejercicios militares conjuntos entre marines y fuerzas de la Armada Argentina, en Tierra del Fuego.
Las maniobras militares que desarrollan ambos países en la Patagonia se difundieron en las redes sociales y no tardaron en viralizarse. Tienen lugar luego del anuncio del gobierno de Milei de fortalecer la presencia militar nacional en el Atlántico Sur. La Armada Argentina confirmó que ocho integrantes de la Infantería de Marina de Estados Unidos entrenan en Ushuaia junto al Batallón de Infantería de Marina Nø4 (BIM 4).
Si bien se habían difundido algunas imágenes del operativo en redes sociales, la confirmación del despliegue fue publicada este martes por la Gaceta Marinera, el medio oficial de la fuerza. Según la propia institución, la presencia de la comitiva norteamericana responde a un intercambio de expertos que se lleva a cabo en el lugar desde el año 2017, basado en acuerdos previos entre las conducciones navales de ambos países.
“En el contexto de este intercambio, está prevista la práctica de técnicas de baja montaña y frío extremo, con procedimientos tales como el uso de crampones, raquetas, cordadas, esquí alpino y maniobras de autodetención. También se realizan adiestramientos relacionados con técnicas de supervivencia y movilidad en este ambiente geográfico”, detallaron desde el portal citado.
El entrenamiento coincide, además, con los planes oficiales para reforzar la presencia armada en el Atlántico Sur y reactivar la construcción de la Base Naval Integrada de Ushuaia. En ese marco, el canciller Pablo Quirno y el ministro de Defensa, Carlos Presti, recorrieron la semana pasada el predio asignado para la obra.
La presencia de los marines estadounidenses en Tierra del Fuego generó cuestionamientos políticos y atención en medios locales y nacionales, en parte por el contexto en el que se desarrolla.
Una de las críticas al despliegue de las fuerzas estadounidenses vino por parte del intendente de Río Grande, Martín Pérez, quien cuestionó: “La presencia de personal militar de una potencia extranjera en Tierra del Fuego es preocupante. ¿Tienen aprobación del Congreso como exige nuestra Constitución Nacional? El Poder Ejecutivo Nacional debe informar con precisión la situación denunciada por el medio Agenda Malvinas”.
La Ley 25.880 exige la autorización del Poder Legislativo para permitir la entrada de tropas extranjeras al país, en sintonía con la Constitución Nacional. “El Poder Ejecutivo debe solicitar al Congreso de la Nación la autorización establecida en el artículo 75 inciso 28 de la Constitución Nacional, para permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación y la salida de fuerzas nacionales fuera de él”, expresa el documento.
La Argentina ya realizó ejercicios combinados con fuerzas estadounidenses durante la gestión de Milei, sin aprobación del Congreso -a sabiendas de que la cooperación entre ambos países sería reprobada por la oposición- y mediante decretos de nececidad y urgencia.
En septiembre de 2025 autorizó por el DNU 697/2025 las prácticas del ejercicio “Tridente”, mientras que en abril de 2026 empleó el DNU 264/2026 para avalar la maniobra “Daga Atlántica” y el paso de navíos norteamericanos en la Zona Económica Exclusiva.
En esta oportunidad, la Armada no informó ningún decreto específico asociado al adiestramiento. El operativo se suma también a las compras de equipamiento concretadas durante las administraciones norteamericanas de Joe Biden y Donald Trump, entre las que destacan los 24 aviones F-16 adquiridos a Dinamarca —de los cuales ya llegaron seis—, además del interés por incorporar vehículos blindados y helicópteros Black Hawk.
Estos antecedentes muestran que la cooperación militar entre ambos países incluye ejercicios combinados y actividades de entrenamiento, aunque el intercambio que se desarrolla actualmente en Ushuaia es presentado por la Armada como una actividad específica de capacitación en clima frío.
Agencia ANSA
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La Justicia ordenó levantar el secreto fiscal y bancario de Chiqui Tapia en la causa por presunto enriquecimiento ilícito en su cargo en la CEAMSE

El juez Lijo impulsó una serie de medidas para investigar a Claudio “Chiqui” Tapia por presunto enriquecimiento ilícito. El magistrado hizo lugar al pedido del fiscal Gerardo Pollicita y ordenó una serie de medidas de prueba para avanzar en la causa contra el presidente de la AFA, denunciado por un incremento patriomonial del 1000% entre 2017 y 2024, mientras ocupaba un cargo en la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE).
La causa se inició a partir de una denuncia presentada en abril por el empresario Guillermo Tofoni, quien mantiene un litigio con Tapia. En su presentación sostuvo que el presidente de la AFA registró un importante crecimiento patrimonial mientras ejercía funciones en la CEAMSE.
De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, en 2017 Tapia declaró cuatro propiedades con un valor fiscal de $17 millones, un vehículo y $1,5 millones en efectivo.
En su declaración jurada correspondiente a 2024, en cambio, informó más de $1002 millones en depósitos distribuidos en distintas cuentas bancarias, más de $39 millones en efectivo y US$246.206 en una caja de ahorro.
La denuncia también puso el foco en los ingresos declarados por Tapia por sus distintas actividades. Según esos documentos, informó ingresos anuales por $100.233.144 como presidente de la CEAMSE y por $718.536.500 como vicepresidente de la CONMEBOL. Su cargo al frente de la AFA es ad honorem.
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