POLITICA
La Cámara del Trabajo revocó la cautelar que frenaba la reforma laboral y restableció la vigencia de 83 artículos

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió modificar el efecto concedido al recurso de apelación presentado por el Estado nacional en la causa que discute la reforma laboral y dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la aplicación de una parte significativa de la ley. La decisión fue adoptada por la Sala VIII del tribunal, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino.
La resolución se dictó en el expediente “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa”, en trámite ante el Juzgado N° 63, y revisa el alcance del recurso interpuesto por el Estado contra la medida cautelar innovativa dictada el 30 de marzo. En ese antecedente, el juez Enrique Ojeda había hecho lugar al planteo de la Confederación General del Trabajo y suspendido la vigencia de una cantidad relevante de artículos de la Ley 27.802, publicada en el Boletín Oficial el 6 de ese mes.
Según surge de la resolución de Cámara, el Estado había apelado esa decisión y el recurso fue concedido el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”, lo que implicaba que la cautelar seguía vigente durante la tramitación de la apelación. Frente a ese encuadre, el Estado se presentó en queja para que se modificara el efecto del recurso y se le otorgara carácter suspensivo.

La Sala VIII hizo lugar a ese planteo y fundó su decisión en lo dispuesto por el artículo 13, inciso 3, de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Esa norma establece que cuando una cautelar suspende, total o parcialmente, los efectos de una disposición legal, la apelación debe concederse con efecto suspensivo, salvo que se verifiquen supuestos excepcionales vinculados a la tutela de derechos especialmente protegidos.
En ese sentido, los jueces sostuvieron que, prima facie, en el caso no se encontraban configuradas esas excepciones. Destacaron además que la cautelar había suspendido la vigencia de una cantidad significativa de artículos de una ley sancionada por el Congreso, lo que activa el régimen especial previsto en la norma. Bajo ese criterio, señalaron que corresponde que sea la Cámara —en tanto tribunal colegiado— la que evalúe la confirmación o revocación de la medida, en función de la entidad institucional del acto cuestionado.
Con ese encuadre, el tribunal resolvió “modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación deducido por el Estado Nacional”. La consecuencia inmediata es que la cautelar deja de tener efecto mientras se sustancia el trámite ante la Cámara.
Desde el punto de vista práctico, la decisión implica que los artículos de la reforma laboral que habían sido suspendidos recuperan vigencia en esta etapa del proceso. La medida cautelar, que había tenido efecto inmediato y alcance general, queda sin aplicación hasta que el tribunal se pronuncie sobre el fondo.
La presentación original de la CGT había cuestionado una parte sustancial de la reforma laboral, con argumentos centrados en la afectación de derechos laborales y sindicales. Entre los puntos objetados se incluyeron modificaciones al régimen de indemnizaciones, cambios en las condiciones de contratación, alteraciones en la jornada laboral y disposiciones vinculadas a la representación sindical.
El fallo de primera instancia había considerado acreditados los requisitos para dictar una medida cautelar, en particular la verosimilitud del derecho invocado y el riesgo de daño irreparable, y sobre esa base dispuso la suspensión de 83 artículos de la ley.
El Estado nacional apeló esa decisión a través de la Procuración del Tesoro de la Nación, donde cuestionó la procedencia de la cautelar, la legitimación de la CGT y el alcance de la resolución judicial. También sostuvo que no existía un caso concreto que justificara la suspensión de una norma de carácter general sancionada por el Congreso.
Además de la apelación, el Gobierno presentó un recurso extraordinario por “per saltum” ante la Corte Suprema, con el objetivo de que se revise la suspensión de la reforma laboral.
La Ley 27.802 forma parte del paquete de reformas impulsadas por el Gobierno en materia económica y laboral. El Ejecutivo sostiene que introduce cambios destinados a modificar el funcionamiento del mercado de trabajo, con el objetivo de reducir la litigiosidad y promover la formalización del empleo.
En resumen, la intervención se inscribe en la estrategia judicial del Gobierno, con participación del Ministerio de Justicia de la Nación, a cargo de Juan Bautista Mahiques. En tanto, desde el sector sindical, la norma es cuestionada por considerar que implica una reducción de derechos laborales y una alteración del sistema de protección vigente.
Con la decisión de la Cámara, el expediente continúa su trámite en una nueva etapa. El tribunal deberá analizar los planteos de fondo formulados por las partes y definir si corresponde confirmar o revocar la medida cautelar en función de los argumentos jurídicos presentados.
Hasta tanto se produzca esa definición, la reforma laboral se mantiene vigente en los términos establecidos por la ley. La discusión judicial sigue en curso y no se descarta su eventual tratamiento por la Corte Suprema en instancias posteriores.
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POLITICA
Javier Milei y sus medidas, en vivo: sesión en el Senado y tensiones en el interior del Gobierno

La vicepresidenta Victoria Villarruel y la jefa del bloque libertario en el Senado, Patricia Bullrich, mantuvieron un durísimo cruce de mensajes, según pudo saber . El intercambio, que escaló en fuertes términos, se dio poco después de terminado el partido en el que la Selección argentina de fútbol se alzó con un triunfo frente a Inglaterra y consiguió el pase a la final del Mundial de Fútbol.
Según pudo reconstruir este diario, el cruce por Whatsapp comenzó cuando Villarruel buscó que se suspendiera la sesión prevista para este jueves, en la que el oficialismo buscará tratar el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada en el Senado y que aún genera resistencia entre opositores y aliados porque elimina restricciones a la compra de tierras por parte de extranjeros.
POLITICA
El Senado sesiona para aprobar la ley de propiedad privada: más cambios de último momento y dudas por los votos

Tras semanas de mala praxis desde el bloque libertario del Senado, que conduce la porteña Patricia Bullrich, el oficialismo intentará sesionar desde el mediodía para aprobar la ley de inviolabilidad de la propiedad privada, un demorado proyecto que pide desde hace meses la Casa Rosada y que ya fue desplumado por la oposición: el dictamen de la iniciativa tenía 13 borradores extra y ayer sumó dos más, lo que derivó en el hartazgo de varios despachos y un escenario de incertidumbre de cara al recinto.
La realidad es que, de lograr el quorum -37- y activar el cónclave, la mayoría de las bancadas buscarán sacarse el tema de encima lo más rápido posible y dejar la definición en Diputados, que tendrá la compleja tarea de sancionar una ley muy manoseada. Siempre y cuando el diablo no meta la cola al momento de informar cambios en una eventual votación en particular del texto.
A esta altura y, con el recinto caído la última vez, ya nada sorprendería. Todo esto se da en medio de un Ejecutivo que intenta dar señales de sendero controlado, lo cual suena contradictorio a la hora de revisar el día a día de la Cámara alta, con personas que dicen defender la gestión Milei y luego juegan -muy- en contra del jefe de Estado.
Para evitar otras tropelías, libertarios y aliados se reunirían a las 10, dos horas antes de la sesión, para cerrar grifos de incertidumbre y decidir si se baja o no al recinto. Hasta el inicio de la corriente semana, no se percibió buen clima. Entre lunes y martes, las chances crecieron. Ayer se sostenía el encuentro, aunque el festín de borradores y un potencial inconveniente con dos legisladores misioneros volvió a sembrar un manto de dudas.

El desafío no es menor para Bullrich: desde marzo que no puede, salvo una excepción -pago a dos fondos buitre-, aprobar una ley que solicite con énfasis la administración central. El proyecto en conflicto, que es empujado por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, modifica cuestiones centrales en expropiaciones, desalojos -de 5 a 20 días-, ley de manejo del fuego -quitar décadas sin movimientos tras incendios- y, como cuestión más polémica -pésimas explicaciones oficialistas-, la venta de tierra a extranjeros. Antes de firmar el despacho -luego reventado- se dinamitó por completo el capítulo relacionado con barrios populares.
En cuanto al ítem que más trifulca genera, el decimoquinto borrador plantea: “Las únicas restricciones para la adquisición del dominio de tierras rurales serán las siguientes: a) La prohibición para la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros; b) La prohibición para la adquisición de tierras rurales por parte de las empresas con participación estatal extranjera, cualquiera sea la forma jurídica que adopten, salvo autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional”. El último caso servirá también para zona de frontera, siempre un área delicada en varios distritos. Además, se eliminaría lo enunciado sobre el “silencio administrativo”, otro inconveniente comentado ayer por Infobae.
Lupa
Mientras Bullrich junta número -hasta las 13.30 de ayer ni apareció por el Senado, y luego casi todos se fueron del Palacio por el partido entre la Argentina e Inglaterra-, dos semi aliados volvieron a quedar en el centro de atención. No suele ser para bien. De hecho, el ex vicegobernador Carlos Arce y Elizabeth Rojas Decut se hicieron conocidos por haber dicho en “on” que iban a votar Ficha Limpia para hacer, después, todo lo contrario. Voltearon el proyecto.
La culpa no sería de ellos en esta ocasión, sino de su -hasta ahora- controlador y mandamás provincial, el ex mandatario Carlos Rovira; y del actual gobernador, Hugo Passalacqua. Están enfrentados, la guerra no es menor y ambos legisladores cambiaron el nombre de su bancada.

En las últimas horas se conoció un comunicado de una red de mujeres relacionada con la prima del primero y esposa del segundo, la funcionaria misionera Viviana Rovira, en el que se pone un fuerte énfasis en no aprobar la ley de propiedad privada. ¿Sabe de esto Bullrich? La porteña sí trataba de masajear a los supuestos ex kirchneristas de Convicción Federal –Carolina Moisés, Guillermo Andrada y Sandra Mendoza– para ayudar, aunque sea, con el quorum.
Para la sesión de este jueves existe una urgencia de la Casa Rosada por el pliego judicial -para que continúe en vigencia- del camarista Víctor Pesino, relacionado con la reforma laboral. Si no se aprueba antes de fin de mes, el magistrado se tendrá que jubilar. También aparecen en bandeja ascensos diplomáticos que llevan larga siesta y poco consternaron al Canciller, Pablo Quirno.
POLITICA
Fentanilo mortal: la ANMAT y la INAME vuelven a estar en el centro de la investigación

El avance de la causa, que investiga la distribución de fentanilo contaminado, vinculada a la muerte de 90 pacientes, mantiene bajo la lupa a los principales organismos de control del Estado. El juzgado federal de La Plata a cargo de Ernesto Kreplak espera la presentación de un dictamen clave por parte de la fiscal María Laura Roteta: el impulso de la acción penal contra funcionarios y ex funcionarios del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), después de la feria judicial, esto es a partir del 31 de julio.
La investigación ya tiene 13 personas procesadas, entre ellas el propietario de los laboratorios Ramallo y HLB Pharma, Ariel García Furfaro, uno de sus hermanos y su madre. En esta segunda etapa de la pesquisa el foco está puesto en la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), ambos bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Nación. Los organismos habrían incurrido en omisiones y demoras que permitieron la circulación de medicamentos fuera de las normas de Buenas Prácticas de Manufactura.
Durante el período investigado, el INAME estuvo dirigido por Gabriela Mantecón Fumado, quien fue apartada preventivamente del cargo el 21 de agosto de 2025. La medida siguió a la detención de García Furfaro, dueño de HLB Pharma, y estuvo motivada por las demoras en tomar decisiones frente a los desvíos de calidad detectados en los laboratorios Ramallo y HLB Pharma. Hasta enero de este año, la ANMAT estaba a cargo de Agustina Nélida Bisio. Pese a que en su renuncia alegó que se trataba de razones personales, fuentes oficiales vincularon su salida al desgaste generado por el escándalo del fentanilo.

El expediente judicial expone deficiencias graves en los controles estatales. La Fiscalía, en un dictamen fechado el 21 de mayo de 2025, calificó como “insuficiente” la información aportada por la ANMAT y advirtió sobre la ineficacia de sus acciones regulatorias durante la producción y distribución del anestésico contaminado. En esa línea, la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) sostuvo que “la ineficiente tarea de contralor de los organismos competentes del Estado, a lo largo del tiempo, colocó a la población en una situación de riesgo inadmisible”.
Uno de los puntos más críticos señalados por la fiscal Roteta en el dictamen anterior fue la falta de acción de la ANMAT tras recibir el reporte de un brote de contaminación bacteriana. “La información recabada y comunicada por el juzgado, relativa al retiro efectivo de los medicamentos cuya calidad se vio comprometida, resulta escasa y a todas luces insuficiente”, sostuvo la fiscal. Además, solicitó notificar a los funcionarios sobre las consecuencias penales asociadas al incumplimiento de las órdenes judiciales de retiro de productos.

La causa judicial documenta que fue el propio juzgado y no la autoridad de control, quien realizó el retiro de las partidas de fentanilo adulterado en hospitales, clínicas y droguerías de todo el país.
El juez Kreplak incluyó en su resolución de procesamiento de los 13 imputados una serie de hallazgos que dan cuenta de la falta de seguimientos posteriores por parte de la ANMAT y el INAME para verificar la subsanación de irregularidades detectadas en los laboratorios, como la elaboración de medicamentos en áreas no habilitadas, uso de envases plásticos no autorizados y ausencia de documentación técnica.
Irregularidades detectadas por ANMAT e INAME desde 2018
Como ya informó este medio, en el expediente judicial revela que las inspecciones y controles oficiales documentaron desde 2018 los siguientes puntos críticos y demoras:
- Mayo de 2019: se detectó que HLB Pharma operaba en un nivel no aceptable. Se recomendó la clausura, pero la sanción quedó reducida a “inhibición” durante el trámite administrativo.
- Marzo de 2020: se hallaron deficiencias mayores en la producción de medicamentos y soluciones parenterales, pero el acta de inspección las calificó como “aceptable con exigencias correctivas”.
- En 2021: el INAME archivó un expediente citando una inspección de ese año como prueba de corrección de deficiencias, sin comprobar efectivamente la solución de los problemas.
- 14 de febrero de 2022: se constató que Laboratorio Ramallo “no cuenta con procedimiento de análisis de tendencias” y que los desvíos ocurren por fallas en equipos asociados a la producción de soluciones parenterales.
- 25 de febrero de 2022: se ordenó el retiro del mercado de un lote de Solución de Dextrosa al 5% HLB tras hallarse partículas y desarrollo compatible con crecimiento microbiano.
- 19 de mayo de 2023: se dispuso el retiro del mercado de un lote de Diclofenac HLB por la presencia de partículas negras en suspensión.
- 7 de octubre de 2024: en una inspección previa, se inmovilizaron varios productos, pero posteriormente fueron liberados comercialmente.
- 28 de noviembre al 12 de diciembre de 2024: en una inspección “no programada” al Laboratorio Ramallo se detectaron deficiencias críticas y mayores en todos los niveles de control, comprometían directamente la calidad, seguridad y eficacia de los productos. Se recomendó la clausura inmediata, pero no se ejecutó.
- 5 de diciembre de 2024: fecha del acta de inspección que ordenaba la inhabilitación del laboratorio; el documento fue cargado en el sistema recién el 3 de enero de 2025 y firmado por la titular del INAME el 10 de febrero de 2025.
- 18 de diciembre de 2024: se produjo el lote de fentanilo contaminado (31202), trece días después de la inspección que ya sostenía que el laboratorio no debía continuar con su actividad productiva.
- 6 de marzo de 2025: la ANMAT prohibió el producto Propofol HLB, lote 60000, al detectarse que no contaba con etiqueta de trazabilidad, ordenando el recupero de las unidades.
Entre 2018 y 2025 los organismos de control también registraron los siguientes cuestionamientos sin que se accionara sobre las plantas de producción:
- Ausencia de libro de elaboración actualizado ni registros completos de lotes fabricados.
- Elaboración y comercialización de al menos 69 lotes en envases plásticos tipo BFS (blow-fill-seal), tipo de envase no habilitado por ANMAT.
- Falta de validación de procesos, estudios piloto y análisis de estabilidad para los lotes fabricados en plástico.
- Liberación de productos por personal sin participación de control de calidad, y algunos lotes sin hojas de elaboración ni reportes analíticos.
- Tercerización de elaboraciones para HLB Pharma Group S.A. sin comunicación previa a ANMAT sobre cambios de acondicionamiento.
Entre las observaciones registradas en la causa, se destaca que la ANMAT prohibió el uso de ciertas áreas y lotes, y condicionó la rehabilitación a una nueva inspección. Sin embargo, “no consta en el expediente la subsanación de las falencias ni la clausura efectiva”, salvo la inhibición de actividades productivas dictada recién con la disposición 3158/2025 tras las primeras muertes notificadas. Es decir, después que se conocieron las primeras muertes reportadas por el Hospital Italiano de La Plata.
Con el bajo perfil que los caracteriza, el juzgado federal de La Plata y la Fiscalía que impulsa la pesquisa por la mayor masacre sanitaria del país avanzan sobre posibles responsables por acción u omisión mientras la segunda instancia judicial resuelve las apelaciones de los 13 procesados.
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