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POLITICA

De patentes medicinales y pacientes

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Una paciente con cáncer avanzado lleva a la justicia a su sistema de salud para acceder a un medicamento que quizás le salvara la vida. El ICIJ (Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación) documentó miles de estos casos en 47 países y para el pembrolizumab. La escena se repite en todo el espectro de los tratamientos más innovadores. En este caso puntual, la Argentina es el único lugar del mundo donde existe un biosimilar de ese fármaco. Otro tanto ocurre con los moduladores del canal de cloro de las células epiteliales (elexacaftor, tezacaftor, ivacaftor), un tratamiento biológico también producido en el país, para una severa dolencia pediátrica conocida como fibrosis quística. En ambos casos los medicamentos nacionales redujeron los costos de tratamiento entre 60 y 80% respecto de las drogas producidas por laboratorios internacionales. Y más gente mejoró su salud. Son casos de interés mundial y ocurrieron gracias a un margen de acción que existía en la regulación local de las patentes farmacéuticas. La Argentina cuenta con varios otros ejemplos parecidos. Hablamos de una moneda de doble cara. Y una de ellas es la salud.

El pembrolizumab es una molécula que combate el cáncer. El reporte del ICIJ señala que desde su aprobación por la FDA en 2014, su formulación originaria (Keytruda) acumuló más de 163.000 millones de dólares en ventas globales. Detrás de esa cifra hay décadas de investigación, riesgo financiero, y una arquitectura regulatoria que protege la innovación. Eso es legítimo. Sin patentes y sin retornos razonables sobre la inversión, la industria farmacéutica pierde el incentivo para desarrollar los próximos medicamentos que necesitará la humanidad. Pero el precio de Keytruda en Argentina, antes de la competencia, era un 325% más caro que en España. Mismo medicamento, misma presentación, misma marca. Esa cifra no refleja diferencias en la innovación sino poder de exclusividad de mercado. Y tiene consecuencias sanitarias.

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Keytruda no fue patentado en Argentina. La patente original fue desarrollada en Organon, compañía que pasó sucesivamente a Schering-Plough y luego a Merck. Más allá de la controversia sobre las razones exactas del registro incompleto, cuando el laboratorio Elea desarrolló Pembrox, el primer biosimilar global del pembrolizumab, y operó dentro de la legalidad vigente. Y el precio de la droga cayó más del 50%. El mercado argentino pasó entonces de 50.000 a 80.000 unidades en un año. Más pacientes acceden hoy al tratamiento, y eso es un hecho clínico de primer orden.

Una situación parecida ocurrió con el tratamiento para la fibrosis quística producido por otro laboratorio argentino (Gador). Se logró una reducción enorme del precio de la medicación. La consecuencia fue que familias de todo el mundo pudieron acceder a él a un costo que los precios internacionales hacían imposible. Hay varios ejemplos más.

Sería un error convertir este episodio en una cruzada contra la protección de la propiedad intelectual en medicamentos. Tan error como ignorar lo que se nos revela. Los medicamentos no tienen un precio natural. Tienen un precio determinado por la estructura de mercado, el poder de negociación del comprador, la existencia o ausencia de competencia, y por la capacidad regulatoria de los países. Cuando un Estado no produce medicamentos, no regula con criterio propio considerando el mayor beneficio de sus pacientes y la sustentabilidad de su sistema de salud, y no desarrolla capacidad biotecnológica, entonces paga un precio más elevado por los tratamientos para sus pacientes. La experiencia internacional demuestra inequívocamente que ese precio puede ser incompatible con los presupuestos de salud de cualquier país latinoamericano, y conlleva menos acceso para los pacientes. Lamentablemente es África la prueba más acabada de esto.

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Incluso Estados Unidos ha impulsado políticas de precio de referencia internacional para abaratar medicamentos, y allí se plantea promover biosimilares desde prestigiosos think tanks como RAND Corporation y otros. La India construyó la tercera industria farmacéutica del mundo en volumen con política estatal activa, preferencia de compra pública y formación de recursos humanos. Brasil destina 8000 millones de dólares en tres años para cubrir el 70% de su demanda de medicamentos con producción propia para 2033. Corea del Sur legisló para fomentar su industria farmacéutica como sector estratégico. China se encamina a liderar la innovación farmacéutica en pocos años más. Cada uno de estos países entiende que detrás de cada medicamento no hay solo “sector privado internacional”, sino que hay políticas de Estado que determinan quién compite, a qué precio y en qué mercados.

La capacidad de producción de vacunas o medicamentos biológicos de nuestro país es excepcional y constituye una clara demostración de que el ecosistema biotecnológico argentino existe, y puede generar valor clínico real cuando se le dan condiciones.

La gran industria innovadora internacional seguirá siendo indispensable, seguirá trayendo mejoras reales a las afecciones de salud de la gente, y la Argentina debe mantener relaciones productivas con todos (como de hecho ocurre desde hace años). La patente puede ser un instrumento legítimo para premiar la innovación. Pero cuando la exclusividad utilizada de manera imprudente se traduce en precios incompatibles con el acceso y la apertura de una grieta biotecnológica, entonces la discusión deja de ser jurídica y pasa a ser sanitaria.

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Nuestro país debe fortalecer su propio sistema de medicamentos, como la India, Brasil, Israel, China, los Estados Unidos, o Corea del Sur. Utilizando para ello un ecosistema donde inversión pública en investigación básica, formación universitaria, financiamiento eficiente de los sistemas de salud, promoción de un sistema nacional farmacéutico, y criterios regulatorios inteligentes y sustentables, se articulen en función de que todos los argentinos accedan a los mejores tratamientos disponibles.

Siempre debemos volver a casos como Frederick Banting, el médico canadiense que descubrió la insulina y vendió su patente en 1923 por un dólar; “-La insulina no me pertenece, pertenece al mundo”, habría dicho. O a Jonas Salk, quien no patentó la vacuna contra la polio, preguntándose si “¿acaso se puede patentar el sol?”. O a nuestro César Milstein, científico bahiense que ganó el Nobel en 1984 por inventar los anticuerpos monoclonales, (paradójicamente la plataforma científica sobre la que se construyó el propio Keytruda), y que no patentó su descubrimiento. La política farmacéutica no consiste en elegir entre innovación y pacientes, sino en diseñar un régimen donde la innovación llegue efectivamente al paciente. Y la Argentina tiene un largo camino recorrido que debemos aprovechar.

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El autor es médico, Doctor en Ciencias Biomédicas (UBA), y fue director ejecutivo del PAMI




Carlos Javier Regazzoni,Medicamentos,Conforme a,Medicamentos,,Según un informe de Harvard. Colesterol: los seis alimentos que ayudan a prevenirlo y en qué cantidades hay que consumirlos,,Consumo diario. El alimento de origen vegetal que elimina las toxinas del cuerpo,,Análisis. Una batalla de fondo entre poder y lobby

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La Justicia confirmó el decomiso y ordenó ejecutar los bienes de Cristina Kirchner y sus hijos

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La Cámara de Casación, el máximo tribunal penal del país, confirmó por mayoría el decomiso de los bienes de Cristina Kirchner, sus hijos Máximo y Florencia, y el empresario Lázaro Báez, para cubrir los casi $685.000 millones por los que deben responder todos los condenados en Vialidad, causa por la que la expresidenta cumple una pena en su casa de seis años de prisión.

La decisión la tomó este viernes la Sala IV de la Casación y ratificó lo dispuesto por el Tribunal Oral Federal N° 2 en 2022.

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En junio del año pasado, la Corte Suprema dejó firme aquel fallo -lo que habilitó la ejecución de las penas-, pero el decomiso entró en un sendero de apelaciones que llevó a esta parte de la condena hasta las puertas de la Casación. Es lo único que restaba ejecutar.

Las defensas apuntaron a limitar el alcance del decomiso, cuestionando la inclusión de bienes sin “trazabilidad directa” con el delito. La expresidenta, por caso, intentó poner a resguardo dos inmuebles y 10 departamentos en Río Gallegos y una serie de terrenos en Lago Argentino, también en Santa Cruz, todas propiedades que fueron cedidas a sus hijos y que no forman parte del proceso.

Máximo Kirchner, durante la marcha de La Cámpora por el aniversario del último golpe Fabián Marelli

Pero la estrategia quedó enterrada hoy por los votos de los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, quienes, en línea con el dictamen del fiscal Mario Villar, se opusieron. El primero marcó que el decomiso no puede quedar en una “declaración abstracta”, sino que debe traducirse en una “recuperación real y efectiva” de los activos provenientes del delito.

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“La pena sólo adquiere plena eficacia institucional si se traduce también en la neutralización concreta del beneficio económico obtenido mediante el delito”, sostuvo Hornos. Su colega Barroetaveña adhirió en todos sus términos.

Los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, de la Casación PenalNicolás Suárez

El juez Mariano Borinsky, en tanto, tuvo una interpretación distinta, que hizo eco parcial del planteo de la expresidenta. Sostuvo que no estaba suficientemente probado que ciertos bienes provengan del delito y propuso así excluir del decomiso los bienes heredados por Máximo y Florencia Kirchner.

La medida alcanza también a bienes del empresario Báez -principal beneficiario del direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz- así como también de Austral, su empresa insignia, y otras firmas satélites.

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Plazo vencido

El plazo para que los condenados respondieran en conjunto y de “forma solidaria” por el monto actualizado que dispuso el TOF 2 venció el 13 de agosto del año pasado, pero las partes apelaron y el decomiso quedó empantanado.

Las defensas de los condenados señalaron que la fiscalía no demostró un nexo causal entre cada uno de los bienes identificados y el delito. Dijeron que el decomiso se estaba desnaturalizando y convirtiéndose en una suerte de “multa encubierta”.

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El juez Rafecas cerró la causa por el viaje de la esposa de Adorni a EE.UU. en el avión presidencial

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La Justicia cerró la causa por el viaje de la esposa de Manuel Adorni a Estados Unidos en el avión presidencial.

La decisión fue tomada por el juez federal Daniel Rafecas, quien se amparó en la “ausencia de delito”, luego de que este jueves la fiscal federal Alejandra Mangano diera dictamen favorable.

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Para Rafecas, las pruebas y los pedidos de informe adoptados por la fiscal Mangano determinaron que “no se encuadran en el accionar típico investigado”, es decir que no forman parte del delito de malversación de caudales públicos y sus derivados.

En el fallo, el juez federal también hace hincapié en la “falta de detección de irregularidades relacionadas con los gastos” durante su permanencia en Estados Unidos y en la emisión de los pasajes de avión.

La foto de Adorni y su esposa en Nueva York. (Foto: X fmjai)

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, reaccionó rápidamente a la resolución judicial y se expresó con un contundente mensaje en sus redes sociales.

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“El tiempo es un juez tan sabio, que no sentencia de inmediato, pero al final da la razón a quien la tiene. Será Justicia. Fin”, escribió Adorni en su cuenta de la red social X (exTwitter).

La denuncia contra el exvocero presidencial se realizó luego de que se conociera que había invitado a su pareja a formar parte de la comitiva oficial que acompañó al presidente a Nueva York para participar en la “Argentina Week”.

Tras ser consultado por el viaje de Angeletti, el jefe de Gabinete había asegurado que el viaje de su esposa “no tiene un gasto adicional” y que sus gastos “se los paga ella”.

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Leé también: Revés para Chiqui Tapia y Toviggino: la Justicia rechazó la recusación del juez que los procesó por la presunta evasión de $19.000 millones

“El vuelo se lo pagó ella originalmente, la vuelta también, los viáticos se los paga ella. Y mis viáticos, mi comida y mi movilidad me los pago yo. Ni siquiera la mía la paga el Estado. No le sacamos un peso al Estado”, declaró Adorni en su momento.

Días después, la denuncia por malversación de fondos fue radicada en Comodoro Py y recayó en el juzgado de Rafecas, que ahora deberá decidir si archiva la causa o continúa con la investigación.

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Rafecas delegó la investigación en Mangano, quien, entre otras medidas, solicitó pedidos de información a la Secretaría General de la Presidencia, a cargo de Karina Milei.

El juez le pidió a la hermana del presidente que informe sobre quiénes integraron la comitiva que viajó a Estados Unidos en el avión presidencial.

Finalmente, luego de todas estas medidas judiciales, la fiscal elevó el pedido para archivar la causa este jueves y Rafecas decidió el cierre de la causa hoy.

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El pedido que había hecho la fiscal

En la presentación que realizó este jueves, Mangano explicó que “el cotejo entre el número de integrantes de la comitiva oficial y la capacidad del avión Boeing 757-200 (39 plazas) permite verificar que la decisión de Presidencia de la Nación de cursar una invitación a Bettina Julieta Angeletti para viajar en el avión oficial constituye un uso razonable de la discrecionalidad de las decisiones presidenciales y carece de entidad para configurar algunos de los delitos denunciados”.

Según la fiscal, la decisión tomada por la comitiva presidencial “no implicó ninguna erogación presupuestaria particular o extraordinaria, menos aún cuando existían más de 10 plazas disponibles para cada uno de los tramos aéreos realizados entre el 6 y el 11 de marzo”.

Leé también: Fuerte respuesta de la canciller del Reino Unido a EE.UU.: “Las Islas Malvinas son británicas”

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“A partir de los informes aportados tanto por la Secretaría General de la Presidencia de la Nación respecto de la aeronave de la flota oficial, así como por la Jefatura de Gabinete de la Nación respecto de los restantes gastos de viaje; no se advierte la concurrencia de los extremos tipificados en el art. 260 del Código Penal o en alguna de las figuras legales contempladas en el Capítulo VII del CP”, concluyó Mangano.

Manuel Adorni

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Un fiscal de Cámara pide agravar el procesamiento de Tapia y Toviggino en la causa por retención de aportes

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El fiscal de la Cámara Penal Económico, Gabriel Pérez Barberá, pidió endurecer los procesamientos de Claudio Tapia y Pablo Toviggino, presidente y tesorero de la Asociación del Futbol Argentino (AFA), en la causa por presunta “evasión” impositiva, al pedir que se incluyera un “subconcepto” especial, que habría sido desatendido por el juez y que representa más de $6.679.796.471.

Al procesar a los dirigentes por retención de aportes, a fines del mes pasado, el juez Diego Amarante consideró que no correspondía incluir allí a una serie de impuestos, relativos mayormente a la publicidad, por pertenecer al régimen de “autorretención” y no de “retención”.

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Pero el fiscal de primera instancia, Claudio Navas Rial, y ahora su colega de Cámara, Pérez Barberá, se opusieron a ese apartamiento, que representa el 77% del monto total denunciado por aportes de seguridad social: $6.679.796.471 sobre un total de $ 8.675.262.968.

“El concepto de ‘autorretención’ puede –y debe– ser comprendido dentro del término ‘retención’ utilizado por la ley penal», dijo el fiscal. “Porque, sencillamente, no constituye una categoría distinta o ajena, sino una modalidad específica en la que aquella puede realizarse”, completó.

“En consecuencia –y tal como la más elemental intuición léxica lo indica– la autorretención se encuentra claramente alcanzada por el tenor literal de la norma. Una interpretación restrictiva que la excluya (como la del juez a quo) tiene el déficit de ser irrazonable, y en consecuencia no puede ser sino arbitraria», sostuvo Pérez Barberá.

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Federico González del Solar,Conforme a

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