ECONOMIA
Fallo clave: la Corte frenó impuesto millonario contra YPF y marcó límites a la presión tributaria

En un contexto donde la seguridad jurídica se vuelve un activo cada vez más escaso para las grandes inversiones, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo de alto impacto económico y político que vuelve a colocar a YPF en el centro de la escena.
El máximo tribunal hizo lugar a una demanda presentada por la petrolera y declaró inválido el intento de la provincia de Chubut de gravar con el impuesto sobre los ingresos brutos (ISIB) operaciones vinculadas a exportaciones de hidrocarburos. La decisión no sólo implica un alivio fiscal concreto para la compañía, sino que fija un precedente clave sobre los límites del poder tributario provincial en la Argentina.
El origen del conflicto: petróleo, logística y presión fiscal
Para entender la magnitud del caso, hay que mirar la estructura operativa de YPF. La compañía no sólo extrae petróleo, sino que integra toda la cadena de valor: desde la exploración hasta la exportación, pasando por la refinación y comercialización.
En este esquema, una parte sustancial del crudo extraído en Chubut es trasladado a refinerías ubicadas fuera de la provincia -principalmente en Buenos Aires- donde se industrializa antes de ser vendido en el mercado interno o exportado.
Fue precisamente en ese punto donde se generó la disputa.
La provincia patagónica sostuvo que ese petróleo, aun cuando luego fuera refinado y exportado, debía tributar ingresos brutos en su totalidad como si toda la operación se hubiera realizado dentro de su territorio. Bajo ese criterio, avanzó con determinaciones de deuda, intereses y multas que superaban los $60 millones.
YPF, en cambio, defendió un criterio distinto: argumentó que los ingresos derivados de exportaciones de productos industrializados no debían integrar la base imponible del impuesto, en línea con el propio Código Fiscal provincial y con principios constitucionales que protegen el comercio interjurisdiccional.
La decisión de la Corte: un freno a la «discriminación fiscal»
La Corte no dudó en inclinar la balanza a favor de la petrolera. En un fallo de fuerte contenido federalista, consideró que la pretensión de Chubut configuraba una discriminación fiscal inadmisible.
El argumento central fue claro: el esquema impositivo provincial generaba un trato desigual según dónde se realizara la industrialización del petróleo.
En otras palabras, si el crudo se refinaba dentro de Chubut y luego se exportaba, la operación quedaba exenta. Pero si ese mismo petróleo era refinado en otra provincia antes de exportarse, entonces sí era alcanzado por el impuesto.
Para el máximo tribunal, esa diferencia no solo carecía de razonabilidad, sino que implicaba una distorsión directa del sistema económico nacional.
El fallo lo sintetiza en una lógica contundente: si una exportación no tributa cuando todo el proceso ocurre dentro de una provincia, tampoco puede gravarse por el sólo hecho de que parte de la cadena productiva se desarrolle en otra jurisdicción.
Impacto inmediato: alivio fiscal y previsibilidad
En términos concretos, la decisión implica:
- La anulación de las determinaciones fiscales emitidas por Chubut
- La eliminación del reclamo millonario contra YPF
- El cierre de un litigio que llevaba años en trámite
- La reducción significativa del riesgo de que otras provincias intenten aplicar criterios similares
Pero el impacto va mucho más allá de ese monto puntual.
El fallo reduce significativamente el riesgo de que otras provincias intenten aplicar criterios similares, lo que podría haber derivado en una multiplicación de litigios y en un aumento sustancial de la carga tributaria sobre la industria energética.
Para una compañía del tamaño de YPF, con operaciones en múltiples jurisdicciones, la previsibilidad fiscal no es un dato menor: es un factor clave en la planificación de inversiones y en la competitividad internacional.
Un mensaje al sistema: no a las «aduanas internas»
Más allá del caso puntual, la Corte volvió a dejar un mensaje institucional de fondo.
Recordó que la Constitución Nacional organiza a la Argentina como un mercado único, donde las provincias no pueden establecer mecanismos que, en los hechos, funcionen como barreras al comercio interjurisdiccional.
En ese sentido, el fallo retoma una línea histórica del tribunal: rechazar cualquier intento de crear «aduanas internas» mediante herramientas fiscales.
La conclusión es contundente: los impuestos provinciales no pueden utilizarse para penalizar el traslado de bienes entre jurisdicciones ni para encarecer artificialmente las exportaciones.
Clave para Vaca Muerta y el negocio energético
La decisión llega en un momento estratégico para el sector energético argentino.
Con Vaca Muerta como eje del crecimiento y con la necesidad de aumentar exportaciones para generar divisas, el marco tributario se convierte en un elemento central.
En ese contexto, el fallo:
- Favorece la integración de cadenas productivas entre provincias
- Reduce distorsiones fiscales que afectan la competitividad
- Envía una señal positiva a inversores
- Refuerza la seguridad jurídica en operaciones de largo plazo
Para YPF, además, implica consolidar un esquema operativo clave: poder extraer, transportar, industrializar y exportar sin enfrentar cargas fiscales adicionales por esa integración territorial.
El límite a la potestad provincial
Uno de los aspectos más relevantes del fallo es cómo redefine -o, al menos, reafirma- el alcance del poder tributario de las provincias.
Si bien estas conservan amplias facultades para gravar actividades económicas dentro de su territorio, esas potestades encuentran un límite claro en la Constitución: no pueden interferir con el comercio entre provincias ni con las exportaciones.
La Corte fue explícita al señalar que incluso una interpretación formalmente válida de normas fiscales locales debe ceder si genera efectos contrarios al orden federal.
Lo que viene
El fallo no implica el fin de las tensiones fiscales entre provincias y grandes empresas. Tampoco elimina las facultades de control de los fiscos locales.
De hecho, la propia Corte aclaró que su decisión no prejuzga sobre los mecanismos de verificación de exportaciones ni sobre la correcta registración de operaciones por parte de YPF.
Sin embargo, el núcleo del conflicto quedó resuelto: las provincias no pueden gravar exportaciones de manera indirecta cuando eso implica discriminar operaciones interjurisdiccionales.
Una señal en medio de la incertidumbre
En un escenario donde la presión fiscal, la fragmentación normativa y la litigiosidad suelen ser parte del costo de hacer negocios en la Argentina, el fallo aparece como una señal de previsibilidad.
Para YPF, es -sin dudas- otra buena noticia.
Pero para el sistema económico en su conjunto, es algo más: una reafirmación de reglas básicas sin las cuales el federalismo fiscal deja de ser coordinación y se convierte en conflicto permanente.
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ECONOMIA
Las familias argentinas usan como mínimo el 50% de ingresos en deudas y gastos fijos

La consultora de Lacunza publicó un informe que muestra la importancia de las ayudas estatales para el promedio de las familias argentinas
25/07/2026 – 19:49hs
El equilibrio financiero de los hogares argentinos atraviesa un escenario de profunda tensión que combina un elevado nivel de compromiso de los ingresos con un incremento en los índices de atraso en los pagos. De acuerdo con el último reporte económico elaborado por Empiria Consultores —la firma de diagnóstico y finanzas fundada por el exministro de Economía Hernán Lacunza—, la masa salarial destinada a saldar deudas bancarias y financieras tocó durante el mes de abril un nuevo pico al ubicarse en el 24%, superando en un punto porcentual el registro de octubre del año pasado. Sin embargo, el informe pone de relieve que la intervención del Estado a través de asignaciones directas y programas sociales resulta determinante para amortiguar este impacto en la economía familiar.
El análisis técnico demuestra que cuando al cálculo de los recursos del hogar se le incorporan las transferencias estatales, como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y otras asistencias públicas, la carga real de los vencimientos financieros sobre los ingresos totales se reduce de forma sustancial, bajando al 17%. Esta brecha evidencia que el refuerzo de la red de contención pública funciona como un colchón indispensable frente a la creciente exposición crediticia. Sin considerar esos aportes oficiales, el endeudamiento sumado a los gastos fijos de la vida cotidiana absorbe prácticamente la mitad del presupuesto familiar independiente, reduciendo al mínimo la capacidad de gasto corriente.
A pesar del alivio que representan los subsidios e ingresos complementarios en la capacidad de pago general, la consultora encendió una luz de alerta al detectar un deterioro puntual en el cumplimiento de los compromisos crediticios. En mayo, la morosidad de las familias volvió a registrar una tendencia al alza con un incremento estimado de 0,2 puntos porcentuales, lo que elevó la ratio de irregularidad en las deudas del sector privado no financiero hasta el 12,3%. Este salto coincide de forma directa con el pico máximo de endeudamiento registrado por los bancos, sugiriendo que para una porción de la población la toma de crédito superó la capacidad real de respuesta mensual.
Un aspecto relevante del diagnóstico de Empiria reside en que las dificultades financieras no se manifiestan de manera homogénea en todos los sectores económicos. Mientras que el incumplimiento en las familias mostró una clara aceleración, la morosidad comercial y de las empresas privadas se mantuvo estable en un moderado 3,3% durante el mismo período. Esta disparidad confirma que el fenómeno de la mora se encuentra focalizado en los créditos de consumo familiar, un segmento sumamente sensible a las variaciones del salario real, la actualización de las tarifas de servicios públicos y la acumulación de gastos fijos insustituibles.
De cara al horizonte económico de los próximos meses, el informe plantea una paradoja central para los presupuestos del hogar. Si bien las transferencias del Estado logran sostener el ingreso disponible y suavizan el peso de las cuotas, la mora persistente y los niveles récords de endeudamiento podrían impulsar a los bancos a endurecer las condiciones para el otorgamiento de nuevos préstamos. Una eventual suba de tasas o un recorte en las líneas de crédito personales terminaría por enfriar el consumo financiado, condicionando la salud financiera de las familias para la segunda mitad del año.
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ECONOMIA
El trabajo independiente explicó casi el 80% del crecimiento de los ingresos en el sector privado en los últimos dos años

El trabajo independiente explicó gran parte de la expansión de los ingresos de la economía privada entre 2023 y 2025, pese a que esta modalidad aún tiene una participación relativamente reducida en la población ocupada. Ese desempeño se vincula fundamentalmente al menor dinamismo que exhibieron las empresas y al retroceso del empleo asalariado.
Uno de los fenómenos más destacados de los últimos años es el avance del cuentapropismo y de los empleadores que están inscriptos como monotributistas y autónomos. “A pesar de representar una proporción relativamente pequeña de la estructura laboral, el trabajo independiente constituye la categoría que impulsó el crecimiento de la población ocupada, presentándose así como una alternativa frente al estancamiento del empleo asalariado registrado”, destacó un informe de la Secretaría de Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano.
Sin embargo, el estudio remarcó que no queda claro que el incremento “sea relevante para la evolución de la actividad económica, considerando que abarca a trabajadores y empleadores de unidades productivas mayormente pequeñas, que generan ingresos notablemente inferiores y de menor productividad que los de las empresas constituidas como sociedades”.
De hecho, la participación de este segmento en el PBI es baja: en 2025, representaba el 17% del Valor Agregado Bruto (VAB).
En retrospectiva, entre 2016 y 2025 el trabajo independiente -tanto registrado como no registrado- se expandió a una tasa promedio anual del 3 por ciento. En ese período, el empleo asalariado aumentó apenas 1% anual, motorizado principalmente por los puestos “en negro”.
Entre 2023 y el año pasado, la tendencia se profundizó: el crecimiento medio anual del trabajo no asalariado se mantuvo en el 3%, mientras que el asalariado permaneció prácticamente constante.
“Esta situación implicó que la totalidad de la generación de empleo en los últimos dos años se explicara solo por el trabajo independiente”, precisó la cartera de Trabajo y destacó el alza en el número de monotributistas: 35% entre 2016 y 2025 y 7% en 2024 y 2025.
La totalidad de la generación de empleo en los últimos dos años se explicara solo por el trabajo independiente (Secretaría de Empleo)
En este contexto, el reporte subrayó: “El trabajo independiente cumplió un rol determinante en la expansión de la economía entre 2023 y 2025, al aportar 1,8 de los 2,3 puntos porcentuales de crecimiento del Valor Agregado Bruto (VAB) privado en los últimos dos años».
Según explicaron, este desempeño respondió tanto a la mejora sostenida de los ingresos de dicha categoría como a la caída de los provenientes de las empresas constituidas como sociedades y del empleo asalariado.

El informe oficial concluyó que el trabajo independiente adquirió una fuerte centralidad en la configuración de la actividad económica y que ya no parece ser únicamente una alternativa a la “escasa” disponibilidad de empleos formales.
Según Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA-Autónoma, en la última década se crearon poco más de 3 millones de puestos de trabajo y casi el 90% correspondió a asalariados no registrados y cuentapropistas.
En la última década se crearon poco más de 3 millones de puestos de trabajo y casi el 90% correspondió a asalariados no registrados y cuentapropistas (Campos)
Más recientemente, el empleo “en blanco”, incluyendo al sector público y privado, se redujo 0,1% mensual y 1,4% interanual en abril. Frente a noviembre de 2023, antes del cambio de gobierno, el retroceso fue de 3,2%, lo que implica que desde ese entonces 329.667 trabajadores perdieron su puesto. Por el contrario, se contabilizaron 150.158 nuevos monotributistas.

En ese marco también, el autoempleo se posiciona como uno de los principales medios de subsistencia, el llamado “rebusque”, que abarca desde vendedores ambulantes, conductores y repartidores de plataformas hasta quienes realizan “changas” de todo tipo. Esto supone, en muchos casos, un deterioro de las condiciones laborales y de los ingresos.
En cuanto a las posibilidades que existen para revertir esta situación, Tomás Álvarez, economista especializado en mercado laboral del Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP) de la UBA y el Conicet, consideró: “Incentivar la formalización mediante el empleo asalariado privado requiere, en primer lugar, un entorno macroeconómico estable que fortalezca la confianza y el crecimiento, elementos necesarios para sostener vínculos de largo plazo como los contratos de trabajo”.
Incentivar la formalización mediante el empleo asalariado privado requiere, en primer lugar, un entorno macroeconómico estable que fortalezca la confianza y el crecimiento (Álvarez)
En materia de legislación, Álvarez aseguró que una opción es establecer esquemas de reducciones temporales de contribuciones patronales para nuevas contrataciones, con marcos normativos claros que protejan a los empleados.
El especialista mencionó también la fiscalización de la modalidad de incorporación. Apuntó que los mecanismos que ponen el foco en la flexibilización no necesariamente se traducen en mejores puestos de trabajo, incluso si fuera en los asalariados registrados.
Desde el Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), el economista Jorge Colina dijo que la reforma laboral está pensada para las compañías medianas y grandes y ha sido muy positiva en ese sentido, pero no le da nada a las pequeñas y microempresas, que tienen menos de 10 empleados y es donde se concentra la informalidad.

Como primer punto, Colina sostiene que se debería eximirlas de los Convenios Colectivos de Trabajo, porque los salarios fijados a través de ellos resultan elevados para su capacidad de pago. De este modo, el especialista propone que puedan blanquear a sus trabajadores con el Salario Mínimo Vital y Móvil, que actualmente se ubica en 376.600 pesos
En la práctica, el sueldo acordado podría ser mayor, teniendo en cuenta que ese monto es bajo para cubrir los gastos mensuales. Sin ir más lejos, la canasta de servicios en el AMBA alcanza los $295.826 y alquilar un monoambiente en CABA cuesta unos $755.935 en promedio.
En segundo lugar, Colina plantea fijar un mínimo no imponible aplicable a la masa salarial para el cálculo de las contribuciones patronales, de manera que estas solo resulten exigibles cuando aquella exceda, por ejemplo, los 10 millones de pesos.
Nuria Susmel, economista de FIEL, resaltó que si la carga impositiva y la baja productividad impiden la rentabilidad, las empresas cierran o se informalizan. Reducir impuestos al trabajo o aumentar la eficiencia permitiría una mayor formalidad y recaudación.
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ECONOMIA
Cambia la forma de calcular la tarifa de gas e impactará en las facturas de agosto

El Gobierno nacional modificó la forma en que se traslada el costo del gas a los cuadros tarifarios para evitar aumentos abruptos en las facturas durante los meses de mayor consumo. A través de la Resolución 167/2026 publicada en el Boletín Oficial, se dispuso que el ajuste de las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) en el precio del gas a nivel PIST deje de calcularse de forma estacional y pase a incorporarse de manera bimensual a partir de agosto.
En el marco del estado de emergencia energética nacional -declarado vigente hasta el 31 de diciembre de 2027-, el Gobierno nacional dispuso este cambio técnico de relevancia en el funcionamiento del mercado de gas natural ya que busca suavizar los picos tarifarios y brindar mayor previsibilidad al bolsillo de los usuarios.
Las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) son la «cuenta de compensación» entre las petroleras que producen el gas y las distribuidoras que lo llevan a los hogares. Como el precio del gas cotiza en dólares y su consumo varía día a día según la temperatura, casi nunca coincide exactamente lo que la distribuidora cobró en la factura con lo que realmente le costó comprar ese gas.
Se trata entonces de la brecha -a favor o en contra- que se va acumulando día a día por esas diferencias de precio y tipo de cambio, y que luego debe ajustarse en la tarifa final para que el sistema financiero del gas quede equilibrado.
Así, para entender el alcance de la norma, es necesario analizar la estructura del costo del gas. La tarifa final que abona un usuario residencial o industrial se compone de tres segmentos principales: transporte, distribución y el costo propio del fluido en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST).
Las DDA permiten ajustar los desfasajes financieros diario que hasta hoy se liquidaban cada seis meses y por eso tenían mayor peso en el traspado a la tarifa efectiva que se cobra a los usuarios mediante las liquidaciones.
¿Qué cambia a partir de la nueva resolución?
Como hasta la emisión de la Resolución 167/2026, las DDA se trasladaban a las tarifas mediante un ajuste estacional, lo que concentraba la compensación de estos saldos en momentos puntuales del año.
A partir de la nueva regulación, la Secretaría de Energía explicó que se logra:
Cálculo e incorporación bimensual: La determinación e integración de las DDA pasará a realizarse cada dos meses, acortando de manera sustancial la ventana temporal de ajuste.
Implementación en cuadros tarifarios de agosto: El ente regulador comenzará a hacer efectiva esta metodología a partir del esquema tarifario correspondientes al mes de agosto, momento en que se realizará la determinación inicial bajo la nueva modalidad.
Mecanismo de fondo intacto: La norma aclara formalmente que el principio conceptual y la fórmula matemática para calcular el saldo de las DDA no sufren alteraciones; la modificación radica exclusivamente en la frecuencia de traslado a la facturación.
El fundamento operativo de la decisión responde a una problemática histórica en la facturación del servicio público durante los meses de frío. En la época invernal suele confluir un «doble efecto estacional»: por un lado, el incremento sustancial en el volumen de consumo de los hogares debido a las bajas temperaturas; por el otro, la aplicación de precios del gas en PIST más elevados para cubrir el pico de demanda.
Cuando a estos dos factores se sumaban ajustes estacionales acumulados por DDA, el monto total a pagar por los usuarios finales sufría saltos bruscos y difíciles de afrontar. Al distribuir la liquidación de estas diferencias en tramos bimensuales regulares, la autoridad regulatoria busca aplanar la curva de aumentos, aportando gradualidad y evitando sorpresas en los períodos de mayor consumo.
La medida se inscribe en la estrategia macroeconómica de normalización de los servicios públicos, donde el regulador busca equilibrar dos objetivos clave: asegurar el flujo financiero oportuno a las empresas productoras, transportistas y distribuidoras de gas, y simultáneamente resguardar la capacidad de pago del usuario final mediante esquemas tarifarios más previsibles y progresivos.
Cómo se conforman hoy las facturas
El ajuste en la periodicidad de las DDA se suma al rediseño del esquema de subsidios que el gobierno puso en marcha mediante el nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
A partir de la unificación de criterios dispuesta por la Secretaría de Energía, se eliminó la antigua segmentación por niveles de ingresos (N1, N2 y N3) y la Tarifa Social tradicional, concentrando la asistencia estatal en una única categoría para los hogares que cumplen con las condiciones de vulnerabilidad o topes de ingresos equivalentes a tres Canastas Básicas Totales.
Para los usuarios que forman parte del universo asistido, el Estado nacional mantiene la aplicación de bonificaciones directas sobre el Precio Anual Uniforme (PAU) del gas en el PIST. No obstante, dicho beneficio no es ilimitado: se aplica exclusivamente sobre bloques de consumo base predeterminados.
Todo volumen que el usuario consuma por encima de esa cuota tope se liquida a tarifa plena, lo que convierte a la gestión del consumo invernal en un factor determinante para el valor final de la boleta.
A esta arquitectura se sumaron medidas de contingencia implementadas por la autoridad regulatoria para atenuar la volatilidad internacional del precio del fluido, a la par de una actualización tarifaria inicial y ajustes mensuales por costo de vida.
Con el objetivo de amortiguar los picos estacionales de mayor demanda en los meses fríos, el ente regulador dispuso bonificaciones extraordinarias adicionales para los beneficiarios del SEF, elevando en períodos puntuales los descuentos sobre el bloque subsidiado hasta un tope del 75%, buscando proteger a las familias de menores ingresos en la época de mayores bajas temperaturas.
De este modo, la boleta de gas que llega a las casas combina hoy tres variables clave: la reestructuración de subsidios concentrados únicamente en los consumos indispensables, los bloques de consumo móvil según la categorización del usuario (desde la R1 hasta la R4) y el nuevo esquema bimensual de DDA.
Con este conjunto de herramientas, la Secretaría de Energía explicó que se procura darle mayor previsibilidad y sostenibilidad al flujo financiero del sistema gasífero sin trasladar saltos bruscos e intempestivos al bolsillo del consumidor final.
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