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El Gobierno aclaró que siguen vigente los viajes gratuitos para personas con discapacidad y problemas de salud

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El Gobierno nacional aclaró que las personas con discapacidad, trasplantadas y los niños y adolescentes con cáncer seguirán viajando gratis en el transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional, pese a la polémica desatada por la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

La medida, firmada el 22 de mayo por el secretario Mariano Ignacio Plencovich, eliminó el régimen de compensaciones económicas que el Estado abonaba a las empresas del sector por los pasajes gratuitos otorgados en virtud de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674, pero no tocó el derecho a la gratuidad en sí mismo.

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En el gobierno hicieron notar que la distinción es central: lo que se suprimió no es el beneficio que reciben los usuarios, sino el mecanismo financiero mediante el cual el Estado reembolsaba a los operadores privados el costo de esos pasajes. La resolución es explícita en su artículo 2°, que establece que la medida “no afecta el derecho a la gratuidad previsto en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 y sus respectivas reglamentaciones ni la obligación de los transportistas de dar cumplimiento a lo dispuesto en dichas normas”. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) quedó expresamente encargada de fiscalizar ese cumplimiento.

La respuesta llegó a partir de las críticas de la oposición, que luego de la novedad salió a cuestionar la medida con dureza. .

Qué dice la resolución

El texto de la Resolución 28/2026 fundamenta la supresión del régimen compensatorio tiene como base el cambio regulatorio introducido por el decreto 883 del 4 de octubre de 2024, que habilitó la libertad tarifaria en el transporte automotor interjurisdiccional. Hasta ese momento, las empresas operaban bajo un esquema de tarifas reguladas con bandas de precios fijadas por el Estado, lo que les impedía trasladar libremente a sus precios el costo de los pasajes gratuitos. Las compensaciones nacieron, precisamente, para cubrir ese desfasaje.

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Con la liberalización del mercado, el argumento oficial es que los operadores ahora pueden incorporar ese costo en su estructura de precios. El documento señala que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad”. En esa lógica, el subsidio habría perdido su razón de ser.

La Resolución 28/2026 elimina el subsidio estatal a empresas de transporte pero mantiene vigente el derecho a pasajes gratuitos para beneficiarios. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las compensaciones que se eliminan habían sido establecidas a partir de enero de 2018 mediante la Resolución 717 de ese año del entonces Ministerio de Transporte, y fueron sucesivamente modificadas por las resoluciones 567 de 2019, 536 de 2022 y 549 de 2023. Todas quedaron derogadas por el artículo 1° de la nueva norma.

Las críticas de la oposición y la respuesta del Ejecutivo

El diputado nacional peronista Carlos Castagneto fue uno de los primeros en reaccionar. A través de su cuenta en la red social X, cuestionó la medida con una pregunta que sintetizó el núcleo del debate: “¿Puede el Estado obligar a un privado a prestar un servicio gratis sin ningún tipo de compensación? ¿Y quiénes quedan de rehenes en el medio?”. Castagneto calificó al Gobierno de “tramposo” y sostuvo que la resolución usa el “versito del ahorro” para encubrir el abandono de sectores vulnerables.

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En la misma línea se expresó el ex ministro de Desarrollo Social Daniel Arroyo, quien afirmó en X que el Ejecutivo “suma un nuevo capítulo a su maltrato sistemático con las personas con discapacidad” y advirtió que la medida deja “a miles sin la posibilidad de viajar para atenderse, estudiar o trabajar”.

La respuesta oficial llegó desde la cuenta identificada como Oficina de Respuesta Oficial, que calificó de “falso” el planteo opositor. “La gratuidad se mantiene totalmente vigente. Las empresas de micros están obligadas a seguir entregando los pasajes gratis y la CNRT va a seguir controlando que lo cumplan”, sostuvo el comunicado. El texto oficial agregó que los kirchneristas “usan a los sectores vulnerables como escudo para defender el curro de los millonarios subsidios a empresas privadas”.

Quiénes son los beneficiarios y qué garantizan las leyes vigentes

Las tres leyes que amparan la gratuidad en el transporte tienen alcances distintos. La ley 22.431 establece que las empresas de transporte colectivo terrestre bajo control nacional deben trasladar sin cargo a las personas con discapacidad en el trayecto entre su domicilio y cualquier destino al que deban concurrir. La ley 26.928 extiende ese derecho a quienes hayan recibido un trasplante o estén inscriptos en lista de espera del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante (SINTRA), con residencia permanente en el país. La ley 27.674 incorporó a los niños, niñas y adolescentes con cáncer bajo el mismo régimen.

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Ninguna de esas tres leyes fue modificada ni derogada por la Resolución 28/2026.

La resolución encomienda a la CNRT el “mantenimiento de los procedimientos pertinentes” para garantizar la emisión de pasajes gratuitos, aunque no detalla mecanismos sancionatorios nuevos ni recursos adicionales para esa fiscalización. La norma entró en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.

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Tobilleras electrónicas: el Gobierno creó un programa para reforzar su uso y alcanzará al régimen penal juvenil

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El Gobierno lanzó un nuevo programa para fortalecer el uso de las pulseras y tobilleras electrónicas en casos de condenados de prisión domiciliaria y otros acusados con restricciones a la libertad ambulatoria. El protocolo también incluirá a los adolescentes en conflicto con la ley penal, tras la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, que reduce la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años.

Así surge de la Resolución 434/2026, firmada por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y publicada ayer en el Boletín Oficial. La medida apunta a mejorar la asistencia de jueces y fiscales de todo el país en la implementación de tecnología de monitoreo electrónico, y se enfoca en aquellos casos de acusados que no pasaron por una cárcel o alcaidía.

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“Los jueces vienen reclamando la necesidad de contar con pulseras sobre todo para casos que necesitan monitorear pero que no aplican para ir a un establecimiento penitenciario”, deslizaron fuentes oficiales.

En sus considerandos, la decisión oficial remarca que la expansión del modelo acusatorio -encabezado por los fiscales- en la mayoría de las provincias hizo crecer la adopción de medidas de control alternativas a la prisión ante quienes enfrenten juicios penales, mientras el proceso judicial continúa.

Puntualmente, el programa resalta que estos mecanismos son de utilidad “tanto para supervisar medidas de coerción personal durante el proceso” judicial, como para “controlar modalidades de cumplimiento de penas o medidas privativas de la libertad fuera de establecimientos penitenciarios”, dice la resolución.

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Lo saliente es que también plantea “acompañar la implementación de respuestas previstas por el régimen de responsabilidad penal juvenil”, que esta semana comenzó a aplicarse en todo el país, a excepción de la provincia de Buenos Aires, luego del habeas corpus colectivo dictado por la jueza Marta Pascual que suspendió la norma por 60 días.

El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques

A quiénes se les aplicará el nuevo protocolo

El alcance del Programa de Asistencia Tecnológica para la Supervisión de Medidas Restrictivas de la Libertad Ambulatoria -su nombre oficial- funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal de la cartera de Justicia, y tendrá como fin colaborar con el Poder Judicial en casos de asistencia tecnológica en personas que:

  • Tienen restricciones procesales, por ejemplo, prohibición de acercamiento o arresto domiciliario sin haber estado presos.
  • Cumplen detención domiciliaria por condena, sin ingresos previos a la cárcel.
  • Afrontan medidas o sanciones según la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, es decir, adolescentes en conflicto con la ley.

En cada situación, la implementación dependerá de una orden judicial, previa evaluación de la situación personal y domiciliaria del acusado, y solo si la persona cumple con los requisitos del programa.

La implementación de las tobilleras y dispositivos es acotado para los delitos federales. Según los últimos datos disponibles del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), de un total de 12.643 personas con prisión domiciliaria en 2024, el 54,71% –es decir, 6.917 personas– estaban bajo vigilancia electrónica.

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El programa supervisará los casos que tenga aplicación en el régimen penal juvenil

Cómo funcionará el programa

La responsabilidad del monitoreo efectivo recaerá en una empresa. Fuentes de la cartera de Mahiques indican que solo la firma Surely SA ofrece ese servicio. La función del Ministerio será la de intermediario entre la empresa y el Poder Judicial, por lo que no asumirá el control ni vigilancia directa de los arrestos o supervisión del dispositivo. En lo operativo, el Ministerio de Justicia centralizará la logística y el financiamiento con sus propios recursos. También ofrecerá capacitación a jueces y equipos judiciales.

Ante una alerta que surgiera en el monitoreo, la empresa proveedora de las tobilleras deberá dar aviso inmediato a la autoridad judicial que investiga el caso. También deberá compartir periódicamente toda la información al programa, que estará a cargo el abogado Brian Ezequiel Gallo en carácter ad honorem.

De esta forma, el programa permitirá realizar un sistema de seguimiento que controle el uso real de los dispositivos, el avance de los procesos judiciales y el nivel de cumplimiento de las restricciones.

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Unas 6.917 personas estaban bajo vigilancia electrónica en 2024, el último dato oficial disponible

Así, se centralizará información sobre la cantidad de dispositivos asignados y en stock, para detectar cuellos de botella y necesidades de compra; la etapa procesal en la que se encuentran los monitoreados; el delito investigado en cada caso; y datos demográficos de las personas bajo vigilancia electrónica.

Actualmente, el ministerio de Seguridad nacional, a cargo de Alejandra Monteoliva, tiene bajo su órbita funciones similares. Según informaron desde esa cartera, la medida del ministerio de Justicia “complementa” las atribuciones del área. Cuando haya “solapamiento” de casos, el protocolo establece su derivación.

El “costo” de aplicar el sistema

Aunque no suelen contar con el visto bueno de la opinión pública, las tobilleras permiten resolver situaciones procesales y de condena de diferente índole. Desde un punto de vista técnico, el costo de aplicar estos dispositivos electrónicos frente a una prisión preventiva carcelaria resulta “significativamente inferior” en términos de gasto estatal para controlar a un imputado o condenado, argumenta la resolución.

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En lo jurídico, el ministerio de Justicia también defiende este tipo tipo de medidas alternativas. La resolución cita el fallo “Nápoli” de la Corte Suprema de Justicia y los tratados internacionales vigentes, que limitan el encierro preventivo a los casos estrictamente necesarios y es una medida de “carácter excepcional destinada exclusivamente a asegurar los fines del procedimiento, sin que pueda asumir naturaleza punitiva anticipada”, sostiene el documento.

Para la persona investigada o condenada en el régimen domiciliario, le permite conservar sus vínculos familiares, laborales y educativos, y evita los efectos negativos del primer ingreso al encierro. Una dimensión que suele ser tenida en cuenta para los adolescentes que infringen la ley, y que el sistema penal, al menos de lo declarativo, busca resocializar.

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La Justicia federal investigará a Claudio Tapia por presunto enriquecimiento ilícito en su cargo en la CEAMSE

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La Justicia federal de Comodoro Py investigará una denuncia contra el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, por presunto enriquecimiento ilícito en su función como directivo de la CEAMSE, la empresa estatal mixta entre la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires que gestiona los residuos del Área Metropolitana.

La denuncia fue presentada en abril por el empresario Guillermo Tofoni, quien mantiene un litigio con Tapia, y sostiene que el dirigente registró “un crecimiento real de la liquidez” de aproximadamente el 1.000% entre 2017 y 2024, un salto que, según planteó, “excede con creces cualquier índice inflacionario del período” y no encuentra correlato en los ingresos lícitos que el propio Tapia declaró en ese lapso.

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El caso había sido presentado originalmente ante la Justicia porteña, pero se abrió una disputa de competencia porque la CEAMSE es un organismo interjurisdiccional. El fiscal Gerardo Pollicita entendió en una primera instancia que la causa debía tramitar en la Ciudad, mientras que el fiscal José Agüero Iturbe sostuvo que correspondía a la Justicia federal; finalmente la Cámara Federal de Comodoro Py resolvió que el expediente quede radicado en el fuero federal, a cargo del juez Ariel Lijo. El magistrado ya había tenido un rol en otra causa vinculada a Tapia: en 2021 cerró una investigación por irregularidades en contratos firmados por la AFA, en la que Tofoni también resultó sobreseído. Hasta el momento no se produjeron medidas de prueba en el nuevo expediente.

Claudio «Chiqui» Tapia y el intendente de Luján Leonardo Boto en la firma del contrato por los residuos del municipio. (Foto: Ceamse)

Según el análisis que Tofoni acompañó en su presentación, en 2017 Tapia había declarado un patrimonio compuesto por cuatro propiedades con un valor fiscal de $17 millones, un vehículo y $1,5 millones en efectivo. La declaración jurada correspondiente a 2024, en cambio, consigna más de $1.002 millones en depósitos distribuidos en múltiples cuentas bancarias —entre ellas una cuenta corriente con más de 517 millones—, más de $39 millones en efectivo y US$246.206 en caja de ahorro a valor oficial, lo que representa una liquidez total cercana al millón de dólares. La denuncia también repara en los ingresos que Tapia declaró por sus otras funciones: $100.233.144 anuales como presidente de la CEAMSE y $718.536.500 anuales como vicepresidente de la CONMEBOL. La presidencia de la AFA, en tanto, es un cargo ad honorem.

Leer más: Yategate: la Justicia reactivó la causa contra Insaurralde y busca información sobre sus comunicaciones y cuentas en el exterior

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Tapia integra la CEAMSE desde 2014, cuando fue designado vicepresidente por Mauricio Macri, entonces jefe de gobierno porteño, y pasó a presidir el organismo a partir de 2024 por decisión del gobernador bonaerense Axel Kicillof. Se trata de la segunda causa judicial que involucra el patrimonio de Tapia como funcionario público: el resto de los expedientes que enfrenta están vinculados a su gestión en la AFA, donde él y el tesorero de la entidad, Pablo Toviggino, están procesados por retención indebida de impuestos, y son investigados además por el manejo de los fondos de la asociación, por presuntas facturas falsas y por la compra de una mansión en Pilar que se le atribuye a Tapia. Varias de esas denuncias también fueron presentadas por Tofoni, dueño de World Eleven, la empresa que organizaba partidos amistosos de la Selección argentina y cuyo contrato con la AFA fue dado de baja durante la gestión de Tapia.

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Los cuadernos de las coimas: Baratta amplía su descargo con críticas a los empresarios que aseguraron haberle entregado dinero

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Luego de que su situación en el juicio por los Cuadernos de las coimas se complicara con la declaración de directivos del grupo Techint, el exfuncionario kirchnerista Roberto Baratta, ex mano derecha de Julio De Vido y uno de los principales recaudadores de la maniobra, amplía su declaración indagatoria por pedido de sus defensores y apunta contra los testigos que aseguraron haberle entregado dinero.

“Zabaleta, Betnaza y Paolo Rocca están todos sobreseídos. El único imputado y elevado a juicio oral por estos hechos soy yo”, sostuvo el exfuncionario.

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Su descargo tiene como protagonistas a Luis Betnaza y Héctor Zabaleta, que declararon como testigos y admitieron haber realizado pagos a Baratta, en un tramo del juicio que lo tiene solo al exfuncionario como acusado.

“Hubo una clara diferenciación en el trato y en los procesos de la etapa de instrucción. Hubo una clara asimetría procesal de Techint con respecto a otros empresarios”, siguió, con críticas a la instrucción y a la causa en general, a la que definió como una “operación de inteligencia”.

Los directivos de Techint fueron sobreseídos en el caso, en un expediente separado, porque la Justicia entendió que sus entregas de dinero no fueron parte del esquema de pagos ligado a la obra pública, sino que se habían producido en la crisis que el grupo atravesaba en Venezuela durante la expropiación de una de sus empresas. “Nadie apeló”, se quejó el exfuncionario.

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Baratta, exsubsecretario de Planificación, está acusado como miembro organizador de la asociación ilícita que, según la fiscalía, habrían liderado Néstor y Cristina Kirchner entre 2003 y 2015.

Su situación es una de las más comprometidas en el caso: lo señalan los cuadernos de su exchofer Oscar Centeno, los dedos de muchos de los arrepentidos y testigos y distintos registros telefónicos.

Apoyado en diapositivas, ofreció un descargo que combinó una defensa de la gestión de Cristina Kirchner, críticas al actual Gobierno y la identificación de presuntas contradicciones en el relato de Betnaza y Zabaleta.

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No aportó elementos que permitieran sostener que esos pagos no se ejecutaron, pero los negó. “A mí no me pagaron nada”, decía una de sus filminas. “Ni Zabaleta ni Betnaza me dieron nunca ningún pago, nunca, a través de un llamado telefónico, de los cientos que tuve, les solicité nada”, completó.

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